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La Corte Suprema rechazó el decreto de Trump para restringir la ciudadanía por nacimiento

La Corte Suprema rechazó el decreto de Trump para restringir la ciudadanía por nacimiento

El máximo tribunal anuló el decreto del presidente mandatario alegando que viola la Decimocuarta Enmienda de la Constitución.

Donald Trump firmó el acuerdo en Francia.

Fuente: https://www.diariopopular.com.ar/

La Corte Supremo de los Estados Unidos anuló este martes el decreto del presidente Donald Trump para poner fin a la ciudadanía por derecho de nacimiento, un golpe a una medida emitida en el primer día de su segundo mandato

La Corte dictaminó de este modo, después de que seis de sus miembros, frente a tres, hayan considerado ilegal la orden del mandatario, cinco de ellos alegando que viola la Decimocuarta Enmienda de la Constitución, mientras que el sexto magistrado por violar la ley federal y no así la Carta Magna.

«La ciudadanía, tanto entonces como ahora, era el derecho a tener derechos: a participar libremente en nuestra comunidad política. Los redactores de la Decimocuarta Enmienda ampliaron esa promesa a ‘toda persona nacida libre en esta tierra’. Hoy mantenemos esa promesa», dijo la Corte Suprema en un escrito.

La directiva de Trump buscaba negar la ciudadanía estadounidense a los menores nacidos de madres que estén en el país en situación irregular o con visados temporales, y cuyos padres no sean ciudadanos ni residentes legales, lo que, de llevarse a cabo, podría afectar a unos 250.000 bebés nacidos en el país cada año, de acuerdo a los datos del Instituto de Políticas Migratorias (MPI, por sus siglas en inglés) y el Instituto de Investigación Demográfica de la Universidad de Pensilvania.

La Corte consideró además que había «escasas pruebas» a favor de la reinterpretación que la Administración Trump hacía de una norma –la Decimocuarta Enmienda– que estipula que «todas las personas nacidas o naturalizadas en Estados Unidos y sujetas a su jurisdicción son ciudadanos de Estados Unidos».

La reacción de Trump

Trump señaló en sus redes sociales que la sentencia de la Corte Suprema «es una lástima» para el país, al tiempo que ha hecho un llamamiento al Congreso para que elimine la ciudadanía por derecho de nacimiento.

«¡No hace falta ninguna enmienda constitucional larga y engorrosa! El Congreso debería empezar hoy mismo a trabajar para poner fin a la ciudadanía por nacimiento, que resulta costosa e injusta para nuestro país. ¡Contarán con mi apoyo total y absoluto!», aseguró.

 

El Senado aprobó un proyecto para restringir el uso de los DNU

El Senado aprobó un proyecto para restringir el uso de los DNU

Quedó aprobado en general con 56 afirmativos, 8 negativos y 2 abstenciones, mientras que ahora necesita pasar por Diputados para ser Ley.

El Senado aprobó un proyecto para restringir el uso de los DNU

Fuente: https://www.diariopopular.com.ar/

El Senado aprobó un proyecto que pone límites al Presidente en el uso de los Decretos de Necesidad y Urgencia (DNU) y ahora deberá pasar por Diputados. Quedó aprobado en general con 56 afirmativos, 8 negativos y 2 abstenciones

Previaimante, en una señal de fuerza política y de un revés para el Ejecutivo, la oposición logró ratificar la ley de emergencia en discapacidad, que el Presidente había vetado.

El proyecto que busca limitar el alcance de los DNU. Tras obtener la aprobación del Senado, la iniciativa pasará a Diputados para su definición final y para que convierta en ley.

El proyecto regula los decretos que buscan limitar la herramienta que utilizó Milei a lo largo de estos meses para saltear al Poder Legislativo.

La iniciativa establece un plazo de 90 días corridos para la aprobación del DNU por ambas cámaras o se considera “derogado”, y solo deja a salvo los derechos adquiridos durante su vigencia. Además, el rechazo de una de las cámaras ya lo deja sin efecto, entre otros puntos.

El debate

La senadora mendocina Anabel Fernández Sagasti dirigió críticas a los legisladores del PRO y la UCR que cuestionaron la utilización de los DNU y apoyaron la modificación de la Ley. En ese marco, remarcó: “Han pasado gobiernos de distintos signos políticos y con diferentes estilos, y esta norma nunca se modificó. Ahora todos aseguran que tenían proyectos, que siempre estuvieron en contra, pero cuando les tocó gobernar no la tocaron. Durante las gestiones del PRO y del radicalismo tampoco se debatió”.

La senadora del PRO Guadalupe Tagliaferri cruzó al bloque de La Libertad Avanza en el Senado: «Le recuerdo a los senadores del oficialismo que, si estaba mal antes, está mal ahora», y remarcó: «Escuché a senadores preopinantes que son parte del Gobierno diciendo que se hizo abuso de esta ley».

«Ya lleva 80 DNU este Presidente, solamente se trató el DNU 70 y el 656/24 que es el que daba por decreto aumento de fondos reservados a la SIDE. El resto de los decretos no se trataron. La comisión que trata el resto no trata ninguno, no dictamina», sentenció el senador Martín Lousteau por la Unión Cívica Radical.

 

Las prepagas podrán restringir coberturas de medicamentos y prácticas

Las prepagas podrán restringir coberturas de medicamentos y prácticas

El Gobierno habilitó a las prepagas y obras sociales a restringir la cobertura que ofrece a sus afiliados de planes cerrados. Unicamente los profesionales incluidos en las cartillas de cada prepaga podrán emitir las recetas y órdenes.

Para la cobertura de prescripciones que emita un profesional por fuera de la cartilla

Fuente: https://www.diariopopular.com.ar/

En medio del fuerte ajuste impuesto por el gobierno de Javier Milei y tras la desregulación en el aérea de Salud, la Superintendencia de Servicios de Salud habilitó este lunes a las prepagas restringir las coberturas de prácticas y medicamentos de los afiliados de planes médicos cerrados.

«En el marco de los planes de salud cerrados, la cobertura médico-asistencial de prácticas y medicamentos, será otorgada exclusivamente sobre la base de prescripciones realizadas por los médicos que integren la cartilla del Agente del Seguro de Salud correspondiente», establece la Resolución 3934/2024 de la Superintendencia de Servicios de Salud, publicada en el Boletín Oficial.

De esta forma, ya no existirá la posibilidad de acceder a reintegros para medicamentos u otras prescripciones que sean recetadas por profesionales de la salud que no estén incluidos en la cartilla de los planes cerrados confeccionados por las prepagas.

Ahora, para la cobertura de prescripciones que emita un profesional por fuera de la cartilla, el afiliado debería pasarse a un plan abierto, que suele ser de mayor costo. Estos últimos permiten elegir entre los servicios de prestadores de cartilla o externos.

En las justificaciones del proyecto, la Superintendencia sostiene: “Estas medidas específicas garantizan la sostenibilidad del sistema y el acceso equitativo a tratamientos y medicamentos por parte de los beneficiarios”. Esto es porque, a partir de ahora, las aseguradoras no se verán obligadas a abonar la cobertura de tratamientos costosos que sean recetados por profesionales ajenos a la empresa.

El mismo texto da como fundamento “que las resoluciones judiciales pueden obligar al Agente del Seguro de Salud a otorgar la cobertura solicitada o, en su defecto, imponer al Estado Nacional, al Ministerio de Salud o esta Superintendencia el pago total o parcial de la prestación médica o medicamento en cuestión”.

“Esta situación refleja un riesgo de desfinanciamiento para los Agentes del Seguro de Salud, dado que la cobertura de prácticas o medicamentos no previstos adecuadamente en sus planes de salud puede comprometer la sostenibilidad financiera del sistema”, argumenta el texto, que representa un guiño del Gobierno a las prepagas y lleva la firma del titular de la Superintendencia, Gabriel Oriolo, quien se desempeñó en diversas funciones durante casi 30 años dentro del Grupo Osde.