Categoría: Argentina

Reforma Laboral: declaran inconstitucional un artículo sobre indemnizaciones

Reforma Laboral: declaran inconstitucional un artículo sobre indemnizaciones

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo advirtió que ley coloca en “peor situación” a quienes “se vieron obligados a promover una demanda judicial para obtener la satisfacción de su derecho” con respecto a las indemnizaciones.

Declaran inconstitucional un artículo de la Reforma Laboral

Fuente: https://www.diariopopular.com.ar/

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo declaró inconstitucional un artículo de la reforma laboral, por establecer una reducción en las indemnizaciones e incumplir tres artículos de la Constitución Nacional, en un fallo en contra de la ley impulsada por el Gobierno de Javier Milei.

El fallo de la Sala I firmado por los jueces Enrique Catani y Gabriela Vázquez, remarcó que el artículo 55 de la Ley 27.802 aprobada por el Congreso Nacional viola los artículos 14, 16 y 17 de la Constitución Nacional, como también el artículo 14 bis.

La sentencia fue emitida en relación al despido de un trabajador de un lavadero, y establece que el apartado de la reforma laboral “no supera el examen de constitucionalidad”.

El punto central de la discusión está en la forma en que la normativa establece la actualización de las deudas laborales. Según el fallo, el artículo 55 fija un piso mínimo equivalente al 67% del monto que surgiría de actualizar el crédito mediante el Índice de Precios al Consumidor (IPC) más una tasa de interés pura del 3% anual.

Así, quienes habían iniciado una demanda antes de la entrada en vigencia de la reforma quedarían, en los hechos, con una reducción del 33% de sus indemnizaciones frente al mecanismo general contemplado en el artículo 54 de la misma ley.

Catani explicó que la norma “lesiona el derecho de propiedad privada del acreedor”, ya que “aún aplicando el piso mínimo contemplado en la propia disposición -el 67% por ciento del importe que resultaría de actualizar el capital conforme la variación del IPC con más una tasa del 3% anual- el régimen conduce necesariamente a la pérdida de una parte sustancial del valor del crédito”.

Por otro lado, remarcó que la ley coloca en “peor situación” a quienes “se vieron obligados a promover una demanda judicial para obtener la satisfacción de su derecho” con respecto a las indemnizaciones. “La distinción es irrazonable, porque no se funda ni en la naturaleza del crédito ni en la fecha de su devengamiento, sino exclusivamente en su judicialización”, agregó.

También explayó que el artículo 55 “somete a un régimen menos favorable a quienes recurrieron al Poder Judicial para obtener tutela”, pese a que la Constitución establece la “prohibición de imponer cargas o perjuicios por el solo hecho de ejercer legítimamente”.

El juez consideró también que en este caso no cabe invocar la “doctrina del esfuerzo compartido”, ya que “la Constitución no autoriza a distribuir la pérdida entre acreedor y deudor”.

De esta forma, el fallo sentó un precedente sobre el artículo 55. Sin embargo, Catani afirmó que esto no implica que se aplique el régimen anterior a la ley 27.802, sino que se establecen los parámetros establecidos en el artículo 54 de la misma. Este dice: “Los créditos provenientes de las relaciones individuales de trabajo serán actualizados por la variación que resulte del Índice de Precios al Consumidor (IPC)-Nivel General, elaborado por el INDEC, con más una tasa de interés del tres por ciento (3%) anual sobre el capital actualizado, desde que cada suma sea debida y hasta el momento del efectivo pago”.

 

Creyó que tenía un novio británico, le transfirió casi $30 millones y descubrió que era una estafa

Creyó que tenía un novio británico, le transfirió casi $30 millones y descubrió que era una estafa

La mujer, de 60 años, mantuvo durante meses una relación virtual con un supuesto ciudadano del Reino Unido que decía querer viajar a Paraná para conocerla. Nunca hicieron una videollamada y ella pidió créditos para enviarle el dinero.

La mujer creyó durante meses que mantenía una relación con un supuesto ciudadano británico y llegó a transferir casi $30 millones para ayudarlo a viajar a Paraná.

Fuente; https://www.diariopopular.com.ar/

Una mujer de 60 años de Paraná, Entre Ríos, fue víctima de una millonaria estafa virtual después de creer durante meses que mantenía una relación sentimental con un supuesto hombre británico. Convencida de que su novio iba a viajar a la Argentina para conocerla, pidió préstamos en distintas entidades y terminó transfiriendo $29.816.400,69. Sin embargo, el viaje nunca ocurrió y el supuesto enamorado desapareció.

La historia comenzó en febrero de este año, cuando la mujer recibió un mensaje a través de Facebook de un hombre que se presentó como Michael Lawrence Williams y aseguró ser ciudadano del Reino Unido. Con el paso del tiempo, la conversación continuó por WhatsApp y el vínculo fue adquiriendo un tono sentimental. El hombre utilizaba una línea telefónica con característica británica, algo que contribuyó a que la víctima creyera en la identidad que le había dado.

Según relató la damnificada en su denuncia, durante todo ese tiempo nunca llegaron a realizar una videollamada, pero ella estaba convencida de que la relación era real. En determinado momento, el supuesto novio le manifestó que quería viajar desde el Reino Unido hasta Paraná para finalmente conocerse en persona.

Fue entonces cuando comenzó la maniobra. El hombre le explicó que necesitaba dinero y una autorización para poder concretar el viaje y le pidió ayuda económica. La mujer, convencida de que estaba colaborando con su pareja, solicitó créditos en entidades bancarias y no bancarias hasta reunir el dinero que le reclamaban.

Finalmente, realizó distintas transferencias que alcanzaron un total de $29.816.400,69. El dinero fue enviado a una cuenta cuya titularidad figuraba a nombre de una mujer identificada con las iniciales D.C.M.. Después de recibir los fondos, el supuesto británico dejó de responder y el viaje prometido jamás se concretó. Ante esa situación, la mujer comprendió que había sido engañada y radicó la denuncia.

A partir de la investigación, personal de la División Cibercrimen logró seguir parte del recorrido del dinero y determinó que los fondos habían terminado vinculados con una cuenta o billetera virtual registrada a nombre de una mujer de 47 años, con domicilio en Concordia.

Con esos elementos, la jueza de Garantías Gabriela Seró autorizó un allanamiento en una vivienda ubicada sobre la calle Las Heras al 1044, en Concordia. El procedimiento fue realizado por agentes de la División Investigaciones e Inteligencia Criminal, quienes notificaron a la mujer y secuestraron tres teléfonos celulares.

Los dispositivos quedaron a disposición de la Justicia y serán sometidos a peritajes para determinar si contienen información que permita establecer quiénes participaron de la maniobra, cómo se realizaron las transferencias y cuál fue el destino final del dinero.

La mujer que fue localizada en Concordia quedó vinculada a la causa por el delito de estafa, en principio como presunta coautora. De todos modos, su eventual responsabilidad penal deberá determinarse a partir de las pruebas que surjan de los teléfonos secuestrados, las cuentas investigadas y el resto de las medidas ordenadas por la Justicia.

El caso vuelve a poner en evidencia una modalidad conocida como estafa romántica, en la que los delincuentes construyen durante semanas o meses un vínculo afectivo con sus víctimas a través de redes sociales y aplicaciones de mensajería. Una vez que logran ganarse su confianza, comienzan a solicitar dinero bajo distintos pretextos, como viajes, problemas económicos, trámites o supuestas emergencias.

En este caso, el argumento utilizado fue la necesidad de reunir dinero para que el supuesto novio pudiera viajar desde el Reino Unido hasta Paraná. La promesa de un encuentro presencial terminó siendo el mecanismo utilizado para conseguir que la víctima entregara una suma cercana a los 30 millones de pesos.

Una argentina lleva casi un mes detenida por el ICE en Estados Unidos

Una argentina lleva casi un mes detenida por el ICE en Estados Unidos

La joven, que trabaja de personal trainer, fue detenida cuando intentaba regresar a su hogar luego de un reencuentro familiar en Florida.

Pavlovsky ingresó a Estados Unidos con una visa de turista

Fuente: https://www.diariopopular.com.ar/

Ernestina “Tina” Pavlovsky, una argentina de 33 años que vive hace 13 años en Estados Unidos, permanece detenida por el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE) en Texas, tras haber sido arrestada el 1 de agosto en el aeropuerto internacional de Miami.

La joven, que trabaja de personal trainer, fue detenida cuando intentaba regresar a su hogar luego de un reencuentro familiar en Florida.

Pavlovsky vivía en Aspen junto a su pareja, el estadounidense Cody Kosinski. Según relató Kosinski a Aspen Daily News, la detención se produjo de forma sorpresiva, en un episodio que definió como traumático. La rodearon agentes de civil en una puerta de embarque, mientras se disponía a regresar a Aspen.

Tras reducirla y ponerla bajo custodia, la fuerza antimigración trasladaron primero al centro de procesamiento de ICE en Miramar, Florida. Posteriormente, fue enviada al Centro de Transición de Broward.

A la personal trainer luego la embarcaron en un avión rumbo al Centro de Procesamiento Core Civic Laredo, en Texas. Allí permanece, a la espera de una audiencia judicial el 1 de septiembre.

Pavlovsky ingresó a Estados Unidos con una visa de turista, pero su proceso de regularización migratoria quedó inconcluso tras un divorcio. No posee antecedentes penales y cuenta con el respaldo de un importante número de vecinos de Aspen, que reunieron cerca de USD 50.000 mediante una campaña en GoFundMe para cubrir los gastos de su defensa legal.

Mientras permanece detenida, su entorno también manifestó preocupación por las condiciones en las que se encuentra. Según los testimonios recogidos, habría tenido problemas relacionados con el acceso al agua y la alimentación, además de falta de privacidad en los espacios destinados a la higiene.

El caso se conoce pocas semanas después de que otra argentina detenida por el ICE recuperara la libertad. Se trata de Iliana Noeli Lick, una niñera de 30 años que había sido arrestada el 11 de julio en el aeropuerto de Filadelfia cuando viajaba para asistir a un partido del Mundial. Permaneció cerca de un mes detenida y finalmente fue liberada tras el pago de una fianza de 10.000 dólares.

 

Una mujer policia le disparó a un «motochorro» que intentó robar una estacion de servicio

Una mujer policia le disparó a un «motochorro» que intentó robar una estacion de servicio

La oficial estaba de franco y cargaba combustible en una estación de servicio de González Catán cuando intervino al advertir un asalto.

Una mujer policía baleó a un motochorro durante un intento de robo en una estación de servicio de La Matanza.

Fuente: https://www.diariopopular.com.ar/

Una policía que estaba de franco baleó a uno de los dos presuntos motochorros que intentaban cometer un robo en una estación de servicio en la localidad bonaerense de González Catán, partido de La Matanza. La oficial se encontraba cargando combustible cuando advirtió el asalto, y tras recibir un disparo de uno de los sospechosos, respondió con su arma reglamentaria.

El hecho ocurrió cerca de las 5.20 de este viernes en una estación de servicio YPF ubicada en la intersección de la Ruta 21 y Calderón de la Barca. La mujer resultó ilesa, mientras que uno de los presuntos delincuentes recibió un disparo en una de sus extremidades y quedó tendido, herido dentro del predio, con un arma de fuego a su lado, que luego fue secuestrada.

La oficial fue identificada con las iniciales M. B. y, pese a encontrarse fuera de servicio, estaba uniformada. Según el parte policial, había llegado al lugar en su vehículo particular y se detuvo junto a uno de los surtidores para cargar combustible cuando observó a dos hombres que circulaban en una moto e intentaban asaltar a una persona.

Los sospechosos advirtieron la presencia de la policía y cambiaron el objetivo del ataque. Uno de ellos le disparó y la mujer respondió con su arma reglamentaria. De acuerdo con la información preliminar, efectuó entre cuatro y cinco disparos y uno de los proyectiles alcanzó a uno de los hombres.

El sospechoso herido cayó al piso y se desplazó unos metros por el predio de la estación mientras la oficial pedía ayuda. Finalmente arrojó el arma que llevaba consigo y levantó las manos ante la llegada de los efectivos policiales. El segundo hombre consiguió escapar en su moto antes de la llegada de los uniformados.

Minutos después del enfrentamiento arribó personal del Comando de Patrullas Sur, que intervino en el procedimiento y preservó la escena. El sospechoso herido presentaba signos vitales al momento del reporte inicial y se aguardaba el traslado en ambulancia para establecer la gravedad de la lesión.

El segundo sospechoso continúa prófugo y es buscado por los investigadores, que trabajan para establecer su identidad. En paralelo, se analiza el recorrido que realizó la motocicleta y las imágenes registradas por las cámaras de seguridad de la estación de servicio y de los alrededores.

 

Murió una mujer al caer desde el quinto piso de un hotel en Mendoza: investigan al novio

Murió una mujer al caer desde el quinto piso de un hotel en Mendoza: investigan al novio

La víctima tenía 31 años y era oriunda de la provincia de Buenos Aires. Su pareja quedó aprehendida en el Polo Judicial de la capital provincia y su situación se definirá en las próximas horas.

La mujer cayó desde una de las ventanas del hotel.

Fuente: https://www.diariopopular.com.ar/

Una mujer de 31 años murió este jueves al caer desde la ventana de un quinto piso de un hotel en la ciudad de Mendoza, mientras que la Justicia ordenó la detención de su novio e investiga un posible suicidio.

El hecho ocurrió durante la madrugada en el Hotel Aguas del Corral, situado en la calle Amigorena 36. Allí, Tamara Daniela Schiaffini, oriunda de la provincia de Buenos Aires, murió al precipitarse desde la ventana de la habitación 502. Su pareja, Daniel Gazzoti, de 32 años, quedó aprehendido en el Polo Judicial de la capital provincial.

En un principio, el hombre relató que ambos descansaban en la misma cama cuando escuchó ruidos y observó a Tamara sentada en la ventana. De acuerdo con su testimonio, “intentó sujetarla cuando se arrojó al exterior, sin lograr evitar la caída”.

Luego de la caída, Gazzoti reaccionó desesperado. En medio de la situación le gritó a la joven: “No te me mueras, mi amor. Mirá las vacaciones que me hiciste pasar. Me quiero matar yo también”.

El fiscal de la causa, Oscar Mallá, consignó que peritos de la Policía Científica realizan pericias tendientes a esclarecer el suceso y se activó el protocolo de femicidio.

«Escuché el golpe seco de la caída y el grito de la persona que bajó las escaleras diciendo ‘¡no, no, no!’. Pedía auxilio. Fue muy feo escuchar todo, no se pudo dormir», aseguró una de las pasajeras del hotel en declaraciones a la prensa mendocina.

Los investigadores intentan determinar con precisión qué sucedió en los minutos previos a la caída de la mujer desde la ventana del quinto piso y determinar si existió alguna intervención de terceros. En ese sentido, trabajan sobre la escena y las declaraciones tomadas hasta el momento.

Uno de los elementos que todavía no pudieron ser analizados son los teléfonos celulares de la pareja.

La situación procesal del hombre podría definirse en un plazo de entre 24 y 36 horas. En caso de confirmarse la hipótesis del suicidio, sería liberado.

 

Paritarias: el Gobierno propone un salario mínimo garantizado de más de $1 millón

Paritarias: el Gobierno propone un salario mínimo garantizado de más de $1 millón

Así lo dejaron trascender fuentes de la Secretaría de Trabajo. Busca que los sindicatos y las cámaras empresariales acuerden ese piso en los convenios colectivos.

El Gobierno estableció como referencia un ingreso de $1.070.000.

Fuente; https://www.diariopopular.com.ar/

La Secretaría de Trabajo de la Nación busca que las próximas negociaciones paritarias incorporen un “salario mínimo garantizado” superior al millón de pesos. Para agosto, el Gobierno estableció como referencia un ingreso de $1.070.000 y pretende que sindicatos y cámaras empresarias acuerden ese piso en los convenios colectivos.

Fuentes de la cartera encabezada por Julio Cordero indicaron que el monto ya fue comunicado a las partes, sobre todo a aquellos sectores cuyos trabajadores perciben salarios por debajo de ese nivel. Entre las actividades alcanzadas mencionaron a Maestranza, la Uocra y Sanidad.

“Lo tienen que negociar los sindicatos con las cámaras y después nosotros los homologamos”, señalaron desde la Secretaría de Trabajo. De acuerdo con la postura oficial, el mecanismo permitiría mejorar los ingresos de los trabajadores con salarios más bajos sin generar un impacto adicional sobre la inflación.

Salarios: qué gremios incrementaron su poder adquisitivo

La iniciativa del Gobierno se conoce en un contexto de marcada dispersión entre las distintas negociaciones paritarias. Un informe publicado por la Dirección Nacional de Estadísticas y Estudios Laborales, dependiente de la Secretaría de Trabajo, comparó la evolución de los salarios establecidos en los principales convenios colectivos entre junio de 2025 y junio de 2026.

El relevamiento reflejó diferencias de más de 15 puntos porcentuales entre los sectores que lograron incrementar su poder adquisitivo y aquellos que registraron las mayores pérdidas frente a la inflación.

Durante ese período, Encargados de edificio encabezó el ranking, con una mejora salarial real del 5,9%. Camioneros se ubicó en segundo lugar, con un avance del 3,1%, mientras que Construcción y Farmacia registraron subas del 2,5%. También lograron mejorar sus salarios reales los trabajadores de Entidades deportivas y civiles, con un 1,7%; Aceiteros, con un 1,6%; y Seguros, también con un incremento del 1,6%.

En el extremo opuesto, cuatro actividades acumularon pérdidas superiores al 10%. Calzado registró una caída real del 10,5%; Comercio, del 11%; Metalúrgicos, del 12,4%; y Textiles, del 12,6%, el peor resultado entre los convenios analizados.

Entre ambos grupos se ubicaron Bancarios, que logró mantener sin cambios su poder adquisitivo, e Industria de la carne y Químicos, que presentaron retrocesos marginales del 0,6%.

Reforma Laboral: declaran inconstitucional un artículo sobre las indemnizaciones

Reforma Laboral: declaran inconstitucional un artículo sobre las indemnizaciones

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo advirtió que ley coloca en “peor situación” a quienes “se vieron obligados a promover una demanda judicial para obtener la satisfacción de su derecho” con respecto a las indemnizaciones.

Declaran inconstitucional un artículo de la Reforma Laboral

Fuente: https://www.diariopopular.com.ar/

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo declaró inconstitucional un artículo de la reforma laboral, por establecer una reducción en las indemnizaciones e incumplir tres artículos de la Constitución Nacional, en un fallo en contra de la ley impulsada por el Gobierno de Javier Milei.

El fallo de la Sala I firmado por los jueces Enrique Catani y Gabriela Vázquez, remarcó que el artículo 55 de la Ley 27.802 aprobada por el Congreso Nacional viola los artículos 14, 16 y 17 de la Constitución Nacional, como también el artículo 14 bis.

La sentencia fue emitida en relación al despido de un trabajador de un lavadero, y establece que el apartado de la reforma laboral “no supera el examen de constitucionalidad”.

El punto central de la discusión está en la forma en que la normativa establece la actualización de las deudas laborales. Según el fallo, el artículo 55 fija un piso mínimo equivalente al 67% del monto que surgiría de actualizar el crédito mediante el Índice de Precios al Consumidor (IPC) más una tasa de interés pura del 3% anual.

Así, quienes habían iniciado una demanda antes de la entrada en vigencia de la reforma quedarían, en los hechos, con una reducción del 33% de sus indemnizaciones frente al mecanismo general contemplado en el artículo 54 de la misma ley.

Catani explicó que la norma “lesiona el derecho de propiedad privada del acreedor”, ya que “aún aplicando el piso mínimo contemplado en la propia disposición -el 67% por ciento del importe que resultaría de actualizar el capital conforme la variación del IPC con más una tasa del 3% anual- el régimen conduce necesariamente a la pérdida de una parte sustancial del valor del crédito”.

Por otro lado, remarcó que la ley coloca en “peor situación” a quienes “se vieron obligados a promover una demanda judicial para obtener la satisfacción de su derecho” con respecto a las indemnizaciones. “La distinción es irrazonable, porque no se funda ni en la naturaleza del crédito ni en la fecha de su devengamiento, sino exclusivamente en su judicialización”, agregó.

También explayó que el artículo 55 “somete a un régimen menos favorable a quienes recurrieron al Poder Judicial para obtener tutela”, pese a que la Constitución establece la “prohibición de imponer cargas o perjuicios por el solo hecho de ejercer legítimamente”.

El juez consideró también que en este caso no cabe invocar la “doctrina del esfuerzo compartido”, ya que “la Constitución no autoriza a distribuir la pérdida entre acreedor y deudor”.

De esta forma, el fallo sentó un precedente sobre el artículo 55. Sin embargo, Catani afirmó que esto no implica que se aplique el régimen anterior a la ley 27.802, sino que se establecen los parámetros establecidos en el artículo 54 de la misma. Este dice: “Los créditos provenientes de las relaciones individuales de trabajo serán actualizados por la variación que resulte del Índice de Precios al Consumidor (IPC)-Nivel General, elaborado por el INDEC, con más una tasa de interés del tres por ciento (3%) anual sobre el capital actualizado, desde que cada suma sea debida y hasta el momento del efectivo pago”.

Inocencia Fiscal II: qué cambiaría para los contribuyentes

Inocencia Fiscal II: qué cambiaría para los contribuyentes

El proyecto amplía el Régimen Simplificado de Ganancias, fija nuevos criterios para las discrepancias fiscales y extiende hasta 2027 el plazo para exteriorizar ahorros.

La oposición advierte que la Inocencia Fiscal es un blanqueo permanente para los más ricos (Foto ilustrativa de lavado de activos).

Fuente: https://www.diariopopular.com.ar/

La Cámara de Diputados dio media sanción a la Ley de Inocencia Fiscal II, una iniciativa impulsada por el Gobierno que busca modificar las reglas para los contribuyentes y generar mayores incentivos para que los dólares que permanecen fuera del sistema financiero ingresen a la economía formal.

El proyecto modifica la normativa vigente y amplía el alcance del Régimen Simplificado del Impuesto a las Ganancias (RSG). Además, establece nuevos parámetros para determinar cuándo una diferencia entre lo declarado y la información que posee ARCA puede ser considerada significativa.

La iniciativa ahora deberá ser analizada por el Senado. El Gobierno apuesta a que las nuevas reglas otorguen mayor seguridad jurídica a quienes decidan utilizar ahorros que permanecieron durante años fuera del sistema formal.

Más contribuyentes podrán acceder al régimen

Uno de los principales cambios consiste en ampliar el universo de personas que pueden adherir al Régimen Simplificado de Ganancias. El proyecto establece que podrán hacerlo las personas humanas y las sucesiones indivisas residentes en el país, eliminando los actuales límites vinculados con ingresos y patrimonio.

Hasta ahora, quedaban excluidos quienes habían registrado durante alguno de los últimos tres años ingresos superiores a $1.000 millones o un patrimonio mayor a $10.000 millones.

Sin embargo, los grandes contribuyentes tendrán una limitación: podrán ingresar al régimen simplificado, pero no acceder a algunos de los beneficios adicionales previstos, como la presunción de exactitud y el denominado tapón fiscal.

El objetivo es que más personas puedan utilizar un mecanismo simplificado para cumplir con sus obligaciones tributarias, mientras ARCA mantiene sus facultades de fiscalización sobre los contribuyentes de mayor relevancia económica.

Qué pasa con las diferencias detectadas por ARCA

Otro punto central es el cambio en la definición de una “discrepancia significativa”. Se trata de uno de los aspectos que más preocupación generaba entre contadores y contribuyentes.

La nueva propuesta establece que una diferencia será relevante cuando implique un incremento del impuesto determinado o una reducción de quebrantos de al menos el 15% respecto de lo informado por el contribuyente.

A ese porcentaje se suma un límite de $5 millones. De esta manera, cuando la diferencia no supere ese monto, no se considerará una discrepancia significativa bajo las condiciones previstas por el proyecto.

La modificación apunta a evitar que pequeñas diferencias terminen generando inspecciones o cuestionamientos fiscales de mayor alcance. En caso de que ARCA determine una diferencia superior al límite establecido, el contribuyente tendrá la posibilidad de regularizar su situación.

Una oportunidad para conservar los beneficios

El proyecto también contempla un mecanismo para que, aun cuando ARCA detecte una discrepancia, el contribuyente pueda conservar los beneficios del régimen.

Para eso deberá aceptar la determinación de oficio o la liquidación administrativa dentro de los 15 días posteriores a la notificación y pagar el impuesto correspondiente junto con sus accesorios.

Otro cambio relevante es que la diferencia se calculará sobre el impuesto determinado y no sobre el saldo final a pagar. Según especialistas tributarios, esta modificación busca evitar que la metodología termine perjudicando a contribuyentes que cumplen regularmente con sus obligaciones.

Además, quienes utilicen los mecanismos habilitados para incorporar los llamados “dólares del colchón” deberán reflejar esos fondos en la última declaración correspondiente de Bienes Personales, de acuerdo con las condiciones establecidas.

Hasta cuándo se podrán aprovechar los beneficios

El proyecto establece que los beneficios vinculados con el tapón fiscal y la presunción de exactitud podrán utilizarse hasta el 31 de diciembre de 2027.

La fecha coincide con el final del actual mandato presidencial y funciona, además, como un incentivo temporal para que los contribuyentes decidan formalizar sus ahorros.

El Gobierno busca de esta manera que una parte de los dólares que los argentinos mantienen fuera del sistema financiero pueda ingresar al circuito formal. Las estimaciones oficiales hablan de alrededor de USD 170.000 millones guardados fuera del sistema.

Menores multas para las PyMEs

Durante el tratamiento en Diputados también se incorporó una modificación que beneficia a las pequeñas y medianas empresas.

El texto aprobado contempla una reducción del 25% en las multas por infracciones formales para las PyMEs. La medida quedó incorporada entre los cambios que recibió la iniciativa antes de obtener la media sanción.

El proyecto deberá ahora atravesar el debate en el Senado. Si finalmente se convierte en ley, el Gobierno espera que el nuevo esquema contribuya a formalizar ahorros y, al mismo tiempo, reduzca la incertidumbre de los contribuyentes frente a eventuales controles fiscales.

 

Trump excluyó a la Argentina del nuevo cupo de 300.000 toneladas de carne que importará Estados Unidos

Trump excluyó a la Argentina del nuevo cupo de 300.000 toneladas de carne que importará Estados Unidos

El presidente del país norteamericano habilitó por 90 días un volumen adicional para aumentar la oferta y contener los valores al consumidor. Los frigoríficos argentinos quedaron excluidos.

¿Amigos son los amigos?

Fuente: https://www.diariopopular.com.ar/

HERMANO, ME DEJASTE AFUERA

Estados Unidos incorporará 300.000 toneladas adicionales de carne vacuna bajo un régimen arancelario preferencial, aunque la Argentina no podrá participar de este nuevo contingente. La disposición fue impulsada por la administración de Donald Trump ante la escalada de los precios internos.

De acuerdo con el Consejo de Importación de Carne de América (MICA), el volumen corresponde al cupo denominado “Otros países o áreas”, que es utilizado por Brasil, Paraguay, Irlanda, Japón y los Países Bajos. Argentina, Uruguay, Australia y Nueva Zelanda cuentan con contingentes propios libres de arancel.

La decisión representa una oportunidad que los exportadores argentinos no podrán aprovechar, pese a que en febrero Washington había acordado ampliar de 20.000 a 80.000 toneladas el cupo sin arancel para la carne proveniente del país. Ese cambio había generado un fuerte crecimiento de los envíos hacia el mercado estadounidense.

El nuevo esquema entrará en vigencia el 1° de septiembre y se extenderá durante 90 días. El volumen total se dividirá en tres etapas: habrá 100.000 toneladas disponibles durante septiembre, otras tantas en octubre y el último tramo comenzará el 31 de octubre, hasta completar el cupo o llegar al 30 de noviembre.

Además, la administración estadounidense estableció como objetivo que la carne importada llegue a los consumidores con un descuento del 25% frente al valor habitual. La medida apunta directamente a incrementar la disponibilidad de producto en las góndolas.

Por qué Estados Unidos necesita importar más carne

El mercado estadounidense atraviesa un escenario de precios récord para la carne vacuna, en buena medida por la reducción de la oferta ganadera. El stock de animales se ubica actualmente en su nivel más bajo de los últimos 75 años.

Según las estimaciones del Departamento de Agricultura de Estados Unidos (USDA), la producción caerá cerca de un 4% durante 2026 en comparación con el año pasado. La sequía y los incendios forestales profundizaron las dificultades para recomponer el rodeo.

A ese panorama se sumaron las restricciones para importar ganado desde México, implementadas para evitar la propagación del gusano barrenador del Nuevo Mundo. En este contexto, la Casa Blanca sostiene que el incremento temporal de las compras externas permitirá elevar la oferta disponible en aproximadamente un 10% respecto de las proyecciones actuales.

El gobierno estadounidense remarcó que el país continúa como el mayor consumidor mundial de carne vacuna por volumen y ocupa el segundo lugar en consumo per cápita. Con ese escenario de demanda elevada y menor producción, la importación aparece como una herramienta para aliviar la presión sobre los precios.

 

 

Diputados aprobó la reforma de la Carta Orgánica del Banco Central e Inocencia Fiscal II

Diputados aprobó la reforma de la Carta Orgánica del Banco Central e Inocencia Fiscal II

Con una mayoría holgada, La Libertad Avanza consiguió darle media sanción a ambas iniciativas. Fueron giradas al Senado después de un debate áspero.

Dipuados le dio media sanción a una iniciativa de LLLA. 

Fuente; https://www.diariopopular.com.ar/

El oficialismo, con respaldo de sectores aliados, logró este miércoles aprobar en Diputados con una mayoría holgada la reforma de la Carta Orgánica del Banco Central, definida por el propio presidente Javier Milei como la medida legislativa «más importante» de esta etapa de su Gobierno.

La iniciativa recogió 144 votos afirmativos, 102 negativos y nueve abstenciones, y será girada al Senado. El proyecto busca consolidar el principio de la emisión cero, por considerar que impacta directamente sobre la inflación.

Más tarde, el oficialismo también logró aprobar en la Cámara baja la nueva ley de Inocencia Fiscal, con la que el Gobierno busca ampliar el universo de contribuyentes que podrán adherir al Régimen Simplificado del Impuesto a las Ganancias. La iniciativa recibió la media sanción con 139 votos a favor, 110 en contra y dos abstenciones.

Reforma de la Carta Orgánica del BCRA: los detalles del proyecto

• Se prohíben los adelantos transitorios al Tesoro, los préstamos a las provincias, el uso de letras intransferibles y se limita la transferencia de utilidades a ganancias reales obtenidas por la entidad.

• Se elimina la multiplicidad de propósitos que se adjudicaba el Banco Central a través de su Carta Orgánica y mantiene como único mandato el de preservación del valor de la moneda, prohibiendo el financiamiento del Tesoro.

• Para designar un director del Banco Central se necesitará mayoría simple de la Cámara de Diputados y del Senado y para rechazarlo los dos tercios.

El debate por la reforma a la Carta Orgánica del Banco Central

El debate fue abierto por el presidente de la comisión de Finanzas, Santiago Pauli, quien aseguró que esta reforma busca que el Banco Central «no sea saqueado, no se convierta en una herramienta de hacer política» y para que «volvamos a tener un peso fuerte para que nuestro país, de una vez por todas, avance, y que los argentinos vuelvan a recuperar la capacidad de ahorrar, de progresar, de planificar a largo plazo y de vivir la vida que tienen».

Agregó que «el mal uso del Banco Central tuvo como consecuencia que pasó a convertirse en una extensión del Ministerio de Economía o del Poder Ejecutivo de turno»

Destacó que con esta reforma «vamos a eliminar los adelantos transitorios, vamos a prohibir los préstamos al gobierno nacional, a las provincias, a Ciudad Autónoma de Buenos Aires, prohibir la compra de títulos del Estado nacional en el mercado primario».

El vicepresidente de la Comisión de Presupuesto, Itai Hagman, aseguró que con esta reforma se busca «blindar una política cuyos resultados no fueron los que el gobierno esperaba», y dijo que con esta modificación «se garantizan que esas tasas de interés usurarias permitan que algunos especuladores sigan abusándose de

«Deberíamos estar discutiendo cómo hacemos para evitar que se sigan cerrando empresas en el país», agregó.

Destacó que hay 6 millones de personas atravesadas por el problema del endeudamiento y la mora y otros tantos millones que no están en mora, pero están con la soga al cuello” y por eso «deberíamos estar discutiendo cómo aliviar a esas familias».

El diputado Miguel Ángel Pichetto afirmó que «nunca estuve de acuerdo con un criterio de rigidez porque pienso que, en primer lugar, antes que la economía, está la política, y el Banco Central tiene que estar subordinado al interés general del país y al rumbo que marque el Poder Ejecutivo Nacional pensando fundamentalmente en el crecimiento y en el desarrollo».

«El señor Bausili, ¿realmente creen que pueden tomarle el pelo a la gente? Hablar de autonomía cuando el presidente del Banco Central es el socio de la oficina donde trabajaron junto al ministro de Economía, y tienen esa tarea de trader desde hace muchos años. ¿De qué autonomía me hablan? Pretenden plantear este debate de la Carta Orgánica y mantenerlo al presidente del Banco Central, que es el socio y amigo del ministro Caputo”, agregó.

El diputado radical Guillermo Agüero dijo al defender el proyecto que esta reforma busca» dotar al Banco Central de independencia, de atribuirle un mandato único y de prohibir los financiamientos al Tesoro vía adelantos transitorios o transferencias vinculadas con utilidades ficticias relativas a diferencias en el valor de los tipos de cambio o las reservas internacionales utilizadas para pago de deuda contra letras intransferibles, que no hicieron más que generar un enorme deterioro en nuestra moneda».

Agregó que «cuando se le exige al Banco Central un mandato múltiple de preservar el valor de la moneda a la vez que cuidar el empleo, financiar al Tesoro y dirigir el crédito no termina cumpliendo absolutamente ninguna de las funciones en su cabal dimensión».