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Rincón Bomba: la Justicia Federal rechazó el pedido de un “Juicio por la Verdad” de la Federación Pilagá

Rincón Bomba: la Justicia Federal rechazó el pedido de un “Juicio por la Verdad” de la Federación Pilagá

El juez federal consideró que los hechos ya fueron analizados en la causa civil impulsada por la Federación de Comunidades Pilagá y que actualmente se encuentran bajo revisión de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Rincón Bomba: la Justicia Federal rechazó el pedido de un “Juicio por la  Verdad” de la Federación Pilagá - Diario La Mañana

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El Juzgado Federal N° 1 de Formosa rechazó el pedido de apertura de un denominado “Juicio por la Verdad” vinculado a la Masacre de Rincón Bomba, formulado por la abogada de la Federación de Comunidades Indígenas del Pueblo Pilagá, Paula Mercedes Alvarado.

La decisión fue adoptada por el juez federal Pablo Fernando Morán mediante una resolución dictada el 28 de mayo de 2026, en el marco del expediente penal FRE 24000946/2011, iniciado por la investigación de los hechos ocurridos en octubre de 1947 contra integrantes del pueblo Pilagá en la zona conocida como Rincón Bomba, en las afueras de Las Lomitas.

En octubre de 1947, en el paraje La Bomba, cercano a Las Lomitas, cientos de personas pertenecientes al pueblo Pilagá fueron asesinadas durante un operativo de Gendarmería Nacional, que hasta utilizó un avión artillado para ametrallar desde el aire a los corrían hacia el monte para escapar de la masacre.

En su resolución, el magistrado recordó que las cuestiones que se pretenden esclarecer mediante el pedido de un nuevo proceso judicial ya fueron objeto de un extenso debate en la causa civil “Federación de Comunidades del Pueblo Pilagá c/ Estado Nacional s/ Daños y Perjuicios”, donde se produjo abundante prueba y se dictó sentencia el 4 de julio de 2019.

Morán señaló que ese fallo, emitido por el entonces juez federal subrogante Fernando Carbajal, aún no se encuentra firme porque continúa siendo revisado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, con intervención de la Procuración General de la Nación.

Un mecanismo excepcional

En los fundamentos de la resolución, el juez explicó que los denominados “Juicios por la Verdad” constituyen una herramienta procesal excepcional creada por la jurisprudencia argentina para situaciones extraordinarias relacionadas con graves violaciones a los derechos humanos, especialmente cuando existían obstáculos para llevar adelante investigaciones penales.

Sin embargo, sostuvo que esa figura no puede utilizarse como una vía paralela cuando los hechos ya fueron investigados y resueltos mediante procesos judiciales ordinarios.

“Las cuestiones invocadas ya fueron sometidas a conocimiento jurisdiccional específico, con pleno ejercicio del derecho de defensa, actividad probatoria y dictado de sentencia por el órgano competente”, afirmó el magistrado.

Argumentos del rechazo

Morán advirtió que habilitar un nuevo proceso para debatir nuevamente hechos que ya fueron tratados en la causa civil podría afectar principios esenciales del sistema judicial, entre ellos la seguridad jurídica, la economía procesal, la continencia de la causa y la coherencia institucional.

Asimismo, destacó que el conflicto continúa transitando los mecanismos recursivos previstos por el ordenamiento jurídico, dado que la Corte Suprema aún debe pronunciarse sobre la sentencia civil.

En ese sentido, sostuvo que “no existe vacío jurisdiccional alguno ni ausencia de tutela judicial” que justifique la apertura de una nueva instancia excepcional en sede penal.

El magistrado también consideró que permitir una nueva investigación sobre cuestiones ya debatidas podría generar el riesgo de resoluciones contradictorias dentro de una misma jurisdicción y provocar un “escándalo jurídico”.

La resolución

Finalmente, el juez resolvió informar a la representación legal de la Federación Pilagá sobre el estado procesal de la causa civil que tramita ante la Corte Suprema y rechazó formalmente la promoción y tramitación del denominado “J

Pilagás reclaman justicia por la masacre de Rincón Bomba ante la Corte Suprema, que aún no se expide en la causa

Pilagás reclaman justicia por la masacre de Rincón Bomba ante la Corte Suprema, que aún no se expide en la causa

La causa enfrenta además una nueva situación, debido a que la Procuraduría General de la Nación emitió un dictamen que pone en duda la calificación de genocidio de la masacre, argumentando que la sentencia de 2019 no fundamentó suficientemente un “ataque generalizado o sistemático”

Pilagás reclaman justicia por la masacre de Rincón Bomba ante la Corte  Suprema, que aún no se expide en la causa - Diario La Mañana

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La causa por la masacre de Rincón Bomba, ocurrida en 1947 en Las Lomitas, sigue su curso en la órbita de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN). La abogada de la Fundación Pilagá, Dra. Paula Alvarado, confirmó a La Mañana que actualmente el expediente permanece sin modificaciones y que la causa continúa viva, tanto en el Juzgado Federal 1 de Formosa como en la Corte, donde se tramitan los reclamos de daños y perjuicios.

El 8 de octubre de 2025, una delegación de la Federación de Comunidades del Pueblo Pilagá fue recibida por el Dr. Sergio Napoli, secretario de la Secretaría N.º 4 de la Corte Suprema, en una audiencia en la que se escucharon los pedidos de justicia de la comunidad. La reunión, gestionada a través del amicus curiae SERPAJ, se desarrolló en un marco de respeto y diálogo intercultural.

Durante el encuentro, representantes de la Federación solicitaron una reparación histórica y justa, destacando que la causa lleva más de veinte años de lucha. Entre los oradores, Noole Cipriana Palomo, presidenta del Consejo de Mujeres de la Federación, y Doroteo Domínguez, consejero representante, enfatizaron la importancia de mantener viva la memoria de los sobrevivientes y el legado espiritual de los ancianos fallecidos.

César Zalazar, titular del Consejo de Ancianos, se dirigió a los funcionarios en lengua originaria, y el material documental de la causa fue entregado al secretario de la Corte como símbolo del reclamo. Desde la CSJN, se destacó que recibir a las comunidades es un derecho garantizado y que la decisión final corresponde a los ministros del máximo tribunal.

Genocidio

La causa enfrenta además una nueva situación, debido a que la Procuraduría General de la Nación emitió un dictamen que pone en duda la calificación de genocidio de la masacre, argumentando que la sentencia de 2019 no fundamentó suficientemente un “ataque generalizado o sistemático”. En esa resolución histórica, el juez federal Fernando Carbajal reconoció la masacre como crimen de lesa humanidad y ordenó reparaciones económicas y simbólicas para las comunidades. Posteriormente, en 2020, la Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia confirmó la existencia de genocidio.

“Para nuestra organización y los descendientes de los sobrevivientes, el dictamen es muy desfavorable. Desconoce los derechos humanos y todo el procedimiento judicial que culminó en la sentencia histórica”, señaló Palomo al respecto.

Consultada por La Mañana, la abogada de la Fundación Pilagá, la Dra. Paula Alvarado, dijo que la causa “sigue en la Corte, por el tema daños y perjuicios y la otra se encuentra en el Juzgado Federal Nº 1 de Formosa”.

Reveló que luego de la reunión del año pasado en la Corte, “todavía no hubo ninguna modificación en la causa. El expediente está igual, no hubo ningún movimiento hasta el momento”, remarcó, señalando que todas las semanas eleva notas ante el máximo tribunal para consultar posibles novedades.

La causa por la masacre de Rincón Bomba aguarda una decisión final de la Corte Suprema de Justicia

La causa por la masacre de Rincón Bomba aguarda una decisión final de la Corte Suprema de Justicia

La Federación Pilagá recordó que solo falta la confirmación del máximo tribunal del país para que el fallo que declara a la masacre de Rincón Bomba un crimen de lesa humanidad y un genocidio quede firme.

La causa por la masacre de Rincón Bomba aguarda una decisión final de la  Corte Suprema de Justicia - Diario La Mañana

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La abogada de la Federación de Comunidades Indígenas del Pueblo Pilagá, doctora Paula Alvarado, dijo que la causa sobre la masacre de Rincón Bomba, ocurrida el 10 de octubre de 1947 con la muerte de cientos de integrantes de la comunidad pilagá a manos de efectivos de Gendarmería Nacional, se encuentra en manos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, quien debe dar una resolución final al expediente que contempla declarar los hechos como genocidio y delitos de lesa humanidad.

Recordó que en el marco del juicio civil por la masacre de Rincón Bomba, causa en la que está litigando para lograr el reconocimiento de los derechos del pueblo originario que patrocina, un fallo de la Justicia Federal de Formosa, a instancias del exjuez federal Fernando Carbajal, reconoció en primera instancia que se trató de un delito de lesa humanidad, y dispuso compensaciones a la Comunidad Pilagá.

Alvarado dijo que “durante cuatro años la causa sigue en el mismo estado en la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en el cual la Federación ha reiterado constantemente el pedido de un pronto despacho, de una actuación judicial rápida, de que resuelvan el caso, porque realmente hay una incertidumbre, porque frente a esto la Federación no puede avanzar para acudir al sistema internacional si no obtiene el pronunciamiento de la Corte”, explicó.

La abogada indicó que, por otro lado, “la Corte ha tenido un giro, o sea, no es que está parado el expediente, sino que se ha girado a los diferentes ministros, pero al tiempo de cuatro años todavía no tuvo una resolución, y eso es lo preocupante, una justicia acallada”.

Reconoció que “también entendemos que la Corte está pasando por un síntoma de esquizofrenia, no solamente por lo que estaba hasta hace unos meses parado, quedando un poco todo en stand by, por la situación de la incorporación de nuevos miembros, pero también porque hay un revés con un paradigma de los derechos humanos”.

En este último punto, Alvarado hizo notar que “hoy, realmente la situación del Poder Judicial para los pueblos indígenas se encuentra en una situación desfavorable, porque no hay un respeto a la cantidad de normas, tanto nacionales como internacionales, que deben salvaguardar los derechos de los pueblos indígenas”.

Por otra parte, puso de relieve el hecho de que “después de mucho tiempo, la Federación tuvo un acercamiento con el Poder Legislativo de la Nación, ya que la entidad fue recibida el 10 de octubre por quienes presiden la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados de la Nación”.

Calificó este hecho como “un acto bastante importante, porque la Federación Pilagá nunca había sido escuchada por esta Comisión de Derechos Humanos en la Cámara de Diputados, así que fue súper importante”.

Finalmente, recordó que se encuentra en estudio en el Congreso de la Nación un proyecto de ley impulsado por Alejandro Vilca, que es un diputado del bloque del Frente de Izquierda, que alude a la fecha del 10 de octubre como el Día de la Masacre”.

 

Antecedentes y el estado de la causa

La abogada de la Federación de Comunidades Indígenas del Pueblo Pilagá, Paula Alvarado, afirmó que en el marco del juicio civil por la masacre de Rincón Bomba, causa en la que está litigando para lograr el reconocimiento de los derechos del pueblo originario que patrocina, un fallo de la Justicia Federal de Formosa reconoció en primera instancia que se trató de un delito de lesa humanidad, y dispuso compensaciones a la Comunidad Pilagá.

Asimismo, mencionó que ese fallo fue apelado, tanto por las partes como por el Estado, que negó que haya sido un crimen de lesa humanidad y argumentó que se trató de “dos o tres gendarmes que dispararon”.

La letrada recordó que su reclamo llegó primero a la Corte de Apelaciones de Resistencia, donde en otro fallo, las dos juezas, en segunda instancia, reconocen que además de haber sido un crimen de lesa humanidad, fue un genocidio, lo cual implica la decisión de exterminar a un pueblo. “Era algo que las partes también estábamos buscando. En primera instancia, habíamos apelado para que el hecho fuese reconocido como un genocidio”, apuntó.

El recurso presentado por la Federación de Comunidades Indígenas del Pueblo Pilagá referido al “genocidio” fue remitido a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, mientras que las camaristas rechazaron el recurso presentado por el Estado.

De esta manera, solo falta la confirmación de la Corte Suprema para que el fallo que declara a la masacre de Rincón Bomba un crimen de lesa humanidad y un genocidio quede firme.

Los hechos

El 4 de julio de 2019 la Justicia Federal de Formosa hizo lugar a la demanda promovida por la Federación de Comunidades Indígenas del Pueblo Pilagá, al declarar que los hechos sucedidos el 10 de octubre de 1947 en Rincón Bomba, en Las Lomitas, constituyen crímenes de lesa humanidad y dispuso que el Estado nacional repare los daños causados a ese pueblo originario.

En octubre de 1947, segundo año del primer gobierno de Juan Domingo Perón, en el paraje La Bomba, cercano a Las Lomitas, cientos de personas pertenecientes al pueblo Pilagá fueron asesinadas durante un operativo de Gendarmería Nacional, que hasta utilizó un avión armado con una ametralladora para perseguir a los aborígenes.

Los sobrevivientes del cruento hecho de octubre de 1947 rememoraron que “ese día, miles de personas que se encontraban reunidas en La Bomba, convocadas por Tonkiet, un sanador y líder espiritual pilagá, fueron violentamente reprimidas al negarse a abandonar el paraje”. Las familias huyeron por el monte mientras eran perseguidas y capturadas por miembros de la Gendarmería Nacional, extendiendo la masacre durante más de dos semanas y en un territorio de unos 1.000 km cuadrados.

“A los fusilamientos del día 10 (de octubre) se sumaron nuevos asesinatos en distintos parajes, la violación fue utilizada como arma contra las mujeres y muchos niños y ancianos murieron de hambre y de sed. Aquellos niños y niñas que hoy ya son ancianos fueron capturados y llevados a las colonias indígenas”, evocaron.

En su fallo, el juez federal subrogante Fernando Carbajal indicó que “se produjo el día 10 de octubre de 1947 el ataque criminal contra una población civil desarmada, causándose un número elevado e indeterminado de muertos, generándose la huida generalizada de los sobrevivientes, y consumándose el desalojo de los espacios ocupados por los pueblos originarios».