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Caso Jonathan Lezcano: la jueza Laura Taboada explicó la condena a Díaz y la situación de los jóvenes

Caso Jonathan Lezcano: la jueza Laura Taboada explicó la condena a Díaz y la situación de los jóvenes

La magistrada que integró el tribunal destacó la magnitud de la investigación y del debate oral. “No tuve un caso tan paradigmático”, dijo.

Caso Jonathan Lezcano: la jueza Laura Taboada explicó la condena a Díaz y la situación de los jóvenes - Diario La Mañana

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Explicó además los alcances del dictamen respecto de Díaz Arce y Samaniego, que eran menores de edad al momento del hecho, y señaló que serán sometidos a evaluaciones trimestrales antes de definir si corresponde una pena

La jueza Laura Viviana Taboada, integrante del tribunal que dictó sentencia en el caso por el homicidio de Jonathan Lezcano, calificó al expediente como uno de los más complejos y paradigmáticos que debió analizar durante su trayectoria como magistrada y funcionaria judicial. En declaraciones a La Mañana, destacó la cantidad de pruebas reunidas, el trabajo realizado durante la investigación y la intervención de los peritos, que consideró esencial para arribar a la condena de Marcelo Díaz como autor del hecho.

La magistrada explicó que el proceso demandó el análisis de una extensa cantidad de actuaciones. “En toda mi vida de magistrada y funcionaria judicial, yo no tuve un caso tan paradigmático, en el sentido de que era profuso en investigación, en pruebas y en el tamaño de la cantidad de hojas que tenía”, señaló. Precisó que el expediente estaba integrado por diez cuerpos, con aproximadamente 200 fojas cada uno, además de una importante cantidad de testimonios recogidos durante las diez audiencias que formaron parte del debate oral.

También reconoció el trabajo desarrollado durante la etapa inicial de la investigación, tanto por la Policía como por los jueces intervinientes en primera instancia. Según recordó, una de las dificultades estuvo relacionada con las condiciones en las que debió realizarse la pesquisa, ya que el cuerpo de la víctima fue encontrado 16 días después del fallecimiento.

En ese contexto, remarcó que las pericias tuvieron un papel determinante en el desarrollo del juicio y en la valoración de la prueba. “El trabajo de los peritos fue muy esencial para nosotros como sentenciantes”, afirmó Taboada, quien integró el tribunal como subrogante debido a la jubilación del juez que originalmente ocupaba el cargo.

Señaló que los tres integrantes del tribunal coincidieron en la conclusión alcanzada respecto de la responsabilidad de Marcelo Díaz. “Llegamos a la conclusión los tres de la condena que se leyó en todos lados, teniendo en cuenta que justamente se comprobó con la certeza que se necesitaba para la etapa procesal que este señor, Marcelo Díaz, fue el autor del hecho”, sostuvo.

Exmenores

Consultada por La Mañana, Taboada también se refirió a la situación de los dos jóvenes que eran menores de edad al momento del homicidio y cuya responsabilidad fue declarada en el marco del Régimen Penal de la Minoridad. La sentencia no implicó, por el momento, la imposición de una pena, pero se dispusieron medidas y un período de evaluación que permitirá determinar posteriormente si corresponde aplicar una sanción.

Al respecto, amplió: “Si bien es cierto que quedan en este momento en libertad por haber sido menores al momento del hecho, seguramente más adelante veremos si conviene o no la imposición de alguna pena conforme al régimen penal de la minoría que estamos obligados nosotros a aplicar”.

La jueza continuó: “Lo que se hizo fue la aplicación de la ley de la minoridad, es la declaración de la responsabilidad, y después tendrán que cumplir con ciertas medidas que se establecieron en la sentencia, luego de las cuales se verá si se requiere o no la imposición de una pena”, explicó la magistrada. Los jóvenes permanecen en libertad debido a que eran menores al momento del hecho, aunque actualmente ambos son mayores de edad.

“Nosotros debemos cumplir la ley”, remarcó, al explicar que la resolución no depende de la convicción personal de quienes integran el tribunal, sino de las normas que regulan este tipo de situaciones. “Seguramente por ahí no se entenderá mucho cuál es nuestra responsabilidad en este sentido, y también somos parte de la gente, del cotidiano”, dijo.

Seguimiento

Como parte de las medidas dispuestas, deberán realizarse informes socioambientales y psicológicos trimestrales. A través de esas evaluaciones se analizará el proceso de reinserción social de los jóvenes y otros aspectos de su conducta durante el período establecido por el tribunal. Entre los elementos que podrán ser considerados mencionó el reconocimiento del hecho y la eventual comisión de nuevas infracciones o delitos.

La jueza comparó el mecanismo de seguimiento con una situación similar a una libertad condicional, aunque aclaró que se trata del procedimiento previsto específicamente por la legislación aplicable a quienes eran menores al momento de cometer el delito. Si durante ese período transgreden normas de conducta o incurren en hechos previstos por el Código Penal, esas circunstancias también podrán ser valoradas al momento de resolver.

“Ya deberán ser responsables de esas conductas, más esta declaración de responsabilidad, justamente, tendrá que tenerse en cuenta al momento de resolver la aplicación de una condena, de una pena”, indicó.

Cristina: expresidente del Comité de la ONU reveló qué puede pasar con su condena

Cristina: expresidente del Comité de la ONU reveló qué puede pasar con su condena

El jurista argentino Fabián Salvioli, quien presidió el Comité de Derechos Humanos de la ONU en 2018, explicó los alcances de una decisión de ese órgano internacional.

La Justicia rechazó el recurso extraordinario presentado por la defensa de la ex presidenta Cristina Fernádez Kirchner.

Fuente: https://www.diariopopular.com.ar/

El jurista Fabián Salvioli aseguró este jueves que un fallo del Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas “es vinculante” para la Justicia argentina, aunque aclaró que ese órgano internacional no va a resolver si la ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner “es culpable o inocente”, en el marco de la Causa Vialidad.

El jurista, que fue presidente del Comité dependiente de la ONU en 2018, formuló estas declaraciones a Radio Rivadavia, consultado sobre la presentación que los abogados de la ex mandataria presentaron pidiendo que sea rehabilitada para ocupar cargos públicos y liberada se su prisión domiciliaria.

“El Comité no puede declarar que Cristina Kirchner es inocente ni que es culpable, lo que puede decir es si la actuación del Estado ha sido o no violatoria de un instrumento jurídico que es vinculante para la Argentina como el Pacto de Derechos Civiles y Políticos”, aseveró.

Salvioli advirtió que “el parámetro de arbitrariedad del Comité es muy alto”, y recalcó que para que tome una decisión “tiene que existir una arbitrariedad muy manifiesta, porque si no estaría actuando como un órgano revisor de instancias judiciales nacionales y eso no corresponde”.

“Las decisiones del Comité se consideran recomendaciones, pero se entiende que son vinculantes”, dijo y puntualizó que “al ser la última instancia en la cual un órgano decide sobre los derechos de una persona, lo lógico es que sea considerado vinculante, porque un Estado no puede ser juez y parte”.

Agregó que “los requisitos formales de la presentación ante el Comité” presentado por los abogados Carlos Beraldi, Rafael Valim y Javier Borrego “están cumplidos, pero la sustancia tiene que ser evaluada por este órgano que está compuesto por 18 personas expertas e independientes, que actúan a título personal y no reciben instrucciones de ningún Estado”.

Para el jurista el Pacto es “un tratado que forma parte de la propia Constitución Nacional”, por lo cual si no se cumplen las decisiones del Comité “el Estado claramente incurre en ilicitud internacional y entra en un desprestigio muy grande para el país”.

Salvioli explicó que cuando presidió el Comité se decidió, por ejemplo, “conmutar condenas a muerte impuestas en juicios injustos”, y dijo que el organismo “puede revisar el juicio o solicitar la anulación cuando hay una arbitrariedad escandalosa y consecuentemente la reparación lógica, que es la puesta en libertad”.

“Argentina tiene, en democracia, una tradición de cumplimiento de las decisiones de los órganos internacionales”, aseveró.

 

Cristina Kirchner publicó una carta abierta para cuestionar su condena en la causa Vialidad

Cristina Kirchner publicó una carta abierta para cuestionar su condena en la causa Vialidad

La expresidenta anunció que presentó una comunicación ante el Comité de Derechos Humanos de la ONU, denunció una persecución judicial y afirmó que buscan proscribirla de la vida política.

Cristina Kirchner anunció ante la ONU una presentación para cuestionar la condena en la causa Vialidad.

Fuente: https://www.diariopopular.com.ar/

Cristina Kirchner difundió este miércoles una extensa carta abierta para explicar por qué decidió recurrir al Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas (ONU) con el objetivo de cuestionar la condena que recibió en la causa Vialidad. En el documento, sostuvo que fue víctima de una persecución política y judicial, denunció graves violaciones a sus derechos fundamentales y afirmó que la verdadera finalidad de la sentencia es impedir su participación en la vida política.

La presentación fue realizada mediante una comunicación individual ante el organismo internacional, luego de que la exmandataria agotara las instancias judiciales en la Argentina. Según explicó, busca que el caso sea analizado bajo los principios del Derecho Internacional de los Derechos Humanos.

En el inicio de la carta, Cristina Kirchner aseguró que las decisiones judiciales dictadas en su contra no tienen como destinataria únicamente a su persona, sino también al proyecto político que representa. «Hoy me dirijo a cada argentina y a cada argentino con la serenidad de quien sabe que la verdad tiene una fuerza que ninguna operación política, ninguna campaña de difamación y ninguna sentencia injusta podrán derrotar para siempre», escribió.

Denunció persecución política y «lawfare»

La expresidenta sostuvo que el proceso judicial estuvo atravesado por un uso político de la Justicia y afirmó que existe un patrón que se repite en distintos países para desplazar a dirigentes con respaldo electoral.

«La proscripción perpetua es, en realidad, la pena principal. La privación de la libertad por seis años es sólo la accesoria«, aseguró, al sostener que el verdadero objetivo de la condena es impedir que una parte de la sociedad pueda volver a elegir el proyecto político que ella representa.

En ese sentido, remarcó que la proscripción de un dirigente político no afecta únicamente a esa persona, sino también los derechos políticos de los ciudadanos. «Cuando se manipulan los tribunales para excluir adversarios políticos, se le arrebata al pueblo el derecho de decidir su propio destino», afirmó.

Además, sostuvo que el denominado lawfare constituye una amenaza para las democracias actuales porque convierte al sistema judicial en una herramienta para eliminar adversarios que no pudieron ser derrotados en las urnas.

Cuestionamientos al proceso judicial

En otro tramo del documento, Cristina Kirchner afirmó que durante el proceso también fue víctima de un «machismo estructural» presente en sectores del Poder Judicial.

Según expresó, fue juzgada no solo por sus decisiones políticas, sino también por haber ejercido el liderazgo siendo mujer. Incluso recordó el intento de asesinato que sufrió el 1 de septiembre de 2022 y sostuvo que ese hecho estuvo vinculado con el clima de hostilidad que, según denunció, se construyó en torno a su figura.

Asimismo, confirmó que incorporó a su equipo de defensa al abogado español Javier Borrego, exjuez del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, y al jurista brasileño Rafael Valim, quien participó en la estrategia jurídica del presidente Luiz Inácio Lula da Silva.

La exmandataria aseguró que los jueces que intervinieron en su juzgamiento deberán responder ahora «ante los principios universales de independencia judicial, debido proceso, igualdad ante la ley y protección efectiva de los derechos fundamentales».

El mensaje a la militancia

Sobre el final de la carta, Cristina Kirchner dejó un mensaje dirigido a sus seguidores y aseguró que continuará defendiendo su inocencia.

«Jamás me doblegaré ante quienes creen que pueden vencer mediante la persecución y el miedo. Nunca podrán quebrar mis convicciones ni mi compromiso con la Argentina», expresó.

También pidió «no bajar los brazos» ni permitir que «les roben la esperanza» y sostuvo que «ninguna proscripción ha logrado apagar definitivamente la voluntad popular».

El cierre del texto incluyó una frase que generó repercusión política: «Muy pronto volveremos a encontrarnos. Volveremos a caminar juntos», una expresión que fue interpretada como un mensaje hacia la militancia en medio de las especulaciones sobre el futuro del peronismo.

Miguel Ángel Pichetto pidió que el Congreso declare nula la condena a Cristina Kirchner

Miguel Ángel Pichetto pidió que el Congreso declare nula la condena a Cristina Kirchner

El diputado sostuvo en las redes sociales que la condena a la expresidenta «pone a la democracia en una situación de extrema fragilidad». También insistió en sus críticas al gobierno de Javier Milei.

Miguel Ángel Pichetto pidió que el Congreso declare nula la condena a Cristina Kirchner

Fuente: https://www.diariopopular.com.ar/

El diputado de Encuentro Federal, Miguel Pichetto reclamó este jueves al Congreso de la Nación que declare nula la condena a la expresidenta Cristina Fernández Kirchner por la causa Vialidad, al sostener que «pone a la democracia en una situación de extrema fragilidad».

En un posteo de la red social X, el legislador aseguró que la Justicia «alteró las reglas desde el primer día: se incorporó a un juez que venía de otro tribunal, se trajo a un fiscal cuyo destino era Rosario para juzgar narcos y se limitó la posibilidad de apelar».

«Tampoco hubo imparcialidad: los jueces de la Corte debieron apartarse, porque venían de enfrentar un juicio político promovido por el propio partido de la acusada», remarcó.

En ese sentido, Pichetto consideró que «ante tantas irregularidades y un tribunal incompleto, el Congreso no puede quedarse de brazos cruzados». «Tenemos la facultad de intervenir ante semejante gravedad institucional para declarar la nulidad de un fallo viciado y hacer valer el equilibrio de poderes», indicó.

Según el diputados, «la conducta de un jefe de Estado se debe evaluar bajo un procedimiento especial y no por la vía común».

Señaló, asimismo, que «el Congreso tiene atribuciones fundamentales que es tomar juramento al Presidente, validar el resultado electoral». «Y también hay facultades inherentes del Congreso que puede entrarle, también, por el principio de gravedad institucional a un fallo de la Corte y declarar la nulidad», agregó.

«Esta es una exploración que todavía no se ha desarrollado y sé que es un argumento que va a levantar polvareda porque entro en el principio de división de poderes, pero creo que son atribuciones inherentes del Congreso», insistió.

En otro orden, Pichetto sostuvo que Javier Milei «es un presidente de transición con una crueldad increíble, con una falta de sensibilidad humana», de «sociabilidad» y «de vínculos». «Es un gobierno de inexpertos, de endeudadores seriales», disparó el exsenador nacional, y agregó que es un gobierno «de una letalidad extraordinaria» que «está destruyendo el alma de los argentinos».

Por otro lado, pidió el armado de un «gran frente de unidad nacional, que incluya al peronismo y a otros sectores», inclusive exlibertarios. De este gobierno de una letalidad extraordinaria, está destruyendo el alma de los argentinos.

«Yo creo es que no hay que ponerle ningún sesgo ideológico al peronismo. El peronismo, en sí mismo, es un movimiento nacional que contiene diversas expresiones, y tiene alianza, además, con los sectores populares. Y siempre el peronismo ha pensado la política desde el punto de vista de un frente, un frente político», analizó.

«Hay que encontrarse porque está en juego la Argentina y está en juego la gente. Si el Gobierno actual se queda cuatro años más, destruyen todo. Y hay que trabajar en un programa productivo, en un capitalismo nacional productivo», sugirió.

 

El Tribunal de Casación confirmó una condena a 12 años de prisión para el abusador de un niño

El Tribunal de Casación confirmó una condena a 12 años de prisión para el abusador de un niño

El Superior Tribunal de Justicia, en su rol de Tribunal de Casación, confirmó este lunes un fallo de la Cámara Primera en lo Criminal

El Tribunal de Casación confirmó una condena a 12 años de prisión para el  abusador de un niño - Diario La Mañana

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La misma condenó a 12 años de cárcel e inhabilitación absoluta a un hombre que abusó sexualmente en repetidas ocasiones a su vecino, un niño de 7 años de edad. El fallo tiene los votos coincidentes de los jueces Ariel Gustavo Coll, Marcos Bruno Quinteros, Guillermo Horacio Alucín y Claudia María Fernández.

El aberrante caso ocurrió en un barrio de la ciudad de Formosa y su esclarecimiento fue posible a partir de la intervención del Servicio Técnico Interdisciplinario Central, dependiente del Ministerio de Educación y Cultura de la provincia y la posterior coordinación con otros estamentos del Estado, la Policía y el Poder Judicial.

 

El hombre fue finalmente hallado culpable de todos los cargos y condenado por el delito de abuso sexual, calificado por el grave daño causado en la salud de la víctima, en concurso ideal con corrupción de menores agravado por la edad del niño.

Tras una exhaustiva investigación respaldada por sólidos elementos probatorios, se concluyó que el hombre abusó sexualmente de manera reiterada de la víctima cuando tenía 7 años, sustentado en una relación asimétrica de poder, manipulándolo y aprovechándose para ello de la confianza depositada en él por el niño, cuando éste, en una demostrada situación de vulnerabilidad por encontrarse internada su madre, y bajo el cuidado de una hermana adolescente, se escapaba de su casa para ir a la vivienda del abusador, a quien consideraba su amigo.

Los hechos ocurrieron siempre dentro de la vivienda del abusador, en un barrio de la ciudad de Formosa, en el transcurso del año 2021.
Contra el fallo de la Cámara Primera, los abogados del abusador presentaron un recurso de Casación cuestionando los términos y alcances de la sentencia del Tribunal de juicio.

En el ámbito de Casación, los jueces de la Corte Provincial dijeron que los agravios planteados en el recurso de la Defensa se limitaron a discrepar con la valoración que hizo el Tribunal de Juicio de las pruebas incorporadas regularmente al proceso, omitiendo, además, refutar razonadamente la prueba pericial técnica producida por la jefa del Cuerpo Médico Forense del Poder Judicial y considerar todo el contexto previo a la denuncia del hecho, materializado en las actuaciones labradas por el equipo técnico del Ministerio de Educación y Cultura de la Provincia de Formosa.

El fallo de Casación destacó como aspecto relevante que el proceso judicial se inició desde que la madre del niño formuló la denuncia contra su vecino, a partir de haber tomado conocimiento de los hechos que le fueron informados por los directivos de la escuela a la que asistía la víctima.

En ese establecimiento educativo, se reunió el equipo directivo y personal del Servicio Técnico Interdisciplinario Central (SeTIC), dependiente del Ministerio de Cultura y Educación de la Provincia de Formosa, que tiene por objetivo brindar apoyo y orientación escolar en los distintos niveles educativos.

En el marco de esa reunión fue donde se tomó conocimiento, a través de los dichos de la hermana del niño, de que la psicóloga interviniente le dijo que el menor “pudo haber sufrido contacto físico”.

Esta prueba documental fue considerada y valorada por el Tribunal de Juicio, como elemento que condujo a confirmar la existencia de los hechos y la responsabilidad del acusado en los mismos.

Casación ratificó la condena a prisión perpetua para el femicida de Luciana Teresita López

Casación ratificó la condena a prisión perpetua para el femicida de Luciana Teresita López

El Superior Tribunal de Justicia confirmó el fallo de la Cámara Segunda en lo Criminal, rechazando el recurso impuesto por la defensa

Casación ratificó la condena a prisión perpetua para el femicida de Luciana  Teresita López - Diario La Mañana

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El 11 de junio del año pasado, la Cámara Segunda en lo Criminal de la provincia condenó a la pena de prisión perpetua al policía que mató a balazos a su expareja Luciana Teresita López, el 18 de septiembre de 2023 en un Consultorio de Dermatología donde ella trabajaba. La sentencia alcanzó a Sergio Patricio Galván, un cabo primero de la Policía provincial, quien luego de consumar el crimen intentó suicidarse disparándose con la misma arma, sufriendo heridas leves. Estuvo internado varios días, pudo recuperarse y finalmente fue dado de alta. Tras la sentencia, la defensa del femicida condenado apeló el fallo con la presentación de un recurso ante el Superior Tribunal de Justicia de la provincia, que oficia de Tribunal de Casación, planteando una baja de la pena impuesta por la Cámara.

En lo vinculado a este tema, Agustín Zuchet, abogado de la familia de Teresita López, detalló a La Mañana que el fallo de prisión perpetua para Galván, impuesto por la Cámara Segunda en lo Criminal, “quedó firme” con la ratificación del Tribunal de Casación que se conoció este miércoles.

 

Además, expresó que luego del fallo del STJ, la familia de López se siente “sumamente respaldada y satisfecha en cuanto a la celeridad con la cual se desarrolló el proceso judicial”.

“En sí, los familiares están muy satisfechos. Es lo que toda persona busca ante un caso similar. Eso es lo que me han transmitido, sobre todo en lo vinculado a la celeridad con la cual se desarrollaron la etapa instructoria y las Audiencias de la Cámara. El Superior Tribunal de Justicia, mediante sendas Acordadas, recomienda, en los casos de violencia de género, llevar adelante las investigaciones y los procesos con la mayor celeridad posible”, explicó.

Asimismo, dijo que los fallos de la Cámara Segunda en lo Criminal, del Procurador General de la Provincia y del Superior Tribunal de Justicia fueron “contundentes” al precisar los fundamentos jurídicos para rechazar los planteos de la defensa del acusado, que sostenía que la sentencia de la Cámara había sido “arbitraria” y violatoria del Artículo 18 de la Constitución Nacional, y que existieron “una pena excesiva” y “una valoración errónea de pruebas”. “Estas circunstancias fueron rebatidas, con un fallo que no deja lugar a dudas”, recalcó.

“Para la defensa, siempre queda la instancia recursiva ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Pero en lo que es la Justicia provincial, la cuestión queda terminada”, agregó.

“Teresita tuvo Justicia. Descansa en paz. Su muerte fue un hecho que conmocionó a la sociedad formoseña”, manifestó.

Zabala: “Es una mentira absoluta” que se haya frenado la ejecución de la condena contra Paoltroni

Zabala: “Es una mentira absoluta” que se haya frenado la ejecución de la condena contra Paoltroni

La fiscal de Estado indicó que la Justicia sólo concedió el recurso de apelación; por lo tanto, la multa por 101 millones de pesos y el embargo sobre los haberes del senador nacional siguen firmes

Zabala: “Es una mentira absoluta” que se haya frenado la ejecución de la condena  contra Paoltroni - Diario La Mañana

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La fiscal de Estado de la provincia, Stella Maris Zabala, descartó las versiones que aseguraban que la Justicia había dejado sin efecto la condena contra el senador nacional Francisco Paoltroni por desmontes ilegales, calificándola de “una mentira absoluta”.

Este viernes, se difundió un comunicado que aseguraba que “la Justicia le puso un freno a Insfrán y suspendió la ejecución contra Paoltroni” al admitir la apelación presentada en la causa contra el senador y dispuso el efecto suspensivo de la sentencia, “lo que deja sin curso la ejecución fiscal”. Agregaba que “la decisión implica que, por el momento, no existe obligación de pago ni posibilidad de avanzar sobre sus bienes”.

 

Ante la difusión de este comunicado, la doctora Zabala explicó que “lo único que ha hecho la Justicia es conceder la apelación, como se lo hace con cualquier ciudadano” y aclaró que “es tanta la mentira que aún la Fiscalía de Estado ni notificada está de esta apelación”, destacando que la resolución que condena al legislador Paoltroni al pago de 101 millones de pesos, más costas e intereses, “sigue firme”, al igual que el embargo preventivo sobre sus haberes como senador.

Zabala detalló que “la misma magistrada que dictó la condena es quien concede la apelación para que el caso sea revisado por la Cámara de Apelaciones en lo Civil”, pero marcó que esto bajo ningún punto significa que Paoltroni haya “ganado” la causa.

“Hasta este momento, la única verdad es que hay una condena y los únicos que ganamos la primera instancia somos nosotros”, subrayó, enfatizando en que “no hay que mentir ni confundir a la opinión pública diciendo cosas que no son ciertas”.

Y manifestó que, hasta este viernes por la tarde, “todavía no se subió este expediente, porque al parecer se olvidaron que deben notificarnos, es decir corrernos traslado, y nosotros vamos a contestar lo que digan”. Entonces insistió en que “solo hizo uso de su derecho a apelar, nada más”.

Fueros parlamentarios

Asimismo, la fiscal de Estado se refirió al intento de Paoltroni de utilizar sus fueros parlamentarios para frenar la ejecución fiscal, recordando que la “inmunidad es para proteger la actividad legislativa y los dichos de los parlamentarios, no para evadir deudas personales o multas por infracciones ambientales”.

Reiteró que “ese no es el objetivo de la protección parlamentaria”, resaltando que “si no, con esa tesitura, todos querrían ser legisladores y no pagar ninguna deuda y ni que se los juzgue por nada”.

Además, comentó que en la segunda instancia se pasa a la Cámara Civil y de allí, todavía hay una instancia de apelación más. De este modo, Paoltroni o la provincia podrían apelar lo que diga la Cámara, y quien resolvería sería el Superior Tribunal de Justicia.

Sobre esto, dejó en claro que “son varias las posibilidades que tiene” y fue categórica al señalar que el proceso judicial contra el senador Paoltroni “no representa una persecución política”, aseverando que solo se trata de la aplicación efectiva de la normativa, que alcanza a todos los ciudadanos por igual.

Y expuso que, al continuar la causa, más allá de la instancia de apelación, “los intereses de la deuda siguen sumando, como (le sucede) a cualquiera cuando le hacen un juicio”.

Por todo esto, Zabala hizo hincapié en que “no es bueno que se instale una falsa información, porque no todos tienen por qué saber de Derecho o cómo es un trámite judicial” y lamentó que “esto confunde, y a través de la tergiversación del tema se busca sacar ganancias parciales”.

Nueva condena en Irán contra la Nobel de la Paz Narges Mohammadi

Nueva condena en Irán contra la Nobel de la Paz Narges Mohammadi

Un tribunal revolucionario la sentenció por “colusión” y “propaganda contra el sistema”. La activista llevaba casi dos meses detenida tras otra condena.

La premio Nobel de la Paz 2023

Fuente: https://www.diariopopular.com.ar/

Un tribunal revolucionario de Irán aplicó una nueva condena a la premio Nobel de la Paz 2023, Narges Mohammadi, a siete años y medio de prisión, en una nueva sentencia contra la reconocida activista por los derechos humanos y de las mujeres.

La pena incluye seis años por “congregación y colusión contra la seguridad nacional”, un año y medio por “actividad propagandística”, además de una prohibición de salida del país por dos años y una pena complementaria de exilio interno, según informó su abogado, Mostafa Nili.

La condena fue dictada por la sala primera del Tribunal Revolucionario de Mashad, en el noreste del país, tras una audiencia realizada este sábado. Nili explicó que recibió un breve llamado telefónico de Mohammadi, el primero tras 59 días de detención, en el que la activista le comunicó la sentencia y alertó sobre su delicado estado de salud.

Trasladada a un hospital

De acuerdo con el abogado, Mohammadi fue trasladada a un hospital días atrás por el empeoramiento de su cuadro médico, pero regresó al centro de detención sin completar el tratamiento necesario. La activista, de 53 años, arrastra un historial clínico complejo que incluye infartos, hipertensión, dolor torácico y problemas en la columna vertebral.

Ante esa situación, su defensa reclamó que sea liberada de manera temporal bajo fianza para poder recibir atención médica adecuada. “Dadas sus enfermedades, debería ordenarse su liberación”, sostuvo Nili, quien remarcó que la legislación iraní establece que, tras dictarse sentencia, la acusada debe ser trasladada a una prisión común.

Huelga de hambre

Mohammadi había iniciado una huelga de hambre seis días atrás para denunciar su detención, el aislamiento absoluto y el bloqueo total de comunicaciones al que fue sometida. Este domingo, y ante el deterioro físico extremo, decidió poner fin a la protesta, según informó la Fundación Narges, con sede en París, que expresó su “creciente preocupación” por la vida y la seguridad de la activista.

La detención de Mohammadi se produjo a mediados de diciembre, cuando fue arrestada de manera violenta durante una ceremonia fúnebre en Mashad, junto con otros activistas. En ese momento se encontraba en libertad condicional por razones médicas, tras haber sido excarcelada en diciembre de 2024.

Una nueva condena

La nueva condena se inscribe en un contexto de fuerte represión interna tras las protestas que sacudieron Irán entre diciembre y enero, inicialmente por la caída del rial y luego con consignas que cuestionaron la continuidad de la República Islámica. El Gobierno iraní reconoce 3.117 muertos, cifra que atribuye a acciones promovidas por Estados Unidos e Israel, mientras que la ONG opositora HRANA eleva el número a 6.961 víctimas y continúa verificando miles de casos, además de más de 51.000 arrestos.

En ese marco, decenas de activistas fueron detenidos, entre ellos el guionista Mehdi Mahmoudian, nominado al Óscar, y reconocidos defensores de derechos humanos como Vida Rabbani y Abdullah Momeni.

Con esta sentencia, Mohammadi acumula trece arrestos y diez condenas desde 2021, con penas que superan los 44 años de prisión, de los cuales ya cumplió más de 17. Además, recibió 154 latigazos en condenas anteriores, según denunciaron organizaciones de derechos humanos.

La activista no ve a sus dos hijos, que viven en París, desde hace once años. A fines de 2024 denunció que las autoridades le prohibieron de manera permanente salir del país y le negaron la emisión de un pasaporte.

A pesar del encarcelamiento, Mohammadi continuó denunciando la pena de muerte, la represión estatal y la violencia contra las mujeres que desafían el uso obligatorio del velo islámico. Por esa trayectoria, el Comité Nobel noruego le otorgó en 2023 el Premio Nobel de la Paz “por su lucha contra la opresión de las mujeres en Irán y por promover los derechos humanos y la libertad para todos”.

La Fundación Narges y la familia de la activista reclamaron su liberación inmediata e incondicional y exhortaron a Naciones Unidas y a la comunidad internacional a intervenir ante lo que calificaron como “graves violaciones de los derechos fundamentales”.

Histórica condena contra Uber por una violación cometida por un conductor

Histórica condena contra Uber por una violación cometida por un conductor

Un tribunal de Arizona ordenó a Uber pagar US$8,5 millones a una pasajera en 2023 y fijó un precedente clave sobre la responsabilidad de las plataformas.

Histórica condena contra Uber por una violación cometida por un conductor

Fuente: https://www.diariopopular.com.ar/i

Un tribunal federal de Arizona, Estado Unidos, condenó a Uber a pagar 8,5 millones de dólares a una pasajera que fue violada por uno de sus choferes en 2023. El fallo marca un precedente clave al establecer que la empresa puede ser considerada responsable por hechos ocurridos durante viajes gestionados a través de su plataforma.

La víctima, Jaylynn D., denunció que fue atacada sexualmente mientras utilizaba el servicio de transporte. Durante el juicio, la defensa de Uber volvió a sostener que los conductores son contratistas independientes y que la compañía solo actúa como intermediaria tecnológica. Sin embargo, el jurado rechazó ese argumento y concluyó que la firma sí tiene obligaciones en materia de seguridad hacia sus usuarios.

En el proceso judicial se presentaron documentos internos de Uber que, según los abogados de la demandante, evidenciaron que la empresa demoró la implementación de medidas de protección, como la instalación de cámaras en los vehículos, por temor a afectar su ritmo de crecimiento. También se expuso que el sistema interno de evaluación de riesgos había identificado el viaje de Jaylynn D. como de “riesgo elevado” minutos antes de que subiera al auto, sin que la empresa emitiera ninguna advertencia.

Un fallo clave

Para los especialistas, el fallo redefine el alcance de la responsabilidad de las plataformas digitales y cuestiona el modelo defensivo que Uber sostuvo durante años en casos de violencia sexual. La compañía enfrenta actualmente más de 3.000 demandas similares en Estados Unidos, por lo que la sentencia podría influir de manera directa en futuros litigios.

Desde Uber no emitieron comentarios detallados tras conocerse el veredicto, aunque en otras oportunidades la empresa afirmó haber reforzado sus políticas de seguridad y los controles sobre los conductores. No obstante, la resolución judicial abre un nuevo escenario legal para la industria del transporte por aplicaciones y vuelve a poner en debate la protección de los usuarios.