ANSeS comenzó este miércoles el pago de pensiones por invalidez laboral a beneficiarios de Formosa

ANSeS comenzó este miércoles el pago de pensiones por invalidez laboral a beneficiarios de Formosa

Se fijó un plazo de 90 días hábiles para que los titulares de las pensiones regularicen su documentación a fin de permitir la evaluación técnica correspondiente

ANSeS comenzó este miércoles el pago de pensiones por invalidez laboral a  beneficiarios de Formosa - Diario La Mañana

Fuente: https_www.lamañanaonline.com.ar
La responsable de la oficina local de ANSeS, Patricia Arias, confirmó a La Mañana que este miércoles comenzaron a cobrar los beneficiarios de las Pensiones no Contributivas (PNC) por invalidez laboral en la provincia. Indicó que en esta primera jornada se abonó a los beneficiarios con terminación de DNI en 0, 1, 2 y 3, mientras que este jueves lo harán con el resto: 4, 5, 6, 7. 8 y 9.

La funcionaria federal explicó que los papeles que deben presentar los beneficiarios para poder cobrar son: Historia clínica actualizada, DNI y carta manuscrita justificando por qué no asistió a la auditoría.

Dijo que en caso de tener CUD (Certificado Único de Discapacidad), también deberán presentarlo. En este punto, Arias señaló que los beneficiarios tienen menos de dos meses para hacer esta presentación.

Cabe recordar que la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) dejó sin efecto la suspensión de las Pensiones No Contributivas (PNC) por invalidez laboral en Formosa, en cumplimiento de una medida cautelar dictada por la Justicia Federal y confirmada por la Cámara Federal de Resistencia. Esta decisión fue oficializada mediante la Resolución 12504/2025, publicada en el Boletín Oficial, y devuelve la pensión a más de 15 mil formoseños.

La medida fue adoptada luego de que la jueza federal María Belén López Macé hiciera lugar a una acción de amparo presentada por la Asociación Civil Camino Azul-TEA Formosa, junto al defensor del Pueblo de la provincia, José Leonardo Gialluca, y otros beneficiarios.

La resolución judicial ordenó al Estado Nacional y a la ANDIS que en el plazo de 24 horas dejaran sin efecto la retención y/o suspensión de las pensiones por discapacidad en todo el territorio provincial, disponiendo además la liberación inmediata de los fondos retenidos en las cuentas de los beneficiarios.

La cautelar, dictada en el expediente “Defensoría del Pueblo de la Provincia de Formosa y otros c/ Estado Nacional – ANDIS s/ Acción de Amparo – Ley 16.986”, tendrá vigencia por tres meses. Durante ese período, los beneficiarios podrán regularizar su situación administrativa o realizar las presentaciones judiciales necesarias para garantizar la continuidad del beneficio.

La Agencia, actualmente intervenida por disposición del presidente de la Nación mediante el Decreto 601/2025, comunicó que los pagos se reanudarán a partir del mes en que fueron suspendidos. Además, otorgó un plazo de 90 días hábiles para que los titulares de las pensiones regularicen su documentación a fin de permitir la evaluación técnica correspondiente.

Defensor del Pueblo

Por su parte, el defensor del Pueblo de la Provincia, José Leonardo Gialluca, solicitó “que no se lleve a confusiones al colectivo de personas con discapacidad de nuestra provincia, en relación a si es necesario obtener el CUD Certificado Único por Discapacidad o el CMO (Certificado Médico Oficial Digital para el cobro retroactivo de las pensiones que suspendió y dio de baja el Gobierno Nacional a través de la ANDIS”.

En ese sentido, Gialluca dijo que “el Certificado Médico Oficial Digital (CMO), no debe ser gestionado por las personas que tenían una pensión por discapacidad y a quienes la ANDIS junto con el ANSeS, se las dio de baja, ya que el mismo se encuentra c argado en sus registros”.

Aclaró que “para los casos de trámites de pensiones nuevos o de aquellos que hayan quedado trabados en la ANSeS, sí deben gestionar el CMO Digital, el cual viene siendo otorgado sin inconvenientes en diversos lugares del territorio provincial”.

El funcionario advirtió, además, que la suspensión de la ejecución de la ley de Emergencia en Discapacidad “constituye un fraude constitucional, que subvierte el sistema republicano de frenos y contrapesos establecido en el artículo 1 de la Constitución Nacional”. “Además, configura discriminación estructural sistemática mediante la aplicación diferencial de criterios presupuestarios según el destinatario”, añadió.