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La Justicia falló a favor de la AFA y le puso un freno a las SAD en Argentina

La Justicia falló a favor de la AFA y le puso un freno a las SAD en Argentina

Con esta medida, quedó sin efecto la reforma de estatutos que le exigió el Estado nacional a los clubes.

Sobre las Sociedades Anónimas Deportivas

Fuente: https://www.diariopopular.com.ar/

La Justicia hizo lugar hoy a un pedido de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) y le puso un freno a las Sociedades Anónimas Deportivas (SAD), que contaban con el aval del Gobierno nacional para introducirse en el fútbol.

El Juzgado Federal de Mercedes otorgó una medida cautelar solicitada por la AFA y suspendió los efectos de los artículos 335 y 345 del DNU 70/2023, como así también la Reglamentación de las SAD.

En el fallo, la Justicia aclaró que hace “lugar a la medida cautelar solicitada por la Asociación del fútbol argentino” la cual fue con “previa caución juratoria, ordenando al Estado Nacional la suspensión de los efectos, en los términos y alcances del art. 13 de la ley 26.854, de los artículos 335° y 345° del Decreto de Necesidad y Urgencia Nro. 70/2023”.

El documento fue “publicado en el Boletín Oficial de la República Argentina con fecha 20 de diciembre de 2023 cuya entrada en vigencia operó el 29 de diciembre del pasado año y en consecuencia, de los Arts. 2° y 5° del Decreto Reglamentario 730/2024 dictado por el PEN con fecha 13 de Agosto de 2024 cuya entrada en vigencia operó el 15 de dicho mes y año”.

“Hasta tanto sea dictada la sentencia definitiva, comunicándose lo resuelto por la presente por intermedio de la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Presidencia de la Nación, mediante oficio, cuya confección y diligenciamiento quedará a cargo de la parte actora -art. 199 del CPCyCN-”, sentenció.

Cuando se conoció la noticias de que el gobierno publicó el decreto que reglamenta las sociedades anónimas deportivas (SAD), el presidente de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA), Claudio «Chiqui» Tapia, cuestionó la medida durante un discurso ante los dirigentes de la Primera Nacional.

«No es lo que queremos y representamos», expresó Tapia, en contra de lo dispuesto por el gobierno de Javier Milei.

El titular de la AFA subrayó que el fútbol argentino ya tiene modelo sólido basado en las asociaciones civiles sin fines de lucro y que la segunda categoría es la mejor representación de dicho modelo.

Destacó que las SAD no son una solución para el fútbol argentino: «Por más que intenten cambiarnos con decretos, buscando debilitar al fútbol argentino, seguiremos defendiendo lo que venimos defendiendo hace años».

Tapia también remarcó la importancia del fútbol como motor económico y social del país, al afirmar que los clubes no solo son espacios deportivos, sino también de contención social.

En su opinión, las Sociedades Anónimas no lograrán mejorar el fútbol argentino y solo intentan «ser dueños de los clubes y los jugadores», algo que no permitirá el actual modelo de gestión.

El decreto establecía que los clubes y asociaciones no podrán ser excluidos de competiciones por su forma jurídica, aunque desde AFA consideran que este tipo de cambios amenazan con transformar la esencia del fútbol en Argentina, donde los clubes funcionan como pilares fundamentales de la sociedad.

 

La Justicia procesó a un hombre que mató a otro en una pelea callejera

La Justicia procesó a un hombre que mató a otro en una pelea callejera

Un hombre fue procesado judicialmente por “homicidio preterintencional”, por matar a otro durante una pelea entre bandos antagónicos desatada en mayo de este año en el barrio 20 de Julio del Circuito Cinco.

La Justicia procesó a un hombre que mató a otro en una pelea callejera -  Diario La Mañana

Fuente: https_www.lamañanaonline.com.ar/

El incidente comenzó una medianoche con una discusión en la calle donde intervinieron varios vecinos del lugar. De los insultos pasaron a una batahola con ataques recíprocos y para agredirse usaron cascotes y escombros que levantaron de la calle.

 

El enfrentamiento dejó un muerto, Néstor Fabián Zárate, quien recibió un duro golpe en la cabeza, causado por un pedazo de ladrillo que fue lanzado por Diego Antonio Vera.

La víctima sufrió un severo traumatismo de cráneo y murió dos meses después mientras estaba internado en el Hospital Central.

La historia clínica del paciente reveló que su muerte se debió a un shock séptico refractario, sepsis neumonía-partes blandas y traumatismo de cráneo grave.

El agresor, por su parte, fue detenido horas después de la pelea y quedó imputado en una causa judicial por el delito de homicidio simple. El caso recayó en el Juzgado de Instrucción y Correccional Nº 3, donde se inició una amplia investigación.

Durante estos tres meses de pesquisas pasaron por el Juzgado y declararon como testigos todas las personas que aquella fatídica noche participaron de la pelea. También lo hicieron los vecinos, que si bien no intervinieron, vieron cómo se desarrollaron los desafortunados acontecimientos. Entre los testigos figuran familiares y amigos de la víctima y del acusado.

Con todos estos testimonios y otras pruebas obtenidas por la Policía y la Justicia, el juez que lleva adelante la Instrucción de la causa reconstruyó los hechos buscando su esclarecimiento y concluyó que no pudo probarse el dolo homicida o la intención deliberada de matar por parte del imputado, ya que si bien el escombro arrojado le provocó la muerte a Zárate, del contexto en que se dio el hecho surge que también el imputado habría sufrido agresiones por parte de la víctima y su familia.

“Se advierte más bien una intención del imputado de producir lesiones, que derivaron en la muerte”, dice la resolución judicial que cambió el encuadre legal de homicidio simple a homicidio preterintencional, lo que permitió la liberación del agresor Vera.

La resolución judicial considera que las pruebas hasta aquí reunidas y agregadas al expediente resultan suficientes para acreditar con el grado de probabilidad requerido para la presente etapa procesal, la materialidad del hecho atribuido, en las circunstancias de modo, tiempo y lugar descriptas.

En lo atinente a la materialidad del suceso ocurrido no resulta controvertida la causa o razón que provocó que Zárate falleciera, puesto que el médico forense determinó que la causa fundamental o inicial de su muerte fue el traumatismo craneoencefálico grave que sufrió, puesto que le produjeron lesiones que no pudieron ser revertidas a pesar de los tratamientos médicos aplicados.

En cuanto a las circunstancias de tiempo, modo y lugar, el juez afirmó que existen pruebas sólidas de la intervención de Vera en el hecho de homicidio, principalmente en virtud del testimonio de todas las personas que se encontraban en el lugar, quienes fueron coincidentes en afirmar que fue el imputado quien arrojó el escombro que impactó en la cabeza de la víctima -incluso reconocido por él mismo-, que posteriormente le provocó la muerte a Zárate.

La resolución judicial revela que al dar su versión, el imputado contó que cuando comenzó la discusión salió del interior de la vivienda la mujer de la víctima y empezó a tirar escombros y luego se unieron el propio Zárate y su hijo. Este relato coincide con la descripción que hicieron los demás testigos y presentes que acompañaban al imputado. Incluso, agregaron que tanto Zárate como la señora y el hijo del mismo, persiguieron al imputado mientras le seguían arrojando escombros, hasta que Vera tomó también escombros y les tiró para defenderse, impactando uno de ellos en la cabeza a Zárate.

La figura legal

El cuadro fáctico descripto y las pruebas que lo sustentan llevaron al juez de la causa a tener acreditada la ocurrencia del delito de homicidio preterintencional, el cual castiga al que “con el propósito de causar un daño en el cuerpo o en la salud produjere la muerte de alguna persona, cuando el medio empleado no debía razonablemente ocasionar la muerte”.

En el caso -dice la resolución- se ha probado la agresión física de Vera a Zárate, la cual fue deliberada y con el propósito de lesionarlo, mas no surge acreditada la intención de matarlo, aun cuando el golpe propinado no debía razonablemente haberle producido la muerte, razón por la cual -a criterio del juez- corresponde dictar procesamiento sin prisión preventiva, pues la pena que podría aplicarse al acusado, en abstracto, según el delito atribuido, es susceptible de ejecución condicional.

La justicia federal incineró cerca de 1.200 kg de droga

La justicia federal incineró cerca de 1.200 kg de droga

Los estupefacientes destruidos fueron incautados en distintos procedimientos realizados por fuerzas federales en la provincia

La justicia federal incineró cerca de 1.200 kg de droga - Diario La Mañana

Fuente: https_www.lamañanaonline.com.ar
Los funcionarios del Juzgado Federal N° 1 de Formosa, bajo la dirección del juez federal Pablo Morán, procedieron a la incineración de casi 1.200 kilos de droga incautada en distintos operativos realizados en la provincia de Formosa.

La operación contó con la participación de la Gendarmería Nacional, a través de los Escuadrones 15 “Bajo Paraguay” y 16 “Clorinda”, así como de la Prefectura Naval Argentina, con efectivos provenientes tanto del “Puerto de Formosa” como del “Puerto Pilcomayo”. Estas fuerzas de seguridad fueron responsables de trasladar las sustancias ilícitas, bajo su custodia, hasta el lugar de destrucción.

 

La incineración se llevó a cabo en un horno especialmente diseñado para este fin en la localidad de Mojón de Fierro, a pocos kilómetros de la ciudad de Formosa.

Se indicó que el proceso fue supervisado y dirigido en todo momento por el equipo del Juzgado Federal N° 1, asegurando el estricto cumplimiento de las normativas legales y de seguridad en la destrucción de los estupefacientes.

El Juez Federal Dr. Pablo Morán comentó que este procedimiento refuerza su “compromiso inquebrantable” y el de su equipo en la lucha contra el narcotráfico, una labor que llevan a cabo “con dedicación para proteger a la sociedad argentina de este grave flagelo”.

Causa contra Alberto Fernández: la Justicia accederá al teléfono de Fabiola Yañez

Causa contra Alberto Fernández: la Justicia accederá al teléfono de Fabiola Yañez

La presentación realizada por Ramiro González, fiscal federal, ya cuenta con el aval del juez Julián Ercolini. Apunta a chequear la información del celular de la exprimera dama para cotejar chats, videos e imágenes que figuran en el expediente.

Fabiola Yañez deberá entregar su celular a la JusticiaFuente: https://www.diariopopular.com.ar/

De acuerdo con lo que se informó, el magistrado ya dio el visto bueno a ambos pedidos. El primero tiene que ver con la posibilidad de acceder a la información del celular de la exprimera dama para cotejar chats, videos e imágenes que figuran en el expediente, como también corroborar las denuncias por hostigamiento contra el expresidente. El segundo, en tanto, es la solicitudad para que se habiliten los medios necesarios para que la madre de Yañez pueda declarar en carácter de testigo desde España.

La fiscalía señaló, según un dictamen que fue dada a conocer por Clarín e Infobae este martes, que a raíz de la expresa voluntad de Fabiola Yañez de hacer entrega de los contactos y contenidos mantenidos vía la aplicación de mensajería Whatsapp con Alberto Ángel Fernández, “requiérase que en el mismo marco de cooperación entre Ministerios Públicos se disponga la realización de una copia forense del teléfono celular de Fabiola Yáñez con el objeto de obtener la prueba mencionada”.

Para dar cumplimiento con esta medida, la fiscalía pidió que todo sea autorizado por Ercolini y detalló que “debido a las características del acto, la naturaleza del hecho investigado y su trascendencia pública, solicítese que los representantes de Ministerio Público requerido tengan a bien citar a Fabiola Yáñez en la dependencia que pudiere corresponder para que aporte su equipo de telefonía celular; se efectúe en ese momento la copia forense requerida y se devuelva el equipo a la Sra. Yáñez una vez finalizado el procedimiento”.

La medida impulsada por el González indica también que el acto de extracción de la información del celular de Yañez “habrá de cumplir con los mecanismos habituales del Ministerio Público requerido con el objeto de garantizar la seguridad de la información extraída y los procedimientos que garanticen la cadena de custodia de la prueba solicitada hasta su arribo a la sede de esta Fiscalía Federal, a través valija diplomática”.

El dictamen detalla además una serie de aportes que realizó la exprimera dama: videos donde se la ve golpeada y aplicándose un tratamiento para aminorar los signos de los moretones, como también, más conversaciones mantenidas con Alberto Fernández. Todo ese conjunto de comunicaciones y registros fílmicos que realizó Yañez, por pedido del Ministerio Público Fiscal, fue remitido al juzgado para que se suba al expediente y así la defensa del expresidente, a cargo de Silvina Carreiro, pueda acceder a la prueba.

Con el avance de la investigación, la fiscalía había pedido a las diversas empresas de telefonía celular, los números asignados tanto al exjefe de Estado como a Yañez. La información fue incorporada a la causa estos días y lo próximo que quiere hacer González es cotejar las comunicaciones entrantes y salientes de los distintos dispositivos.

En función de todos los elementos que fue aportando Fabiola para sustentar los hechos atribuidos a Fernández, esto es, diversos episodios de violencia física como psicológica, la fiscalía ahora quiere avanzar en la corroboración de las imágenes, los videos y las capturas de celular que exponen conversaciones variadas. “Se busca determinar si todo, efectivamente proviene del celular”, explicó una fuente judicial citada por Clarín.

 

Misiones: la justicia pidió la captura internacional del exdiputado prófugo

Misiones: la justicia pidió la captura internacional del exdiputado prófugo

Mientras la policía misionera intensifica la búsqueda de Germán Kiczka, el exdiputado provincial acusado de integrar una red de pedofilia, pidieron su captura internacional.

El exdiputado que es buscado intensamente

Fuente: https://media.diariopopular.com.ar

La policía misionera intensificó en las últimas horas la búsqueda del exdiputado provincial Germán Kiczka, acusado de integrar una red de pedofilia, luego de que la justicia solicitara su captura internacional al no ser hallado en el domicilio que había declarado.

En consecuencia, las autoridades consideran que Kiczka está prófugo e inclusive sospechan que habría dejado el país por algún paso fronterizo ilegal ya que su supuesta salida no quedó registrada en Migraciones.

El jueves pasado la legislatura provincial aprobó por mayoría el desafuero de Kiczka, quien no estuvo presente en la sesión, y desde ese momento es intensamente buscado por la policía.

Los efectivos realizaron sendos allanamientos en la ciudad de Apóstoles, de donde es oriundo el ex legislador, al igual que su hermano Sebastián, también involucrado en la causa y con pedido de captura.

El juez Miguel Angel Faría, a cargo del juzgado de Instrucción número 4 de Apóstoles, activó el pedido de captura a Interpol, luego de los intentos fallidos por localizar a Kiczka y también a su hermano en los domicilios que habían declarado ante la justicia.

Meses atrás, y tras una investigación iniciada en Estados Unidos, autoridades especializadas en cibercrimen encontraron material de pedofilia en distintos dispositivos del ex legislador, con imágenes de pornografía infantil, incesto y zoofilia, además de chats comprometedores

 

Venezuela: el Tribunal Supremo de Justicia declaró ganador a Nicolás Maduro

Venezuela: el Tribunal Supremo de Justicia declaró ganador a Nicolás Maduro

La presidenta del organismo afín al oficialismo dio a conocer este jueves el cuestionado fallo que posibilitaría que el actual titular del Ejecutivo cumpla un tercer mandato.

Nicolás Maduro

Fuente: https://www.diariopopular.com.ar/

La presidenta del Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela (TSJ), Caryslia Beatriz Rodríguez, declaró este jueves a Nicolás Maduro como ganador de los comicios en el país caribeño. La titular del organismo controlado por el régimen chavista desoyó las denuncias nacionales e internacionales de fraude y, tras un supuesto escrutinio de las actas de las elecciones presidenciales en las que el Consejo Nacional Electoral (CNE), ente también funcional al oficialismo, proclamó triunfador al actual jefe de Estado, quien quedaría así habilitado para cumplir un tercer mandato de seis años.

«Certifica de forma inobjetable el material electoral peritado y convalida esta sala los resultados de la elección presidencial del 28 de julio del 2024, emitidos por el Consejo Nacional Electoral, donde resultó electo el ciudadano Nicolás Maduro Moros como presidente de la República Bolivariana de Venezuela para el período constitucional 2025-2031. Así se decide», rezó la sentencia leída por Rodríguez.

La intervención del tribunal, solicitada por Maduro, fue cuestionada por observadores locales y extranjeros que dudan de la independencia del organismo y aseguran que no tiene competencia electoral. En ese marco, la oposición exige que el Consejo Nacional electoral presente las actas de los comicios, algo que todavía no hizo.

Con su posteo, la dirigente insistió con el desafío que ya había lanzado este sábado durante el multitudinario evento que congregó a sus seguidores en Caracas, quienes corearon la misma consigna: “Les voy a decir algo: por ahí hay gente que dice que en tres semanas ya pueden haber impreso actas falsas. Ojalá. Échenle bolas, impriman actas falsas”, expresó durante el acto que tuvo réplicas en más de 300 ciudades del mundo.

La coalición que respalda a Edmundo González Urrutia, la Plataforma Unitaria Democrática (PUD), asegura que su candidato ganó por amplio margen las presidenciales venezolanas y publicó “el 83,5 % de las actas electorales” para reforzar un reclamo que fue respaldado por varios países y organizaciones nacionales e internacionales.

Rechazos al fallo del TSJ en Venezuela

El postulante opositor rechazó el fallo del TSJ que dio por ganador de las elecciones presidenciales a Maduro. “La soberanía reside intransferiblemente en el pueblo. Los órganos del Estado emanan de la soberanía popular y a ella están sometidos. No usurparán la verdad”, escribió en la red social X el exdiplomático que forma parte de la coalición liderada por Machado.

El también opositor Henrique Capriles, candidato en las presidenciales de 2012 y 2013, afirmó que la sentencia “no resuelve ni cambia lo que el pueblo venezolano decidió en paz con su voto”, sino que ahonda la “gravísima situación institucional” en el país sudamericano, marcado por la “desconfianza” ciudadana en las instituciones. ”Seguiremos junto a la gente buscando que prevalezca la verdad y se respete en paz la soberanía popular. La mentira jamás podrá ser una solución para Venezuela”, escribió en sus redes sociales.

La Justicia condenó a 12 años de cárcel a un militar que abusó sexualmente de su hija

La Justicia condenó a 12 años de cárcel a un militar que abusó sexualmente de su hija

Los abusos comenzaron cuando la víctima tenía 5 años y se prolongaron hasta los 14. La niña acudió a las autoridades del colegio al que asistía relatando el calvario vivido durante 9 años

La Justicia condenó a 12 años de cárcel a un militar que abusó sexualmente  de su hija - Diario La Mañana

Fuente: https_www.lamañanaonline.com.ar/
Un hombre que abusó sexualmente de su hija desde que ella tenía cinco años, fue condenado a la pena de 12 años de cárcel por la Cámara Segunda en lo Criminal de la provincia.

La parte resolutiva de la sentencia fue leída este martes al mediodía por el presidente del Tribunal, el juez Arturo Lisandro Cabral, en presencia del abusador, su abogado defensor, familiares de la víctima y la abogada de la parte querellante.

 

El condenado es integrante de las Fuerzas Armadas y cuando fue detenido, en diciembre de 2021, se desempeñaba como suboficial de alto rango en el Regimiento de Infantería de Monte 29, con sede en la ciudad de Formosa.

La sentencia condenó al militar a 12 años de cárcel de cumplimiento efectivo e inhabilitación absoluta por igual tiempo, por ser autor material y penalmente responsable del delito de abuso sexual simple y abuso sexual con acceso carnal calificado y continuado.

La sentencia judicial aún no está firme, la fiscal del juicio había solicitado una pena de 18 años de prisión, en tanto la abogada de la familia de la víctima pidió 12 años y el abogado defensor del acusado planteó la absolución de su cliente por falta de pruebas.

El Tribunal de juicio también condenó al militar a la pérdida de la responsabilidad parental, lo que en la práctica significa la desaparición de sus derechos como padre respecto a la víctima, habiéndose notificado de esta decisión al Registro Civil y Capacidad de las Personas de la ciudad de Formosa.

El fallo tiene los votos coincidentes de los jueces Arturo Lisandro Cabral, Ricardo Fabián Rojas y María de los Angeles Nicora Buryaile.

Abusos reiterados

Como resultado de la investigación realizada en la fase de Instrucción y, posteriormente, los testimonios y otras pruebas plasmadas en el juicio oral y público realizado en Tribunales, los jueces de la Cámara Segunda concluyeron que quedó debidamente probado que entre los años 2012 y 2021, en la vivienda familiar el militar -ahora condenado- abusó sexualmente de su hija menor de edad durante el tiempo señalado, en forma continua y en innumerables ocasiones.

La joven manifestó -cuando declaró en Cámara Gesell- que durante todo ese tiempo no contó lo que sucedía por miedo al imputado, a quien describió como una persona agresiva y violenta con su madre.

Denuncia y pruebas

Finalmente cuando tenía 14 años, la adolescente pudo acudir a la vicerrectora de su colegio, contándole lo que venía soportando desde que era una niña.

La funcionaria activó el protocolo, convocando a la abuela, que figuraba en los registros de la institución como una de las responsables con facultades de retirar a la joven del instituto y quien a su vez informó de tan lamentable circunstancia a la madre de la joven, realizándose la denuncia policial.

El hombre fue detenido el 1 de diciembre de 2021 y, a partir de ese momento, se desplegó una amplia investigación policial y judicial, que concluyó con la sentencia leída el pasado martes.

Los hechos denunciados quedaron plenamente acreditados con las pruebas incorporadas al debate, erigiéndose en primer lugar y como de relevante importancia el testimonio de la víctima en Cámara Gesell, el cual fue detallado, concreto, preciso y con características de verosimilitud absoluta.

La verosimilitud del relato de la víctima se vio reforzado además por informes periciales y el aporte que hicieron los testigos.

Caso Loan Peña: Laudelina, la tía del nene, fue imputada y citada por la Justicia

Caso Loan Peña: Laudelina, la tía del nene, fue imputada y citada por la Justicia

La mujer había dicho que el nene de 5 años había sido atropellado y enterrado el mismo día desaparición. Expectativa por saber cómo su situación procesal podría afectar al resto de la causa.

Laudelina

Fuente: https://www.diariopopular.com.ar/

La mujer fue convocada este viernes por la jueza Cristina Pozzer Penzo e ingresó al Juzgado Federal de Goya poco después del mediodía para comparecer ante la magistrada. Hasta el momento, no trascendió qué delito se le adjudica.

Laudelina pasó sus últimos días refugiada entre varios domicilios de la capital de Corrientes luego de que la semana pasdaa denunciara ante un fiscal de la Justicia provincial correntina que Loan había fallecido al ser atropellado por el marino Carlos Pérez y que fue amenazada por María Caillava, pareja de Pérez, para callar la situación.

Los fiscales del caso, Mariano de Guzmán, Alejandra Mangano y Marcelo Colombo, habían pedido detenerla días atrás, ya que sospechaban que había plantado el botín de Loan en el paraje Algarrobal para despistar la búsqueda. Aunque originalmente la jueza había denegado ese pedido, todo cambió en las últimas horas.

Mensaje extorsivo a un hermano de Loan

Cristian Peña, uno de los hermanos de Loan, mostró un chat extorsivo que le habría mandado desde Chaco una persona que sostuvo que estaba con el menor y que no podía hablar porque sino «no había trato». En medio de la incertidumbre por la desaparición del nene de 5 años, su familiar dio a conocer una conversación que mantuvo por WhatsApp con una persona que dijo estar con el pequeño.

La captura muestra cuando el hermano llamó al contacto anónimo, quien le pidió que le escriba y le preguntó por Loan: “Sí, es mi hermano”, le respondió Cristian. Luego, comenzó la parte en la que la persona lo extorsionó: “¿Querés hablar, escucharlo y negociar para que vuelva con tu familia?”.

“Él está bien. No quiero que alertes a nadie porque sino no habrá trato ¿ok?”, continuó el agresor. Al no recibir respuestas por parte de Cristian, el contacto dejó de escribirle y la conversación finalizó con un “chau” por parte del extorsionador.

 

Tarifa eléctrica: la oposición acudió a la Justicia por las audiencias públicas

Tarifa eléctrica: la oposición acudió a la Justicia por las audiencias públicas

Atento al aumento de tarifa y quita de subsidios por parte del Gobierno nacional, el concejal capitalino Diego Herrera, junto a las diputadas provinciales de la UCR Ana Costa Ankenbrand y Carla Zaiser, solicitó a la Justicia que el Ente Regulador de Obras y Servicios Públicos (EROSP) y REFSA convoquen a audiencias públicas previo a todo futuro aumento en las tarifas del suministro eléctrico.

Tarifa eléctrica: la oposición acudió a la Justicia por las audiencias  públicas - Diario La Mañana

Fuente: /https_www.lamañanaonline.com.ar

“El usuario tiene el derecho a conocer el régimen tarifario y las sucesivas modificaciones previo a su aprobación”, indicaron los legisladores.

En su presentación, los radicales señalaron que “ante el dictado de las resoluciones N° 90/24 y 94/24 de la Secretaría de Energía de la Nación, las cuales entraron en vigencia a partir del 1 de junio y se extenderán hasta el 30 de noviembre de 2024, es inminente que en Formosa se disponga un nuevo aumento de la tarifa eléctrica, pero ello no puede darse de forma arbitraria sin cumplir con el procedimiento de audiencias públicas, el derecho a información previa y el derecho al consumidor”.

En este aspecto señalaron que tanto la Ley provincial N° 1.171 como la N° 1.121 establecen el derecho del usuario a conocer el régimen tarifario previo a su aprobación y a la obligación de reglamentar su funcionamiento.

En este sentido, dijeron que “la normativa es clara, primero en consagrar la existencia de audiencias públicas como paso previo e indispensable a cualquier aumento de la tarifa de energía eléctrica, siendo la función del EROSP solamente reglamentarla, proceso que es fundamental para transparentar todo el proceso de incremento energético, haciendo efectivo el derecho constitucional de todo formoseño al acceso a la información pública, revalidando así los derechos constitucionales del consumidor”.

Finalmente, los radicales coincidieron en que “es habitual que ni EROSP ni REFSA informen los costos operativos del servicio, ni expresen cómo se componen (personal, insumos, amortización de bienes de capital, costos, etc)”.

Alimentos sin repartir: la Justicia volvió a intimar al Gobierno

Alimentos sin repartir: la Justicia volvió a intimar al Gobierno

En un plazo de 72 horas, deberá presentar otra vez el plan de reparto de la mercadería. Mientras, denuncian que la leche en polvo de Capital Humano se vende en una plataforma.

Los alimentos sin repartir derivaron en un escándalo para el gobierno nacional.

Fuente; https://www.diariopopular.com.ar/

El juez Sebastián Casanello intimó otra vez al gobierno nacional para que presente el plan de distribución de alimentos, al cual consideró incompleto. Así, el Ministerio de Capital Humano, a cargo de Sandra Pettovellotendrá 72 horas para entregarlo volver a entregarlo, aunque recibió otras opciones para su solución.

La Justicia también le ofreció, como segunda alternativa, que un funcionario competente de la cartera se acerque hasta el juzgado para explicar cómo será la distribución de la mercadería, que hace algunas semanas derivó en un escándalo, sabiendo que estaban próximos a vencer.

A raíz del último informe que entregó Capital Humano, Casanello explicó que “el contenido, si bien constituye un primer avance indicativo de la voluntad del Ministerio de cumplir con lo ordenado por el juzgado y la Cámara, resulta insuficiente para poder ‘analizar su razonabilidad en función de los derechos constitucionales en juego’”.

“Se le hace saber a las autoridades del Ministerio de Capital Humano de la Nación que, a los fines de cumplir con el requerimiento, podrán ofrecer en su lugar el testimonio de una persona responsable dentro del área competente, conocedora del plan diseñado, para que comparezca ante estos Estrados a los fines de ampliar la información”, agregó.

Leliga Gianni, subsecretaria legal y técnica de Capital Humano, había entregado el plan de stock y distribución por parte del Gobierno. Previamente, Casanello había solicitado este documento acerca de los productos que estaban en los depósitos de Villa Martelli y Tafí Viejo, en Tucumán.