El Banco Formosa deberá anular préstamos tomados por fraude telefónico y devolver todo el dinero al cliente
La Justicia provincial dejó sin efecto cuatro préstamos que aparecieron en la cuenta de un cliente del Banco de Formosa, sin su permiso ni autorización, y ordenó a la entidad crediticia a devolver, en 48 horas, todo lo que ya le habían descontado al damnificado de la ciberestafa.

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El 20 de agosto de 2025, el cliente víctima de este nuevo fraude telefónico estaba trabajando cuando recibió una llamada de un número con prefijo de la ciudad de Formosa. Un hombre, con acento “no local”, dijo ser empleado de Andreani y le aseguró que tenía un paquete para entregarle. Para completar el supuesto trámite, le pidió un código que, según dijo, iba a llegar a su celular.
Enseguida, entró un mensaje de texto con un código de verificación. La víctima lo leyó en voz alta al llamado. El estafador le dijo que el trámite estaba listo, que el pedido llegaría a su domicilio y que el seguimiento se enviaría a su correo electrónico. La llamada terminó ahí.
Dos días después, al entrar a su Home Banking para hacer un pago, el cliente se encontró con una sorpresa gravísima: en su cuenta figuraban cuatro préstamos que él nunca había pedido, por un total superior a 7 millones de pesos, y una serie de débitos y transferencias a terceros.
De inmediato hizo la denuncia Penal y también acudió a Defensa del Consumidor, patrocinado por el abogado Esteban David Martínez y la abogada Silvina Alejandra Facio.
Ingresado el caso a la Justicia provincial, el Banco de Formosa se defendió culpando al cliente. Sostuvo que el hombre actuó con imprudencia al dar los códigos de verificación y que el fraude fue obra de un tercero ajeno al banco. Aseguró que no hubo fallas de seguridad ni problemas técnicos y que la responsabilidad de cuidar claves y datos sensibles es del usuario.
Por su parte, la fiscal que intervino señaló que entre el cliente y el banco hay una relación de consumo. Eso significa que se aplica toda la batería de normas de defensa del consumidor, que protegen especialmente al usuario frente a empresas mucho más poderosas.
La jueza que analizó y resolvió el caso, María Lourdes Leliur, titular del Juzgado Civil y Comercial Nº 6 de la ciudad, tomó como base el dictamen de la fiscal y recordó que los bancos no sólo ofrecen un servicio financiero, sino que también tienen un “deber de seguridad”. Es decir, deben cuidar que las cuentas no sean utilizadas para fraudes y que los clientes no pierdan su dinero por fallas del sistema.
Fundamentó su decisión en la Ley Nacional 24.240 de Defensa del Consumidor, destacando la responsabilidad objetiva de los proveedores de servicios financieros para garantizar un entorno seguro a sus usuarios. Asimismo, condena la práctica de trasladar la responsabilidad al cliente, subrayando que, aunque la víctima haya cometido ciertos descuidos, esto no exonera al banco y a la billetera digital de reforzar sus mecanismos para prevenir riesgos y estafas de esta naturaleza.
Qué es el “vishing”
El fallo, emitido en el marco de una acción legal denominada medida autosatisfactiva, explica que lo que sufrió el cliente del banco estatal es una estafa por “vishing”: un engaño telefónico en el que un delincuente se hace pasar por una empresa confiable (como un correo, un banco o un organismo público) para lograr que la víctima entregue códigos o datos claves. Con esa información, luego acceden a las cuentas y sacan dinero o toman préstamos en cuestión de minutos.
La jueza Leliur puso el foco en algo central: aun cuando la víctima cometa un descuido, como leer un código que no debería compartir, el banco no queda automáticamente liberado de culpa. Tiene la obligación de contar con sistemas que detecten operaciones raras y, ante la duda, frenen o verifiquen los movimientos.