La Corte Suprema escuchó reclamos y pedido de justicia de la comunidad Pilagá por la matanza de Rincón Bomba

La Corte Suprema escuchó reclamos y pedido de justicia de la comunidad Pilagá por la matanza de Rincón Bomba

Integrantes de la Federación de Comunidades del Pueblo Pilagá de Formosa fueron recibidos esta semana por el secretario de la Secretaría Nº 4 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN), el Dr. Sergio Napoli, quien estuvo acompañado por dos colaboradoras del mismo organismo.

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Así lo informó la abogada de la Federación, Dra. Paula Alvarado, quien señaló que la reunión, solicitada por la Federación y gestionada a través del amicus curiae (Amigos del Tribunal) SERPAJ (Servicio de Paz y Justicia de Argentina), se desarrolló en un marco de respeto y escucha activa y se inició con la intervención del secretario de la Federación de Comunidades del Pueblo Pilagá, quien presentó a los integrantes de la delegación y a los funcionarios presentes.

Seguidamente, la representante de las mujeres del pueblo Pilagá, Noole Cipriana Palomo, expresó a los funcionarios de la Corte Suprema la necesidad de una reparación en condiciones de igualdad ciudadana, destacando la relevancia de una causa que lleva más de veinte años de lucha y reclamo, y solicitó una reparación histórica y justa para el pueblo Pilagá.

Por su parte, el consejero representante Doroteo Domínguez manifestó ante el secretario de la Corte que la causa continúa viva gracias a los testimonios de los sobrevivientes y al legado espiritual de los ancianos que ya no están, enfatizando que los espíritus de los abuelos siguen presentes y que la causa no debe quedar impune.

En tal sentido, solicitó al Estado nacional una reparación integral por los hechos acontecidos durante la Masacre de Rincón Bomba en octubre del año 1947, exigiendo justicia.

En su intervención, el consejero suplente de ancianos, Ángel Navarrete, recordó el caso de una de las víctimas que fue violada y desaparecida durante la persecución llevada a cabo por Gendarmería Nacional, reiterando el pedido de una reparación justa y completa.

En tanto, el titular del Consejo de Ancianos de la Federación, César Zalazar, se dirigió a los presentes en su lengua originaria. Su intervención fue traducida por el secretario de la Federación, Esteban Navarrete, quien transmitió su agradecimiento por la recepción brindada por la Secretaría de la Corte y subrayó la importancia de avanzar hacia una reparación histórica.

En ese marco, entregó al Dr. Napoli un presente simbólico consistente en material documental de la causa (libros y CD).

Desde la Corte Suprema, los funcionarios presentes destacaron la importancia del encuentro, manifestando que es deber del Tribunal recibir a quienes lo soliciten y que constituye un derecho de la Federación mantener este tipo de audiencias.

Aclararon, asimismo, que deben mantener una posición de neutralidad institucional y escuchar a todas las partes interesadas, incluyendo al Estado Nacional.

Informaron que el expediente ha sido objeto de un estudio profundo desde su recepción, incluso antes de su remisión a la Procuración, dada su complejidad y la multiplicidad de aristas que presenta. Señalaron, además, que la decisión final corresponde a los señores ministros de la Corte.

Finalmente, tomó la palabra la abogada de la Federación, Dra. Paula Alvarado, quien expuso sobre el paradigma de los derechos humanos y su aplicación en relación con los pueblos indígenas, destacando la necesidad de interpretar los reclamos del Pueblo Pilagá a la luz de los estándares internacionales de derechos humanos y de los principios de verdad, justicia y reparación integral.

La reunión se desarrolló en un clima cordial, caracterizado por el respeto mutuo y la apertura al diálogo intercultural.

Se cumplen 78 años de la masacre

En octubre de 1947, segundo año del primer gobierno de Juan Domingo Perón, en el paraje La Bomba, cercano a Las Lomitas, cientos de personas pertenecientes al pueblo Pilagá fueron asesinadas durante un operativo de Gendarmería Nacional, que hasta utilizó un avión armado con una ametralladora para perseguir a los aborígenes.

Los sobrevivientes del cruento hecho rememoraron que “ese día, miles de personas que se encontraban reunidas en La Bomba convocadas por Tonkiet, un sanador y líder espiritual Pilagá, fueron violentamente reprimidas al negarse a abandonar el paraje”. Las familias huyeron por el monte mientras eran perseguidas y capturadas por miembros de la Gendarmería Nacional, extendiendo la masacre durante más de dos semanas y en un territorio de unos 1.000 km cuadrados.

“A los fusilamientos del día 10 (de octubre) se sumaron nuevos asesinatos en distintos parajes, la violación fue utilizada como arma contra las mujeres y muchos niños y ancianos murieron de hambre y de sed. Aquellos niños y niñas que hoy ya son ancianos fueron capturados y llevados a las colonias indígenas”, evocaron.

Allí permanecieron por varios años y algunos con el tiempo lograron reunirse con sus familiares y reconstruir sus vidas. A pesar del manto de silencio con el que se cubrieron estos hechos, la memoria de los sobrevivientes permaneció y se transmitió a las nuevas generaciones.

El caso llegó a la Justicia Federal en el año 2005, a través de los abogados Julio García y Carlos Díaz, apoderados de tres personas que en ese entonces formaban parte de la Federación Pilagá que se estaba conformando.

La abogada que representa a la Federación Pilagá, Paula Alvarado, señaló que en el año 2010 la Federación obtiene la personería jurídica en el Registro Nacional de Comunidades y Organizaciones Indígenas y desde ahí la entidad comenzó a tomar un camino autónomo de trabajo.

Finalmente, el 4 de julio de 2019, catorce años después de iniciada la causa, la Justicia Federal, a través del entonces juez federal de Formosa, Fernando Carbajal, dicta un fallo favorable a la comunidad Pilagá, en el que declara que los hechos sucedidos el 10 de octubre de 1947 en Rincón Bomba, en Las Lomitas, constituyen crímenes de lesa humanidad y dispuso que el Estado nacional repare los daños causados a ese pueblo originario.

De esta manera, la Justicia hizo lugar a la demanda promovida por la Federación de Comunidades Indígenas del Pueblo Pilagá y condenó al Estado nacional a hacerse cargo de dos tipos de reparaciones en beneficio de esa comunidad: una reparación no patrimonial y otra patrimonial.

Este fallo fue apelado tanto por el Estado nacional como por la parte de la Federación de Comunidades Indígenas del Pueblo Pilagá, por lo que el expediente se encuentra ahora en el seno de la Corte Suprema de Justicia de la Nación para su correspondiente decisión final.