INCUCAI: denuncian que la Nación fijó precios a los estudios para trasplantes
La Defensoría del Pueblo de la provincia de Formosa interpuso un Recurso de Reconsideración

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El objetivo es obtener la nulidad de las Resoluciones N° 235 y 236/2026 del INCUCAI, las cuales imponen “aranceles a estudios de histocompatibilidad y análisis de alta complejidad para trasplantes”.
El ombudsman provincial, José Leonardo Gialluca, aseveró que el arancelamiento de hasta $ 979.000 para estudios de compatibilidad viola la “Ley Justina” (N° 27.447), el principio de gratuidad del sistema de trasplantes y el derecho a la salud, al establecer “barreras financieras a la vida”.
En este sentido, el funcionario alertó sobre la “flagrante desprotección de los pacientes en vías de trasplante y el total desconocimiento de la existencia de la Ley N° 26.928 de Protección Integral para Personas Trasplantadas, que garantiza la cobertura del 100% de estas prestaciones a este tipo de enfermos altamente vulnerables”.
Por otra parte, desde el punto de vista del Derecho Internacional, el Organismo de la Constitución, en su presentación, denunció la “violación del principio de no regresividad consagrado en el Pacto de San José de Costa Rica y otros Tratados con Jerarquía Constitucional, que establece que no se puede empeorar las condiciones de asistencia a este colectivo social tan sensible”.
Gialluca calificó de “aberración jurídica” al nuevo cuadro tarifario y a la idea de pretender imponerlo con “una lógica mercantilista y meramente recaudatoria, sin considerar que lo que está en juego son vidas humanas”.
“El recurso administrativo presentado exige la revocación total de las medidas para mantener la absoluta gratuidad de todo el tratamiento de los pacientes en vías de trasplante. En caso de rechazo por parte del Directorio del INCUCAI, se interpuso el Recurso Jerárquico en subsidio ante el Ministerio de Salud de la Nación”, agregó.
Finalmente, se indicó que el defensor hizo “expresa reserva de acudir a la Justicia Federal y radicar las denuncias penales por abandono de persona contra los funcionarios responsables, si las normas impugnadas no se dejan sin efecto de inmediato o comienzan a aplicarse”.