El Tribunal de Casación confirmó una condena a 12 años de prisión para el abusador de un niño
El Superior Tribunal de Justicia, en su rol de Tribunal de Casación, confirmó este lunes un fallo de la Cámara Primera en lo Criminal
Fuente: https_www.lamañanaonline.com.ar
La misma condenó a 12 años de cárcel e inhabilitación absoluta a un hombre que abusó sexualmente en repetidas ocasiones a su vecino, un niño de 7 años de edad. El fallo tiene los votos coincidentes de los jueces Ariel Gustavo Coll, Marcos Bruno Quinteros, Guillermo Horacio Alucín y Claudia María Fernández.
El aberrante caso ocurrió en un barrio de la ciudad de Formosa y su esclarecimiento fue posible a partir de la intervención del Servicio Técnico Interdisciplinario Central, dependiente del Ministerio de Educación y Cultura de la provincia y la posterior coordinación con otros estamentos del Estado, la Policía y el Poder Judicial.
El hombre fue finalmente hallado culpable de todos los cargos y condenado por el delito de abuso sexual, calificado por el grave daño causado en la salud de la víctima, en concurso ideal con corrupción de menores agravado por la edad del niño.
Tras una exhaustiva investigación respaldada por sólidos elementos probatorios, se concluyó que el hombre abusó sexualmente de manera reiterada de la víctima cuando tenía 7 años, sustentado en una relación asimétrica de poder, manipulándolo y aprovechándose para ello de la confianza depositada en él por el niño, cuando éste, en una demostrada situación de vulnerabilidad por encontrarse internada su madre, y bajo el cuidado de una hermana adolescente, se escapaba de su casa para ir a la vivienda del abusador, a quien consideraba su amigo.
Los hechos ocurrieron siempre dentro de la vivienda del abusador, en un barrio de la ciudad de Formosa, en el transcurso del año 2021.
Contra el fallo de la Cámara Primera, los abogados del abusador presentaron un recurso de Casación cuestionando los términos y alcances de la sentencia del Tribunal de juicio.
En el ámbito de Casación, los jueces de la Corte Provincial dijeron que los agravios planteados en el recurso de la Defensa se limitaron a discrepar con la valoración que hizo el Tribunal de Juicio de las pruebas incorporadas regularmente al proceso, omitiendo, además, refutar razonadamente la prueba pericial técnica producida por la jefa del Cuerpo Médico Forense del Poder Judicial y considerar todo el contexto previo a la denuncia del hecho, materializado en las actuaciones labradas por el equipo técnico del Ministerio de Educación y Cultura de la Provincia de Formosa.
El fallo de Casación destacó como aspecto relevante que el proceso judicial se inició desde que la madre del niño formuló la denuncia contra su vecino, a partir de haber tomado conocimiento de los hechos que le fueron informados por los directivos de la escuela a la que asistía la víctima.
En ese establecimiento educativo, se reunió el equipo directivo y personal del Servicio Técnico Interdisciplinario Central (SeTIC), dependiente del Ministerio de Cultura y Educación de la Provincia de Formosa, que tiene por objetivo brindar apoyo y orientación escolar en los distintos niveles educativos.
En el marco de esa reunión fue donde se tomó conocimiento, a través de los dichos de la hermana del niño, de que la psicóloga interviniente le dijo que el menor “pudo haber sufrido contacto físico”.
Esta prueba documental fue considerada y valorada por el Tribunal de Juicio, como elemento que condujo a confirmar la existencia de los hechos y la responsabilidad del acusado en los mismos.