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Caso Fernández Lima: anulan el sobreseimiento de Graf y la investigación vuelve a foja cero

Caso Fernández Lima: anulan el sobreseimiento de Graf y la investigación vuelve a foja cero

La Sala IV de la Cámara Federal declaró la nulidad del sobreseimiento de Cristian Graf y de todos los actos procesales previos, al considerar que la investigación sobre el homicidio de Diego Fernández Lima -desaparecido en 1984 y hallado 41 años después- no fue realizada adecuadamente.

Caso Fernández Lima: la Sala IV de la Cámara Federal declaró la nulidad del sobreseimiento de Cristian Graf.

Fuente : https://www.diariopopular.com.ar/

La causa que investiga la muerte de Diego Fernández Lima dio un giro decisivo. La Sala IV de la Cámara Federal declaró que el expediente deberá volver a foja cero y anuló el sobreseimiento del imputado Cristian Graf, su compañero de colegio, para que la pesquisa pueda reiniciarse sin vicios procesales.

La resolución, firmada por los jueces Ignacio Rodríguez Varela, Hernán Martín López y Julio Marcelo Lucini, remarcó que la Justicia aún no esclareció qué ocurrió con el joven, desaparecido en 1984 y hallado por azar cuatro décadas más tarde en el jardín de una casa que Graf habitó casi veinte años después.

Según el Tribunal, no estaban dadas las condiciones para aplicar el artículo 336 del Código Procesal Penal, que permite cerrar una causa. “Debe estar respaldada por prueba que otorgue certeza negativa”, señalaron los magistrados, al tiempo que recordaron precedentes como el fallo en la causa “Lotocki”. En este caso, advirtieron, la ausencia de una investigación exhaustiva impedía descartar responsabilidades.

La nulidad del sobreseimiento de Cristian Graf

Los jueces también remarcaron “la evidente necesidad de una investigación” que permita reconstruir la secuencia de hechos, determinar la calificación legal adecuada y, sobre todo, garantizar los derechos de las víctimas.

Por ello, resolvieron “declarar la nulidad de los dictámenes fiscales que precedieron a la indagatoria de Graf, del acto de indagatoria y de su sobreseimiento”, devolviendo el expediente al juzgado de origen.

A dos día de una audiencia clave

El fallo se conoció a solo dos días de la audiencia en la que la querella buscaba revertir el cierre de la investigación. Rodríguez Varela fue el primero en votar y señaló que la acusación por “encubrimiento agravado” estaba recortada de manera artificial, desentendiéndose del homicidio, que debía ser indagado como delito principal.

Consideró, además, “totalmente inverosímil” la teoría de la defensa según la cual el cuerpo habría sido enterrado en un lote vecino, y cuestionó la hipótesis de un posible responsable fallecido.

El juez López coincidió en que no es posible declarar la extinción de la acción penal sin saber quién cometió el hecho. “No podemos saber si existieron causales interruptivas”, señaló, y recordó que tampoco se sabe si intervino un funcionario público o si existieron otras circunstancias que alteren los plazos. Lucini, por su parte, subrayó el vínculo entre víctima y acusado: “No hay posibilidad de desvincular al nombrado del homicidio, ya sea como autor, cómplice o en cualquier otro grado de participación”.

La familia de Diego Fernández Lima celebró el fallo. “Es una muy buena noticia. Esta decisión es por la memoria de Diego y de mi papá, que murió buscándolo”, expresó Javier Fernández Lima, hermano del joven. “Esto nos da esperanza. No puede quedar así”, agregó.

Desde la defensa, en cambio, interpretaron que la nulidad podría beneficiar a Graf. El abogado Martín Díaz sostuvo que, al anularse los dictámenes y la indagatoria, “también cae la imputación”. Según el letrado, su defendido “hoy no está bajo ningún manto de sospecha”.

Diego Fernández Lima fue visto por última vez el 26 de julio de 1984, cuando regresó del colegio y salió de su casa en la Ciudad de Buenos Aires. En 2023, sus restos fueron encontrados en el jardín de un chalet alquilado por Gustavo Cerati entre 2001 y 2003. La investigación, ahora reiniciada, deberá establecer qué ocurrió en las horas y días posteriores a su desaparición, y quiénes fueron los responsables del crimen.

Dictan el procesamiento y prisión preventiva para el hombre detenido por el femicidio de Gisela Mendoza

Dictan el procesamiento y prisión preventiva para el hombre detenido por el femicidio de Gisela Mendoza

El cuerpo de la mujer fue encontrado el martes 15 de julio de este año a pocos metros de la cinta asfáltica de la avenida Alicia Moreau de Justo, en inmediaciones al cementerio San Antonio de esta ciudad

Dictan el procesamiento y prisión preventiva para el hombre detenido por el  femicidio de Gisela Mendoza - Diario La Mañana

Fuente: https_www.lamañanaonline.com.ar/
El juez de Instrucción y Correccional Nº 1 de Formosa, Rubén Antonio Spessot, dispuso el procesamiento con prisión preventiva para el hombre que está detenido por el femicidio de Gisela Agustina Mendoza, la enfermera de 37 años encontrada sin vida hace tres meses en un baldío del barrio San Antonio de esta capital.

El juez consideró que existen suficientes pruebas que incriminan al acusado, Francisco Javier Leguizamón, esposo de la víctima, como presunto autor del violento hecho, razón por la cual decidió procesarlo por los delitos de homicidio calificado por el vínculo, alevosía y por mediar violencia de género, en concurso ideal con privación ilegítima de la libertad agravada.

La medida cautelar fue adoptada por el magistrado con el respaldo de una serie de pruebas muy sólidas y luego de finalizar la primera fase de la investigación, que incluyó el esclarecedor aporte de varios testigos, pruebas documentales, informes periciales, efectos secuestrados y las imágenes de cámaras de seguridad que mostraron al sospechoso llevando a la mujer en su moto en momentos previos a su muerte.

Gisela había desaparecido de su casa el domingo 13 de Julio y, tras 48 horas de búsqueda, fue encontrada sin vida en un descampado en inmediaciones al cementerio San Antonio, a pocos metros de la avenida Alicia Moreau de Justo.

El propio Leguizamón había denunciado en la Subcomisaría del barrio Guadalupe la desaparición de su esposa -de quien estaba separado hacía varios meses-, pero luego de un día de búsqueda la Policía decidió detenerlo preventivamente.

Durante el trabajo de búsqueda, los policías revisaron algunas cámaras de seguridad y descubrieron que el hombre había ingresado a la zona del hallazgo del cadáver a bordo de una motocicleta, lo cual fue clave para comenzar a realizar todas las conexiones con el hecho.

Las imágenes mostraron al hombre entrar hacia el sector del barrio San Antonio junto a la mujer, en tanto otros testimonios luego indicaron que había salido solo del lugar. A partir de ahí, la Policía intensificó las pesquisas en la zona con la ayuda de perros rastreadores, logrando horas después dar con el macabro hallazgo.

Fundamentos

Basándose en las pruebas obtenidas hasta esta instancia de la investigación, el juez Spessot resolvió la situación procesal del acusado y pudo reconstruir los hechos que derivaron en la violenta muerte de Gisela, quedando sindicado como presunto autor material del femicidio.

En este sentido, el magistrado dijo que quedó acreditado con el grado de probabilidad que requiere esta instancia del proceso, que el pasado 13 de julio del 2025, cerca de las 10 horas, Leguizamón se habría presentado en el domicilio, sito en calle Corrientes y quinto pasillo del barrio Fontana de la ciudad de Formosa, y empleando engaños logró que su esposa Gisela Agustina Mendoza, de quien se encontraba separado hacia unos meses por motivos de violencia intrafamiliar, aceptara abandonar la vivienda en su compañía, vestida de manera informal. Ambos salieron a bordo de una motocicleta por calle Freitas, doblaron por avenida Néstor Kirchner, hasta doblar por avenida Antártida Argentina, tomar la avenida Italia y alcanzar la avenida Alicia Moreau de Justo, cruzando sus similares Los Pioneros y Constancio Vigil, hasta arribar finalmente cerca de las 10.50 horas a un predio abierto, ubicado a la altura de avenida Alicia Moreau de Justo y vía férrea del barrio San Antonio.

La pareja traspasó un portón tipo tranquera de madera, ingresó al predio a bordo del rodado, se adentraron unos 37,80 metros por un sendero, bajaron del vehículo y, en determinado momento, con base en un plan determinado de antemano que consistía en matar a su esposa, el hombre atacó en forma violenta a Gisela hasta quitarle la vida.

Después, Leguizamón fue a la misma vivienda del barrio Fontana y devolvió la motocicleta de su esposa, haciendo entrega de las llaves al padre, con el cual no cruzó conversación alguna.

La valoración racional y crítica de las pruebas recabadas en la causa (testimonios, imágenes de cámaras de seguridad, informes periciales, etc.) permitieron afirmar al juez Spessot que Leguizamón participó de manera activa en la muerte de quien en vida fuera su esposa Gisela Agustina Mendoza.

Violencia de género

De acuerdo con las pruebas logradas en la investigación, el hombre habría ideado un plan para finalizar con la vida de su esposa, realizando actos preparatorios a tal fin: engaño, extracción de la víctima de su domicilio particular y traslado a un lugar descampado lejano y sin presencia de testigos, donde finalmente logró consumar el hecho.

“La cadena de acontecimientos hace razonable afirmar que la acción desplegada por el traído a proceso prima facie provocó el resultado típico previsto por la norma -muerte de otro-, sin surgir de las pruebas interrupción alguna en la causación entre el hecho material presuntamente antijurídico y el resultado final”, expresa el juez en su resolución.

Alberto Fernández, tras su procesamiento en la causa Seguros: «Me persiguen por peronista»

Alberto Fernández, tras su procesamiento en la causa Seguros: «Me persiguen por peronista»

El ex presidente hizo un contundente descargo luego de que la Justicia avanzara en su procesamiento. Además se le aplicó un embargo de $14.634.220.283.

Alberto Fernández fue procesado en el marco de la Causa Seguros y se le embargaron  sus bienes por $14.634.220.283.

Fuente: https://www.diariopopular.com.ar/

El ex presidente Alberto Fernández atribuyó su procesamiento en la causa Seguros a una “decisión judicial que fuerza la interpretación de pruebas con el solo propósito de mantenerme arbitrariamente ligado al proceso”.

«Ayer la (in) Justicia Federal dispuso mi procesamiento. Ya no me cuestiona un decreto que firmé para poner fin a la cartelización y a los negociados que se hacían con los seguros del Estado. Ahora, repentinamente, se me imputa no haber advertido el “riesgo” que suponía nombrar como secretaria a la esposa de un productor de seguros», comenzó su posteo.

Y agregó en su cuenta de X: «Entiendo que la decisión judicial fuerza la interpretación de pruebas con el solo propósito de mantenerme arbitrariamente ligado al proceso. Cómo alguien que cree en la república, aún cuando advierto la enorme crisis que sufren hoy las formas republicanas, seguiré intentando que la Justicia Federal cumpla su función de impartir Justicia y deje de perseguirme por ser peronista para complacer a los medios de comunicación».

El juez Sebastián Casanello procesó Alberto Fernández en el marco de la Causa Seguros y además le aplicó un embargo sobre sus bienes que asciende a $14.634.220.283. La investigación es por los delitos de negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública, en calidad de autor por “negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública”.

Casanello también procesó al empresario Héctor Martínez Sosa y a su mujer, María Cantero, la histórica secretaria de Fernández.

Durante el gobierno de Fernández, la empresa Martínez Sosa acumuló contratos con19 organismos públicos y recibió $366.635.744 en comisiones. En el listado aparecen cuatro ministerios, Vialidad Nacional, Casa de la Moneda, Corredores Viales SA, el Fondo de las Artes, y la Corte Suprema, entre otros.La cifra crece a $ 416.546 .348 si se suman las comisiones cobradas en 2024 ($ 21.732,54 en 2020, $ 29.750.137 en 2021, $ 156.679.420 en 2022, $ 228.982.902 en 2023, y $ 1.112.155 en 2024).

La Causa Seguros cambió de juez a comienzos de febrero, cuando se venció la subrogancia de Julián Ercolini, en el juzgado federal 11. Ocurrió en un momento clave de la investigación porque ya se habían terminado las indagatorias y el juez se disponía a decidir si procesaba o sobreseía a todos los imputados.

Desde entonces, Casanello decidió revisar toda la documentación, solicitar nuevas pruebas, y darle su impronta a la causa. Además, profundizó otras líneas de investigación.

Una prueba fundamental para la causa fue un informe elaborado por la Procuraduría de Criminalidad Económica y Lavado de Activos (PROCELAC) y presentado a mediados de mayo. Ese documento, de 662 páginas, analizó la facturación de Alberto Fernández mientras estuvo al margen de la función pública. Los expertos de la PROCELAC revelaron que el ex presidente le facturó a Martínez Sosa por supuestos servicios profesionales entre 2010 y 2019.

La última factura está fechada el 6 de diciembre de 2019, cuatro días antes de su asunción. En total, Fernández le facturó a la empresa de su amigo “Hecky” un total de $4.257.000, tomando en cuenta los valores de esa época.

 

Violencia de género: confirmaron el procesamiento contra Alberto Fernández, quien quedó más cerca del juicio oral

Violencia de género: confirmaron el procesamiento contra Alberto Fernández, quien quedó más cerca del juicio oral

La Cámara Federal de Comodoro Py resolvió por mayoría ratificar las denuncias efectuadas por Fabiola Yañez por lesiones leves y graves agravadas por haberse cometido en un contexto de violencia de género y por amenazas coactivas.

La Cámara Federal confirmó este martes el procesamiento de Alberto Fernández en la causa por violencia de género.

Fuente: https://www.diariopopular.com.ar/

La Cámara Federal confirmó este martes el procesamiento de Alberto Fernández en la causa por violencia de género contra su expareja y exprimera dama, Fabiola Yañez. La Sala II del tribunal por mayoría ratificó el dictamen por los delitos de lesiones leves y lesiones graves agravadas por haberse cometido en un contexto de violencia de género y por amenazas coactivas.

Con esta decisión, el expresidente quedó en condiciones de ser enviado a juicio oral y público si el juez federal Julián Ercolini y el fiscal federal Ramiro González, quien investigó el caso, entienden que la causa está cerrada y debe pasar a esa etapa del proceso judicial.

La ratificación del procesamiento, un texto de 82 páginas, fue firmado por los jueces Martín Irurzun y Eduardo Farah, mientras que el tercer juez de la Cámara, Roberto Boico, votó por la falta de mérito del exmandatario para que siga siendo investigado.

Irurzun y Farah ratificaron el fallo de Ercolini que dio por acreditado que Fernández golpeó al menos en dos oportunidades a Yañez, lo que le provocó moretones en el brazo y el ojo derecho. También que el expresidente coaccionó a su expareja para que no presente la denuncia penal en su contra.

“Todo demuestra que la damnificada era alguien que notoriamente estaba en una situación de desigualdad de poder, al interior y exterior de la pareja, con relación a su victimario”, sostuvo Irurzun en su voto al que adhirió Farah. También señalaron que en base a la desigualdad de poder entre Fernández y Yañez “influyó en la concreción de coacción para influir en la decisión de Yañez de no instar inicialmente la acción penal para que se investiguen los hechos”.

“Hay fuertes motivos para sostener que los hechos concretos y objetivos que fueron preliminarmente acreditados en la causa, que incluyeron lesiones y otras formas de violencia de género practicadas por quien mantenía una marcada desigualdad de poder con ella, además de un aislamiento (forzado por estos hechos) mantenido en un espacio muy particular (casa de huéspedes de la Quinta Olivos) donde Fernández era la autoridad máxima, ciertamente fueron la causa de un marcado deterioro en las condiciones de salud de la víctima”, agregaron los camaristas.

Voto en disidencia

En disidencia votó Boico, quien entendió que en el caso faltaban hacer medidas de prueba para acreditar la acusación. Concretamente sobre los golpes que tenía a Yañez y sobre las amenazas que recibió para no presentar la denuncia. Sobre los golpes, el juez señaló que “no es posible determinar las fechas y horarios en las que fueron tomadas las fotografías y grabado el video en cuestión” y que fueron aportados por Yañez a la causa.

También sostuvo que el moretón en el ojo fue un día antes de hacer un viaje oficial a Misiones como primera dama y que el vuelo lo compartió con otras personas. “Sin embargo, no se les tomó testimonio a ninguna de ellas pese a que podrían haber visto el ojo de Yáñez tal como se muestra en la imagen”, explicó entre otros puntos entre los que señaló que “el expediente cuenta con los dichos de personas que sí fueron citadas a prestar declaración testimonial. Empero, sus dichos sobre los acontecimientos en cuestión fueron ignorados, omitidos o fragmentados”.

Para el camarista “no se procuró la totalidad de elementos de prueba disponibles para la corroboración de la hipótesis acusatoria. Es una falencia importante que priva al acto jurisdiccional de adecuado fundamento”. “Se han expuesto y mencionado todas aquellas falencias advertidas en la investigación y las concretas y atinentes vías de avance. Mientras no se produzca su exploración, este conflicto mantendrá los enigmas que hicieron que la reconstrucción del caso no dependiera de los insumos probatorios, sino de las diversas percepciones de sus actores. De allí deriva que el fallo impugnado no satisfaga los requisitos mínimos para sostener una acusación con la certeza requerida en esta etapa del proceso”, cerró.

La jueza federal López Macé dictó el procesamiento de los cuatro imputados por la caza del yaguareté

La jueza federal López Macé dictó el procesamiento de los cuatro imputados por la caza del yaguareté

También dispuso la prisión preventiva para los tres sujetos que se habían entregado luego de que la Justicia ordenara sendos pedidos de captura en su contra

La jueza federal López Macé dictó el procesamiento de los cuatro imputados  por la caza del yaguareté - Diario La Mañana

Fuente: https_www.lamañanaonline.com.ar
La jueza federal Nº 2 de Formosa, María Belén López Macé, dictó este viernes el procesamiento de los cuatro imputados por la caza y muerte del yaguareté, ocurrida a fines del mes de julio pasado en la zona de Estanislao del Campo.

La magistrada confirmó que en el marco de la causa que investiga el hecho, también dispuso la prisión preventiva de los tres sujetos que se habían entregado días después de que su juzgado dictara pedidos de captura en su contra.

 

Cabe recordar que el hombre que había sido detenido días después de conocido el hecho quedó en libertad a instancias de un requerimiento en tal sentido presentado por el fiscal federal que interviene en la causa.

En cuanto a los prófugos que se presentaron el lunes 2 de septiembre ante el Juzgado Federal Nº 2, a cargo de la Dra. López Macé, fueron indagados al día siguiente, y este viernes fueron procesados en el marco de la causa judicial. Sobre ellos tres, la jueza también dictó la prisión preventiva.

Respecto a la continuidad de la causa, se indicó que ahora resta esperar si los procesados recurren la resolución de la jueza. Si los acusados apelan lo dispuesto por López Macé, el expediente se remite a la Cámara Federal de Apelaciones, en Resistencia, que debe confirmar o revocar la resolución judicial.

Recién una vez que estén todas las medidas probatorias cumplidas, la causa estaría en condiciones de ser elevada a juicio.

 

Hechos

Cabe recordar que a fines de julio de este año se conoció que cazadores furtivos mataron un ejemplar de yaguareté en territorio provincial. En su momento trascendieron imágenes de éstos junto al animal muerto. Uno de los cazadores fue detenido casi inmediatamente, mientras que otros tres involucrados se entregaron varias semanas después.

Tras confirmarse la muerte del animal, se había radicado la denuncia correspondiente ante la autoridad policial, tomando intervención en un primero momento el Juzgado de Instrucción y Correccional de la ciudad de Las Lomitas, a cargo de la Dra. Gabriela Soledad Plazas, para luego pasar al ámbito federal, puntualmente al Juzgado Federal N° 2 a cargo de López Macé.

El yaguareté (Pantheraonca) es el felino más grande del continente americano y el tercero a nivel mundial, después del león y el tigre asiático.

La especie se encuentra en peligro crítico de extinción en Argentina debido a la pérdida y fragmentación de su hábitat, el atropellamiento en rutas y la caza ilegal del felino y sus presas. Como el mayor depredador del ecosistema, el yaguareté cumple un rol ecológico fundamental regulando las poblaciones de otros vertebrados, especialmente de los grandes herbívoros; por lo tanto, su presencia es un buen indicador de la salud de los ecosistemas.

Se estima que en nuestro país quedan menos de 250 individuos y sólo 20 se encuentran en la región chaqueña, distribuidos en las provincias de Chaco, Formosa, Salta y Santiago del Estero.

El yaguareté fue declarado Monumento Natural Provincial en Formosa (Ley 1.673) y Monumento Natural Nacional (Ley 25.463).

Confirmaron el procesamiento del intendente de La Matanza

Confirmaron el procesamiento del intendente de La Matanza

Fernando Espinoza fue denunciado en junio de 2012 por Melody Raskaukas, quien estaba contratada por el municipio.

Melody Raskaukas

Fuente: https://www.diariopopular.com.ar/

La Cámara del Crimen confirmó este miércoles el procesamiento del intendente de La MatanzaFernando Espinoza, por el presunto abuso sexual a Melody Raskaukas, quien trabajaba en el municipio y lo denunció en junio de 2021.

La decisión fue tomada por la Sala VII de la Cámara integrada por los jueces Juan Cicciaro y Rodolfo Pociello Argerich que ratificaron la postura del fiscal Mauricio Viera que había dictaminado que se confirme le procesamiento dictado en primera instancia por la jueza María Fabiana Galetti.

La defensa de Espinoza -a cargo del estudio de abogados del ex juez y ministro de Justicia León Arslanián- había pedido que se revoque el procesamiento. La Cámara también ratificó el embargo de 1.500.000 de pesos sobre los bienes del intendente.

La causa contra Espinoza se inició por la denuncia que Raskaukas hizo en persona en la Oficina de Violencia Doméstica (OVD) de la Corte Suprema de Justicia de la Nación a principios de junio de 2021.

La denuncia de la Intendencia

El Municipio de La Matanza presentó el 10 de junio pasado una denuncia penal contra de Melody Rakauskas por la presunta comisión de los delitos de lavado de dinero y espionaje ilegal, tanto al Poder Judicial de la Nación como a la propia Municipalidad. La acción surge por las mismas evidencias encontradas tras la denuncia que Rakaukas hiciera en contra del intendente Fernando Espinoza.

La denuncia fue presentada por el Asesor Letrado del municipio, Alberto Riccio, y recayó en el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal Nº 7 a cargo del juez Sebastián Casanello. Según consta en el documento, Rakauskas habría incurrido en “la posible comisión de los delitos de lavado de dinero, posible intromisión al sistema Lex100 por personas ajenas al expediente, posible violación a la ley 25.520, y/o todo otro delito que se determine como resultado del avance de la investigación”.

El documento devela un armado político orquestado de manera deliberada para obstaculizar y perjudicar a Espinoza en las elecciones legislativas que se llevaron a cabo en 2021.

De acuerdo con la denuncia, “a partir de los mails enviados por la denunciante y las presentaciones hechas por abogados vinculados a personas de la política partidaria, resulta evidente que el señor Intendente Fernando Espinoza ha sido víctima de una monumental operación de inteligencia ilegal a fin de perjudicarlo, así como también al distrito de La Matanza y, consecuentemente, al Partido Justicialista en las pasadas elecciones del año 2021, pues no podemos omitir indicar que la ‘aparición’ sorpresiva y digitada de Rakauskas se produjo en la víspera de las elecciones de mención”.