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Las prepagas deberán aportar como las obras sociales al Fondo Solidario de Redistribución

Las prepagas deberán aportar como las obras sociales al Fondo Solidario de Redistribución

La decisión del Ejecutivo implica la unificación del porcentaje de las contribuciones y aportes que deben realizar todas las entidades que ofrecen cobertura sanitaria al Fondo Solidario de Redistribución en un 15%, que hasta ahora para las prepagas estaba estipulado en un 20%.

Según menciona el texto oficial

Fuente: https://www.diariopopular.com.ar/

El Gobierno dispuso que las empresas de medicina prepaga deberán aportar en la misma proporción que las obras sociales al Fondo Solidario de Redistribución, a través del Decreto 600/2024 publicado este miércoles en el Boletín Oficial.

La decisión del Ejecutivo implica la unificación del porcentaje de las contribuciones y aportes que deben realizar todas las entidades que ofrecen cobertura sanitaria al Fondo Solidario de Redistribución en un 15%, que hasta ahora para las prepagas estaba estipulado en un 20%.

Además, se derogó el artículo 19 bis de la Ley 23.660, que prevía un aporte adicional del 20% al Fondo cuando las entidades recibían ingresos extras a las contribuciones originales.

La normativa justificó la medida partiendo de la base que todas las entidades que participan del Fondo “reciben el 100 % de los beneficios y recursos generados por dicho fondo”, pero se exhibía “una discrepancia en la medida en que estas entidades no integran por el total de sus percepciones, generando desequilibrios y contradiciendo los principios de equidad”.

Ante este panorama, el Gobierno consideró necesario plantear “la necesidad de corregir esta disonancia para asegurar una participación justa y equitativa de todas las entidades en beneficio del fortalecimiento del mencionado Fondo Solidario de Redistribución”.

En ese sentido, el texto oficial sostiene que “la simplificación propuesta busca no solo mejorar la eficiencia en la recaudación, sino también promover condiciones igualitarias para todas las entidades, independientemente de las características de las remuneraciones o del porcentaje de los aportes o contribuciones”.

Continuando en esa línea, aseguró que “la modificación propuesta simplifica el sistema de aportes y contribuciones y elimina las disparidades relacionadas con las remuneraciones brutas mensuales, garantizando una mayor transparencia y equidad”.

La normativa también esclareció las condiciones mediante las cuales las entidades de salud pueden ofrecer planes superadores, “fortaleciendo así la capacidad del sistema para adaptarse a las necesidades cambiantes de la sociedad”.

De esta manera, las entidades deberán incluir “como mínimo, en sus planes de cobertura médico asistencial el Programa Médico Obligatorio vigente” y el ‘Sistema de Prestaciones Básicas en habilitación y rehabilitación integral a favor de las Personas con Discapacidad’.

Además, los agentes “podrán solicitar el pago de una cuota y tomar a cuenta los aportes y contribuciones obligatorios para ofrecer a sus beneficiarios planes superadores”, mientras que se determinó que “cuando, por cualquier motivo, finalice la contratación del plan el beneficiario podrá optar por cualquier otro Agente del Seguro sin limitación temporal”.

Al mismo tiempo, el decreto también modificó los alcances del accionar de los Agentes del Seguro de Salud estableciendo que los mismos no podrán:

  • a) Supeditar la afiliación al cumplimiento de ningún requisito no previsto en la ley o sus reglamentaciones;
  • b) Efectuar discriminación alguna para acceder a la cobertura básica obligatoria;
  • c) Realizar examen psico-físico o equivalente, cualquiera sea su naturaleza, como requisito para la admisión;
  • d) Establecer períodos de carencia
  • e) Decidir unilateralmente sin causa la baja del afiliado.

Desde el Ejecutivo señalaron que “estos cambios permitirán que las Empresas de Medicina Prepaga aceleren los procesos de inscripción al Registro Nacional de Agentes del Seguro (RNAS) ya que, de esa manera, podrán recibir sin intermediaciones los aportes y contribuciones” y destacaron que “este es otro paso más para poner fin, de una vez y para siempre, a las famosas ‘intermediaciones’”.

 

El Gobierno anunció que las prepagas deberán dar marcha atrás con los aumentos y hasta devolverán plata

El Gobierno anunció que las prepagas deberán dar marcha atrás con los aumentos y hasta devolverán plata

El vocero presidencial, Manuel Adorni, indicó que las empresas del sector que agrupan al 75% de afiliados tendrán que adoptar esa medida. Un gobierno que pregona «La mano invisible del mercado» apeló a «La mano visible de la Secretaría de Comercio».

La medida alcanza a Galeno

Fuente: https://www.diariopopular.com.ar/

El Gobierno anunció que las empresas de medicina prepagas que nuclean el 75% de los afilados van a retrotraer los aumentos a valores de diciembre de 20203 y recalcularlos en función de la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC).

Así lo informó el vocero presidencial, Manuel Adorni, en la habitual conferencia de prensa en la que detalló que por disposición de la Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía siete empresas del sector tendrán que aplicar este índice para ajustar las cuotas por el plazo de 6 meses.

Esto significa que el nuevo valor de las cuotas de las prepagas, según la determinación del Gobierno, no debería superar lo cobrado en el mes de diciembre más la inflación, que acumula un avance del 51,6% entre enero y marzo.

Las proyecciones del Ministerio de Economía ubican al IPC de abril en alrededor del 10%. En consecuencia, según estimaciones de la Secretaría de Industria y Comercio, las empresas de medicina prepaga deberían cobrar una cuota en mayo que no fuera superior al valor de diciembre más el 70%.

El dictamen obliga además a las compañías a cesar cualquier intercambio de información y a aportar datos a la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia sobre cantidad de afiliados y precios nominales de los planes de salud ofrecidos.

«La Argentina de la avivada se terminó el 10 de diciembre», remarcó el portavoz del presidente Javier Milei, y agregó: «El Gobierno del Presidente Milei no va a convalidar maniobras especulativas desde ningún punto de vista”.

La decisión establece que el precio de la cuota deberá calcularse respecto del valor del mes de diciembre de 2023 multiplicada por la variación porcentual entre el Índice de Precios al Consumidor nivel general con cobertura nacional elaborado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos vigente al momento de la facturación correspondiente, y el mismo Índice correspondiente a diciembre de 2023.

La medida alcanza a Galeno, Hospital Británico, Hospital Alemán, Medifé, Swiss Medical, Omint y OSDE.

A la disposición, se suma la medida cautelar que presentó la Superintendencia de Salud ante la Justicia, para obligar a las empresas que concentran el 90% del mercado de medicina prepaga a retrotraer el valor de las cuotas y a devolver a los afiliados el monto por encima de la inflación que cobraron desde diciembre.

“Este organismo no controla más los precios pero sí busca garantizar la libre competencia y la libertad de elegir en beneficio de los argentinos”, aclararon.

De esta manera, el Gobierno confía en poder resolver un reclamo que afectaba principalmente a la clase media y que había generado un importante cruce con el rubro.

Días atrás, el ministro de Economía, Luis Caputo, había asegurado que “las prepagas le están declarando la guerra a la clase media” con los aumentos desmedidos, por lo que había señalado que desde el Gobierno iban a hacer “todo lo que esté al alcance” para defender a ese sector de la población: incluso, se deslizó la posibilidad de recurrir a la Justicia.