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La CGT y los docentes marchan contra la deforma laboral y el ajuste educativo

La CGT y los docentes marchan contra la deforma laboral y el ajuste educativo

Mientras la CGT se moviliza por la reforma laboral, los sindicatos de educación realizan un paro nacional y marchan al Congreso por fondos y salarios.

El objetivo de la marcha es respaldar los reclamos que vienen sosteniendo contra la reforma laboral.

Fuente: https://www.diariopopular.com.ar/

Este lunes 2 de marzo, el centro porteño será el escenario de una protesta sindical encabezada por la Confederación General del Trabajo (CGT), que marcha hacia el Palacio de Tribunales. El objetivo central de la movilización es acompañar una presentación judicial contra la reforma laboral impulsada por el presidente Javier Milei, que fue convertida en ley recientemente. La central obrera busca que la Justicia frene la implementación de la norma al cuestionar su validez legal.

Sobre esta medida, Jorge Sola, integrante de la conducción de la CGT, señaló que el objetivo es respaldar los reclamos que vienen sosteniendo contra la nueva legislación: «La decisión es sustentar el análisis legal que se viene haciendo y la presentación judicial con respecto a lo que creemos que es inconstitucional». Además, agregó que el camino que les queda es el de la vía judicial: «Lo que queda de parte nuestra es interpelar y llevar la petición a la Justicia».

Al mismo tiempo, el sector educativo también lleva adelante medidas de fuerza de alcance nacional. Sindicatos como CTERA, UDA y CEA realizan un paro en reclamo por la apertura de paritarias y la restitución del Fondo Nacional de Incentivo Docente (FONID), entre otros puntos. Estos gremios se movilizarán hacia el Congreso a partir de las 11:30 desde la zona del Cabildo. A esto se suma la continuidad del paro de 48 horas de la Federación Nacional de Docentes Universitarios (CONADU), que reclama por una recomposición salarial y la plena aplicación de la Ley de Financiamiento Universitario.

Para cerrar la jornada, la cúpula de la CGT brindará una conferencia de prensa a las 16 en la histórica sede de la calle Azopardo. El encuentro con los medios estará centrado en analizar la crisis educativa actual, los recortes presupuestarios que afectan al sector y el rechazo formal al proyecto de libertad educativa propuesto por el Ejecutivo. Esta serie de acciones se da después de que otros sectores, como el Frente de Sindicatos Unidos, ya se hayan movilizado el pasado viernes cuando la reforma laboral obtuvo la sanción definitiva en el Congreso.

Deforma laboral: las ocho claves de la ley sancionada por el Senado

Deforma laboral: las ocho claves de la ley sancionada por el Senado

La iniciativa fue aprobada por la Cámara Alta, luego de los cambios introducidos en Diputados. Aquí, un repaso sobre los ejes centrales de la iniciativa que impactarán en las relaciones del trabajo en la Argentina.

La reforma laboral contempla modificaciones profundas en las relaciones de trabajo.

Fuente: https://www.diariopopular.com.ar/

El Senado convirtió en ley el proyecto de reforma laboral, que impactará con fuerza en las relaciones del trabajo. Entre otras cosas, contempla modificaciones profundas en el sistema de despidos, vacaciones, negociaciones colectivas de trabajo y derecho de huelga en servicios esenciales.

La votación reflejó un desenlace bastante holgado en favor del Gobierno: 42 votos a favor, 28 negativos y dos abstenciones (Natalia Gadano y José Carambia). Así, la Cámara Alta convalidó el cambio aplicado en Diputados que eliminó el polémico artículo 44, el cual proponía reducir hasta un 50% el sueldo a personas con licencias por accidentes o enfermedades graves.

Al final de la sesión, la jefa del bloque de senadores de La Libertad Avanza, Patricia Bullrich, arengó a su tropa y juntó al resto de los legisladores oficialistas para una foto que registró el momento de pleno júbilo y significó un hito en la gestión de Javier Milei.

Las claves de la reforma laboral

1. Vacaciones. Deberán ser acordadas entre el empresario y el trabajador entre el 1º de octubre y el 30 de abril del año siguiente, pero se permite que las partes pacten disfrutarlas fuera de esa fecha. Podrán fraccionarse en plazos de un mínimo de siete días consecutivos.

2. Banco de horas. Las empresas no tendrán obligación de pagar a los empleados horas extras, dado que habrá un sistema de compensación. Si un empleado trabaja 12 horas en lugar de ocho, se le podrá dar cuatro horas a compensar. La jornada máxima será de 12 horas (con 12 horas obligatorias de descanso) y esa extensión laboral será compensada con la reducción de la jornada en otra fecha del calendario.

3. Indemnizaciones. Serán más económicas para las empresas, ya que no se computará el aguinaldo, vacaciones o premios, y sólo se considerará la remuneración mensual, normal y habitual. Se tomará como base el sueldo promedio de la actividad. Las indemnizaciones podrán pagarse en 12 cuotas en las empresas grandes y 18 en las pymes.

4. Pago de sentencias judiciales. Se abonarán hasta en seis cuotas (12 cuotas en Pymes) mensuales consecutivas, ajustadas por el Índice de Precios al Consumidor (IPC) y una tasa de interés del 3% anual.

5. Fondo de Asistencia Laboral. El sistema estará destinado a cubrir los costos de desvinculación. Se financiará con una contribución mensual obligatoria a cargo de los empleadores: las grandes empresas aportarán el 1% de las remuneraciones, mientras que para las micro, pequeñas y medianas empresas (MiPyMEs) el aporte será del 2,5%. Con aval de la Comisión Bicameral, el Gobierno tendrá la facultad de incrementar estos porcentajes hasta el 1,5% y el 3% respectivamente.

6. Sindicatos. Se mantendrá el aporte que le descuentan a los trabajadores para el sindicato con un tope del 2%, y el empleador se mantendrá como agente de retención como exigía la CGT. Las asambleas requerirán el aval de los empleadores y los dirigentes gremiales sólo tendrán 10 días al mes para desarrollar sus tareas en horario de trabajo.

7. Ultraactividad. Los convenios colectivos con plazo vencido no mantendrán sus efectos en el transcurso de tiempo hasta la firma de un nuevo acuerdo colectivo. Sólo quedarán vigente las normas referidas a las condiciones de trabajo.

8. Derecho de huelga. Se restringe este derecho, al declararse determinadas actividades como “servicios esenciales” (con la obligación de garantizar una cobertura mínima del 75%) y “servicios trascendentales” (con la obligación de garantizar una cobertura mínima del 50%).