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Procesan al gendarme Héctor Guerrero por herir de gravedad a Pablo Grillo

Procesan al gendarme Héctor Guerrero por herir de gravedad a Pablo Grillo

El cabo fue imputado por los delitos de lesiones gravísimas y abuso de armas por las lesiones sufridas por el fotógrafo. Ordenaron el embargo de sus bienes.

Procesan al gendarme Héctor Guerrero por herir de gravedad a Pablo Grillo

Fuente: https://www.diariopopular.com.ar/

La Justicia Federal decidió procesar a Héctor Guerrero, el cabo de la Gendarmería Nacional acusado de herir gravemente al fotógrafo Pablo Grillo, al dispararle un cartucho de gas lacrimógeno en la cabeza.

El incidente ocurrió el pasado 12 de marzo, durante una manifestación en defensa de los jubilados frente al Congreso Nacional en la Ciudad de Buenos Aires.

La jueza María Servini, a cargo del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N°1, firmó el fallo que imputa a Guerrero por los delitos de lesiones gravísimas y abuso de armas, agravados por su condición de ser miembro de una fuerza de seguridad.

El expediente judicial no solo se centra en la herida a Grillo, sino que también revela un patrón de uso indebido de la fuerza. El Juzgado determinó que Guerrero efectuó el disparo que impactó en Grillo de manera prohibida y que, además, realizó otros cinco disparos con el mismo accionar irregular.

Como consecuencia del procesamiento, la jueza Servini ordenó el embargo de los bienes del gendarme.

Este caso se suma a una serie de investigaciones sobre la actuación de las fuerzas de seguridad durante protestas públicas, reavivando el debate sobre los protocolos de uso de la fuerza y la protección de los periodistas y trabajadores de prensa.

Guerrero admitió haber disparado contra Pablo Grillo

Héctor Guerrero admitió ante la Justicia haber efectuado el disparo de gas lacrimógeno que hirió gravemente a Pablo Grillo al prestar declaración indagatoria ante el juez Ariel Lijo, quien reemplazaba a María Servini en la causa que investiga su accionar. En ese marco, negó haber tenido intención de lastimar a nadie y se declaró “inocente”.

Según el expediente, el proyectil calibre 38 mm candela “CN” impactó en la cabeza de Grillo y le provocó lesiones graves que requirieron intervención quirúrgica y craneoplastía bilateral.

El gendarme afirmó que durante el operativo se encontraba de frente a los manifestantes, que comenzaron a arrojar “muchísimas piedras”, y justificó el disparo por la dificultad visual debido al humo y el agua del hidrante.

Sin embargo, la Justicia le imputó haber disparado de manera horizontal y antirreglamentaria, a sabiendas del riesgo de causar lesiones graves.

La querella de Grillo sostuvo que las afirmaciones de Guerrero son “falsas” y destacó que el fotógrafo estaba de cuclillas, tomando fotos, “sin representar ningún peligro para terceros”.

Además, señalaron que los disparos se realizaron en dirección a la víctima, contrariando los protocolos de uso del arma y la normativa vigente.

 

Procesaron por homicidio con alevosía y ensañamiento a la madre de la niña hallada muerta en Villa Dos Trece

Procesaron por homicidio con alevosía y ensañamiento a la madre de la niña hallada muerta en Villa Dos Trece

La medida legal también alcanza a la pareja de la mujer. Ambos están detenidos y ahora con prisión preventiva. La investigación reveló que la niña venía siendo víctima de manera sistemática de reiterados episodios de violencia física y psicológica por parte de su madre y su padrastro

Procesaron por homicidio con alevosía y ensañamiento a la madre de la niña  hallada muerta en Villa Dos Trece - Diario La Mañana

Fuente: https_www.lamañanaonline.com.ar
La investigación que lleva adelante el juez de Instrucción Nº 2 de Formosa, Sergio Felipe Cañete respecto a la muerte de la niña María Lucía Angela Maidana, cuyo cuerpo enterrado a poco más de un kilómetro de su vivienda en la localidad de Villa 213, fue encontrado el pasado 22 de abril, reveló que la niña venía siendo víctima de manera sistemática de reiterados episodios de violencia física y psicológica por parte de su madre y su padrastro, en un contexto familiar cargado de agresividad, brutalidad y ensañamiento.

La niña murió tras sufrir la rotura de sus vértebras cervicales, en medio de una de las tantas golpizas a las que era sometida en la casa donde vivía al cuidado de su madre y la pareja de ésta. Luego de su fallecimiento, su pequeño cuerpo fue atado y embolsado, y en estas condiciones llevado hasta una zona boscosa a más de 1 kilómetro de la vivienda, donde fue enterrada en un pozo cavado deliberadamente para ocultar el cadáver.

Desde el hallazgo de los restos de la menor, se puso en marcha una amplia y exhaustiva investigación, basada en numerosos testigos de la zona y familiares de la pequeña víctima, informes periciales y forenses y otras evidencias obtenidas durante las pesquisas.

Todo esto le permitió al juez Cañete reconstruir los hechos y llegar a la conclusión de que la pequeña María era el blanco permanente de todo tipo de actos de violencia, tanto físicas como psicológicas, cometidos por su propia madre y por su padrastro.

En este contexto, el magistrado decidió en las últimas horas dictar el procesamiento con prisión preventiva para ambos, al considerar que cuenta en su poder con suficientes elementos de pruebas -acordes a esta instancia del proceso- que sindican a la pareja como autora del delito de homicidio agravado por el vínculo, cometido con alevosía y ensañamiento. Y en caso del hombre, incluso en contexto de violencia de género.

“Que en la presente causa se ha acreditado con el grado de provisoriedad propio de la instancia que María Lucía Ángela Maidana, de 5 años, era víctima de violencia física y psicológica por parte de su madre y la pareja de ésta”, afirma la decisión del juez Cañete.

La resolución judicial revela que la violencia ejercida mediante acciones u omisiones desde el día 11 de marzo pasado produjo el fallecimiento de la niña entre los días 4 y 5 de abril, en circunstancias que se encontraba bajo la custodia de su madre y su pareja de hecho.

Tras el triste desenlace en la vida de la menor, nadie supo más nada de ella. Familiares y vecinos mostraron su preocupación por su desaparición, montándose un amplio operativo de búsqueda, en medio del cual, la madre de la niña llevó adelante todo tipo de maniobras y versiones mendaces tendientes a desviar la investigación y encubrir la verdad. Llegó a decir que su hija se había ahogado en el río Bermejo durante una jornada de pesca.

 

Final anunciado

“El triste hallazgo del cuerpo sin vida de María Lucía el día 22 de abril de 2025 es el corolario de un derrotero de situaciones que anticipaban lo que finalmente sucedió”, concluyó el juez Cañete luego de analizar el cúmulo de indicios, evidencias y pruebas que logró reunir hasta etapa de la investigación.

Si bien el cuerpo de la niña mostraba signos de haber recibido reiteradas sesiones de agresiones físicas, acusando incluso traumatismos severos en la cabeza, su muerte sobrevino al ser sacudido con una fuerza desmedida, lo que le produjo la rotura de las primeras vértebras cervicales y su muerte casi inmediata.

Pero independientemente de quien le hubiera infligido el zamarreo letal, “tanto la mujer como su pareja aceptaron la práctica de violencia física y psicológica sobre la menor, y cuando producto de esa violencia sobrevino el resultado muerte en forma conjunta, y conscientes de la responsabilidad que por la misma les cabía, decidieron desplegar todas las maniobras tendientes al ocultamiento del homicidio. Y luego inventar mentiras y artimañas para dilatar lo inevitable, que las personas que la querían a María advirtieran su ausencia y preguntaran por su paradero”, señala la medida cautelar dictada por el juez Cañete.

Por lo investigado hasta este momento, para el juez Cañate no existen dudas de que la niña, en un total estado de indefensión, era víctima de violencia de género al ser sometida a maltrato infantil por parte de su «padre afín», que sin duda, por los dichos de quienes mencionaron que su comportamiento había cambiado, le causó un deterioro en su bienestar social, emocional y cognitivo. María ya no era la niña alegre, lúcida, sino que lentamente se estaba apagando.

“Ninguno de estos aspectos de la triste agonía de María, pudieron haber sido desconocidos por su madre quien, sin perjuicio que ella misma eligiera soportar violencia de género a la que su pareja la sometía, condenó a su propia hija a una vida, breve, sin disfrute, sin acceso a la escolaridad, a la salud, a la contención familiar y a la libre expresión lúdica”, sostiene el juez.

La resolución advierte también que tanto fue la pareja la que colocó a la menor en la situación de indefensión, la retiraron de un ámbito seguro donde vivía con su abuela y que le garantizaba el pleno goce de sus derechos del niño. “María se encontraba sola, debilitada, y no pudo reaccionar ante la reiterada y sostenida violencia de la que era víctima, y que en ese día en particular

tuvo la letalidad suficiente para causarle la muerte”, afirma la medida legal.

Sin perjuicio de lo expresado, el juez consideró que la conducta precedente desplegada por los imputados en relación al hecho investigado, permite a esta Magistratura deducir que los nombrados podrían intentar evadir a acción de la Justicia y/o el entorpecimiento de la investigación.

Estimó pertinente, además, recordar que para el dictado del auto de procesamiento no es indispensable arribar al grado de certeza sobre la existencia del hecho, sino que es suficiente con que existe probabilidad de que los imputados hayan participado en un hecho delictivo, es decir, basta la convicción de que se cometió un delito en el cual los imputados pudieron tener responsabilidad.

Procesaron al jefe de seguridad de Nordelta

Procesaron al jefe de seguridad de Nordelta

Ariel de Vicentis está acusado de haber obstaculizado el procedimiento en el cual se ordenó secuestrar el celular de Jonathan Kovalivker, uno de los accionistas de la droguería Suizo Argentina investigado por los audios del extitular de ANDIS, Diego Spagnuolo.

La semana pasada se realizaron allanamientos en el barrio cerrado Nordelta.Fuente: https://www.diariopopular.com.ar/

El juez federal Sebastián Casanello procesó al jefe de Seguridad de Nordelta Ariel De Vicentis por presunta obstrucción de la justicia, acusado de haber obstaculizado el procedimiento en el cual se ordenó secuestrar el celular de Jonathan Kovalivker, uno de los accionistas de la droguería Suizo Argentina investigado por los audios del extitular de ANDIS, Diego Spagnuolo.

La decisión se tomó sin prisión preventiva, luego de encontrar evidencia como mensajes vinculados a un «protocolo no escrito que exhibe un modus operandi acerca de cómo no colaborar con las fuerzas de seguridad» en caso de allanamientos.

El juez procesó a De Vicentis por «desobediencia a la autoridad, estorbo de un acto funcional y encubrimiento» con un embargo de dos millones de pesos.

De Vicentis es jefe de Seguridad de Nordelta desde hace once años y según reconstruyó la Justicia el día del operativo estaba de vacaciones, pero un guardia de seguridad lo llamó delante de efectivos de la Policía de la Ciudad que habían llegado al ingreso del barrio La Isla, en el complejo privado.

En ese marco, habría desplegado «maniobras dirigidas a crear un escenario de confusión y resistencia para obstaculizar la orden judicial» y así logró frustrar «una parte crucial del procedimiento: la requisa personal (y el secuestro del teléfono de Jonathan Simón Kovalivker)”.

Como prueba se tomaron los mensajes encontrados en su teléfono celular que revelaron «una suerte de protocolo no escrito que exhibe un modus operandi acerca de cómo no colaborar con las fuerzas de seguridad, cualquiera fuera”, remarcó el juez.

En uno de esos mensajes de WhatsApp, De Vicentis instruía a uno de los guardias: “Reitero sea la fuerza de seguridad que fuere, nosotros no tenemos que facilitarle el camino a ninguno”, destaca el fallo.

Al ser indagado en los tribunales de Retiro, De Vicentis no logró justificar por qué intervino en lo que pasaba si estaba de vacaciones.

Según reconstruyeron los investigadores, el jefe de Seguridad comenzó a llamar a todos los guardias, a quienes se les había advertido que no podían usar sus celulares hasta finalizado el operativo.

Los llamó «insistentemente» y «desobedeció » así la orden dada a sus subalternos de no usar los teléfonos hasta «lograr ser atendido» por uno de ellos, de quien obtuvo «la información sensible que pretendía: que la policía estaba buscando a Jonathan y Emmanuel Kovalivker».

 

Causa Seguros: procesaron y embargaron a Alberto Fernández

Causa Seguros: procesaron y embargaron a Alberto Fernández

La medida fue tomada por el juez Sebastián Casanello, quien también procesó al empresario Héctor Martínez Sosa y a su mujer, María Cantero, secretaria del expresidente.

Alberto Fernández

Fuente: https://www.diariopopular.com.ar/

El juez Sebastián Casanello procesó al expresidente Alberto Fernández en el marco de la Causa Seguros y además le aplicó un embargo sobre sus bienes que asciende a $14.634.220.283. La investigación es por los delitos de negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública, en calidad de autor por “negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública”.

Casanello también procesó al empresario Héctor Martínez Sosa y a su mujer, María Cantero, la histórica secretaria de Fernández.

Durante el gobierno de Fernández, la empresa Martínez Sosa acumuló contratos con19 organismos públicos y recibió $366.635.744 en comisiones. En el listado aparecen cuatro ministerios, Vialidad Nacional, Casa de la Moneda, Corredores Viales SA, el Fondo de las Artes, y la Corte Suprema, entre otros.La cifra crece a $ 416.546 .348 si se suman las comisiones cobradas en 2024 ($ 21.732,54 en 2020, $ 29.750.137 en 2021, $ 156.679.420 en 2022, $ 228.982.902 en 2023, y $ 1.112.155 en 2024).

La Causa Seguros cambió de juez a comienzos de febrero, cuando se venció la subrogancia de Julián Ercolini, en el juzgado federal 11. Ocurrió en un momento clave de la investigación porque ya se habían terminado las indagatorias y el juez se disponía a decidir si procesaba o sobreseía a todos los imputados.

Desde entonces, Casanello decidió revisar toda la documentación, solicitar nuevas pruebas, y darle su impronta a la causa. Además, profundizó otras líneas de investigación.

Una prueba fundamental para la causa fue un informe elaborado por la Procuraduría de Criminalidad Económica y Lavado de Activos (PROCELAC) y presentado a mediados de mayo. Ese documento, de 662 páginas, analizó la facturación de Alberto Fernández mientras estuvo al margen de la función pública. Los expertos de la PROCELAC revelaron que el ex presidente le facturó a Martínez Sosa por supuestos servicios profesionales entre 2010 y 2019.

La última factura está fechada el 6 de diciembre de 2019, cuatro días antes de su asunción. En total, Fernández le facturó a la empresa de su amigo “Hecky” un total de $4.257.000, tomando en cuenta los valores de esa época.

Alberto Fernández le facturó durante años servicios a un broker

Un informe de la PROCELAC incorporado a la causa Seguros da cuenta de que el ex presidente Alberto Fernández facturó servicios durante nueve años al broker Héctor Martínez Sosa y empresas vinculadas, antes de llegar al Gobierno.

En la causa Seguros ambos están acusados por el supuesto direccionamiento en la elección de brokers y sobreprecios en comisiones para actuar como intermediarios en la contratación de pólizas de seguros para organismos públicos a través de Nación Seguros, informaron fuentes judiciales.

Uno de estos intermediarios fue Martínez Sosa, esposo de la por entonces secretaria privada del presidente Fernández, María Cantero, de acuerdo a la acusación en la causa que ahora investiga el juez federal Sebastián Casanello junto al fiscal Carlos Rívolo.

En ese marco, los investigadores recibieron un informe de la PROCELAC en base a información fiscal en el cual se detalla la emisión de facturas por al menos 4 millones de pesos entre 2010 y 2019 por parte de Fernández por cobro de diferentes servicios a Martínez Sosa.

La Procuraduría de Criminalidad Económica y Lavado de Activos (PROCELAC) menciona «servicios jurídicos» dados además a firmas como HMS SA y Austral Consulting SA, que estarían también vinculadas al broker, amigo del ex presidente.

La última de ellas data del 6 de diciembre de 2019, poco antes de que Fernández jurara como Presidente.

Una vez en el Gobierno, firmó el decreto 823/21 que habilitó la intermediación de brokers en la contratación de pólizas vía Nación Seguros.

 

Procesan a Eduardo Belliboni por fraude, amenazas coactivas y extorsión

Procesan a Eduardo Belliboni por fraude, amenazas coactivas y extorsión

El dirigente fue procesado por el juez federal Sebastián Casanello por presunta «administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública».

El dirigente sindical fue procesado en agosto pasado por el juez federal Sebastián Casanello por presunta administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública y ahora el Tribunal de Apelaciones confirmó esa decisión.

Fuente: https://www.diariopopular.com.ar/

La Cámara Federal de Casación Penal dejó firme el procesamiento del líder del Polo Obrero, Eduardo Belliboni, por presunta administración fraudulenta, amenazas coactivas y extorsión en la causa por el manejo de planes sociales y lo dejó así en condiciones de ser enviado a juicio oral.

El máximo tribunal penal federal del país rechazó por «inadmisibles» las apelaciones de Belliboni y otros 14 acusados en la investigación y dejó así firmes los procesamientos confirmados por la Cámara Federal porteña.

Los camaristas Gustavo Hornos, Javier Carbajo y Mariano Borinsky también dejaron en pie una decisión de la sala I de la Cámara Federal que agravó la situación procesal de Belliboni y de otra referente del Polo Obrero, María Dotti, al sumar en sus casos los delitos de amenazas coactivas y extorsión a beneficiaros de los programas para obligarlos a concurrir a piquetes y marchas.

En el caso el juez federal Sebastián Casanello, ya inició los trámites para enviar el expediente a juicio, para lo cual dio vista a las partes.

Casación desestimó las apelaciones por «inadmisibles» por cuestiones formales vinculadas a que no se encontró «debidamente fundada una cuestión federal» con lo cual las decisiones quedaron confirmadas.

También remarcó que los procesamientos no son una «sentencia definitiva o equiparable a tal». Belliboni está procesado por «administración fraudulenta», «amenazas coactivas» y «extorsión» por desvíos de fondos públicos destinados al programa «Potenciar Trabajo».

El dirigente sindical fue procesado en agosto pasado por el juez federal Sebastián Casanello por presunta «administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública» y ahora el Tribunal de Apelaciones confirmó esa decisión y agregó dos delitos más, «amenazas coactivas» y «extorsión agravada», según la resolución a la que tuvo acceso esta agencia.

Los camaristas Leopoldo Bruglia, Pablo Bertuzzi y Mariano Llorens consideraron que hay evidencia sobre el «desvío de los fondos públicos asignados al Polo Obrero y a El Resplandor, a través de distintos convenios celebrados con el ex Ministerio de Desarrollo Social de la Nación en el marco del Programa Potenciar Trabajo».

Además, la acusación incluye la supuesta «imposición de una serie de exigencias a los beneficiarios del mismo ajenas a lo pactado a cambio de no perder la ayuda estatal, traicionándose así los intereses confiados por el Estado para obtener un beneficio particular y ajeno al objetivo de esa política pública».

Los fondos se desviaron y se habrían usado para «afrontar el pago de gastos vinculados a actividades políticas partidarias», consideró probado la Cámara Federal cuando confirmó los procesamientos en noviembre último.