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El próximo viernes se conocerá la sentencia por el femicidio de Rosa de Jesús Machuca

El próximo viernes se conocerá la sentencia por el femicidio de Rosa de Jesús Machuca

La fecha fue dispuesta tras la finalización de la fase de alegatos. La fiscalía y la querella coincidieron en el pedido de declarar responsable del hecho al acusado, Víctor Manuel Araujo, y que se lo condene a reclusión perpetua. La defensa planteó su absolución por falta de pruebas

El próximo viernes se conocerá la sentencia por el femicidio de Rosa de Jesús  Machuca - Diario La Mañana

Fuente: https_www.lamañanaonline.com.ar/
El próximo viernes 28 los jueces de la Cámara Segunda en lo Criminal darán a conocer la sentencia por el femicidio de Rosa de Jesús Machuca.
La fecha fue dispuesta tras la finalización de la fase de alegatos, donde la fiscalía y la querella coincidieron en el pedido de declarar responsable del hecho al acusado, Víctor Manuel Araujo, y que se lo condene a la pena de reclusión perpetua.

La Defensa, por su parte, planteó la absolución de Araujo, por falta de pruebas que lo incriminen como autor material y responsable de la muerte de Machuca.

La lectura de la sentencia que concluirá con este largo proceso será el 28 de este mes a las 12 horas, en el salón de la Escuela Judicial, en el sexto piso del edificio de Tribunales de la ciudad de Formosa.

El juicio para esclarecer la muerte de la infortunada mujer se reanudó hace pocos días, luego de haberse anulado el proceso que comenzó hace dos años, por haberse detectado irregularidades en la etapa de instrucción.

Está acusado la expareja de Machuca, identificado como Víctor Manuel Araujo, quien llegó a juicio privado de libertad bajo el cargo de homicidio agravado, en contexto de violencia de género.

El proceso judicial había tenido su primera instancia en 2023, pero fue anulado por la Cámara Segunda en lo Criminal debido a errores en el procedimiento, lo que obligó a volver a foja cero.

Hechos

El hecho ocurrió 2018 en la ciudad de Clorinda. La mujer fue encontrada sin vida y en principio se pensó que se trató de un suicidio.

Sin embargo, investigaciones posteriores y las pericias señalaron a su expareja como presunto autor de la muerte de Machuca, estableciéndose que la mujer fue asesinada y luego se intentó simular un suicidio.

Uno de los principales errores del proceso fue que Araujo participó de la reconstrucción del hecho como testigo, sin defensa técnica, pese a estar implicado. Esa irregularidad fue determinante para que la Defensa, a cargo del abogado Lucio Leiva, solicitara la nulidad del juicio.

La medida fue finalmente aceptada en 2023, lo que dejó momentáneamente en libertad al acusado. Sin embargo, la querella y la fiscalía actuaron rápidamente para que volviera a quedar detenido durante el nuevo proceso, ante el riesgo de fuga hacia Paraguay dada la cercanía fronteriza.
El nuevo juicio oral y público se reanudó la semana pasada y en pocos días se conocerá el fallo del Tribunal juzgador.

Juicio por YPF: el Gobierno espera revertir la sentencia por US$16.000 millones

Juicio por YPF: el Gobierno espera revertir la sentencia por US$16.000 millones

Tras una audiencia en Nueva York, los abogados del Estado argentino son optimistas luego de exponer sus argumentos técnicos en el juicio por la expropiación de la petrolera.

Juicio por YPF: el Gobierno espera en revertir la sentencia por US$16.000 millones

Fuente: https://www.diariopopular.com.ar/

Tras una audiencia que tuvo lugar en Nueva York, la Procuración del Tesoro de la Nación mostró su optimismo en la posibilidad de revertir la sentencia por US$16.000 millones que recae sobre la Argentina por la expropiación de YPF.

En este contexto, los representantes legales expusieron los argumentos de la apelación contra la sentencia dictada en 2023 por la jueza Loretta Preska, a la que calificaron de “errónea” y partiendo de una interpretación equivocada del derecho argentino.

Según informó la Procuración del Tesoro de la Nación en un comunicado oficial, los abogados del Estado argentino se focalizaron en la necesidad de respetar la jurisdicción nacional en un caso que debería haberse tramitado ante los tribunales locales.

En el marco de la audiencia, subrayaron que la sentencia inicial se fundó en “ficciones jurídicas de graves consecuencias” y que el reclamo promovido por Petersen Energía y Eton Park Capital Management carece de vinculación con el mercado bursátil estadounidense.

Los fondos, recordaron, no adquirieron sus acciones en la oferta pública inicial de YPF de 1993, sino muchos años después, mediante operaciones privadas con Repsol en España, “rodeadas de serias sospechas de corrupción”.

Mientras que la Procuración sostuvo que esos accionistas, junto con Repsol, “drenaron los recursos de YPF” a través del pago de dividendos extraordinarios antes de la expropiación, y que eran plenamente conscientes de que cualquier controversia debía resolverse de acuerdo a la legislación argentina.

En ese sentido, el comunicado subrayó que los demandantes “optaron por no acudir a los tribunales argentinos” y, años después, buscaron obtener una reparación en los Estados Unidos, donde ningún juez argentino habría llegado a las mismas conclusiones.

El comunicado oficial criticó directamente a Burford Capital, el fondo británico que compró el reclamo de Petersen por 15 millones de euros y que ahora busca una ganancia “superior al 37.000%”. “Burford está utilizando los tribunales estadounidenses para obtener una ganancia extraordinaria derivada de una controversia puramente doméstica”, señaló el texto. Y acusó que el fondo “busca interferir deliberadamente en la recuperación económica y reputacional de la República”.

La Procuración insistió que el caso en lo que describió como “el modus operandi de gobiernos anteriores liderados por Cristina Fernández de Kirchner”, bajo los cuales “determinados grupos empresariales se enriquecieron sin riesgo y quebraron sin rendir cuentas”. En ese contexto, acusó a los exaccionistas de Petersen de intentar beneficiarse nuevamente “a través de la especulación judicial en un tribunal extranjero sin competencia ni experiencia en derecho argentino”.

 

Por usar ChatGPT, anulan sentencia de un juez en Esquel

Por usar ChatGPT, anulan sentencia de un juez en Esquel

La Cámara Penal de Esquel revocó la condena de dos años y medio de prisión a un hombre tras detectar que el juez redactó la sentencia con asistencia de Inteligencia Artificial. El caso abrió un debate sobre los límites del uso de IA en tribunales.

La Justicia de Esquel anuló un fallo porque el juez utilizó ChatGPT para redactar la sentencia

Fuente: https://www.diariopopular.com.ar/

La Cámara Penal de Esquel decidió anular una sentencia dictada en junio de este año luego de descubrir que el juez Carlos Rogelio Richeri había utilizado ChatGPT para redactarla. La condena original era de dos años y seis meses de prisión por un robo simple a Raúl Amelio Payalef.

El uso de la Inteligencia Artificial se evidenció en el texto de la sentencia, donde se leía literalmente: “Aquí tienes el punto IV reeditado, sin citas y listo para copiar y pegar”, una frase que delató la intervención del asistente digital. Por este motivo, ahora el caso será revisado por otro juez y se deberá realizar nuevamente el juicio.

Precedente judicial

Los magistrados que revisaron el fallo, Carina Estefanía, Martín Zacchino y Hernán Dal Verme, señalaron que la presencia de esta frase evidencia que no se ejerció correctamente la supervisión humana, un requisito obligatorio en decisiones judiciales. El tribunal advirtió que esto impide evaluar con claridad qué parte del texto corresponde al juez y cuál a la IA Generativa, generando una “brecha demasiado amplia” en la responsabilidad judicial.

La resolución remite el caso al Superior Tribunal de Justicia, encargado de investigar la magnitud de las consecuencias derivadas del uso indebido de IA en el proceso. El organismo deberá determinar el alcance del error y garantizar que se respete el acceso a la justicia y la tutela judicial efectiva para los ciudadanos.

Este episodio abre un debate sobre los límites del uso de Inteligencia Artificial en tribunales, un tema cada vez más presente en distintos países. Los expertos señalan que, si bien la IA puede ser una herramienta de apoyo, delegar decisiones judiciales a sistemas automáticos vulnera principios básicos del derecho y la transparencia judicial.

Para Payalef, la nulidad significa que su situación legal seguirá en revisión y que el juicio deberá repetirse bajo supervisión estricta de un nuevo juez, marcando un precedente insólito en la provincia de Chubut sobre la interacción entre tecnología y decisiones judiciales.

Javier Milei, tras la sentencia a prisión de Cristina Kirchner: «Justicia. Fin»

Javier Milei, tras la sentencia a prisión de Cristina Kirchner: «Justicia. Fin»

Luego de que se diera a conocer el fallo de la Corte Suprema que confirma la sentencia a seis años de cárcel y la inhabilitación para ejercer cargos públicos a la expresidenta, el actual mandatario subió un duro mensaje a sus redes sociales.

Milei se expresó en las redes tras el fallo contra Cristina.

Fuente: https://www.diariopopular.com.ar/

“Justicia. Fin.”, comienza el mensaje del Presidente en su cuenta personal de X. Y agregó: “PD: la República funciona y todos los periodi$ta$ corrupto$, cómplices de político$ mentiro$o$, han quedado expuesto en sus opereta$ sobre el supuesto pacto de impunidad”.

El mensaje de Milei tuvo rápidamente un tendal de reacciones a favor y contra de lo que expresó. Mientras que los principales dirigentes de LLA compartieron el mensaje. Uno de ellos fue el vocero presidencial Manuel Adorni, quien además expresó: «Muy extraño resultó el ‘pacto de impunidad’. Fin».

El fallo de la Corte Suprema

El máximo tribunal, integrado por Horacio RosattiCarlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, rechazó cada uno de los argumentos del recurso de queja presentado por la ex mandataria y sostuvo que «el debido proceso ha sido salvaguardado» y que «la encausada obtuvo una sentencia fundada en ley».

Además, se ratificó su inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos. La Corte también dejó firme la absolución por el delito de asociación ilícita, desestimando el recurso del Ministerio Público por considerarlo «inadmisible» según el artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial.

Según el fallo, «las sentencias dictadas por los tribunales anteriores se asentaron en la profusa prueba producida», y se remarcó que Cristina Kirchner «relegó la ventaja económica para la administración pública por la ventaja económica para intereses particulares». La condena incluye también al empresario Lázaro Báez, al ex secretario de Obras Públicas José López y otros ex funcionarios.

En diciembre de 2022, el Tribunal Oral Federal 2 había sentenciado a Fernández de Kirchner por administración fraudulenta y ordenado el decomiso de $84.835 millones, al considerar probado un esquema que favoreció a las empresas de Báez durante los gobiernos kirchneristas.

La defensa de la ex presidenta planteó numerosos cuestionamientos sobre la imparcialidad del tribunal y la valoración de las pruebas, pero la Corte concluyó que esos planteos no lograron demostrar arbitrariedad ni violaciones a garantías constitucionales.

En sus fundamentos, la Corte rechazó los argumentos sobre supuesta parcialidad de los jueces y consideró que las críticas de la defensa fueron una «reedición» de argumentos ya descartados por instancias inferiores. «No resulta una refutación suficiente sostener un criterio interpretativo distinto», señalaron los ministros.

La decisión de la Corte agota las vías ordinarias de apelación, dejando firme una condena histórica que sella un capítulo central en la relación entre el poder político y la Justicia en la Argentina.

En este contexto, integrantes del gremio SMATA realizan cortes totales de tránsito en distintos sectores. “Delegados sindicales de la CGT cortan autopistas por la posible detención de CFK: Panamericana y Pacheco en la YPF, Camino del Buen Ayre y Acceso Oeste, Autopista La Plata – Bs. As. altura Quilmes, autopista Richieri altura predio de la AFA”, informó el sitio InfoGremiales en su cuenta de X.

Según se indicó, el Gobierno nacional tenía pensado enviar efectivos de las fuerzas federales a los lugares de las movilizaciones sindicales.

Delegados de distintos sindicatos enrolados en la CGT protagonizan los bloqueos. Una decena de sindicatos ya habían anticipado que tomarían medidas de fuerza si la condena se confirma. En el lugar pueden verse paraguas verdes y blancos, que corresponden a delegados de la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE).

APL, Bancarios, SMATA, son algunos de los gremios que concurrieron al lugar y se encuentran en estado de alerta a la espera del fallo de la Corte Suprema.

 

Caso Teresita López: el 12 de junio se conocerá la sentencia por el femicidio

Caso Teresita López: el 12 de junio se conocerá la sentencia por el femicidio

Patricia López, hermana de la secretaria asesinada por su expareja, pidió una condena ejemplar para Sergio Patricio Galván. Rechazó los argumentos de la defensa, que pidió declararlo inimputable, y remarcó que el crimen fue premeditado luego de mucho tiempo de violencia

Caso Teresita López: el 12 de junio se conocerá la sentencia por el  femicidio - Diario La Mañana

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El próximo 12 de junio a las 12 del mediodía, la Justicia provincial dará a conocer la sentencia en el juicio por el femicidio de Teresita López, la secretaria asesinada a balazos por su expareja en el consultorio dermatológico donde trabajaba. El acusado, Sergio Patricio Galván, tras cometer el crimen, intentó suicidarse sin éxito y ahora enfrenta el último paso del proceso judicial.

En diálogo con La MañanaPatricia López, hermana de la víctima, pidió una condena ejemplar contra el femicida. Durante la audiencia de alegatos, realizada el jueves, la querella solicitó la pena máxima, encuadrando el crimen como cuádruplemente calificado. Sin embargo, la fiscalía descartó el agravante de abuso de autoridad, ya que el imputado, expolicía, no estaba en funciones al momento del hecho. «Con todas las pruebas y evidencias, se pidió la pena máxima. Nuestra abogada fue la voz de Teresita«, expresó Patricia, visiblemente emocionada, destacando que las pruebas presentadas muestran la premeditación del acto.

La defensa, por su parte, cuestionó las pericias realizadas por el Cuerpo de Investigaciones Fiscales (CIF) del Poder Judicial y solicitó la inimputabilidad del acusado, argumentando que su personalidad lo llevaba a actuar de forma impulsiva.

Patricia López refutó esta versión: «Él sabía lo que hacía. Después de matar a mi hermana, intentó simular un suicidio, pero se disparó en una zona blanda no vital. Estaba consciente en todo momento». Un informe médico presentado en el juicio reveló que, al ingresar al hospital, el propio acusado admitió haber matado a su expareja y haber intentado quitarse la vida.

El caso pone en evidencia un historial de violencia de género. Según la entrevistada, Teresita sufrió violencia psicológica, física y de control por parte del acusado, incluso después de finalizar la relación. «La insultaba, la controlaba, le revisaba las redes sociales y el teléfono. Dos días antes del crimen, la agredió físicamente y le escribió mensajes intimidatorios», relató. La familia destacó que Teresita había denunciado estas agresiones y estaba buscando ayuda para protegerse.

Con la sentencia a pocos días, la familia de Teresita mantiene la esperanza en una «condena ejemplar». «Hay pruebas de que fue premeditado. Teresita sufrió todo tipo de violencia, desde psicológica hasta física, hasta llegar a la muerte», afirmó López, quien hizo un llamado a la comunidad para acompañar el 12 de junio con velas y oraciones frente al tribunal mientras se lee el fallo. «Pedimos que nos acompañen para hacer ruido por Teresita», concluyó.

El STJ confirmó condena a prisión perpetua a una mujer que mató a golpes a su nieta de un año

El STJ confirmó condena a prisión perpetua a una mujer que mató a golpes a su nieta de un año

El tribunal de Casación desestimó la posibilidad de que la acusada sea declarada inimputable por el simple hecho de haber estado tomando bebidas alcohólicas al momento del homicidio

El STJ confirmó condena a prisión perpetua a una mujer que mató a golpes a  su nieta de un año - Diario La Mañana

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El Superior Tribunal de Justicia de Formosa, constituido como Tribunal de Casación, confirmó la condena a prisión perpetua aplicada por la Cámara Primera en lo Criminal a una mujer que mató a golpes a su pequeña nieta de un 1 año y 3 meses de edad.

La severa sentencia alcanza a María del Carmen Coronel, quien fue juzgada y condenada como autora material y penalmente responsable del delito de homicidio calificado por el vínculo.

Quedó plenamente probado que el día 1º de enero de 2023, entre las 17 y 20 horas, la mujer estaba en su casa, sita en manzana 63, casa 39 del barrio Divino Niño de esta ciudad, al cuidado de varios de sus nietos, entre ellos JP y su melliza FP, ambas de 1 año y tres meses.

En esas circunstancias, María del Carmen estaba tomando bebidas alcohólicas y, muy cerca de ellas, las pequeñas mellizas no paraban de llorar. Coronel pudo hacer callar a una de ellas, pero no logró calmar el llanto de JP, razón por la cual la alzó y la arrojó con fuerza dos veces directamente contra el suelo y, luego, una vez más, contra un ventilador de pie, causándole varias heridas en la cabeza, en el rostro y en brazos y piernas, las que provocaron la muerte, casi inmediata, de la pequeña.

El fallo

El fallo de Casación -que es unánime y lleva el número 6.496- señala que no fue materia de controversia la causa de muerte de la pequeña JP, habiendo quedado confirmado que se debió a un traumatismo encéfalo craneano grave, producido por múltiples choques con o contra un elemento contundente que transmite energía al cuerpo, dotado de fuerza y velocidad para producir la muerte, conforme fue indicado en los informes médicos, especialmente en las conclusiones de la autopsia.

Tampoco fueron cuestionados los testimonios de los peritos intervinientes ni las pericias y documentales agregadas y admitidas a la causa.

Con relación al planteo que hizo la Defensa de la condenada, solicitando la nulidad de la sentencia de la Cámara Primera, por fundamentación aparente, el fallo de Casación recuerda que, según la doctrina establecida por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, el defecto de fundamentación constituye una causal definida de arbitrariedad, ya que resiente la motivación lógica del fallo y desatiende la garantía constitucional de la Defensa en juicio y el debido proceso, en cuanto exige que las decisiones judiciales sean fundadas y constituyan una derivación razonada del derecho vigente en relación con las circunstancias comprobadas de la causa.

Luego de analizar en detalle los cuestionamientos de la Defensa al fallo del Tribunal de Juicio, la sentencia de Casación rebate cada uno de estos planteos con sólidos argumentos doctrinarios y jurisprudenciales, y concluye que dicho fallo se encuentra ajustado a derecho y no resulta ni arbitrario ni antojadizo.

En la misma línea de razonamiento, Casación desestimó la posibilidad de que Coronel sea declarada inimputable por el simple hecho de haber estado tomando bebidas alcohólicas al momento de matar a su nieta. “Cuando se trata de casos penales que presenten razonables dudas respecto de la sanidad mental del autor, la argumentación exculpatoria, aunque definida en términos jurídicos, debe sustentarse en constancias médicas, psicológicas o psiquiátricas, circunstancia que no ha acontecido, limitándose el defensor al planteo del caso, quedando librado al azar de una fugaz idea, por lo que el agravio no merece mayor alcance, debiendo ser rechazado”, sostiene la sentencia de la Corte provincial.

La Defensa también pidió que se cambie la figura penal por la de homicidio culposo, al entender que, por la ingesta alcohólica, la voluntad de la mujer estaba viciada.

En este punto, la Defensa hizo alusión a que el estado de ebriedad en el que se encontraba su defendida no le permitió tener completo manejo de la situación y las lesiones que sufrió su nieta tuvieron más que ver con una actitud negligente que intencional.

Respecto a esto, el STJ afirmó que no sólo quedó acreditado el elemento objetivo, sino también el subjetivo, ya que las constancias obrantes en la causa, descriptas en detalle y las declaraciones recibidas en sede instructoria y rendidas en debate llevan a concluir que las características, distribución y gravedad de los golpes recibidos por la menor, no se condicen con un accidente doméstico y sólo se explican como resultante de una golpiza propinada con extrema violencia e intencionalmente. “Con ello, queda de plano descartada cualquier actitud negligente o imprudente de Coronel en la conducta homicida desplegada contra la menor JP”, sostiene la sentencia del STJ.

Finalmente, recuerda que en esta instancia de Casación, se atienden los supuestos de omisiones y desaciertos de gravedad extrema, que descalifiquen la sentencia como acto jurisdiccional válido, “no resultando el caso que nos ocupa, habiéndose efectuado un adecuado encuadre normativo, conteste con las probanzas. Es entendible el planteo subsidiario, en un esfuerzo desmedido que realiza la Defensa por obtener una mejor posición de su defendida, pero que, efectuada la revisión pertinente, no supera el andarivel de simple disconformidad con el pronunciamiento de la Cámara Criminal y, por lo tanto, debe ser descartado”.

En este sentido, agrega que la conclusión a la que arribó el Tribunal de Juicio, es producto de una derivación razonada de las comprobadas circunstancias de la causa, sin que exista fisura alguna.

En la misma dirección, dictaminó el fiscal del juicio de Casación, al considerar que contrariamente a lo argüido por la Defensa, en la sentencia del Tribunal de Juicio se encuentran debidamente enunciados los hechos que se le atribuyen a Coronel, reafirmando que la descripción realizada del hecho imputado es clara, precisa y circunstanciada en razón del lugar, tiempo y modo, estableciéndose cuándo, dónde y cómo ocurrieron los hechos de forma delimitada y completa.

La defensa de Martín del Río apelará la condena a prisión perpetua

La defensa de Martín del Río apelará la condena a prisión perpetua

Lo confirmó después de conocerse la sentencia en el juicio. Consideró que hubo un «jurado contaminado» y criticó a la Fiscalía. Qué dijo el hermano de Martín del Río.

Martín del Río fue encontrado culpable por un jurado popular.

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La abogada de Martín del Río, condenado a prisión perpetua por el doble parricidio de sus padres en Vicente López, confirmó que apelará la sentencia dictada por la jueza María Coelho, luego de que un jurado popular lo encontrara culpable de ambos crímenes.

“No nos olvidemos que hay un jurado contaminado, que es algo que ya se sabía y que la Fiscalía tenía un dominio absoluto de las pruebas, así que está todo como se esperaba”, afirmó Mónica Chirivin, en declaraciones a la agencia Noticias Argentinas. «Lo bueno de esto es que hay más de 20 reservas que se hacen para la Casación y bueno, iremos allí y ahí todas las irregularidades y barbaridades que se cometieron, saldrán a la luz”, agregó.

En Casación tal vez se revierta, como corresponde, pero no me quejo del veredicto Estoy muy conforme con mi trabajo y con el de Gastón. Hemos hecho lo que se pudo con nada, así que es muy difícil todo. La sensación es la que esperaba, a mí no me sorprende», expresó.

Chirivin comentó que durante el debate “fueron constantes las objeciones que formulaban la Fiscalía y no se nos dejó, a veces, ni repreguntar y tampoco incorporar prueba, si bien ya se había estipulado la incorporación de prueba en las audiencias preliminares”.

Doble crimen de Vicente López: qué dijo el hermano de Martín del Río

Diego, el hermano del condenado a prisión perpetua, habló tras la condena del hombre por haber matado a sus padres. El hombre contó cómo atravesó el juicio y reveló qué es lo único que aún espera en este caso.

“Estamos conformes con la condena, estamos conformes con el veredicto. La verdad que fueron muy difíciles estos dos años y tres meses que estuvimos esperando que llegue esto, esperando que en algún momento pida perdón, que cambie”, manifestó. “Pero bueno, lo que vieron estos días fue más mentiras y más mentiras, y seguir acumulando. Ese era su modus operandi y creo que eso fue lo que lo lleva a explotar”, agregó.

“Hasta último momento pensé que, aunque sea por beneficio propio, iba a decir: ‘Me arrepiento, no lo hice’, confió.

Al oír el veredicto, Diego del Río abrazó a su mujer y a uno de sus amigos que lo acompañó en el juicio. Luego, se acercó a sus abogados y a los fiscales, a quienes visiblemente emocionado los abrazó y les agradeció.