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Defensorías del Pueblo rechazan una intervención federal en Formosa y advierten sobre una posible “tutela política” – Diario La Mañana

Defensorías del Pueblo rechazan una intervención federal en Formosa y advierten sobre una posible “tutela política” – Diario La Mañana

A través del Observatorio de Derechos Políticos y Electorales, Defensorías de distintas provincias sostuvieron que la intervención federal no puede utilizarse para desplazar gobiernos elegidos democráticamente.

Defensorías del Pueblo rechazan una intervención federal en Formosa y advierten sobre una posible “tutela política” - Diario La Mañana

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Señalaron que su finalidad constitucional es restaurar el orden institucional y no alterar la voluntad popular

Desde el Observatorio de Derechos Políticos y Electorales (ODEPOE), integrado por defensorías del pueblo de Formosa, Buenos Aires, Santiago del Estero, Corrientes y el municipio de Lanús, expresaron su rechazo a las posturas que promueven una intervención federal en la provincia de Formosa.

En un comunicado conjunto, advirtieron que la intervención federal es un mecanismo previsto en la Constitución Nacional para restablecer el orden institucional ante situaciones extremas, como la ruptura del sistema republicano, la imposibilidad de ejercer derechos o el colapso del orden público, y no para desplazar autoridades electas democráticamente.

Asimismo, señalaron que la utilización de esta herramienta fuera de sus parámetros constitucionales podría derivar en una “tutela política” incompatible con el federalismo argentino, al implicar -según sostuvieron- una intromisión del poder central sobre las provincias.

El documento también cuestiona la legitimidad de los argumentos que plantean la falta de funcionamiento de las instituciones en provincias donde, al mismo tiempo, se desarrollan procesos electorales que permitieron el acceso de representantes a cargos legislativos nacionales y provinciales.

En esa línea, remarcaron que la intervención federal ha sido históricamente un recurso excepcional y que su aplicación debe responder a criterios de necesidad, proporcionalidad y temporalidad, aunque señalaron que en la práctica no siempre ha sido reglamentada de manera precisa.

Finalmente, el comunicado plantea que el Congreso Nacional debería concentrarse en atender problemáticas estructurales del país, en lugar de avanzar sobre mecanismos que impliquen la remoción de autoridades constituidas democráticamente, y advierte sobre denuncias vinculadas al deterioro de derechos sociales y económicos, citando observaciones de organismos internacionales como la Comisión Interamericana de Derechos

La Defensoría del Pueblo explicó cómo reclamar por daños a instalaciones y/o electrodomésticos

La Defensoría del Pueblo explicó cómo reclamar por daños a instalaciones y/o electrodomésticos

El defensor del Pueblo, Dr. José Leonardo Gialluca, frente a las numerosas consultas y reclamos que vienen concretando usuarios del sistema energético sobre daños de electrodomésticos originados por las deficiencias variadas en el servicio brindado

La Defensoría del Pueblo explicó cómo reclamar por daños a instalaciones y/o  electrodomésticos - Diario La Mañana

Fuente: https_www.lamañanaonline.com.ar

Recordó la vigencia de las Resoluciones del Ente Regulador de Obras y Servicios Públicos (EROSP) Nº 451/07 y su modificatoria N° 70/12.

Éstas establecen el procedimiento para el reclamo por daños a instalaciones y/o artefactos, por deficiencias en la prestación del servicio de energía eléctrica.

Al respecto, manifestó: “Todo usuario que considere que sus artefactos o instalaciones fueron dañados por una deficiente prestación del servicio de REFSA, deberá formular reclamo directamente ante el EROSP, dado que no está obligado a realizarlo previamente ante la empresa prestataria. El anexo de la Resolución N° 70/12 dispone la obligación del usuario de realizar “una exposición clara y sucinta del hecho que generó el/los daño/s derivados del suministro de energía eléctrica”.

Para evitar demoras, también tienen la alternativa de realizar una exposición policial, en las que se debe dejar siempre constancia de: 1) Fecha y hora del siniestro, 2) Tipo de daños causados; 3) Listado de artefactos eléctricos dañados con indicación de marcas, modelos, series, y toda la información posible.

En el caso de los comercios, para el supuesto de pérdida de mercadería no vencida por corte de cadena de frío, deberá adjuntarse acta de constatación efectuada por escribano público, en la que se detallará minuciosamente: tipo, cantidad, marca, etc., como así también la factura de adquisición correspondiente.

Será importante en todos los casos hacer mención sobre la existencia de hechos similares sufridos por vecinos alimentados por la misma red. Con estos elementos, y dentro de un plazo de cinco días de producido el hecho, deben concurrir al EROSP, sito en Av. Napoleón Uriburu Nº 57 Este, de la ciudad capital, o remitirlos vía mail a los siguientes correos electrónicos: [email protected]; [email protected]. Esto debe ir acompañando, además, de fotocopia de la última factura del servicio y del Documento Nacional de Identidad del titular del usuario.

El reclamante que no es titular del suministro deberá presentar documentación que acredite la posesión o tenencia del inmueble o cualquier prueba que evidencie su condición de usuario.

Luego de ello, en el lapso de tres días de recibido el reclamo, se verificarán conjuntamente las instalaciones eléctricas del inmueble y sobre la existencia de protecciones reglamentarias, por parte del usuario, un inspector del EROSP y personal de REFSA. En este acto, el usuario tiene derecho a designar un perito técnico de su confianza, para que también participe de la inspección, a su cargo y costo.

Además, se revisarán el o los artefactos dañados y luego, las partes tendrán cinco días para presentar los respectivos informes. Se podrá adjuntar el presupuesto correspondiente a la reparación del electrodoméstico o la imposibilidad de su arreglo.

Las actuaciones se corren vista a REFSA, que tiene cinco días para acompañar pruebas que hagan a su defensa, si no reconociere los daños ocasionados. Por último, será el EROSP quien decidirá formalmente si existió o no, nexo causal entre el servicio prestado y los daños denunciados por el usuario, mediante el dictado de la resolución respectiva.

Instalaciones

Por otra parte, Gialluca recomendó que las instalaciones eléctricas domiciliarias deben contar con los siguientes elementos para así evitar posibles daños:

En primer lugar, el pilar de acometida del domicilio debe estar conforme al plano que debe proveer REFSA SA, con una llave de corte bipolar y jabalina puesta a tierra; además, las instalaciones internas deben tener cables de entre 4 a 6 mm para el ingreso desde el medidor al domicilio y de menor milimetraje para las bajas a los puntos y tomas.

También un tablero o más (dependiendo de las conexiones en el inmueble), que cuenten con las siguientes protecciones: llave general, interruptores diferenciales bipolares o tetrapolares (disyuntores), llaves térmicas o interruptores termomagnéticos, teniendo en cuenta la cantidad de artefactos o electrodomésticos y ambientes.

También sugirió la contratación de electricistas matriculados o ingenieros electromecánicos para la correcta instalación eléctrica en cada hogar, así como para los controles, a lo que debe agregársele revisiones permanentes, máxime en estos tiempos de altas temperaturas, donde se utilizan necesariamente diversos artefactos para satisfacer necesidades básicas de las personas que habitan cada vivienda.