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Desde hoy, únicamente rige la receta electrónica para la prescripción de medicamentos

Desde hoy, únicamente rige la receta electrónica para la prescripción de medicamentos

El nuevo sistema transforma la manera en que se emiten y gestionan las órdenes médicas. Pero por ahora, sólo 11 de las 24 jurisdicciones adhirieron a la reglamentación.

Desde el 1° de enero entra en vigencia la ley de Receta electrónica.

Fuente: https://www.diariopopular.com.ar/

La implementación de la receta electrónica entró este miércoles 1° de enero en vigencia en todo el país, por lo que la prescripción de medicamentos deberá realizarse, únicamente, a través de las plataformas inscriptas en el Registro Nacional de Plataformas Digitales Sanitarias (ReNaPDiS).

Para que tengan validez, las recetas electrónicas deberán contar con la identificación del médico o profesional de la salud con nombre, matrícula, profesión, especialidad y domicilio; el código de barras; la identificación del paciente (nombre, obra social o prepaga, fecha de nacimiento, DNI y sexo); la descripción del medicamento recetado detallando nombre genérico o denominación común internacional, presentación, forma farmacéutica y cantidad de unidades.

También puede sumar el nombre comercial del medicamento que el profesional prescriptor sugiera, según precisó la cartera sanitaria que encabeza Mario Lugones. Por último, diagnóstico; fecha de emisión y firma digital del profesional.

Las plataformas verificarán que los profesionales de salud estén inscriptos en la Red Federal de Registros de Profesionales de la Salud (REFEPS) del Sistema Integrado de Información Sanitaria Argentino (SISA) y almacenarán las recetas emitidas en repositorios virtuales que funcionarán como nexo con las farmacias permitiendo que éstas últimas puedan acceder a ellas para la dispensa de los medicamentos cuando el paciente los requiera.

Esto permitirá que las personas sólo tengan que acercarse a las farmacias con su DNI y/o credencial para requerir la medicación indicada por el profesional.

Los repositorios deberán cumplir con protocolos técnicos y administrativos que contemplen la alta disponibilidad y que garanticen el almacenamiento de las recetas durante el período establecido por la normativa.

Esto requiere sólidos mecanismos de respaldo y recuperación de información frente a eventuales fallas o incidentes y garanticen el resguardo de los derechos de los pacientes.

Es importante tener en cuenta que la receta manuscrita permanecerá vigente, como condición de excepción, sólo en zonas de difícil acceso, sin conectividad o en caso de interrupciones eventuales del sistema.

Asimismo, aquellas recetas emitas en papel antes del 31 de diciembre de este año podrán ser utilizadas dentro de su período de vigencia habitual.

El objetivo de esta medida es posibilitar el funcionamiento del ecosistema de salud digital previsto en la Ley Nacional de Recetas Electrónicas (N° 27.553) de 2020, agilizando el circuito de prescripción y dispensa de medicamentos y simplificando las instancias administrativas.

Asimismo, el sistema de receta electrónica brinda herramientas a los profesionales para que puedan tomar mejores decisiones de tratamiento, evita errores de interpretación y facilita la dispensa en farmacias mejorando en el acceso a los medicamentos.

Algunas zonas grises

Si bien las prepagas, al ser reguladas desde Nación, deben adaptarse a la receta electrónica, en los hospitales no nacionales de la Ciudad y la provincia de Buenos Aires convive el sistema mixto de receta electrónica + receta de papel.

Actualmente, 17 jurisdicciones cuentan con ley de receta electrónica. De ellas, 11 adhieren a la Ley Nacional (Catamarca, Chaco, Corrientes, Entre Ríos, Jujuy, Mendoza, Misiones, Salta, San Juan, Tierra del Fuego, Tucumán), 4 tienen «su» ley provincial con un régimen propio (Buenos Aires, CABA, Chubut, La Rioja) y 2 tienen el proyecto de ley provincial en curso (Río Negro, Santa Fe).

En tanto, las siete jurisdicciones restantes, si bien pueden utilizar parcialmente la Receta Electrónica, aún no cuentan con ley provincial.

De ellas, cuatro adhieren al uso de Receta Electrónica y se espera cuenten con proyecto de ley próximamente (San Luis, Córdoba, Santiago del Estero, Santa Cruz) y tres aún se encuentran en revisión de sus planes de ley provincial (La Pampa, Neuquén, Formosa).

 

Muerte en fiesta electrónica: condenaron a los dueños de la organización y devolverán un polémico premio

Muerte en fiesta electrónica: condenaron a los dueños de la organización y devolverán un polémico premio

Tras el juicio por la muerte de Tania Abrile ocurrida en 2016, se llegó a un acuerdo entre las partes.

Héctor Baistrocchi e Iván Aballay, socios de BNP Producciones, condenados por la muerte de Tania Abrile. Foto: Redes sociales.

Fuente: https://www.canal26.com/

La muerte de Tania Abrile en una fiesta electrónica en Córdoba tuvo su juicio que encontró culpables a Héctor Baistrocchi e Iván Aballay, socios de la productora BNP Producciones. El caso se resolvió a través de un acuerdo de juicio abreviado entre las partes, además de que tuvieron que devolver un premio que habían recibido.

Ambos empresarios se encontraban detenidos desde julio, bajo la imputación de «facilitación de lugar para el consumo de estupefacientes y homicidio culposo». Parte del acuerdo incluyó una publicación en la que la empresa reconoce lo ocurrido y exhortan a aquellos que organizan fiestas electrónicas a que realicen más controles sobre la venta de drogas.

Además, devolverán el Premio Jerónimo Luis de Cabrera que recibieron en 2019 por parte de la Municipalidad de Córdoba, junto con la realización de tareas comunitarias. La Fundación de Tania Abrile también recibirá una suma de dinero en dólares como parte del trato.

La madre de la víctima mencionó que «hay cosas que duelen un poco. La verdad no me gustó verlos mucho a estos señores, pero tranquila ahora. A empezar otra cosa y seguir haciendo cosas por mi hija».

Con respecto a las penas recibidas, Baistrocchi, Aballay y Mario Alfredo Novaro, jefe de seguridad, recibieron tres años de prisión de ejecución condicional, junto con las inhabilitaciones de trabajo. Por esto mismo, no irán a la cárcel de momento.

Walter Barreto, acusado por el ejercicio ilegal de la medicina y «homicidio simple con dolo eventual», recibió ocho años de prisión, que los cumplirá en su domicilio por cuestiones de salud.

Los socios organizadores de la fiesta tienen prohibido salir del país sin autorización previa, además de que no podrá organizar espectáculos por nueve años.

El gobernador de Tucumán, Osvaldo Jaldoprohibió las fiestas electrónicas en la provincia y explicó que la medida está relacionada a que “se venden drogas” y que ponen en peligro a los jóvenes. Esta decisión llega después de un fin de semana en el que algunos festivales fueron cancelados en la localidad norteña.

En una conferencia de prensa, Jaldo comentó que «las fiestas electrónicas son beneficios para algunos cuantos y perjuicio para mucha otra gente. En las fiestas ganan plata dos o tres personas y corren riesgo muchos jóvenes”. En el acto, que realizó en el Ingenio La Florida, también expresó que «en esas fiestas electrónicas mayoritariamente se vende droga y hemos tenido fallecidos en todo el país y en Tucumán”.