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El Gobierno apelará el fallo que impide limitar el derecho a huelga

El Gobierno apelará el fallo que impide limitar el derecho a huelga

Desde la Casa Rosada insistirán con la medida que fue frenada por la Justicia y hasta especulan con enviar proyecto de ley al Congreso. La CGT celebró el fallo.

El gobierno de Milei apelará el fallo de la Justicia. 

Fuente: https://www.diariopopular.com.ar/

! VIVA LA LIBETAD CARAJO ¡

“Se va a apelar, pero est

 

e fallo no modifica nada. Esto es así porque todavía rige la cautelar de la Sala de Feria de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo sobre la aplicabilidad de lo dispuesto en el ‘Título IV TRABAJO’ del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 70/23”, explicaron fuentes oficiales.

Desde el Gobierno le bajaron el tono a la discusión, porque consideraron que la decisión judicial “no modifica nada en la práctica”. A pesar de esta situación, aseguraron que insistirán con la medida. “Era previsible, sabíamos que la Justicia iba a actuar así”, dijo un funcionario.

Para un sector del propio gobierno, la única posibilidad que tiene el oficialismo para implementar esta reglamentación es enviar un proyecto de ley al Congreso.

La CGT celebró la suspensión del decreto que limita el derecho a huelga

La CGT celebró este lunes, a través de un comunicado oficial, que la Justicia hizo lugar a la cautelar para que quede sin efecto el decreto que había emitido el Gobierno nacional para limitar el derecho a huelga.

El fallo, que suspendió los artículos 2 y 3 del DNU 340/25, fue celebrado por la central obrera, que destacó la «correcta estrategia» que viene siguiendo la central para «no permitir el avance del Ejecutivo sobre los derechos conquistados».

Previamente, se había aceptado la cautelar que había presentado en la misma línea el sindicato de estatales ATE, que pertenece a la CTA Autónoma.

La jueza Moira Fullana, a cargo del Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo Nº3, dispuso «suspender provisoriamente» los artículos mencionados «hasta tanto se dicte sentencia definitiva».

La CGT se había presentado ante la Justicia del trabajo para denunciar el decreto y solicitar un pedido de amparo para declarar la invalidez constitucional.

Entre los fundamentos del amparo, la CGT sostuvo que el DNU del presidente Javier Milei reglamenta de manera restrictiva el derecho de huelga, al ampliar arbitrariamente la lista de actividades consideradas «servicios esenciales» e imponer niveles mínimos de prestación (del 75% al 50%) que, según plantearon, en los hechos imposibilitan el ejercicio legítimo de las medidas de fuerza.

La central obrera subrayó que la medida viola el artículo 14 bis de la Constitución Nacional, los Convenios 87 y 98 de la OIT, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, la Convención Americana sobre Derechos Humanos y otras normas con jerarquía constitucional que garantizan la libertad sindical y el derecho a la huelga.

 

Una jueza falló en contra del DNU de Javier Milei que limita el derecho a huelga

Una jueza falló en contra del DNU de Javier Milei que limita el derecho a huelga

Moira Fullana, magistrada del fuero laboral, analizó la “verosimilitud del derecho” y la “verosimilitud de la legitimidad” del decreto y expresó que no había circunstancias excepcionales que justifiquen el dictado de un DNU.

La jueza Moira Fullana hizo lugar a una media cautelar planteada por la CGT la semana pasada.

Fuente: https://www.diariopopular.com.ar/

En paralelo, la magistrada dio curso al amparo con el que la CGT busca que se declare inconstitucional de forma definitiva el DNU del presidente; es decir, abrió el expediente en el que resolverá si declara o no la inconstitucionalidad. Pero mientras eso se debata, la medida no podrá ser puesta en marcha por el Gobierno.

El decreto inaplicable es el DNU 340/2025, normativa que limita el derecho de huelga ampliando los servicios esenciales al aumentar la cantidad de actividades que deberían garantizar de manera obligatoria un funcionamiento de entre 50 y 75% en caso de estar en conflicto. La jueza suspendió de manera provisional los efectos de los artículos 2 y 3 del DNU 340/25 que fue dictado el 21 de mayo de 2025.

“Los conflictos colectivos que pudieren afectar la normal prestación de servicios esenciales o actividades de importancia trascendental quedan sujetos a las siguientes garantías de prestación de servicios mínimos”, dice el artículo 3 del decreto de Milei, que precisa: “En lo que respecta a la prestación de servicios mínimos, en el caso de los servicios esenciales, en ningún caso se podrá negociar o imponer a las partes una cobertura menor al 75% de la prestación normal del servicio de que se tratare. En el caso de las actividades o servicios de importancia trascendental, en ningún caso se podrá negociar o imponer a las partes una cobertura menor al 50%”.

Estas modificaciones estaban previstas en el capítulo 4 del DNU 70/23 que fue suspendido en la Justicia con un fallo de segunda instancia y que está pendiente a una definición de la Corte Suprema. La CGT había solicitado la acción de amparo para que se decretara la invalidez constitucional de esos artículos al argumentar que violan el principio republicano de división de poderes y el derecho y principio de libertad sindical. Además, pidió una medida cautelar de no innovar para suspender la aplicación de los artículos hasta la sentencia definitiva.

La jueza analizó la “verosimilitud del derecho” y la “verosimilitud de la legitimidad” del decreto y expresó que no había circunstancias excepcionales que justifiquen el dictado de un DNU. En su dictamen Fullana hizo hincapié en que la Constitución Nacional permite al Poder Ejecutivo emitir disposiciones de carácter legislativo solo cuando “circunstancias excepcionales hicieran imposible seguir los trámites ordinarios previstos por esta Constitución para la sanción de las leyes”.

Pero en este caso, la magistrada señaló que, a la fecha de su dictado, el Congreso de la Nación Argentina se encontraba con sesiones ordinarias. Y citó la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia que indicó que para dictar un DNU “es necesaria la concurrencia de alguna de estas dos circunstancias: 1) que sea imposible dictar la ley mediante el trámite ordinario o 2) que la situación que requiere solución legislativa sea de una urgencia tal que deba ser solucionada inmediatamente, en un plazo incompatible con el que demanda el trámite normal de las leyes”.

Fullana consideró que no se daban estas circunstancias y que el argumento del Estado acerca de que el único cambio del DNU 340/25 era incorporar la Marina Mercante al listado de servicios esenciales ya modificado por el DNU 70/231516, resultaba insuficiente. El fallo no es una declaración definitiva de inconstitucionalidad, sino una medida cautelar.

Los alcances del decreto de Milei

Según el decreto, se consideran servicios esenciales a las siguientes actividades:

  • – El cuidado de menores y educación de niveles guardería, preescolar, primario y secundario, así como la educación especial.
  • – La aeronáutica comercial y el control de tráfico portuario; incluyendo balizamiento, dragado, amarre, estiba, desestiba, remolque de buques y todos los servicios portuarios.
  • – Los servicios aduaneros y migratorios, y demás vinculados al comercio exterior.El transporte marítimo y fluvial de personas y/o mercaderías y/o carga, servicios conexos y operaciones costa afuera, a través de los distintos medios que se utilicen para tal fin.La producción, transporte y distribución de gas y otros combustibles.

Y se suman a los que ya estaban incluidos, con un mayor alcance, por el nuevo decreto:

  • – Los servicios sanitarios y hospitalarios, así como el transporte y distribución de medicamentos e insumos hospitalarios y los servicios farmacéuticos.
  • – Los servicios de telecomunicaciones, incluyendo Internet y comunicaciones satelitales.
  • – El control de tráfico aéreo.
  • – La producción, transporte y distribución y comercialización de agua potable y energía eléctrica.
El Gobierno limita el derecho a huelga mediante un DNU

El Gobierno limita el derecho a huelga mediante un DNU

Un decreto de necesidad y urgencia amplió el listado de las actividades esenciales, que deberán garantizar de manera un funcionamiento de entre el 50 y 75%.

Se limita el derecho a huelga mediante un DNU.

Fuente: https://www.diariopopular.com.ar/

EL CAMINO A LA DICTADUA,

GARROTE A LAS PROTESTAS Y LIMITES A LOS DERECHOS

Por medio del decreto de necesidad y urgencia (DNU) 340/2025, el gobierno de Javier Milei limitó el derecho constitucional a huelga al ampliar las actividades consideradas esenciales que deberán garantizar de manera obligatoria un funcionamiento de entre 50% y 75% en caso de estar en medio de un conflicto sindical.

«Los conflictos colectivos que pudieren afectar la normal prestación de servicios esenciales o actividades de importancia trascendental quedan sujetos a las siguientes garantías de prestación de servicios mínimos», afirmó el artículo 3 de la normativa publicada este miércoles en el Boletín Oficial.

Y agregó que «en lo que respecta a la prestación de servicios mínimos, en el caso de los servicios esenciales, en ningún caso se podrá negociar o imponer a las partes una cobertura menor al 75% de la prestación normal del servicio de que se tratare». Mientras que «en el caso de las actividades o servicios de importancia trascendental, en ningún caso se podrá negociar o imponer a las partes una cobertura menor al 50%».

La resolución, que forma parte de una serie de medidas de desregulación en el sector de la marina mercante, fue firmada por el presidente Javier Milei y los ministros Gerardo Werthein (Relaciones Exteriores), Luis Petri (Defensa), Luis Caputo (Economía), Mariano Cúneo Libarona (Justicia), Patricia Bullrich (Seguridad), Mario Iván Lugones (Salud), Sandra Pettovello (Capital Humano) y Federico Sturzenegger (Desregulación del Estado).

El nuevo listado de actividades esenciales

El nuevo decreto del Gobierno amplió el listado de servicios considerados esenciales que, hasta ahora, sólo reconocía como tal a los servicios sanitarios y hospitalarios, la producción y distribución de agua potable y energía eléctrica, los servicios telefónicos y el control del tráfico aéreo.

A diferencia de lo que regía hasta ahora, la normativa incorporó actividades clave en sectores estratégicos como la salud, el transporte, la educación y las telecomunicaciones. Se incluyeron como servicios esenciales: Los servicios sanitarios y hospitalarios; el transporte y distribución de medicamentos e insumos hospitalarios; los servicios farmacéuticos; y la producción, transporte, distribución y comercialización de agua potable, gas, otros combustibles y energía eléctrica.

También, los servicios de telecomunicaciones, incluidos Internet y comunicaciones satelitales; y la aeronáutica comercial y el control del tráfico aéreo y portuario, incluyendo balizamiento, dragado, amarre, estiba, desestiba, remolque de buques y demás servicios portuarios.

Lo mismo para los servicios aduaneros y migratorios, y otros vinculados al comercio exterior; el cuidado de menores y la educación en los niveles de guardería, preescolar, primaria, secundaria y educación especial; y el transporte marítimo y fluvial de personas, mercaderías y carga, junto a los servicios conexos y operaciones costa afuera.

La decisión del Gobierno tomó por sorpresa a los gremios y centrales sindicales, como la CGT, que interpretaron que el decreto «directamente prohíbe el derecho a huelga«. «Es tan abierto el criterio (establecido en el decreto) que casi todo podrá considerarse esencial o trascendental, con lo que pierde todo efecto la huelga», advirtió Matías Cremonte, titular de la Asociación de Abogados Laboralistas,

Uno de los primeros representantes del sector sindical que salió a repudiar la medida fue el titular de la CTA Autónoma, Hugo «Cachorro» Godoy, quien lamentó que el Gobierno «intenta nuevamente avanzar con lo establecido en el DNU 70/23 que ya ha sido declarado inconstitucional en dos instancias por la cámara laboral».

«Esta nueva ofensiva autoritaria, llevada adelante mediante un DNU, representa un ataque directo a derechos consagrados en la Constitución Nacional. No lo vamos a permitir», agregó en su cuenta de X.

 

Lula defendió el derecho de los BRICS de sustituir el dólar como moneda de referencia

Lula defendió el derecho de los BRICS de sustituir el dólar como moneda de referencia

A pesar de las amenazas de Donald Trump de imponer aranceles contra los BRICS, el mandatario brasileño recalcó que estos países no deben preocuparse por las amenazas del republicano.

Lula da Silva. Foto: REUTERS.

Fuente: https://www.canal26.com/

El presidente de Brasil, Luiz Inácio Lula da Silva, planteó este miércoles el derecho de los BRICS de sustituir el dólar como moneda de referencia para las transacciones financieras, a pesar de las amenazas del presidente estadounidense, Donald Trump, de imponer aranceles en caso de hacerlo.

«Tenemos el derecho de discutir sobre la creación de una forma de comercialización que no dependa solo del dólar», enfatizó Lula en una entrevista con radios brasileñas.

Lula instó a no preocuparse por las amenazas de Trump

El mandatario brasileño planteó que los países que conforman los BRICS no deben preocuparse por las «bravatas» de Trump y que deben discutir lo que es «importante» para ellos porque -afirmó- ningún país puede «pelearse con todo el mundo».

Los BRICS están conformados originalmente por Brasil, Rusia, India, China y Sudáfrica, a lo que se les sumaron otros países emergentes o en vías de desarrollo. En ese sentido, Lula comentó que todos ellos suponen casi la mitad de todo el comercio mundial.

Y respecto de la posibilidad de que Trump finalmente decida imponer aranceles del 100% si las naciones emergentes sustituyen el dólar, Lula mencionó que Brasil responderá con «reciprocidad» si sucediese.

Asimismo, el presidente brasileño de 79 años aseveró que el mundo necesita «paz y serenidad» y en particular que Brasil no quiere «conflictos» con otras naciones. En esa línea dijo que Brasil tiene una relación comercial «muy buena» con EE.UU.

El pasado viernes, Trump anunció tarifas del 25% sobre las exportaciones de México y Canadá, aunque luego suspendió por el lapso de 30 días, tras llegar a un acuerdo con los gobiernos de estos países.

Asimismo, el flamante presidente estadounidense impuso aranceles del 10% a China, frente a lo cual el gigante asiático respondió con la misma actitud, pero con tarifas del 15% sobre ciertos productos estadounidenses.

 

Cristina Kirchner, tras la marcha LGBT+: «El derecho a la felicidad es el límite»

Cristina Kirchner, tras la marcha LGBT+: «El derecho a la felicidad es el límite»

La expresidenta analizó la movilización realizada a Plaza Mayo, junto con la marcha del año pasado por la educación pública. «No tuvieron que ver con la ideología, sino con aspiraciones y emociones».

Cristina Kirchner destacó la marcha convocada tras los dichos de Javier Milei en Davos.

Fuente: https://www.diariopopular.com.ar/

La expresidenta Cristina Kirchner aseguró este domingo que la marcha realizada ayer por el colectivo LGBT+ a Plaza de Mayo reflejó «aspiraciones y emociones profundas de la sociedad argentina». Esta movilización se llevó a cabo en repudio a los dichos de Javier Milei en el Foro Económico de Davos, donde criticó la figura penal del «femicidio» y sugirió cierto vínculo entre los matrimonios homosexuales y casos de pedofilia.

A través de un extenso posteo en su cuenta de X, Cristina Kirchner destacó que las dos marchas más convocantes en rechazo a las políticas del gobierno libertario -la del sistema universitario y la del Orgullo Antifascista- «no tuvieron que ver con la ideología, sino con aspiraciones y emociones». Dijo, además, que ambas manifestaciones fueron «multitudinarias y transversales»

«La marcha por las universidades públicas fue masiva y no fue ideológica, más allá de que la universidad pública y gratuita es un postulado histórico del movimiento popular, nacional y democrático. Al intentar el desfinanciamiento y cierre de universidades Milei chocó con el sueño de los argentinos -que nosotros los peronistas definimos como movilidad social ascendente- y que en realidad se expresa en algo menos científico y mucho más sencillo: la aspiración de lograr PROSPERIDAD, no sólo en lo económico, sino también en el reconocimiento de la comunidad en la que cada uno vive», analizó la titular del Partido Justicialista.

Cristina Kirchner se refirió también a la movilización realizada desde el Congreso hasta Plaza de Mayo. «La marcha de ayer -cuya convocatoria original fue por la agresión y difamación de la comunidad LGTB en el discurso de Davos- terminó movilizando a distintos sectores de la sociedad, por fuera de las cuestiones de género o diversidad. La deshumanización expresada por Milei, al desconocer que los sentimientos no tienen género, galvanizó en el deseo y el DERECHO A LA FELICIDAD, de elegir con libertad la pareja con quien compartir la vida y, si lo desean, formar su familia», insistió.

«DERECHO A LA PROSPERIDAD Y A LA FELICIDAD SON LOS LÍMITES que Milei no sólo no podrá violar, sino a los que, además, deberá dar respuesta más temprano que tarde», concluyó la expresidenta.

Las críticas de Cristina Kirchner al discurso de Milei en Davos

El último jueves, la exjefa de Estado había expresado sus cuestionamientos al mensaje del líder de La Libertad Avanza en el Foro Económico de Davos. «Che Milei… ¿Cómo era ese verso que recitás cuando querés explicar qué es el ‘libertarismo’?», ironizó Cristina, aludiendo a las referencias del presidente al economista Alberto Benegas Lynch (h). “Se ve que era pura sanata, porque en este Davos 2025 sólo te dedicaste a insultar, atacar y difamar a mujeres y homosexuales”, opinó.

En su extenso mensaje, la exmandataria puso en duda la coherencia ideológica del discurso de Milei y lo señaló por su postura cambiante respecto al libre mercado. En ese sentido, sostuvo que si el Presidente hubiera repetido sus declaraciones de 2024 en favor de la desregulación económica, habría quedado «offside» ante su par de Estados Unidos Donald Trump, quien anunció nuevas barreras comerciales.

Además, Cristina advirtió sobre la situación económica del país y alertó sobre el impacto de las medidas del Gobierno. «Vas a necesitar resto para cuando se te acabe la nafta del dólar planchado, el carry trade, el ajuste eterno y la caída del consumo», afirmó, y pronosticó que «los argentinos se darán cuenta de que el sacrificio solo sirve para enriquecer a unos pocos y empobrecer a las grandes mayorías».