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El presidente de la AMIA criticó la falta de condena en la causa por el atentado

El presidente de la AMIA criticó la falta de condena en la causa por el atentado

«¿Cuántas décadas más tienen que pasar?», reclamó Amos Linetzky durante el acto recordatorio del 30º aniversario del atentado a la AMIA en el que murieron 85 argentinos.

El presidente de la AMIA

Fuente: https://www.diariopopular.com.ar/

El presidente de la AMIA, Amos Linetzky, encabezó este jueves el acto de homenaje las víctimas del atentado a la mutual judía en el 30° aniversario de ese horroroso crimen, y cuestionó a la Justicia por no haber avanzado en la condena a los responsables.

Ante la presencia del presidente Javier Milei y de su gabinete, Linetzky cuestionó también a diputados y senadores por no modificar las leyes para combatir al terrorismo. “Parece mentira que hayan pasado 30 años de esa fría mañana. 30 años sin una sola persona respondiendo por este ataque. 30 años en los que el Estado argentino miró para otro lado, colmado de paciencia, demoras y errores”, lamentó.

“¿Cuántas décadas más tienen que pasar? ¡Hagan su trabajo!”

El dirigente de la comunidad judía también indicó que “30 años que nos enseñaron la pobre actuación de una fiscalía dedicada exclusivamente a la causa AMIA, con la mayor cantidad de personas del país trabajando en un solo caso pero que no generó avances significativos en los últimos 10 años. 30 años en los que países como Qatar, Rusia, Siria, Bolivia y Nicaragua permitieron que personas acusadas pasen cómodamente por sus fronteras, violando las alertas rojas de Interpol y, en algunos casos, recibiéndolos con honores. 30 años sin que nuestro poder legislativo reaccione y actualice nuestra legislación”.

En otro tramo de su discurso, Linetzky apuntó contra los legisladores nacionales al señalar que “haber sufrido dos atentados terroristas no parece ser suficiente para que entiendan que al terrorismo no se lo puede prevenir, investigar y juzgar con las mismas herramientas que a un delito común”. “¿Cuántas décadas más tienen que pasar? ¡Hagan su trabajo!”, se quejó.

 

La Corte Suprema confirmó la condena contra Nahir Galarza por el homicidio de su novio

La Corte Suprema confirmó la condena contra Nahir Galarza por el homicidio de su novio

Está fue la última instancia que tenía la condenada para reducir su condena o demostrar su inocencia. Nahir Galarza cumplirá su condena en 2052, cuando tenga 54 años.

La Corte Suprema dispuso que Nahir Galarza es culpable y quedará detenida hasta el 2052

Fuente: https://www.diariopopular.com.ar/

La Corte Suprema de Justicia dejó firme este martes la condena contra Nahir Galarza por el homicidio de su novio Fernando Pastorizzo el 30 de diciembre de 2017 tras rechazar el recurso extraordinario federal que había presentado su defensa para insistir en su inocencia.

El máximo Tribunal el país dictaminó que la condena a prisión perpetua contra la joven por el delito de homicidio calificado por el vínculo es correcta. La resolución fue firmada por los jueces Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda y Horacio Rosatti.

Ahora, Galarza deberá esperar hasta 2052 para cumplir su condena. Para esa fecha, tendrá 54 años de edad.

Un homicidio probado

Según establecieron los jueces «se acreditó que Galarza y Pastorizzo circulaban en un ciclomotor conducido por el joven, cuando la joven extrajo de entre sus prendas un arma de fuego tipo pistola calibre 9mm y disparó contra Pastorizzo por la espalda, generando que la víctima cayera al piso y, en esa posición, y ya de frente, efectuó un segundo disparo con claras intenciones de menoscabar la vida de Pastorizzo porque dichas balas tuvieron orificio de entrada y de salida produciendo una lesión broncopulmonar derecha, produciéndole el deceso momentos después».

El recurso extraordinario fue la última instancia que tenía la defensa de Galarza para evitar que ella tenga que cumplir con la pena máxima por asesinar a su pareja en Gualeguaychú, Entre Ríos.

Nahir fue condenada a prisión perpetua por homicidio, agravado por la circunstancia de haber mantenido una relación de pareja estable.

La Justicia estableció que la joven le disparó por la espalda a Pastorizo con la pistola 9mm de su padre policía. La condena que recibió Nahir es la más alta en Argentina para una mujer de su edad.

En 2018 la Cámara de Casación Penal de Entre Ríos decidió que la joven fuese trasladada a una cárcel común de mujeres en Paraná para su resguardo.

Desde ese momento tuvo diversos mensajes en redes sociales en donde se mostraba con compañeras del penal y hasta se pudo saber que mantenía un noviazgo con otro joven que cada tanto la iba a visitar.

La Justicia condenó a 20 años de cárcel a los homicidas de Hugo Pablo López

La Justicia condenó a 20 años de cárcel a los homicidas de Hugo Pablo López

El hecho ocurrió en enero de 2019 en la localidad de Mayor Vicente Edmundo Villafañe. La víctima tenía 30 años

Fuente: https_www.lamañanaonline.com.ar/
El martes 28, la Cámara Segunda en lo criminal de la Justicia provincial llevó a cabo la audiencia de debate en el juicio por el homicidio de Hugo Pablo López, acontecido el 21 de enero de 2019. Por el hecho, la Cámara resolvió condenar a los dos imputados en la causa a la pena de 20 años de prisión e inhabilitación absoluta como coautores de homicidio.

La lectura de la parte resolutiva del fallo se realizó en el sexto piso de Tribunales, en esta ciudad. De esta forma, la Justicia consideró como autores del hecho de homicidio a Héctor Samuel Meza y Marcelo Ramón Antoñadis.

En los argumentos del fallo, se dejó sentado que “el día 21 de enero del año 2019 en horas de la madrugada, Héctor Samuel Meza y Marcelo Ramón Antoñadis, (a) “Luca”, se dirigieron al domicilio de Hugo Pablo López, sito en calle Juan Manuel de Rosas y Jujuy del barrio Luján de la localidad de Mayor E. Villafañe, llevando consigo una mochila repleta con armas como cuchillos, hacha, revolver y una soga”.

La Cámara Segunda en lo Criminal dio como probado que ese día ambos sujetos ingresaron al inmueble donde se encontraba López, a quien “lo ataron de pies y manos mediante el uso de una soga, lo amordazaron y mientras se encontraba semidesnudo y recostado en la cama, le propinaron varios golpes con un elemento contundente en el sector del rostro, ocasionándole múltiples fracturas en la cabeza y heridas en el cuero cabelludo, en la región fronto-parietal”.

En los fundamentos de la sentencia, se señala que ambos condenados “finalmente también le realizaron a la víctima un corte en la zona del cuello que le ocasionó la muerte por “paro cardiorrespiratorio traumático, traumatismo encefálico craneano grave, fractura hundimiento de frontal con pérdida de tejido cerebral”.

 

Los hechos y la investigación

Alrededor de las 9.30 horas del 21 de enero, personal de la comisaría de la localidad de Mayor Edmundo Villafañe tomó conocimiento sobre el hallazgo del cuerpo de una persona sin vida que habría sido degollada en una vivienda del barrio Luján.

Al llegar al sitio, observaron el cuerpo de un hombre de unos 30 años aproximadamente que presentaba un corte en la zona del cuello.

Conforme testimonio del padre de la víctima, el mismo residía solo en dicha vivienda. El hallazgo desafortunado lo realizó el propio progenitor cuando fue, esa mañana, a visitarlo.

Un par de días después, dos sujetos fueron detenidos por la Policía como los presuntos responsables del asesinato, que fue caratulado como “Homicidio calificado”, procediéndose a su vez al secuestro de varios elementos de prueba que guardarían relación con el ilícito.

En la investigación del caso trabajaron efectivos de la comisaría local, el jefe de la Dirección de Policía Científica de esta ciudad capital, en forma conjunta con la delegación El Colorado, la sección Delitos Complejos del Departamento Informaciones Policiales y de la Regional Dos con asiento en Pirané.

Del trabajo de campo realizado y testimonios recibidos surgieron algunos indicios de la presunta participación de un sujeto y otro domicilio donde podrían encontrarse elementos relacionados al delito; motivando que se solicitaran al juez de turno dos órdenes de allanamiento.

Con la orden en mano, un nutrido grupo de efectivos de la Policía dio cumplimiento a la orden judicial en una vivienda de la calle Esteban Rish, entre avenida Independencia y calle Almirante Brown del barrio San Miguel. En ese lugar, encontraron varios elementos de prueba, entre ellos prendas de vestir, zapatillas con restos presumiblemente de sangre. Además, se procedió a la detención de un joven de 23 años.

En la continuidad de la investigación sumaron otro dato importante a través testimonios, motivando que los uniformados se trasladaran hasta una represa ubicada a unos 3 kilómetros de esa localidad, a la vera de la ruta provincial 3.

En presencia de testigos, los auxiliares de la Justicia secuestraron de la represa una mochila con un revólver calibre 32 con tres cartuchos del mismo calibre, dos pasamontañas, una tenaza, un sombrero retobado, un hacha de mano, un trozo de cuerda de similares características a la encontrada en el lugar del hecho, cuatro armas blancas, una pistola de aire comprimido con cargador y un mazo, entre otros elementos.

Del testimonio y los elementos de prueba secuestrados, surgió la imputación y detención de otro joven de 19 años.

Luego de un juicio, ambos detenidos en la investigación fueron condenados ahora por la Justicia a 20 años de cárcel por el homicidio de Hugo Pablo López.

Confirmaron la condena por narcotráfico a un jefe de Prefectura que había sido felicitado por sus operativos antidroga

Confirmaron la condena por narcotráfico a un jefe de Prefectura que había sido felicitado por sus operativos antidroga

Se trata del ex prefecto Raúl Fontana. La Cámara de Casación ratificó por mayoría la condena a cuatro años de prisión

Confirmaron la condena por narcotráfico a un jefe de Prefectura que había  sido felicitado por sus operativos antidroga - Infobae

Fuente: https://www.infobae.com/j

La Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal confirmó la condena a cuatro años de prisión contra Raúl Gastón Fontana, ex jefe de la Prefectura Naval Argentina en Corrientes, por formar parte de una organización que traía marihuana desde Paraguay por el río Paraná.

La decisión fue tomada por los jueces Javier Carbajo y Alejandro Slokar y la disidencia de Gustavo Hornos que votó por la absolución del condenado. El acusado se encuentra privado de libertad en la Unidad N° 7 de Resistencia – Chaco del Servicio Penitenciario Federal y fue condenado por los delitos de confabulación y violación de los deberes de funcionario público.

El voto de la mayoría se destacó que los elementos probatorios dieron por acreditada la materialidad de los hechos y la participación de Fontana, como así también la calificación legal elegida.

Las maniobras cometidas por Fontana se registraron en el primer semestre de 2021 y salieron a la luz a raíz de escuchas telefónicas donde se pudo establecer que el prefecto mantenía un fluido contacto con un lugareño, Aníbal Vicente Torres, quien era coaccionado para que cruzara la droga desde Paraguay y avisara cuando ya estaba en poder del comprador.

Torres era el encargado de hacer ingresar la droga a Corrientes a través del río Paraná mediante embarcaciones. La acopiaba y le informaba a Fontana sobre los compradores. Todo sin control judicial. La acusación señaló que Torres “obtenía información sobre los futuros cruce de embarcaciones; haciendo la puesta de la mercadería en suelo argentino, entregando la misma a los compradores, para luego entrar en función Fontana realizando los procedimientos”.

El ex jefe de Prefectura liberaba la zona por donde Torres se movería con las embarcaciones e, incluso, coordinaba con él – en los casos que sobraba parte del cargamento- para que se comercialice posteriormente.

En su oportunidad, la ex ministra de Seguridad, Sabina Frederic, en ocasión de una visita a Itá Ibaté, donde Fontana era el jefe de Operaciones, había felicitado su accionar. Concretamente, había dicho que: “Estamos recorriendo la zona y ahora nos interesa particularmente esta unidad de Prefectura porque hizo un procedimiento muy exitoso en la costa del río y queremos conversar con la gente sobre el operativo que terminó con la incautación de casi una tonelada de marihuana”.

Meses después se inició la causa penal contra el prefecto, tras una presentación de la Sección Investigaciones Antidrogas Ituzaingó de la Gendarmería Nacional que dio cuenta de actividades relacionadas al narcotráfico en la localidad correntina de Paraje Yahapé.

Fontana había sido condenado por el Tribunal Oral Federal de Corrientes en marzo del año pasado. El fiscal Carlos Schaefer había pedido una pena de 12 años de prisión. “Fontana controlaba la puerta de ingreso de marihuana al país a través de los ríos. Y se valió de ello para traficar droga por medio de Torres, y así defraudar a toda la sociedad en su conjunto”, dijo el fiscal Schaefer en sus alegatos y pidió que el jefe de Prefectura.

La justicia determinó las maniobras en tres casos. Uno fue a principios de enero de 2021 cuando se incautaron 72,620 kilogramos de cannabis sativa y un vehículo Chevrolet Zafira y se detuvo a un hombre. Pocos días después- el 19 de enero- fueron detenidas tres personas y secuestró 2.067 kilogramos de marihuana, una camioneta Ford F-100 y un automóvil Chevrolet Vectra.

Por último, el 10 de mayo de 2021 se incautó una embarcación con 91,665 kilogramos de marihuana. Los propietarios se comunicaron con Fontana y le cuestionaron lo ocurrido -porque el procedimiento estuvo a cargo del Departamento de Drogas Peligrosas de la Policía de la provincia de Chaco- y el entonces jefe de Prefectura les dijo que la embarcación sería reemplazada en el depósito judicial de su fuerza por otra similar y que así se la iban a devolver.

Los jueces Carbajo y Slokar señalaron que los integrantes del Tribunal Oral que condenaron a Fontana “han expresado su convicción, sin duda razonable alguna, en cuanto al rol cumplido por el imputado valorando las pruebas a la luz de la sana crítica”. “Es que la contundencia de la prueba existente, en la forma en que fue razonada y esgrimida por el sentenciante para la acreditación de los hechos por los que fue condenado el imputado, reúne los requisitos de certeza plena que una decisión de esta clase requiere”, agregaron.

Así rechazaron las apelaciones que hizo la defensa de Fontana para ser sobreseído.

Por su parte, el juez Hornos votó en sentido contrario. “Entiendo que los sentenciantes realizaron una arbitraria, parcializada y contradictoria ponderación no solo del material probatorio obrante en autos que derivó en una errónea aplicación de la normativa aplicable al caso, más precisamente al condenar a Fontana por considerarlo autor del delito de confabulación”.