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La Justicia ordenó al Gobierno que aplique la Ley de Financiamiento Universitario

La Justicia ordenó al Gobierno que aplique la Ley de Financiamiento Universitario

La decisión fue adoptada por el Juzgado Contencioso Administrativo Federal 11 a cargo del juez Martín Cormick, tras una acción de amparo.

La Justicia ordenó al Gobierno que aplique la Ley de Financiamiento Universitario

Fuente: https://www.diariopopular.com.ar/

La Justicia Federal le ordenó este martes al Poder Ejecutivo aplicar de manera inmediata la Ley de Financiamiento Universitario y dejó sin efecto, de forma cautelar, el decreto que había suspendido la actualización de salarios docentes y becas estudiantiles.

La decisión fue adoptada por el Juzgado Contencioso Administrativo Federal 11, a cargo del juez Martín Cormick, en el marco de una acción de amparo presentada por el Consejo Interuniversitario Nacional y otras entidades del sistema universitario, según fuentes judiciales.

El magistrado declaró inaplicable el decreto 759/2025 en cuanto condicionaba la ejecución de la ley 27.795 a la definición previa de las fuentes de financiamiento por parte del Congreso.

Según el fallo, la suspensión dispuesta por el Ejecutivo aparece, en esta etapa preliminar del proceso, como una conducta arbitraria y contraria a la Constitución.

El juez sostuvo que, tras la insistencia legislativa de ambas cámaras, prevista en el artículo 83 de la Constitución, “no admitiría, a priori, una variante suspensiva” para la promulgación y aplicación de la norma.

La resolución hizo lugar a la medida cautelar y ordenó al Estado cumplir de inmediato con los artículos 5 y 6 de la ley, que establecen la actualización de las remesas destinadas al pago de salarios docentes y la recomposición automática de las becas estudiantiles. La cautelar tendrá vigencia hasta el dictado de la sentencia definitiva.

Qué dice el fallo

En sus fundamentos, Cormick señaló que el incumplimiento del deber normativo ocasiona “perjuicios graves de imposible reparación ulterior”, al advertir sobre la pérdida sostenida del poder adquisitivo de los ingresos del colectivo afectado.

Añadió que esa situación compromete derechos laborales protegidos por la Constitución y por tratados internacionales de derechos humanos.

El juez también rechazó el argumento del interés público esgrimido por el Gobierno y sostuvo que el deterioro salarial impacta no solo en los trabajadores universitarios, sino también en el derecho a enseñar y aprender. En ese sentido, indicó que el eventual ahorro fiscal tendría una incidencia reducida, estimada en alrededor del 0,23 % del PBI.

Asimismo, la resolución cuestionó la medida del Ejecutivo por considerar que podría vulnerar el principio de división de poderes, al intentar condicionar la vigencia de una ley insistida por el Congreso mediante una norma de jerarquía inferior.

El fallo aclaró que la medida se dicta en un estado preliminar del proceso y no implica adelantar opinión sobre el fondo de la cuestión, pero consideró reunidos los requisitos legales para conceder la cautelar y ordenar el cumplimiento inmediato de la ley.

 

Fallo decisivo: la Justicia ordenó al Gobierno la aplicación de la Ley de Emergencia en Discapacidad en toda la Argentina

Fallo decisivo: la Justicia ordenó al Gobierno la aplicación de la Ley de Emergencia en Discapacidad en toda la Argentina

El organismo judicial consideró que el decreto del Ejecutivo sobre la suspensión de la aplicación de la norma no tenía validez. Los detalles del fallo.

Entre ellos, se encontraban trabajadores de distintas dependencias, profesionales de la salud, pacientes y familiares de personas con discapacidad.

Fuente: https://www.canal26.com/

La Justicia Federal dio un paso decisivo para la plena vigencia de la Ley de Emergencia en Discapacidad en todo el país: mediante un fallo reciente, declaró la invalidez de una parte del decreto del Poder Ejecutivo que había suspendido la aplicación de la norma y ordenó que se ejecute de forma inmediata en todo el territorio argentino.

La legislación en cuestión, sancionada por el Congreso en septiembre de 2025 como Ley 27.793, declara la emergencia nacional en materia de discapacidad y estaba destinada a garantizar la continuidad de tratamientos, la actualización de prestaciones y la protección de derechos fundamentales como educación, salud e inclusión social.

El conflicto judicial se desarrolló porque, pese a que el Congreso rechazó el veto presidencial y promulgó la ley, el Gobierno había dictado el Decreto 681/2025, que suspendía la puesta en marcha de la norma hasta que el Parlamento definiera fuentes de financiamiento específicas e incluyera las partidas correspondientes en el presupuesto nacional.

Un Juzgado Federal de Campana consideró que ese artículo del decreto era inválido y afectaba derechos ya consagrados por la ley, por lo que ordenó su aplicación inmediata en todo el país. La decisión conocida durante este viernes 12 de diciembre tiene efectos directos sobre personas con discapacidad, sus familias, cuidadores y prestadores de servicios, que según la sentencia, habían visto restringidos sus derechos por la postergación.

La causa que motivó el fallo fue impulsada por un amparo presentado por padres de chicos con discapacidad que argumentaron que la suspensión del decreto ponía en riesgo la continuidad de tratamientos esenciales, la calidad de servicios y el acceso a derechos básicos.

Hasta ahora, la jurisprudencia y el debate político sobre esta ley reflejaron una tensión entre la voluntad del Congreso de garantizar prestaciones y la postura del Poder Ejecutivo, que pospuso su entrada en vigencia por argumentos de sostenibilidad fiscal. La orden judicial despeja esa controversia al hacer efectiva la ley sin más demoras, lo que representa un avance significativo en materia de políticas públicas para este colectivo.