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Por la altura del río Paraguay, continúa la veda “flexible” para la pesca comercial y deportiva

Por la altura del río Paraguay, continúa la veda “flexible” para la pesca comercial y deportiva

A través del Ministerio de la Producción y Ambiente (MPyA), la Unidad Provincial Coordinadora del Agua (UPCA) y la Unidad Especial de Policía Ecológica (UEPE), el Gobierno provincial consensuó y estableció desde el 10 de enero de este año un nuevo sistema de veda comercial y deportiva en base a niveles hidrométricos del río Paraguay.

Por la altura del río Paraguay, continúa la veda “flexible” para la pesca  comercial y deportiva - Diario La Mañana

Fuente: https_www.lamañanaonline.com.ar/

Mediante la disposición N° 002/25, la Subsecretaría de Recursos Naturales, Ordenamiento y Calidad Ambiental del MPyA, instituyó que el sistema de gestión de pesca en la jurisdicción provincial del río Paraguay y sus afluentes será diferente según la altura marcada en el hidrómetro del Muelle “El Mirador” (Ex – Puerto Formosa).

En diálogo con La Mañana, el director de Control y Fiscalización del Ministerio de Producción y Ambiente de la provincia, Wilson Dutra, explicó que la disposición vigente prevé una Veda Extendida para cuando la altura de río Paraguay sea mayor a 1,00 metro registrada por la escala durante cinco días continuos.

A su vez, señaló que será Veda Flexible cuando la altura del río Paraguay registre entre 0,50 y 1,00 metro por la escala hidrográfica en cinco días continuos. En este caso, se habilitan tres días de pesca deportiva y comercial, y cinco días de extracción de carnadas vivas.

Por último, especificó que la Veda Total “entrará en vigencia cuando el nivel del agua del río sea menor a 0,49 metros registrada por escala durante cinco días continuos, exceptuando la pesca en todos los casos”.

Bajo estas condiciones, Dutra confirmó que “actualmente está en vigencia la Veda Flexible en el río Paraguay y afluentes, ya que hace aproximadamente ocho días la altura del agua se mantiene por debajo del metro”.

“Con este sistema implementado desde principio de enero, la pesca comercial en Veda Flexible alcanza a los días lunes, martes y miércoles; en tanto que para la actividad deportiva la prohibición es para sábado, domingo y feriados, extendiéndose para los extractores de carnada de martes a sábado”, detalló el funcionario técnico.

De acuerdo a los trabajos de control y fiscalización, Wilson Dutra dijo que “hay un alto acatamiento a la medida por parte de los pescadores”, considerando que el sistema ‘semáforo’ es el mejor que se podría aplicar, siguiendo las condiciones de la altura del río Paraguay.

“Con el formato anterior, que contemplaban la Veda Extendida y Veda Total, siempre existía el problema de que era necesario actualizar o cambiar nuevas disposiciones según la altura. A partir de este formato, el pescador deportivo y comercial ya sabe y conoce cuándo puede salir y cuándo no está permitida la actividad, conociendo el comportamiento del río. Si bien detectamos infracciones, son pocas y generalmente de personas que desconocen la veda por ser ocasionales pescadores”, indicó.

Veda extendida flexible de pesca en Formosa

Veda extendida flexible de pesca en Formosa

Desde el Ministerio de la Producción y Ambiente informaron el inicio de una veda extendida flexible de pesca en las aguas jurisdiccionales de la provincia de Formosa

Habilitan una veda extendida flexible de pesca en Formosa – Agenfor

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A través de la Disposición N° 108/24, que permite la pesca comercial, deportiva y de carnadas en diferentes días. Esta decisión fue posible por informes técnicos y análisis presentados en conjunto con la Unidad Provincial Coordinadora de Agua (UPCA) y la Unidad Especial de Policía Ecológica (UEPE).

La Disposición de la Subsecretaría de Recursos Naturales, Ordenamiento y Calidad Ambiental del MPyA 108/24 establece que la veda flexible entra en vigencia a partir de las cero horas del día 27 de noviembre. En ella, explica que la veda extendida flexible habilita la pesca en todas las modalidades con restricciones en días según las modalidades.

 

De esta manera, los días habilitados en el río Paraguay y sus afluentes para la pesca comercial son los lunes, martes y miércoles; para la pesca deportiva, los días sábado, domingos y feriados; y para la pesca de carnada, los días martes, miércoles, jueves, viernes y sábado.

Además, esta disposición dispone que continúe vigente la veda extendida en el río Bermejo. Allí, los días permitidos de pesca deportiva son los jueves, viernes, sábados, domingos y lunes, quedando prohibidos los días martes y miércoles. A su vez, indica la prohibición total de pesca comercial según la Ley 1206/96.

Este instrumento es resultado de reuniones con las instituciones vinculadas, que previamente presentaron los informes técnicos hídricos y los análisis de los recursos naturales; por ello, el resultado final hace énfasis en el cuidado del medio ambiente.