La Federación Pilagá recurrió a Casación para reabrir la investigación por el genocidio de Rincón Bomba en 1947

La Federación Pilagá recurrió a Casación para reabrir la investigación por el genocidio de Rincón Bomba en 1947

La querella presentó un recurso de queja contra la decisión de la Cámara Federal de Resistencia que declaró inadmisible el recurso de Casación.

Fuente: https://www.xn--lamaanaonline-lkb.com.ar/

Reclama que se habilite un Juicio por la Verdad sobre los hechos ocurridos en 1947 y advierte que, de confirmarse el cierre de la vía penal, acudirá a instancias nacionales e internacionales

La Federación de Comunidades Indígenas del Pueblo Pilagá presentó ante la Cámara Federal de Casación Penal un recurso de queja por casación denegada para intentar revertir el cierre de la investigación penal por la matanza cometida contra integrantes de ese pueblo en 1947, conocido como la Masacre de Rincón Bomba.

Tras la decisión de la Cámara Federal de Resistencia de declarar inadmisibles los recursos que buscaban la apertura del Juicio por la Verdad en sede penal, la Federación de Comunidades Indígenas del Pueblo Pilagá, con la representación legal de la Dra. Paula Mercedes Alvarado Mamani, acudió de manera directa ante el máximo tribunal penal del país mediante un Recurso de Queja por Casación Denegada.

Asi lo confirmo a La Mañana la abogada de la Federación, Paula Alvarado Mamani, quien senalo que la controversia judicial se intensifico luego de que el tribunal de alzada pretendiera dar por agotada la respuesta estatal sobre la Masacre de Rincón Bomba argumentando la existencia de un fallo civil patrimonial previo. Frente a este intento de clausurar la via punitiva, la representacion del Pueblo Pilagá impulso la apelacion en todas las instancias correspondientes para exigir la reconstruccion oral y pública de la Verdad Penal.

Al respecto, la letrada indicó que el expediente ya quedo formalmente radicado ante la Sala 3 de la Camara Federal de Casación Penal, bajo el registro Recurso de Queja N° 4 (Expte. FRE 24000946/2011/4).

Alvarado Mamani hizo notar que el avance del reclamo ante la Camara de Casación se produce en las visperas de un nuevo aniversario de la Masacre de Rincón Bomba, perpetrada en octubre de 1947. Los sobrevivientes y las comunidades del Pueblo Pilagá se mantienen como los unicos y principales protagonistas de este reclamo historico, exigiendo que la Justicia Penal no aplique atajos procesales y garantice el juzgamiento del Genocidio.

El planteo cuestiona especificamente la resolucion del 1 de septiembre de 2026, mediante la cual la Camara Federal de Resistencia declaro inadmisible el recurso de casacion que habia sido interpuesto contra la decision de clausurar la via penal respecto de la investigacion de los hechos de 1947.

La querella sostiene que esa decision configura una «flagrante denegacion de justicia» y solicita a la Camara Federal de Casación Penal que declare procedente la queja, revoque el pronunciamiento que denego la casacion y permita avanzar hacia la realizacion de un Juicio por la Verdad sobre el genocidio del Pueblo Pilagá

 

Reclamo por el derecho a la verdad

Uno de los principales argumentos de la presentación es que el paso del tiempo no puede ser utilizado como fundamento para cerrar la investigación de hechos que la querella califica como un genocidio y un crimen de extrema gravedad.

En ese sentido, la Federación sostiene que la falta de esclarecimiento judicial mantiene vigente una situación de vulneración de derechos y que el Estado tiene la obligación de investigar y establecer judicialmente la verdad sobre lo ocurrido.

“El silencio judicial frente al horror de Rincón Bomba es la continuación de las balas de 1947; abrir este juicio no es una opción procesal, es un mandato ético y constitucional impostergable con la memoria de los abuelos que ya no están”, expresa la presentación realizada por Alvarado Mamani.

La querella también plantea que el derecho a la verdad no pertenece exclusivamente a los sobrevivientes y sus descendientes, sino que posee una dimensión colectiva, por lo que la sociedad argentina tiene derecho a conocer las circunstancias en las que ocurrieron los hechos.

Diferencias con la causa civil

Otro de los ejes del recurso es la diferenciación entre la investigación penal y la causa civil que tuvo como resultado una sentencia en 2019.

La representación del Pueblo Pilagá sostiene que una reparación económica en sede civil no reemplaza la obligación de investigar penalmente los hechos, ni satisface por sí misma el derecho colectivo a la verdad y a la memoria histórica.

Según el planteo, un juicio penal permitiría reconstruir públicamente los acontecimientos mediante testimonios, documentación y pericias, además de generar una instancia de reconocimiento y reparación simbólica para las comunidades afectadas.

La presentación remarca que la investigación penal acumuló durante años un importante acervo probatorio, incluyendo testimonios de sobrevivientes, material audiovisual e informes multidisciplinarios, y advierte que cerrar definitivamente esa vía podría significar la pérdida de la posibilidad de valorar ese material histórico.

El antecedente de Napalpí

La Federación también destaca que la clausura de la vía penal impediría analizar el conjunto de pruebas reunidas durante décadas y frustraría la posibilidad de llevar adelante un Juicio por la Verdad.

La querella invoca además como antecedente el Juicio por la Verdad por el genocidio de Napalpí, realizado en el ámbito de la Justicia Federal, y considera que impedir un procedimiento similar para el caso Pilagá vulneraría el principio de igualdad ante la ley.

En el recurso, la Federación Pilagá dejó planteada una reserva de caso federal y anticipó que, si la Cámara Federal de Casación confirma la decisión que impide continuar con el juzgamiento penal, recurrirá eventualmente ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Además, dejó asentada la posibilidad de acudir al Sistema Interamericano de Derechos Humanos, incluyendo la Comisión Interamericana y, eventualmente, la Corte Interamericana, así como a mecanismos del sistema universal de protección de derechos humanos de Naciones Unidas.

La presentación invoca, entre otras normas, las garantías de debido proceso, tutela judicial efectiva, acceso a la Justicia y derecho a la verdad contempladas en la Constitución Nacional y en tratados internacionales de derechos humanos.

El pedido a Casación

Finalmente, la Federación solicitó que la Cámara Federal de Casación Penal tenga por presentada la queja, la declare admisible y procedente, revoque la resolución de la Cámara Federal de Resistencia y conceda el recurso de casación.

El objetivo central es que se habilite la continuidad de la vía penal y pueda sustanciarse un Juicio por la Verdad sobre el genocidio del Pueblo Pilagá de 1947.

La presentación judicial sostiene que el cierre de la investigación penal sobre la Masacre de Rincón Bomba constituye una denegación de justicia y reclama que se habilite un Juicio por la Verdad sobre los hechos ocurridos en 1947.

Para la querella, la discusión excede una cuestión estrictamente procesal y compromete el derecho de las víctimas, sus descendientes y la sociedad en general a conocer y preservar la verdad histórica sobre uno de los episodios de violencia estatal más graves sufridos por comunidades indígenas en el siglo XX.