AFIP habilitó la inversión de fondos de blanqueo impositivo en proyectos inmobiliarios
Los sujetos alcanzados por la normativa son los inversores directos, desarrolladores, constructores, vehículos de inversión o contratistas de contratos de locación de obra.
Fuente: https://www.diariopopular.com.ar/
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitó este lunes el Registro de Proyectos Inmobiliarios (REPI) para inversiones surgidas en el marco del blanqueo de capitales en obras nuevas o con un grado de avance de hasta 50%.
La medida fue oficializada este lunes a través de la Resolución General 5549/2024 publicada hoy en el Boletín Oficial con la firma de la titular de la AFIP, Florencia Misrahi.
Los desarrolladores inmobiliarios podrán informar las obras que califican para invertir fondos del blanqueo mientras quienes se sumen a la exteriorización de estos fondos evadidos del control fiscal podrán hacerlo sin topes ni penalidades a pagar.
Podrán ingresar al REPI «los sujetos alcanzados son los inversores directos, desarrolladores, constructores, vehículos de inversión o contratistas de contratos de locación de obra».
«Quienes se inscriban en el registro, no deben abrir una Cuenta Especial de Regularización para recibir los fondos regularizados, simplemente deben asociar y registrar una cuenta de su titularidad al proyecto. Esta medida se encuentra en línea con la reciente Comunicación “A” 8090 dictada por el Banco Central de la República Argentina (BCRA)», informó la AFIP.
Los sujetos alcanzados por la normativa son los inversores directos, desarrolladores, constructores, vehículos de inversión o contratistas de contratos de locación de obra. En el registro, se incluirán inversiones directas o indirectas en construcciones de edificios residenciales, no residenciales, rurales, loteo de predios, reformas, ampliaciones, instalaciones, mejoras y todo proyecto que, de acuerdo con los códigos de edificación o disposiciones semejantes, requiera denuncia, autorización o aprobación de autoridad competente.
Asimismo, se incluirán los contratos de locación de obras sobre inmueble propio con destino a fines industriales, productivos, de vivienda o comercial.
El organismo recaudador informó además que aquellos sujetos que opten por alguna de las inversiones alcanzadas por la nueva disposición deberán proporcionar «a la entidad bancaria el código de registración del proyecto inmobiliario y la constancia de la Clave Bancaria Uniforme (CBU) asociada al proyecto a la cual se realizarán las transferencias de los fondos».