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Dictan prisión preventiva a uno de los acusados de tirar bombas molotov frente al Congreso

Dictan prisión preventiva a uno de los acusados de tirar bombas molotov frente al Congreso

Había sido detenido el último jueves en General Rodríguez. Según los investigadores, llevaba puesto un casco y una máscara en el momento de lanzar la bomba molotov. Ya son cinco los arrestados en esta causa.

El acusado de lanzar bombas molotov fue detenido en General Rodríguez.

Fuente: https://www.diariopopular.com.ar/

Uno de los acusados de haber tirado bombas molotov frente al Congreso, el pasado 11 de febrero durante un enfrentamiento con efectivos en el marco del debate por la reforma laboralpermanecerá en prisión preventiva. El hombre había sido detenido el jueves pasado en el distrito bonaerense de General Rodríguez, tras una investigación llevada adelante por la Unidad Fiscal de Flagrancia Este de la Ciudad.

La decisión fue tomada por el Juzgado PCyF N°6, a cargo del juez Gonzalo Rúa. El magistrado consideró el peligro de fuga y entorpecimiento en el proceso, ya que el acusado tiene una condena anterior por robo. Al momento de tirar las bombas molotov utilizó elementos para obstaculizar su identificación: llevaba puesto un casco y una máscara.

En el momento de su detención en General Rodríguez, el hombre llevaba consigo una mochila con un bidón de líquido combustible, parte de la ropa que habría usado durante los ataques, dos celulares y gran cantidad de panfletos políticos.

A continuación, se dispuso el allanamiento de su domicilio , donde se encontraron bidones con líquido inflamable, celulares, elementos de almacenamiento, parte de la ropa usada en el momento de los hechos, un casco , carteles usados en las marchas y computadoras, entre otros elementos de interés para la investigación.

El sospechoso, según fuentes cercanas a la investigación, habría actuado junto a un grupo organizado, en el que cada miembro cumplía un rol específico en la logística, ejecución y encubrimiento de los ataques. El resto de los integrantes es buscado de manera activa.

Por el mismo hecho, un quinto imputado fue detenido, tras la investigación de los auxiliares fiscales Malena Mercuriali y Mariano Camblong de la Unidad Fiscal de Flagrancia Este de CABA. Las cinco personas están presas por fabricación, tenencia y uso de material explosivo e inflamable, intimidación pública y atentado contra la autoridad agravado.

Dictaron la prisión preventiva para una mujer que incendió intencionalmente la casa de su vecino

Dictaron la prisión preventiva para una mujer que incendió intencionalmente la casa de su vecino

Una mujer acusada de haber provocado un principio de incendio en la casa de su vecino en el barrio “Fray Salvador Gurrieri” fue procesada por la Justicia provincial y seguirá detenida hasta la instancia del juicio oral.

Quedó ratificada la prisión preventiva para una mujer por un voraz incendio

Fuente: https_www.lamañanaonline.com.ar

La mujer, de 21 años, está acusada de los delitos de amenazas de extrema violencia e incendio intencional, en perjuicio de la vivienda de su vecino, durante un incidente ocurrido en la madrugada del 20 de setiembre del año pasado.

La investigación penal llevada a cabo por la Justicia de Formosa logró determinar que la joven despertó a sus vecinos, un matrimonio residente en la Manzana 72, mediante gritos, profiriendo amenazas contra la vida de los moradores, declarando: “Ya compré nafta, le voy a prender fuego a su casa y cuando salgan los voy a matar a uno por uno”.

Tras escuchar las intimidaciones, los vecinos se levantaron y constataron la ejecución parcial de la amenaza: un principio de incendio en la entrada de su domicilio. Los elementos consumidos por las llamas fueron un sofá, una lona, una frazada, dos sillas y una mesita, confirmando un acto deliberado de vandalismo.

El juez Guillermo Omar Caballero, quien dirigió la investigación y este miércoles dictó el procesamiento con prisión preventiva, concluyó que el caudal de evidencias incorporadas válidamente a la causa es suficiente para acreditar la responsabilidad penal de la imputada en la comisión de los hechos.

La reconstrucción probatoria se basa en una convergencia de elementos documentales y testimoniales: Intervención Policial: El acta de constatación inicial refleja la rápida respuesta de la Policía tras la activación del sistema de emergencia 911, confirmando el foco de incendio.

Denuncia y Declaración Judicial: El vecino afectado formalizó su denuncia, ratificando en sede judicial tanto la existencia del incendio como la identidad de la autora, mencionando las amenazas previas. Testimonios Cruzados: La declaración de la vecina damnificada, al igual que la de otro testigo presencial, fue ratificada ante el juez, aportando detalles cruciales sobre el momento del suceso, que ocurrió mientras todos dormían. Peritaje Técnico: El informe técnico respaldado por fotografías, certificó la naturaleza intencional del fuego provocado.

Pese a la solidez de las pruebas en su contra, la mujer imputada negó haber participado en los hechos y pretendió deslindar su responsabilidad, presentando una coartada alegando haber estado en compañía de otras dos personas durante la mañana del día del incidente.

Sin embargo, la versión de la Defensa se vio seriamente comprometida por las incongruencias detectadas en las declaraciones: Los testigos de descargo ofrecieron versiones contradictorias sobre la hora en que la imputada se retiró. Una versión inicial situaba su partida a media mañana, mientras que, bajo juramento judicial, modificaron el horario a horas de la tarde, generando una contradicción horaria significativa que mina la credibilidad del intento de cobertura.

Además la contradicción referida a la ubicación, ya que un tercer testigo presencial, que declaró en sede Penal, afirmó que la imputada estaba en la casa de otras dos personas en el momento del hecho, lo cual contradice directamente el relato de los testigos de descargo presentados por la propia imputada.

Esta disparidad en las versiones ofrecidas por el círculo de apoyo de la acusada resultó fundamental para que el juez desvirtuara su versión, fortaleciéndose así la hipótesis de la fiscal de la causa.

Calificación Legal

A la luz de estos elementos objetivos, las características personales de la imputada y el espíritu de la ley, el juez Caballero consideró acreditado el tipo objetivo en el marco del artículo 80º, inciso 5, del Código Penal Argentino.

En este contexto, la naturaleza de las amenazas («matar a uno por uno») y el medio utilizado (incendio) apuntan a figuras penales muy graves, como la tentativa de homicidio agravado por la multiplicidad de víctimas potenciales y la utilización de un medio idóneo para causar un daño masivo.

Procesaron con prisión preventiva a uno de los hombres que golpeó brutalmente a un adolescente en Deán Funes y José Uriburu

Procesaron con prisión preventiva a uno de los hombres que golpeó brutalmente a un adolescente en Deán Funes y José Uriburu

Se aclaró que la otra persona implicada está prófuga desde el día del ataque y tiene pedido de captura internacional

Procesaron con prisión preventiva a uno de los hombres que golpeó  brutalmente a un adolescente en Deán Funes y José Uriburu - Diario La Mañana

Fuente: https_www.lamañanaonline.com.ar/
El juez de Instrucción y Correccional Nº 6, Guillermo Omar Caballero, dispuso el procesamiento con prisión preventiva por el delito de tentativa de homicidio de un hombre de 44 años que en el mes de diciembre atacó brutalmente en la esquina de Deán Funes y José María Uriburu de nuestra ciudad a un adolescente de 14 dejándolo inconsciente, después de perseguirlo durante varias cuadras.

La resolución judicial fue dictada el viernes pasado y aún no se encuentra firme, estando vigente el plazo para una eventual apelación por parte del abogado defensor del procesado.

Los hechoe desencadenaron durante la madrugada del 19 de diciembre pasado, cuando un grupo de amigos estaba compartiendo una reunión en una casa ubicada en pleno centro de la ciudad. En un momento determinado, escucharon ruidos que provenían de la vereda y al salir a ver qué estaba pasando, observaron a un grupo de adolescentes apostados en las inmediaciones, quienes -según sostuvieron- habrían pateado el portón de la casa.

Esto desató la dispersión del grupo, corridas y una intensa persecución a pie que concluyó en la esquina de José María Uriburu y Deán Funes, donde uno de los adolescentes fue alcanzado y sometido a una brutal paliza que lo dejó inconsciente en el suelo.

Los autores de la descomunal golpiza fueron identificados y uno de ellos detenidos, mientras que el otro está prófugo desde aquel día; en tanto otros dos amigos que llegaron minutos después y fueron inicialmente imputados, luego fueron liberados y sobreseídos de la causa, al comprobarse que no tuvieron ninguna participación en la agresión.

Persecución, ataque e indefensión total

La cronología del ataque, basada en las constancias y videos de cámaras de seguridad analizados, es contundente. El incidente comenzó con la persecución por calles del centro de la ciudad y una vez reducido el adolescente, la violencia se desató.

Uno de los perseguidores inició la agresión física con un golpe de puño en el rostro, arrojando al joven hacia el espacio verde del cordón. De inmediato, se unió su amigo y ambos propinaron golpes reiterados. El momento más grave se produjo cuando el primero de ellos, tras un breve alejamiento, regresó y le propinó una patada, provocando que el adolescente cayera y quedara en estado de inconsciencia.

En un acto de extrema crueldad, el hombre tomó el teléfono celular de la víctima inconsciente, le sacó una fotografía y la remitió a la madre del adolescente con el mensaje: “Estábamos pateando portones y nos agarraron”.

Después, llegaron al lugar otros dos amigos de los agresores que se encontraron con la terrible escena y sólo se limitaron a preguntar qué había pasado, posteriormente, uno de ellos llamó por teléfono a la Policía.

El episodio culminó con la llegada de efectivos policiales, momento en el que, increíblemente, el mismo hombre volvió a agredir al adolescente con una patada mientras era instado a retirarse por los agentes.

El análisis probatorio resultó en una clara distinción entre los involucrados. La resolución del juez Caballero determinó el sobreseimiento definitivo para dos de ellos, incluso se determinó que uno de ellos llamó a la Policía y que con su accionar impidió la continuación de la agresión y previno un resultado “aún más trágico”.

En contraste, la conducta del otro hombre fue considerada plenamente ajustada a la imputación de tentativa de homicidio, respaldando el juez Caballero esta calificación en la objetiva idoneidad del ataque para causar la muerte: golpes reiterados dirigidos a la cabeza; el impacto de la patada mientras la víctima estaba reducida e inconsciente, la vulnerabilidad del agredido (menor de 14 años) y la superioridad numérica de los atacantes (dos contra uno en el momento central).

Respecto a la intención, la decisión judicial infiere la voluntad homicida a partir de la intensidad y reiteración de los ataques dirigidos al adolescente. Si bien el resultado fatal no se concretó, fue únicamente por la pronta intervención policial y médica, elementos ajenos a la voluntad de los agresores.

Respecto al otro implicado, que sigue prófugo de la Justicia, el juez Caballero libró orden de captura nacional e internacional.

Dictaron la prisión preventiva para Pablo Laurta por el doble femicidio de Córdoba

Dictaron la prisión preventiva para Pablo Laurta por el doble femicidio de Córdoba

El detenido está acusado de asesinar a su ex mujer y madre de su hijo y ex suegra. También está procesado por el asesinato de un remisero en Entre Ríos.

Dictaron la prisión preventiva para Pablo Laurta por el doble femicidio de Córdoba

Fuente: https://www.diariopopular.com.ar/

La Justicia de Córdoba dictó este lunes la prisión preventiva de Pablo Laurta por el doble femicidio cometido en perjuicio de su exmujer Luna Giardina y de su exsuegra Mariel Zamudio. La Fiscalía de Instrucción de Violencia de Género y Familiar de Segundo Turno considera al implicado como presunto autor de los delitos de «homicidio calificado por el vínculo, alevosía y violencia de género» en el caso de Giardina, de 26 años, y «homicidio agravado por alevosía y violencia de género» contra Zamudio, de 54 años.

Laurta se encuentra detenido en el penal de Cruz del Eje por este caso, al tiempo que se le habían impuesto 120 días de prisión preventiva por el crimen del remisero Matías Sebastián Palacio en la ciudad entrerriana de Concordia. El hombre había contratado al chofer para un supuesto viaje a la provincia de Santa Fe, pero en los últimos días se hallaron restos humanos y los investigadores analizaban si pertenecían a la víctima.

La causa sigue en etapa de instrucción y la fiscalía continúa reuniendo elementos para llevar el caso a juicio. Por el momento, el acusado seguirá tras las rejas, a la espera de nuevas resoluciones judiciales, de acuerdo a lo que informó el Ministerio Público Fiscal (MPF) provincial.

Cómo fue el doble femicidio de Córdoba

Giardina y su madre, Zamudio fueron asesinadas a balazos en su casa de la ciudad Córdoba el 8 de octubre pasado. Desde un principio, el principal acusado fue Pablo Laurta, expare de Luna y papá de su hijo, de cinco años.

Según reconstruyeron los investigadores, Laurta entró armado en la casa donde vivían Luna y Mariel, y las ejecutó a quemarropa. Luego escapó con el hijo que tenía con Luna e inició una fuga que terminó casi 700 kilómetros al este, en Gualeguaychú, Entre Ríos.

Luna había denunciado en reiteradas oportunidades a su expareja por violencia de género y amenazas. Tenía una orden de restricción y un botón antipánico, pero ninguna de esas medidas logró frenar el desenlace. Finalmente, Laurta fue detenido el 12 de octubre en un hotel de Gualeguaychú junto al nene.

 

Triple crimen de Florencio Varela: Justicia peruana dictó prisiòn preventiva a «Pequeño J» y será extraditado a la Argentina

Triple crimen de Florencio Varela: Justicia peruana dictó prisiòn preventiva a «Pequeño J» y será extraditado a la Argentina

Tony Janzen Valverde Victoriano, conocido como “Pequeño J”, será alojado en una prisión de las afueras de Lima durante 9 meses. En ese plazo debe definirse su traslado a la Argentina.

La justicia peruana analiza la extradición de Tony Janzen Valverde Victoriano

Fuente: https://www.diariopopular.com.ar/

La Justicia del Perú dictó la prisión preventiva del principal sospechoso del triple crimen de Florencio Varela, Tony Janzen Valverde Victoriano, conocido como“Pequeño J” y lo alojó en una cárcel de las afueras de Lima, donde permanecerá nueve meses durante los cuales deberá definirse su extradiciòn a la Argentina.

El Ministerio público peruano solicitó su detención con fines de extradición, acusándolo de homicidio agravado con alevosía y violencia de género contra Morena Verdi, Brenda del Castillo y Lara Gutiérrez. Por su parte, la fiscalía pidió 9 meses de prisión preventiva, plazo que consideran suficiente para finalizar el proceso.

El abogado Marcos Sandoval, defensor oficial de “Pequeño J”, adelantó que apelará el fallo. Previamente, había rechazado su extradición y afirmó que su defendido es inocente.

Audiencia virtual y postura del imputado

Durante la sesión, “Pequeño J” rechazó ser extraditado y se declaró inocente. Vestido con remera blanca, se mostró tranquilo y escuchó las exposiciones de los fiscales desde el juzgado de Chilca, en Lima. Su defensa sostiene que existen irregularidades en el pedido de traslado y que los hechos no están suficientemente probados.

Próximos pasos del proceso

Si el juez peruano aprueba la extradición, Valverde volvería a la Argentina para ser juzgado. Mientras tanto, seguirá detenido en Perú hasta que se resuelva su situación. La causa sigue abierta y se espera que el proceso continúe en las próximas semanas, con el objetivo de garantizar que el imputado enfrente a la justicia en el país donde ocurrieron los crímenes.

Fentanilo contaminado: procesaron y dictaron la prisión preventiva de Ariel García Furfaro

Fentanilo contaminado: procesaron y dictaron la prisión preventiva de Ariel García Furfaro

Además, El dueño de HLB Pharma y Ramallo S.A., fue procesado con prisión preventiva por la venta de fentanilo contaminado que causó alarma en todo el país.

Procesan y dictan la prisión preventiva de Ariel García Furfaro

Fuente: https://www.diariopopular.com.ar/

El caso del fentanilo contaminado dio un giro clave: Ariel García Furfaro, propietario de los laboratorios HLB Pharma y Ramallo S.A., fue procesado con prisión preventiva y le impuso un embargo de un billón de pesos. La medida judicial fue confirmada por fuentes del caso y marca un avance importante en la investigación que sacudió al país.

El juez federal de La PlataErnesto Krepak procesó a 15 sospechosos de haber tenido algún grado de participación en la fabricación y distribución del fármaco adulterado que, hasta el momento, causó la muerte de 124 personas.

El fentanilo es un opioide sintético altamente potente, hasta 100 veces más fuerte que la morfina, utilizado en medicina para tratar dolores intensos. Sin embargo, si se consume fuera de control médico, puede provocar sobredosis graves y muerte. La venta del fentanilo contaminado vinculó directamente a los laboratorios de Furfaro con riesgos para la salud pública, algo que generó alarma entre autoridades y ciudadanos.

Según los investigadores, el empresario podría haber omitido controles esenciales en la producción del fármaco, lo que derivó en su contaminación. La fiscalía asegura que estas irregularidades pusieron en peligro la vida de personas que adquirieron el producto, motivando la decisión del juez de imponer prisión preventiva mientras sigue la investigación.

Dudas sobre los controles a laboratorios

El procesamiento de Furfaro llega en un contexto de fuerte escrutinio sobre laboratorios privados en Argentina y plantea preguntas sobre cómo se regulan medicamentos de alto riesgo. Especialistas advierten que el caso podría convertirse en un precedente para futuras investigaciones sobre producción y distribución de drogas sintéticas.

Mientras tanto, los laboratorios HLB Pharma y Ramallo S.A. enfrentan inspecciones y sanciones adicionales. Desde la justicia aseguran que no se descartan nuevas imputaciones conforme avancen las pericias y se sumen más pruebas. La causa sigue abierta, y las autoridades mantienen la alerta sobre cualquier otro lote de fentanilo que pueda circular en el mercado.

El caso dejó claro que el control de fármacos de alto riesgo es crítico y que la negligencia en su producción puede tener consecuencias fatales, tanto legales como sanitarias.

Crimen de Kim Gómez: dictan la prisión preventiva para el delincuente de 17 años

Crimen de Kim Gómez: dictan la prisión preventiva para el delincuente de 17 años

La jueza Carmen Ibarra ordenó la prisión preventiva del adolescente, en tanto que el menor de 14 declaró y se ubicó en el lugar del hecho, aunque señaló que no participó del delito.

El menor de 14 años y el adolescente de 17 años

Fuente: https://www.diariopopular.com.ar/

La Justicia dictaminó la prisión preventiva por 180 días para el ladrón de 17 años, uno de los acusados por el crimen de Kim Gómez.

Fuentes del caso informaron que la jueza Carmen Ibarra, de la UFI número tres de Menores de La Plata, ordenó la medida, en tanto que el menor de 14 declaró y se ubicó en el lugar del hecho, aunque señaló que no participó del delito.

En ese sentido, la magistrada determinó que el segundo involucrado permanezca con medidas de seguridad hasta que se realice una nueva audiencia en una semana para analizar prueba a producirse.

Por su parte, este viernes se llevó a cabo una nueva marcha para pedir justicia por Kim y sus padres, Marcos y Florencia, manifestaron que «justicia es que los detenidos paguen».

Florencia y Marcos, los padres de Kim, presenciaron una de las audiencias contra los detenidos y en la puerta del juzgado contaron que pudieron verse cara a cara con el chico de 17 años.

«Fue difícil, pero estuvimos. Florencia se la bancó y pudo ver a los asesinos. Al chico de 17 años le dije cosas y ahora me siento mejor», contó el papá de la niña ante la multitud de vecinos que lo aplaudían.

Aunque no quiso dar detalles sobre cómo fue el encuentro, Marcos señaló: «Me quiero guardar para mí las sensaciones que tuve, feas, malas y hasta buenas».

Se trató de la primera vez que Florencia se refirió al caso de manera pública y en medio de un llanto, que conmocionó a todos los participantes, expresó: «Kim no es la primera, pero quiero que sea la última».

La mujer era quien estaba dentro del vehículo robado por los menores y vio cómo arrojaron a su hija y arrastraron durante 15 cuadras: «Me la destrozaron, no me puedo olvidar esas imágenes».

Florencia vio al menor de 17 años y expresó: «Lo vi cara a cara, no le dije nada, pero lo miré. Justicia es que los detenidos paguen».

Ambos sostienen que es necesario que, a partir del homicidio de su hija, se hagan cambios profundos para «que no vuelva a pasar».

«Hoy me encuentro vacío, siento que tengo que hacer algo por mi hija, para que no quede en vano. Me daría orgullo decir ‘ah mirá, este cambio fue por Kim’, eso me daría paz», agregó Marcos.

 

Dictan prisión preventiva para una mujer que drogó a su hijo al darle leche materna tras ingerir cocaína

Dictan prisión preventiva para una mujer que drogó a su hijo al darle leche materna tras ingerir cocaína

El juez del fuero contra el Narcocrimien, José Luis Molina, procesó con prisión preventiva a una mujer que, luego de consumir cocaína, brindó leche materna a su hijo de seis meses

Dictan prisión preventiva para una mujer que drogó a su hijo al darle leche  materna tras ingerir cocaína - Diario La Mañana

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Puso en riesgo la vida del bebé que terminó internado en el Hospital de la Madre y el Niño con una severa afección respiratoria a causa de la droga que recibió. Además, el juez dispuso que la tenencia del bebé esté al cuidado de una abuela, monitoreando y acompañando su bienestar psicofísico.

La mujer, que está detenida desde el día de los hechos, fue procesada por el delito de aplicación de estupefacientes, agravado por realizarse en perjuicio de un menor de 18 años.

El grave episodio ocurrió el pasado 16 de octubre de este año en horas del mediodía, cuando la mujer llevó a su hijo a la guardia de emergencias pediátricas del Hospital de la Madre y el Niño, debido a que el bebé tenía graves inconvenientes para respirar. Fue asistido y, por su estado, quedó internado con el diagnóstico de insuficiencia respiratoria.

A lo largo de la jornada le realizaron al menor diversos estudios médicos y fue la muestra de orina la que reveló presencia de cocaína en su organismo; hallazgo de extrema gravedad que activó una inmediata denuncia con intervención de la Policía y la Justicia.

El juez a cargo del caso, doctor Molina llevó adelante una serie de medidas y pesquisas para esclarecer los hechos, que incluyeron allanamientos, declaración de testigos y del entorno familiar de la víctima, logrando determinarse que la mujer luego de haber consumido cocaína, proporcionó leche materna a su hijo.

 

Con relación al accionar de la mujer, el juez Molina señaló en su resolución de procesamiento, que la acción desaprensiva y deliberada por parte de la misma, aun habiendo alegado desconocer las consecuencias del traspaso de la sustancia a través de la lactancia materna, “no encuentra sustento ni justificativo, habiendo desplegado una evidente y grave actitud de descuido e indiferencia respecto de la salud psicofísica de su hijo lactante, siendo que su pareja y co-imputado, incluso según dichos que la misma reconoce, le advirtió que no amamante al bebé si consumía estupefaciente, y aún así concretó dicho procedimiento a escondidas”.

El magistrado indicó que el caudal de las pruebas objetivas reunidas, como así también las circunstancias e indicios obtenidos a la fecha, confluyen suficientemente para sostener con el grado de probabilidad requerido en el presente estadio procesal, que M. E. F. presentó resultado positivo de cocaína en estudios médicos, habiendo conocido y controlado la nombrada la secuencia causal de los hechos y consumó la conducta endilgada de aplicar cocaína a su hijo vía ingesta, “evidenciando un elevado nivel de temeridad y desinterés por el resultado en el sujeto pasivo con alto nivel de vulnerabilidad y marcada dependencia por su corta edad, aun habiendo sido alertada por el padre del alcance de dicha actitud, no pudiendo evadir por tanto la representación concreta de la posibilidad que había sido advertida con antelación; extremo incluso reconocido por la mujer”.

El delito por el que fue procesada sanciona a quien sin autorización o con destino ilegítimo entregue, suministre, aplique o facilite a otros estupefacientes, con el agravante de realizarse en perjuicio de un menor de 18 años de edad.

Por otra parte, en trabajo articulado con la Dirección de Niñez, Adolescencia y Familia, el juez Molina dispuso que la tenencia del bebé esté al cuidado de una abuela del mismo, monitoreando y acompañando su bienestar psicofísico.

La madre continúa privada de libertad ambulatoria y a disposición del juzgado interviniente.

Qué casos de tenencia para consumo personal son punibles

En relación a cuándo se considera delito la tenencia de droga para uso personal, el magistrado precisó que se debe analizar cada caso en concreto, estableciendo si las conductas pueden considerarse resguardadas por la esfera de la intimidad o si se enmarcan en situaciones de consumo potencialmente dañosas para terceros o de difusión de los estupefacientes.

Cuando los poseedores son descubiertos consumiendo estupefacientes en espacios públicos (plazas, transitando por la vía pública, en cercanía de jardines de infantes, escuelas o colegios) o en el marco de una concurrencia masiva (locales bailables, eventos musicales, espectáculos deportivos, entro otros) el acto de consumo personal no está amparado constitucionalmente y, por lo tanto, debe ser sancionado, porque con tales acciones se pone en peligro el bien jurídico protegido que es la salud pública, debiendo prevalecer siempre el interés público por sobre una elección particular de consumo de una sustancia prohibida que pueda afectar a los que no eligen consumir estupefacientes o perjudique a vulnerables, como menores y personas de la tercera edad.