Luis Caputo: «Julio va a tener la inflación más baja en lo que va del año»
El Ministro de Economía aventuró que el aumento de precios seguirá desacelerándose en el séptimo mes de 2024. También habló del levantamiento del cepo.
Fuente: https://www.diariopopular.com.ar/
El ministro de Economía, Luis Caputo, aseguró que julio tendrá la inflación más baja en lo que va de 2024, por lo que anticipó así que será todavía menor que el 4,2% que se registró oficialmente en junio. El funcionario aventuró estos datos cuando restan un par de semanas para que el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (Indec) informe la inflación del séptimo del año.
El funcionario se expresó en una reunión que tuvo este martes con ejecutivos de Agentes de Liquidación y Compensación (Alyc) en el Ministerio de Economía, en la que explicó junto con el presidente del Banco Central, Santiago Bausili, los lineamientos de la fase 2 del programa económico.
En relación al cepo cambiario, Caputo reiteró que se levantará cuando “estén dadas las condiciones macroeconómicas”, indicaron desde el Palacio de Hacienda y aseguró que la inflación “va a continuar en el sendero descendente que registró en los últimos meses”.
Mientras que aseguró que “lo más difícil ya se hizo y hoy tenemos superávit fiscal, cuasi fiscal y energético y hay créditos hipotecarios”. “Julio va a tener la inflación más baja en lo que va del año y la economía está empezando a crecer”, agregó, según un comunicado de Economía.
El ministro subrayó que la velocidad de la recuperación económica “dependerá de la confianza de la gente y del sector privado en el programa económico”. En este sentido, Caputo convocó a los Alyc a “alentar a sus clientes a participar en el proceso de crecimiento del país, ratificó que el Gobierno garantizará el orden macroeconómico y anticipó que el Impuesto PAIS bajará diez puntos en septiembre”, informaron desde Economía.
En el encuentro estuvieron presentes representantes de Grupo IEB, Allaria, Max Capital, Grupo SBS, Alchemy Valores, PPI, Latin Securities, Cohen Aliados Financieros, Balanz Capital, Adcap Grupo Financiero, Cocos, Bull Market Securities, Consultatio Financial Services, IOL, INVIU, Puente Argentina y BAVSA.
AFIP fijó nuevas condiciones para el blanqueo
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) fijó nuevas normas de registración para residentes y no residentes que quieran adherir al blanqueo y condiciones para evitar el pago de las multas.
Lo hizo a través de la Resolución General N° 5.528 publicada en el Boletín Oficial.
Los residentes “deberán poseer Código Único de Identificación Laboral (CUIL), Clave de Identificación (CDI) o Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) con estado administrativo “Activo: sin limitaciones”.
También podrán tener las siguientes categorizaciones: “Limitado por Falta de Inscripción en Impuestos/Regímenes” o “Limitado por Falta de Presentación de Declaración Jurada” o “Limitado por Falta de Movimiento y Empleados en Declaración Jurada” o “Limitado por incumplimiento a las Acciones de Control Electrónico”.
Los sujetos no residentes que fueron residentes fiscales argentinos tendrán que designar un responsable que deberá gestionar el alta a través del servicio con clave fiscal “Sistema Registral”.
En otro orden, a los efectos de acreditar la titularidad, posesión, tenencia o guarda al 31 de diciembre de 2023 y la valuación de los bienes regularizados, deberán aportarse, junto con la declaración jurada de regularización, las constancias fehacientes y/o documentación respaldatoria que se establece en cada caso, conforme las pautas establecidas en este anexo.
Por otro lado, la AFIP determinó que “el dinero en efectivo que sea regularizado bajo el blanqueo y que sea depositado y/o transferido a una Cuenta Especial de Regularización de Activos será excluido de la base de cálculo para la determinación de la base imponible del Impuesto Especial de Regularización tampoco integrará la base imponible del Impuesto Especial de Regularización.
Y añadió: “Si los fondos depositados en dichas cuentas son transferidos a cualquier otra cuenta antes del 31 de diciembre de 2025, corresponderá tributar el Impuesto Especial de Regularización, a través de la retención del 5%.
En consecuencia, “si los fondos depositados en dichas cuentas no cumplen lo señalado ni se destinan a alguna de las inversiones y/o finalidades deberán pagar el 5%».