El Concejo aprobó modificaciones al Código Tributario y al Reglamento de Tránsito, con foco en vehículos pesados
Introduce cambios en cinco ejes centrales: la ampliación de beneficios del Régimen Simplificado Municipal, la mejora de los plazos de defensa de los contribuyentes, la incorporación de un nomenclador de actividades, el fortalecimiento del proceso de fiscalización y la reducción de alícuotas para el rubro turístico y gastronómico

El Concejo Deliberante capitalino aprobó este miércoles en sesión ordinaria una serie de modificaciones a la Ordenanza Nº 7147/2017 —Código Tributario y Código Tarifario Municipal— con el objetivo de “modernizar el sistema impositivo local, simplificar los trámites de los pequeños contribuyentes y acompañar la recuperación del sector turístico”, según se expresó en los fundamentos del proyecto.
La iniciativa, impulsada por la Administración de Ingresos Municipales (AIM), introduce cambios en cinco ejes centrales: la ampliación de beneficios del Régimen Simplificado Municipal (RSM), la mejora de los plazos de defensa de los contribuyentes, la incorporación de un nomenclador de actividades, el fortalecimiento del proceso de fiscalización y la reducción de alícuotas para el rubro turístico y gastronómico.
Uno de los puntos más importantes es la ampliación del Régimen Simplificado Municipal, que busca aliviar las obligaciones de los pequeños comerciantes y emprendedores. Con la nueva ordenanza, los contribuyentes que facturen menos de $ 1.100.000 mensuales quedarán eximidos de presentar declaraciones juradas, lo que elimina la necesidad de contratar asesoramiento profesional. Además, el pago de tributos podrá realizarse mediante una credencial o carnet disponible también a través del portal web de la AIM, simplificando los procesos administrativos.
En materia de defensa del contribuyente, la ordenanza extiende los plazos para interponer los recursos de reconsideración y jerárquico, “garantizando mayor equidad en los procedimientos y fortaleciendo el derecho de los vecinos a ejercer sus reclamos dentro de plazos razonables”, según el proyecto.
Otro cambio relevante es la creación del Nomenclador de Actividades, que establece de forma precisa las alícuotas y mínimos correspondientes a la Contribución por Servicios que inciden en la Actividad Comercial, Industrial y de Servicios. Este anexo busca brindar mayor claridad normativa, reducir la incertidumbre y promover el cumplimiento voluntario de las obligaciones fiscales.
La norma aprobada también introduce ajustes en el proceso de fiscalización, acortando etapas del circuito tributario para agilizar el trabajo de los inspectores y mejorar la eficiencia en el control de los ingresos municipales.
Finalmente, se incluye la reducción de alícuotas y mínimos para actividades vinculadas al turismo, una medida que responde a los pedidos del sector y busca reactivar rubros golpeados por la baja de la demanda. Entre los beneficiados se encuentran hoteles, restaurantes, agencias de viajes, locales de espectáculos, alquiler de vehículos turísticos y salas de cine. Según la AIM, esta decisión apunta a generar “un empuje significativo” en la actividad económica y contribuir a la preservación del empleo.
La oposición votó en contra del proyecto, habiendo cuestionado varios aspectos. Macarena Romero, de La Libertad Avanza, afirmó que la ordenanza “no busca aliviar la carga a los vecinos, sino recaudar”. Al respecto, remarcó: “El proyecto habla de las obligaciones del vecino, pero no de las del Estado. Si realmente importara al Municipio incentivar la actividad comercial, debería eliminar tasas, no simplificarlas”.
Por su parte, el concejal Patricio Evans, criticó lo “difícil que es ejercer la labor legislativa en este cuerpo”, al mencionar que la edil justicialista Beatriz Segovia “trajo ayer a la mañana una modificación de todo el código, con más de 50 fojas, cada una de las cuales afecta a una actividad, y no es la definitiva, porque tiene trazos en lápiz. Tampoco dejaron copias”.
Además, dijo que en algunos casos se suben las alícuotas, lo que va a impactar en los vecinos. Mencionó por ejemplo a las financieras, a las que acuden vecinos permanentemente.
Modificaron el Reglamento de Tránsito
En otro orden, el Concejo sancionó una ordenanza que modifica el Reglamento General de Tránsito. El proyecto, originado en el Departamento Ejecutivo Municipal, introduce modificaciones claves al régimen de tránsito pesado. Uno de los puntos centrales es el reemplazo de las clasificaciones de vehículos de carga (‘pequeño/mediano/gran porte’) para igualarlas a las categorías de la ley nacional vigente: N1, N2 y N3.
Categoría N1 (Camionetas): Vehículos de carga con una Masa Máxima Autorizada (MMA) que no exceda los 3.500 kg. Categoría N2 (Camión de Mediano Porte): Vehículos de carga con una MMA mayor a 3.500 kg, pero no mayor a 12.000 kg. Categoría N3 (Camiones de Gran Porte): Vehículos de carga con una MMA superior a 12.000 kg.
Zonas y Corredores
La ordenanza establece un Régimen Integral para el Tránsito Pesado y define un Microcentro y un Macrocentro, delimitando sus áreas para una mejor certeza normativa.
Se han habilitado Corredores para el Autotransporte por donde únicamente podrán circular los vehículos de categorías N2 y N3. Este corredor incluye avenidas principales como Av. Arturo Illia, Av. Napoleón Uriburu, Av. Dr. Gutnisky, Av. Antártida Argentina, Av. Juan Domingo Perón, y Av. González Lelong, entre otras. En las avenidas con carriles centrales, la circulación de N2 y N3 será exclusivamente por los mismos, quedando las colectoras solo para el acceso a un depósito.
También regula los horarios de carga y descarga fuera de las avenidas del corredor: Categorías N2 y N3: De 00:00 hs a 06:00 hs, de lunes a jueves. Categoría N1: De 06:30 hs a 20:30 hs, de lunes a sábados, y solo en lugares habilitados.
Se establecen horarios especiales para Vehículos de Carga Especiales que ingresen al Micro y/o Macrocentro: Camiones Mixer, Térmicos, Isotérmicos y Cisterna Criogénicos (N2 y N3): Todos los días, entre las 14:00 hs y 17:00 hs. Camiones Cisterna de Hidrocarburos y Gas Comprimido: Todos los días, entre las 22:00 hs y 06:00 hs.
La Subsecretaría de Transporte y Emergencia, designada como autoridad de aplicación, podrá autorizar excepcionalmente el ingreso de vehículos que excedan los límites de peso o dimensiones por cargas indivisibles o situaciones justificadas.
En cuanto a las sanciones, el nuevo régimen es proporcional y disuasivo. Las multas (expresadas en UF o Unidades Fijas) incluyen: Circular fuera de corredores habilitados: 200 UF + retención. Exceso de peso/dimensiones: 300 a 500 UF + reparación de daños. Carga/descarga en zonas prohibidas u horarios no autorizados: 100 UF. Evadir controles de pesaje: 400 a 20.000 UF.
La reincidencia implicará la duplicación de sanciones y la suspensión de permisos.