Etiqueta: protege

Nordelta: la Justicia protege a los carpinchos y frena el avance urbanístico

Nordelta: la Justicia protege a los carpinchos y frena el avance urbanístico

Quedaron suspendidos los proyectos de urbanización y se prohibió realizar castraciones químicas, aunque se permite la vasectomía y la vacunación anticonceptiva.

Nordelta: la Justicia protege a los carpinchos y frena el avance urbanísticoFuente: https://www.diariopopular.com.ar/

La Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo de San Martín dejó sin efecto el revocamiento de una medida cautelar que liberó en octubre pasado el avance urbanístico en el complejo Nordelta y que involucra la protección de los carpinchos que habitan el lugar.

Luego de que la jueza María Paula Venere levantara las medidas cautelares que restringían obras que alteren los humedales y la fauna silvestre en la zona y prohibían aplicar castración química y otros métodos de control a los carpinchos, ahora, un fallo de los jueces Jorge Augusto Saulquin y Luciano Enrici le da un nuevo revés a la causa.

Con una nueva resolución dictada el 27 de noviembre, se ordenó a la desarrolladora Nordelta S.A. la suspensión inmediata de cualquier nuevo proyecto de urbanización.

Por su parte, se establece la prohibición de aplicar castración química a los animales -aunque se exceptúan las vasectomías o vacunas anticonceptivas-, así como la prohibición de realizar fumigaciones con agroquímicos o sustancias que atenten contra el ambiente o la fauna silvestre dentro del complejo urbanístico Nordelta.

Qué ordena la nueva medida

La nueva resolución pide la suspensión inmediata de todo nuevo proyecto de urbanización, obra de infraestructura, movimiento de suelo, drenaje, relleno o alteración de cuerpos de agua en sectores no consolidados («zonas en desarrollo» o «no desarrolladas») que implique una reducción de la superficie vegetal disponible para la fauna o la modificación de las costas.

Asimismo, se suspende la instalación de nuevos tablestacados, alambrados o cerramientos perimetrales sobre la línea de ribera que no garanticen el libre tránsito de la fauna anfibia (carpinchos) hacia tierra firme, a fin de evitar la fragmentación del hábitat y el riesgo de ahogamiento de crías. En ese sentido, el fallo aclara que esta suspensión se mantendrá hasta tanto se acredite la realización y aprobación del estudio de impacto ambiental requerido originalmente o hasta el dictado de la sentencia definitiva.

El fallo también indica que las obras de mantenimiento, reparación y conservación de la infraestructura de servicios públicos esenciales existentes debe ejecutarse con los recaudos necesarios para evitar daños a la fauna.

La prohibición de aplicar castración química mediante métodos no autorizados. En este caso, se exceptúa de la prohibición genérica a los métodos de control poblacional (vasectomía y/o vacunación anticonceptiva) que cuenten con aprobación.

La prohibición de realizar fumigaciones con agroquímicos o sustancias que atenten contra el ambiente o la fauna silvestre dentro del complejo urbanístico Nordelta, con excepción de aquellas fumigaciones de carácter sanitario dispuestas por autoridad pública competente.

 

 

Precedente histórico: tribunal de Barcelona protege a trabajador con secuelas de AstraZeneca

Precedente histórico: tribunal de Barcelona protege a trabajador con secuelas de AstraZeneca

El Juzgado de lo Social N.º 31 reconoció que la trombosis sufrida por un profesor tras recibir AstraZeneca debe ser tratada como accidente laboral.

La Justicia de Barcelona dictaminó que las secuelas que sufrió un trabajador tras recibir la vacuna AstraZeneca deben ser consideradas como accidente laboral.

Fuente: https://www.diariopopular.com.ar/

Barcelona fue escenario de un fallo judicial inédito que podría marcar un antes y un después en la jurisprudencia española sobre los efectos adversos de las vacunas contra el COVID-19. El Juzgado de lo Social número 31 reconoció que las secuelas sufridas por Pedro García, docente de Física y Química, tras recibir la vacuna AstraZeneca deben ser consideradas como accidente laboral.

García, que entonces tenía 45 años, fue convocado en febrero de 2021 a vacunarse en el marco de la campaña nacional dirigida a trabajadores esenciales. Semanas después desarrolló una trombosis severa que lo mantuvo internado más de tres semanas, incluida una en terapia intensiva. Los médicos diagnosticaron una trombocitopenia trombótica inmune inducida por la vacuna Vaxzevria, reacción reconocida oficialmente por la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS).

El tribunal de Barcelona aceptó un vínculo directo

El tribunal aceptó el planteo de su defensa, a cargo del abogado Francesc Feliu, y dictaminó el 17 de marzo pasado que existía un vínculo directo entre la vacunación y la actividad profesional del afectado. En consecuencia, el cuadro clínico no debía encuadrarse como una enfermedad común, sino como un accidente laboral. La diferencia resulta crucial: implica mayor cobertura sanitaria y protección social para el trabajador.

La Asociación de Trabajadores Esenciales Afectados por la Vacuna de AstraZeneca (ATEAVA) celebró la decisión como “el primer gesto de justicia” tras cuatro años de reclamos. “Es un reconocimiento público a un recorrido de silenciamiento”, expresaron.

Aunque García logró estabilizar su salud, arrastra secuelas permanentes: una obstrucción en la vena que conecta con el hígado que obliga a controles médicos continuos y podría derivar en complicaciones futuras.

El fallo, pionero en España, abre la puerta a nuevas demandas de trabajadores esenciales que hayan padecido efectos adversos similares. Más allá de su alcance individual, la sentencia plantea un debate de fondo sobre la responsabilidad del Estado y de las farmacéuticas en el marco de emergencias sanitarias globales.