El Ministerio de la Comunidad se refirió a un caso de desalojo, y recordó los requisitos para acceder a un módulo habitacional

El Ministerio de la Comunidad se refirió a un caso de desalojo, y recordó los requisitos para acceder a un módulo habitacional

En redes sociales se indicó que una mujer con sus dos bebés fue desalojada por la Policía de un módulo del barrio Lote 111.

El Ministerio de la Comunidad se refirió a un caso de desalojo, y recordó  los requisitos para acceder a un módulo habitacional - Diario La Mañana

Fuente: https_www.lamañanaonline.com.ar/

Por este motivo, la cartera provincial recordó las gestiones que deben realizarse para poder obtener una de las soluciones habitacionales mencionadas

En respuesta a las versiones difundidas en redes sociales sobre la ocupación irregular de un módulo habitacional en el barrio Lote 111, por parte de una mujer y sus hijos, el Ministerio de la Comunidad ofreció su versión sobre los hechos, y aclaró las condiciones de acceso a un módulo habitacional.

A través de redes sociales, circuló el caso de una mujer que denunció haber sido desalojada con violencia del módulo habitacional que ocupaba en la Manzana 66, Casa 5 del barrio Lote 111 en la ciudad de Formosa. Según su relato, fue “removida por la fuerza por efectivos policiales mientras sostenía a sus dos bebés en brazos” y, desde entonces, “duerme en la vereda frente al módulo, sin recibir ninguna ayuda de nadie”. “Entré a ese módulo que estaba abandonado hace años porque no tengo dónde vivir”, habría afirmado la mujer a medios periodísticos.

 

Por su parte, la licenciada Amelia Leyes, responsable del Programa Mejor Calidad de Vida, se refirió al caso mencionado. De esta manera, explicó que la mujer, que vive en un módulo habitacional junto a su madre en el barrio Lote 110, ingresó a una unidad habitacional violentando las cerraduras y acompañada de sus hijos menores. “Ante esta situación de usurpación en curso, se dio intervención a la Policía provincial para lograr en forma pacífica el cese del accionar delictivo”, se expresó.

“En todo momento, personal del Ministerio de la Comunidad mantuvo diálogo con la ciudadana, a fin de que desista del accionar ilegal e invitándola a realizar los trámites administrativos para ser postulante del Programa Mejor Calidad de Vida, obteniendo su negativa para hacerlo”, se aseveró.

“Es por ello, y encontrándose expuestos los niños a una situación de vulnerabilidad por parte de la progenitora, se dio aviso a la Dirección de Niñez y Adolescencia a fin de resguardar la integridad física y emocional de los menores”, se remarcó.

“Es importante destacar que, en simultáneo, se le ofreció a la señora su ingreso a una residencia administrada por el Ministerio de la Comunidad, donde estarían cobijados tanto ella como sus hijos, hasta tanto resuelva en forma definitiva su situación habitacional”, se informó desde la cartera provincial.

Requisitos

En lo vinculado a las gestiones que se exigen para poder acceder a un módulo habitacional, desde el Ministerio de la Comunidad se indicó que el “primer y fundamental requisito” es haber cumplimentado la inscripción de manera adecuada en el Programa Mejor Calidad de Vida. Esta inscripción incluye no sólo la presentación de la documentación necesaria de la solicitante y su grupo familiar, sino también la registración formal en la base de datos, la elaboración de un legajo correspondiente y la realización de constataciones e informes socioambientales. Una vez cumplidos estos requisitos, el inscripto adquiere la condición de postulante activo para una unidad habitacional.

A su vez, recordaron que este programa estatal responde a la necesidad habitacional con un profundo criterio de justicia social y equidad, orientado al mejoramiento del entorno y la calidad de vida de familias de menores recursos.

Asimismo, aclararon que existen diversos motivos por los que se puede proceder a la intervención y recuperación administrativa de una unidad habitacional, como ocurre cuando no es habitada por el titular o se encuentra ocupada por terceros no autorizados.

Sin embargo, esto no autoriza a que cualquier persona pueda ocuparla por decisión propia, ya que las unidades intervenidas, una vez verificado el incumplimiento, se reasignan a familias con urgencias sociales graves. “La entrega se realiza por estricto criterio de prioridad basada en la vulnerabilidad familiar, y no por medidas de fuerza”, puntualizó Leyes.

Y agregó: “Entendemos la difícil situación que atravesamos, pero es importante señalar que muchas familias que se ajustaron al procedimiento anotándose, presentando las documentaciones y aguardando un riguroso y exhaustivo orden que tiene en cuenta las condiciones de cada una, han obtenido solución habitacional”.

Para finalizar, Amelia Leyes aclaró que “otras están esperando una respuesta, algunas en condiciones más urgentes que otras, por lo que siempre buscamos aplicar un estricto criterio de justicia”.