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La Justicia de Tucumán sobreseyó a los exjugadores de Vélez acusados de abuso sexual

La Justicia de Tucumán sobreseyó a los exjugadores de Vélez acusados de abuso sexual

El juez rechazó la nulidad de pericias, cerró la causa a fin de año judicial, dejando a Sebastián Sosa, Braian Cufré, Abiel Osorio y José Ignacio Florentín Bobadilla sobreseidos por el hecho sucedido en 2024. Por su parte, la querella anunció que apelará la resolución

La Justicia de Tucumán sobreseyó a los exjugadores de Vélez acusados de abuso sexual

Fuente: https://www.diariopopular.com.ar/

A horas del cierre del año judicial, la Justicia de Tucumán resolvió sobreseer a los cuatro exjugadores de Vélez Sarsfield acusados de abuso sexual contra una joven de esa provincia. La medida alcanza a Sebastián Sosa, Braian Cufré, Abiel Osorio y José Ignacio Florentín Bobadilla, denunciados por un hecho ocurrido en marzo de 2024.

La decisión fue tomada por el juez Augusto José Paz Almonacid, del Colegio de Jueces Penales del Centro Judicial Capital, quien consideró que “el hecho no constituye delito”De esta manera, los cuatro futbolistas quedaron desvinculados del proceso penal.

Según informó el diario «La Gaceta», el magistrado también rechazó un planteo de la querella para declarar la nulidad de las pericias realizadas sobre teléfonos celulares de testigos cercanos a la denunciante. La representación legal de la joven, a cargo de los abogados Patricia Neme y Alejandro Char, anticipó que apelará el fallo.

Tras conocerse la resolución, la denunciante expresó su malestar en declaraciones al canal «Todo Noticias» (TN). “Son esos días en los que sentís que todo el camino recorrido valió para nada. Mucha impotencia, mucha bronca”, sostuvo. Además, cuestionó los fundamentos del juez y afirmó que el fallo era “previsible” dentro del funcionamiento de la Justicia tucumana.

La joven también señaló que el magistrado habría tenido en cuenta aspectos de su conducta posterior al hecho denunciado, como la forma en la que caminaba o los mensajes intercambiados al día siguiente, para sostener el sobreseimiento. En ese sentido, afirmó que continuará con el reclamo judicial y recordó la existencia de pruebas médicas y periciales incorporadas a la causa.

En la audiencia previa, la Fiscalía había adoptado una postura dispar: no acompañó el pedido de sobreseimiento para Florentín, Cufré y Osorio, pero sí avaló el planteo de la defensa de Sosa. Por ese motivo, la definición final quedó en manos del juez Almonacid.

Durante ese debate, uno de los ejes centrales fue la validez de un informe elaborado por el Equipo Científico de Investigaciones Fiscales (ECIF), que la querella cuestionó por presuntos sesgos, recortes y desobediencia a órdenes judiciales. Si bien la audiencia no tenía como objetivo analizar el fondo de la denuncia, la discusión derivó en la posibilidad de cerrar el expediente.

La defensa de la denunciante también cuestionó que se intentara fragmentar el análisis de responsabilidades individuales en un hecho denunciado como una violación grupal ocurrida en un mismo lugar y momento, y sostuvo que la audiencia no había sido convocada para definir el cierre de la causa.

La causa cuando aún formaban parte del plantel de Vélez

La denuncia se remonta a marzo de 2024, cuando una periodista de 24 años acusó a los entonces jugadores de Vélez José Florentín, Braian Cufré, Abiel Osorio y Sebastián Sosa por una presunta violación grupal ocurrida en la habitación 407 del hotel Hilton Garden Inn de San Miguel de Tucumán. El plantel de Vélez se encontraba en esa provincia por un partido frente a Atlético Tucumán.

La investigación quedó a cargo de la Unidad Fiscal de Delitos Contra la Integridad Sexual. Durante el proceso, la denunciante declaró en reiteradas oportunidades y ratificó su testimonio incluso en una cámara Gesell.

Tras la denuncia, Vélez Sarsfield activó el protocolo por violencia de género y apartó a los futbolistas del plantel profesional. Actualmente, ninguno de los cuatro continúa vinculado al club.

Sebastián Sosa recuperó la libertad luego de pagar una fianza de 50 millones de pesos y regresó a Buenos Aires. Posteriormente, obtuvo autorización para continuar su carrera en el fútbol uruguayo. En tanto, Florentín, Cufré y Osorio cumplieron prisión domiciliaria y en junio de 2024 accedieron a la libertad. Todos retomaron su actividad profesional en distintos clubes.

En el marco de la causa, la fiscal María Eugenia Posse imputó a Abiel Osorio por abuso sexual simple y a Sebastián Sosa por abuso sexual agravado en calidad de partícipe secundario. Para Braian Cufré y José Florentín, la acusación había sido más grave: abuso sexual agravado por la participación de dos o más personas, en carácter de coautores.

 

La Justicia sobreseyó a los rugbiers franceses que habían sido acusados de violar a una joven en Mendoza

La Justicia sobreseyó a los rugbiers franceses que habían sido acusados de violar a una joven en Mendoza

El abogado defensor, Rafael Cúneo Libarona, subrayó que las pruebas demostraron que los jugadores actuaron con consentimiento de la denunciante: “Queda a salvo el honor de los jugadores y el prestigio del rugby francés”. Además, adelantó que evalúan la posibilidad de iniciar acciones legales contra la mujer por falsa denuncia.

Los rugbiers franceses pasaron cerca de 40 días presos tras la denuncia por abuso sexual en su contra.

Fuente: https://www.diariopopular.com.ar/

La Justicia dictó el sobreseimiento de Oscar Jégou y Hugo Auradou, los rugbiers de la selección de Francia que habían sido acusados de abuso sexual por una mujer en Mendoza y pasaron casi 40 días presos. El fallo de la jueza Eleonora Arenas se dio a conocer tras cinco meses de investigación.

Los dos deportistas habían sido detenidos por personal de Interpol de la PFA en CABA el 8 de julio, es decir un día después de que una joven realizara una denuncia por un supuesto hecho que había ocurrido en su habitación del hotel Diplomatic de la capital provincial tras un partido del combinado galo contra Los Pumas.

Jégou y Auradou fueron llevados a una celda judicial mendocina en un convoy policial. Finalmente, obtuvieron la libertad condicional el 2 de septiembre, luego de que las pruebas recolectadas durante la investigación debilitaran la denuncia inicial. Desde ese entonces, la causa continuó su curso judicial con apelaciones de la querella y presentaciones de la defensa que finalmente llevaron el sobreseimiento.

Durante la investigación, las declaraciones de la denunciante y las pruebas recolectadas fueron cuestionadas y según el fiscal Gonzalo Nazar, quien lideró inicialmente la causa, existieron contradicciones en los testimonios de la mujer como cambios en sus relatos sobre los hechos.

Nazar destacó que esas inconsistencias debilitaron la denuncia y llevaron a concluir que no había elementos suficientes para sostener la acusación. El abogado defensor, Rafael Cúneo Libarona, subrayó que las pruebas demostraron que los jugadores actuaron con consentimiento de la denunciante: “Queda a salvo el honor de los jugadores y el prestigio del rugby francés”. Además, adelantó que evalúan con las familias de los rugbiers la posibilidad de iniciar acciones legales contra la mujer por falsa denuncia.

La querella, en tanto, tiene la posibilidad de apelar ante un tribunal de segunda instancia. El fallo tuvo el cuenta también el análisis de los resultados de la pericia psicológica practicada a la denunciante que desacreditó su relato. «Presenta un relato lineal y estructurado en contraposición a uno espontáneo y fluido, rígido en cuanto a la cronología de los hechos y que resulta deficitario en cuanto a la construcción lógica del mismo, cuyos detalles no se articulan en forma coherente como un todo”, indicó el escrito dado a conocer por Infobae.

Los especialistas también dieron cuenta de que se había descubierto “elementos compatibles con exageración y acomodación de la información que aporta, detectándose contenidos contradictorios e inconsistentes” y consideraron: “Detectamos una tendencia a acomodar la información que brinda enfatizando aquellos aspectos que puedan favorecer su versión sobre los hechos y siendo evitativa acerca de aquellos datos que pueden comprometerla y que claramente van en una dirección contraria a sus fallidos intentos de instituirse en el lugar de víctima”.