Evasores deberán devolver $18,5 millones al fisco y dos asociaciones civiles
Cuatro personas acusadas de obtener beneficios fiscales de manera fraudulenta acordaron pagar $18,5 millones: una parte irá al fisco y el resto a dos entidades de bien público.

Fuente: https://www.cronica.com.ar/
Cuatro acusados por obtener beneficios fiscales de manera fraudulenta deberán pagar una reparación de 18,5 millones de pesos al fisco y a dos entidades.
El Tribunal Oral Federal de Mar del Plata homologó la reparación integral acordada por cuatro personas acusadas de cometer fraude mediante la obtención de créditos fiscales vinculados con exportaciones de una empresa pesquera. El acuerdo establece el pago de 950.000 de pesos al fisco nacional y de otros 17,55 millones de pesos a dos asociaciones civiles.
¿Cómo se repartirá el dinero?
La resolución fue firmada por el juez Roberto Fernando Minguillón, quien integró el tribunal de manera unipersonal. La decisión fue adoptada pese a la oposición de la querella de la Dirección Regional Mar del Plata de la Dirección General Impositiva de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA-DGI).
Según la causa, los hechos investigados fueron seis y ocurrieron entre febrero y julio de 2004. El expediente analiza la obtención fraudulenta de créditos fiscales por exportaciones relacionados con la actividad de una empresa pesquera. Los créditos fueron reconocidos por el fisco en 2006 y el monto histórico involucrado era de 99.762,46 pesos.
Del total acordado, 950.000 de pesos serán destinados al fisco nacional. Los 17,55 millones de pesos restantes serán entregados en partes iguales a las asociaciones civiles «Hogar de María» y «Por Amor a los Niños», que realizan tareas de asistencia a niños, niñas, adolescentes y familias en situación de vulnerabilidad.
El pago deberá realizarse en tres cuotas mensuales y consecutivas. La extinción de la acción penal y los sobreseimientos de los acusados quedaron sujetos al cumplimiento íntegro de las prestaciones establecidas en el acuerdo.
¿Por qué el juez avaló el acuerdo?
La figura investigada corresponde al delito de obtención fraudulenta de beneficios fiscales. Al momento de los hechos, la conducta estaba contemplada en el artículo 4 de la antigua Ley N°24.769. Actualmente, el delito está previsto en el artículo 8 del Régimen Penal Tributario, establecido por la Ley N°27.430 y actualizado por la Ley N°27.799.
Para Minguillón, la oposición de ARCA-DGI no alcanzaba para impedir la reparación integral. El magistrado consideró que la víctima debe ser escuchada y que sus objeciones deben ser valoradas, pero sostuvo que su postura no implica una facultad de veto sobre esta causal de extinción de la acción penal.
Además, el juez entendió que el carácter colectivo del bien jurídico protegido en los delitos tributarios no impide automáticamente una reparación. En su análisis, tuvo en cuenta que el acuerdo contempla tanto un pago al fisco como una suma adicional para instituciones que asisten a personas en situación de vulnerabilidad.
Finalmente, Minguillón determinó que el Tribunal debía definir cuáles serían las entidades beneficiarias de los fondos. Así, homologó el acuerdo solicitado por el fiscal Juan Pablo Curi y estableció que «Hogar de María» y «Por Amor a los Niños» recibirán los aportes. La extinción de la acción penal quedará supeditada a la acreditación del cumplimiento total del acuerdo.