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La Corte Suprema rechazó el planteo de los acusados y confirmó a Grabois como querellante de la causa $LIBRA

La Corte Suprema rechazó el planteo de los acusados y confirmó a Grabois como querellante de la causa $LIBRA

El fallo del Máximo Tribunal mantuvo la representación de los damnificados y frenó el intento de apartarlos de la causa.

La resolución deja firme la participación de Juan Grabois en la causa.

Fuente: https://www.diariopopular.com.ar/

La Corte Suprema de Justicia confirmó a Juan Grabois como querellante en la causa que investiga el lanzamiento y derrumbe de la criptomoneda $LIBRA, al rechazar la queja presentada por las defensas de Mauricio Novelli y Manuel Terrones Godoy. Los acusados apuntaban a excluir a los damnificados representados por el diputado y abogado, pero el Máximo Tribunal consideró que su planteo no tenía carácter de sentencia definitiva.

La resolución deja firme la participación de Grabois, descartando de manera unánime el intento de apartarlo. Con este aval, la investigación que lleva adelante el fiscal federal Eduardo Taiano seguirá centrada en determinar si hubo una maniobra de «rug pull», es decir, un esquema para inflar artificialmente el valor del criptoactivo y luego provocar su caída para obtener ganancias rápidas.

En paralelo, la ciudadana bielorrusa Krasutskaya Sviatlana Vitalievna pidió ser incorporada como particular damnificada ante el juez Marcelo Martínez De Giorgi, al denunciar que perdió US$1.768.079 como consecuencia de la promoción inicial de $LIBRA, incluida una publicación del presidente Javier Milei en “X”, donde aseguró que avalaba el proyecto como impulso económico para el país.

El avance de los damnificados como querellantes viene generando tensión desde comienzos de año. En febrero del corriente, la jueza María Servini había rechazado solicitudes de inversores representados por Grabois, pero la Cámara Federal porteña revirtió esa decisión al remarcar que la legitimación no depende de probar el delito sino del relato inicial que justifica la pesquisa, lo que reactivó la participación de los afectados.

Tras nuevos rechazos en Casación, las defensas llevaron su queja a la Corte argumentando arbitrariedad y violación del debido proceso, pero los ministros descartaron esos planteos. Ahora será De Giorgi quien deba resolver si incorpora a Vitalievna como querellante y si amplía el embargo sobre los bienes de Hayden Davis, impulsor del proyecto, quien cuestionó como “irrisorio” el monto actual fijado en US$25.000.

 

La Corte Suprema administrará y subastará el decomiso de los bienes de Cristina Kirchner

La Corte Suprema administrará y subastará el decomiso de los bienes de Cristina Kirchner

El Tribunal Oral Federal 2 ordenó avanzar con la recuperación de activos y remitir el proceso a la Corte Suprema para su administración y subasta. La decisión alcanza a 122 propiedades.

Cristina Kirchner y Carlos Beraldi

Fuente: https://www.diariopopular.com.ar/

La Corte Suprema de Justicia será la encargada de administrar y subastar el decomiso de los bienes de la ex presidenta Cristina Kirchner. También se incluye a las propiedades de Lázaro Báez

La decisión alcanza a 122 propiedades identificadas en la causa Vialidad y será ejecutada tras el rechazo a los planteos de las defensas.

El tribunal a cargo de la Causa Vialidad solicitó este martes decomisar los bienes de la expresidenta Cristina Kirchner, quien cumple una condena de prisión domiciliaria de seis años, junto a los de otros condenados por ese expediente. De esta forma lo resolvió el Tribunal Oral Federal 2 (TOF) que integran Jorge Gorini, Rodrigo Giménez Uriburu y Andrés Basso.

La medida, dispuesta luego de que la sentencia dictada en diciembre de 2022 fuera ratificada en junio pasado, alcanza a 122 bienes inmuebles que fueron identificados por el Ministerio Público Fiscal como instrumentos o productos del delito, o bien como activos incorporados durante el período en que se desarrolló la maniobra fraudulenta, entre mayo de 2003 y diciembre de 2015.

El monto original fijado en concepto de decomiso había sido de $84.835 millones, pero fue actualizado a $684.990 millones por peritos contadores, en función de criterios técnicos ratificados por la Corte Suprema de Justicia.

Ante el incumplimiento de los condenados, el tribunal ordenó su ejecución mediante la realización y venta de los activos identificados.

Entre los bienes decomisados se encuentran propiedades de Lázaro Báez y de sociedades vinculadas a su grupo empresario, como Austral Construcciones, Kank y Costilla y Loscalzo y Del Curto, además de terrenos, hoteles y departamentos en Santa Cruz, Buenos Aires y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

También se incluye un inmueble a nombre de Cristina Fernández de Kirchner y un conjunto de bienes cedidos a sus hijos, Máximo y Florencia Kirchner.

La sentencia consideró probada la existencia de un circuito de beneficios indebidos derivados de la adjudicación irregular de obra pública en Santa Cruz, que implicó sobreprecios, cartelización y falta de controles, en favor del empresario Lázaro Báez.

Ese flujo de fondos públicos, según la Justicia, redundó en un crecimiento patrimonial ilícito que se tradujo en propiedades, inversiones y negocios compartidos con la familia Kirchner.

Los jueces rechazaron los argumentos de las defensas, que habían planteado la falta de nexo causal entre los bienes y el delito, la existencia de sobreseimientos previos por enriquecimiento ilícito y la supuesta afectación de derechos de terceros.

En su resolución, el tribunal remarcó que el decomiso no requiere una trazabilidad contable exacta, sino una vinculación razonable con los beneficios derivados de la maniobra.

Los fundamentos del fallo

Además, fundamentó su decisión en tratados internacionales como la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción, que reconocen la recuperación de activos como un principio fundamental.

También advirtió que la interpretación restrictiva del decomiso puede favorecer la impunidad económica en casos de corrupción estructural.

En este contexto, el tribunal dejó constancia de que, una vez efectuada la tasación de los bienes, se comunicará lo resuelto a la Corte Suprema para su eventual afectación al servicio de justicia, y se ordenó su inscripción en la Base General de Datos de Bienes Secuestrados.

Asimismo, se instó a garantizar que los fondos recuperados puedan ser destinados a la reparación del daño social causado, en particular en la provincia de Santa Cruz, cuya infraestructura vial resultó severamente perjudicada por las obras inconclusas.

 

La Corte Suprema rechazó una demanda de la comunidad Qom por Dioxitek

La Corte Suprema rechazó una demanda de la comunidad Qom por Dioxitek

El máximo tribunal sostuvo que “no se ha demostrado la existencia de un daño actual o inminente que pueda afectar directamente las vidas, creencias, instituciones o las tierras que ocupa la comunidad actora”

La Corte Suprema rechazó una demanda de la comunidad Qom por Dioxitek -  Diario La Mañana

Fuente: /https_www.lamañanaonline.com.ar/
La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó una demanda presentada por la comunidad de Namqom contra el Estado nacional, la Provincia de Formosa y la empresa Dioxitek SA, en la que solicitaban ser consultados antes de la instalación de una planta de dióxido de uranio en las afueras de la capital formoseña.

El máximo tribunal sostuvo que “no se ha demostrado la existencia de un daño actual o inminente que pueda afectar directamente las vidas, creencias, instituciones o las tierras que ocupa la comunidad actora” y remarcó que los representantes del grupo indígena “ni siquiera describieron el daño concreto temido que la diferencie del resto de la población circundante de la provincia”.

La comunidad había reclamado la aplicación de su derecho a la consulta previa, libre e informada previsto en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), al considerar que el proyecto podía afectar sus derechos e intereses colectivos. En ese marco, había solicitado una medida cautelar para suspender los trabajos.

Sin embargo, según dio a conocer la Agencia Noticias Argentinas, la Corte señaló que el convenio no otorga un derecho de consulta en relación con todas las medidas administrativas o legislativas que puedan impactar a las comunidades indígenas, sino únicamente en aquellos casos en los que las decisiones sean capaces de “menoscabar o perjudicar derechamente” sus derechos, y no de forma indirecta o remota.

El fallo subrayó además que las tierras donde se construye la “Planta Dióxido de Uranio NPU” eran originalmente de propiedad privada y fueron adquiridas por la Provincia mediante un proceso expropiatorio, con declaración de utilidad pública y previa realización de audiencias públicas.

De acuerdo con la resolución, la planta se levanta dentro del “Polo Científico, Tecnológico y de Innovación de Formosa”, ubicado sobre la ruta provincial 81, a 16 kilómetros de la ciudad capital y a unos 4 kilómetros del barrio donde habita la comunidad demandante.

El tribunal agregó que la actividad de Dioxitek SA forma parte de una política federal en materia nuclear y está comprendida dentro de las competencias del Estado nacional según la Ley 24.804. “Con la puesta en marcha de la nueva planta, se producirá dióxido de uranio con calidad nuclear para abastecer a las centrales Atucha I, Atucha II y Embalse”, indicó la sentencia.

En definitiva, los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz Ricardo Lorenzetti concluyeron que no se configura un caso que requiera la aplicación del procedimiento de consulta previsto en el Convenio 169 de la OIT y que no existe una lesión actual o inminente al derecho invocado por la comunidad de Namqom.

La Corte Suprema escuchó reclamos y pedido de justicia de la comunidad Pilagá por la matanza de Rincón Bomba

La Corte Suprema escuchó reclamos y pedido de justicia de la comunidad Pilagá por la matanza de Rincón Bomba

Integrantes de la Federación de Comunidades del Pueblo Pilagá de Formosa fueron recibidos esta semana por el secretario de la Secretaría Nº 4 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN), el Dr. Sergio Napoli, quien estuvo acompañado por dos colaboradoras del mismo organismo.

La Corte Suprema escuchó reclamos y pedido de justicia de la comunidad Pilagá por la matanza de Rincón Bomba - Diario La Mañana

Fuente: /https_www.lamañanaonline.com.ar

Así lo informó la abogada de la Federación, Dra. Paula Alvarado, quien señaló que la reunión, solicitada por la Federación y gestionada a través del amicus curiae (Amigos del Tribunal) SERPAJ (Servicio de Paz y Justicia de Argentina), se desarrolló en un marco de respeto y escucha activa y se inició con la intervención del secretario de la Federación de Comunidades del Pueblo Pilagá, quien presentó a los integrantes de la delegación y a los funcionarios presentes.

Seguidamente, la representante de las mujeres del pueblo Pilagá, Noole Cipriana Palomo, expresó a los funcionarios de la Corte Suprema la necesidad de una reparación en condiciones de igualdad ciudadana, destacando la relevancia de una causa que lleva más de veinte años de lucha y reclamo, y solicitó una reparación histórica y justa para el pueblo Pilagá.

Por su parte, el consejero representante Doroteo Domínguez manifestó ante el secretario de la Corte que la causa continúa viva gracias a los testimonios de los sobrevivientes y al legado espiritual de los ancianos que ya no están, enfatizando que los espíritus de los abuelos siguen presentes y que la causa no debe quedar impune.

En tal sentido, solicitó al Estado nacional una reparación integral por los hechos acontecidos durante la Masacre de Rincón Bomba en octubre del año 1947, exigiendo justicia.

En su intervención, el consejero suplente de ancianos, Ángel Navarrete, recordó el caso de una de las víctimas que fue violada y desaparecida durante la persecución llevada a cabo por Gendarmería Nacional, reiterando el pedido de una reparación justa y completa.

En tanto, el titular del Consejo de Ancianos de la Federación, César Zalazar, se dirigió a los presentes en su lengua originaria. Su intervención fue traducida por el secretario de la Federación, Esteban Navarrete, quien transmitió su agradecimiento por la recepción brindada por la Secretaría de la Corte y subrayó la importancia de avanzar hacia una reparación histórica.

En ese marco, entregó al Dr. Napoli un presente simbólico consistente en material documental de la causa (libros y CD).

Desde la Corte Suprema, los funcionarios presentes destacaron la importancia del encuentro, manifestando que es deber del Tribunal recibir a quienes lo soliciten y que constituye un derecho de la Federación mantener este tipo de audiencias.

Aclararon, asimismo, que deben mantener una posición de neutralidad institucional y escuchar a todas las partes interesadas, incluyendo al Estado Nacional.

Informaron que el expediente ha sido objeto de un estudio profundo desde su recepción, incluso antes de su remisión a la Procuración, dada su complejidad y la multiplicidad de aristas que presenta. Señalaron, además, que la decisión final corresponde a los señores ministros de la Corte.

Finalmente, tomó la palabra la abogada de la Federación, Dra. Paula Alvarado, quien expuso sobre el paradigma de los derechos humanos y su aplicación en relación con los pueblos indígenas, destacando la necesidad de interpretar los reclamos del Pueblo Pilagá a la luz de los estándares internacionales de derechos humanos y de los principios de verdad, justicia y reparación integral.

La reunión se desarrolló en un clima cordial, caracterizado por el respeto mutuo y la apertura al diálogo intercultural.

Se cumplen 78 años de la masacre

En octubre de 1947, segundo año del primer gobierno de Juan Domingo Perón, en el paraje La Bomba, cercano a Las Lomitas, cientos de personas pertenecientes al pueblo Pilagá fueron asesinadas durante un operativo de Gendarmería Nacional, que hasta utilizó un avión armado con una ametralladora para perseguir a los aborígenes.

Los sobrevivientes del cruento hecho rememoraron que “ese día, miles de personas que se encontraban reunidas en La Bomba convocadas por Tonkiet, un sanador y líder espiritual Pilagá, fueron violentamente reprimidas al negarse a abandonar el paraje”. Las familias huyeron por el monte mientras eran perseguidas y capturadas por miembros de la Gendarmería Nacional, extendiendo la masacre durante más de dos semanas y en un territorio de unos 1.000 km cuadrados.

“A los fusilamientos del día 10 (de octubre) se sumaron nuevos asesinatos en distintos parajes, la violación fue utilizada como arma contra las mujeres y muchos niños y ancianos murieron de hambre y de sed. Aquellos niños y niñas que hoy ya son ancianos fueron capturados y llevados a las colonias indígenas”, evocaron.

Allí permanecieron por varios años y algunos con el tiempo lograron reunirse con sus familiares y reconstruir sus vidas. A pesar del manto de silencio con el que se cubrieron estos hechos, la memoria de los sobrevivientes permaneció y se transmitió a las nuevas generaciones.

El caso llegó a la Justicia Federal en el año 2005, a través de los abogados Julio García y Carlos Díaz, apoderados de tres personas que en ese entonces formaban parte de la Federación Pilagá que se estaba conformando.

La abogada que representa a la Federación Pilagá, Paula Alvarado, señaló que en el año 2010 la Federación obtiene la personería jurídica en el Registro Nacional de Comunidades y Organizaciones Indígenas y desde ahí la entidad comenzó a tomar un camino autónomo de trabajo.

Finalmente, el 4 de julio de 2019, catorce años después de iniciada la causa, la Justicia Federal, a través del entonces juez federal de Formosa, Fernando Carbajal, dicta un fallo favorable a la comunidad Pilagá, en el que declara que los hechos sucedidos el 10 de octubre de 1947 en Rincón Bomba, en Las Lomitas, constituyen crímenes de lesa humanidad y dispuso que el Estado nacional repare los daños causados a ese pueblo originario.

De esta manera, la Justicia hizo lugar a la demanda promovida por la Federación de Comunidades Indígenas del Pueblo Pilagá y condenó al Estado nacional a hacerse cargo de dos tipos de reparaciones en beneficio de esa comunidad: una reparación no patrimonial y otra patrimonial.

Este fallo fue apelado tanto por el Estado nacional como por la parte de la Federación de Comunidades Indígenas del Pueblo Pilagá, por lo que el expediente se encuentra ahora en el seno de la Corte Suprema de Justicia de la Nación para su correspondiente decisión final.

La Corte Suprema habilitó la extradición de Fred Machado a Estados Unidos

La Corte Suprema habilitó la extradición de Fred Machado a Estados Unidos

El máximo tribunal del país tomó la decisión por medio de una acordada de cinco páginas publicada este martes.

Fred Machado será extraditado a los Estados Unidos

Fuente: https://www.diariopopular.com.ar/

La Corte Suprema de Justicia de la Nación habilitó este martes la extradición de Federico Andrés «Fred» Machado a los Estados Unidos, donde está acusado de fraude y delitos vinculados con el narcotráfico.

El máximo tribunal del país tomó la decisión por medio de una acordada de cinco páginas publicada hoy. De este modo, el empresario argentino, vinculado al diputado José Luis Espert, podrá ser juzgado en Texas por delitos que incluyen asociación ilícita, narcotráfico, lavado de dinero y fraude electrónico, si el Poder Ejecutivo -a través de la Cancillería- autoriza la extradición.

El fallo, firmado por los jueces Horacio RosattiCarlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, sostiene que la solicitud estadounidense cumple con las normas internacionales de cooperación judicial y que los cargos imputados a Machado —cinco en total— están suficientemente respaldados.

Entre ellos se incluyen la participación en una organización criminal dedicada a la posesión y distribución de cocaína, complicidad en la importación ilegal de la droga, asociación ilícita para lavado de activos y conspiración para cometer fraude electrónico.

Fundamentos del fallo

En su fallo, la Corte destacó que ninguno de los agravios presentados por la defensa pudo demostrar un perjuicio concreto para Machado. Según el tribunal, “más allá de la diferencia numérica alegada, la defensa no ha demostrado –ni se advierte– de qué modo ello pudo afectar los intereses concretos de Machado, o qué derechos se ha visto privado de ejercer por la situación que invoca”. Con esto, la Corte desestimó los planteos de la defensa y confirmó la sentencia de extradición.

La decisión final sobre la entrega de Machado a Estados Unidos debe ser tomada ahora por el Poder Ejecutivo, conforme a la legislación argentina. Tras la firma del fallo, la Corte Suprema remitirá el expediente completo a la Cancillería, que deberá resolver en un plazo de diez días hábiles si concede o no la extradición.

El Gobierno puede denegar el pedido por “especiales razones de soberanía nacional, seguridad u orden público” u “otros intereses esenciales para la Argentina, que tornen inconveniente el acogimiento del pedido”.

El vínculo de Machado con Espert

Recluido en prisión domiciliaria en Viedma, Machado se refirió a su vínculo con el economista, al que le aportó al menos US$200.000 durante la campaña presidencial de 2019, y que ante el conocimiento de ese hecho lo llevó a renunciar a encabezar la lista en las elecciones legislativas de octubre.

En diálogo con radio Rivadavia, aseveró que Espert le preguntó: “¿Che, no me podés hacer un aporte monetario porque estamos en bolas?”, tras conocerse antes de los últimos comicios presidenciales. “La idea de apoyar a Espert en lo económico surge porque me decía: ‘Te necesito, no somos muchos, somos pocos’”, se explayó y agregó: “Estaban él, Nazareno (Etchepare, exjefe de campaña de Espert) y Clara (Montero Barré, la vocera del economista)”.

«Lo conozco en 2019. Nunca tenía interés en la política, al haberme ido de mi país, ver cómo se desarrollan otros países como China, acá hace 30 años comemos de la basura me decían», inició su relato. «Lo conozco de casualidad, porque me gusta como habla. Espert era totalmente diferente al de 2025. No era un tipo agresivo, a través de un contacto que no viene al caso lo conozco», detalló.

 

Brasil: Jair Bolsonaro fue notificado por la Corte Suprema por golpismo mientras se recupera en el hospital

Brasil: Jair Bolsonaro fue notificado por la Corte Suprema por golpismo mientras se recupera en el hospital

El expresidente brasileño se recupera de una operación intestinal, mientras recibió una información que lo irritó en plena sala de cuidados intensivos.

Jair Bolsonaro. Foto: REUTERS/Amanda Perobelli.

Fuente: https://www.canal26.com/i

Jair Bolsonaro, expresidente de Brasil, fue notificado judicialmente este miércoles -mientras se encuentra en el hospital donde se recupera de una operación intestinal- del proceso judicial abierto en su contra por la Corte Suprema bajo la acusación de golpismo.

El líder de la ultraderecha brasileña informó de que una oficial de justicia se presentó en la sala de cuidados intensivos (UCI) en la que permanece desde que, hace diez días, fue sometido a una operación en el intestino que se prolongó durante doce horas.

Posteriormente, Bolsonaro compartió en sus redes sociales el momento en el que la oficial de justicia le entrega formalmente la notificación. En el vídeo, el ex jefe de Estado defendió con vehemencia su inocencia y llegó a irritarse en plena UCI. Tanto es así que, en un momento determinado, una persona no identificada que estaba en la sala le comunicó que su presión arterial estaba subiendo.

«Increíble», dijo a través de sus portavoces el expmandatario, quien este martes, desde la misma sala, participó en un directo por sus redes sociales con dos de sus hijos y un empresario en el que fue promocionada una nueva marca de cascos de moto.

El proceso judicial contra Jair Bolsonaro

La denuncia de la Fiscalía acusa al expresidente y a muchos de sus colaboradores de haber conspirado a fin de impedir la investidura del actual mandatario, Luiz Inácio Lula da Silva, quien se impuso a Bolsonaro en las elecciones celebradas en octubre de 2022.

Parte de ese plan habrían sido las manifestaciones realizadas frente a muchos cuarteles de todo el país, en las que miles de activistas de las alas más radicales del bolsonarismo exigían una intervención de las Fuerzas Armadas para anular el resultado de los comicios.

La conspiración habría llevado incluso al violento asalto a las sedes de los tres poderes del Estado ocurrido el 8 de enero de 2023, una semana después de la investidura de Lula, cuando también los manifestantes instaron a los militares a derrocar al nuevo Gobierno y destrozaron las sedes de la Presidencia, el Congreso y la propia Corte Suprema.

Por esos hechos, unas 500 personas ya fueron condenadas a penas de hasta 17 años de cárcel, tras ser halladas culpables de delitos como golpe de Estado, abolición violenta del Estado democrático de derecho y destrucción del patrimonio público.

 

Ariel Lijo, más lejos de la Corte: finalmente no se tratará su pliego en el Senado

Ariel Lijo, más lejos de la Corte: finalmente no se tratará su pliego en el Senado

Desde el Gobierno querían que se debatiera este viernes en sesión pero, al no contar con el apoyo necesario de aliados y opositores, se determinó cambiar los planes. Qué posibilidades manejan en Casa Rosada.

El pliego para que Ariel Lijo llegue a la Corte Suprema finalmente no se tratará este viernes en el Senado.

Fuente: https://www.diariopopular.com.ar/p

Y mucho menos para votar el pliego que necesita el aval de dos tercios para ser aprobado. Aunque en un principio desde Casa Rosada se había ordenado que los senadores del oficialismo bajaran mañana al recinto con el objetivo de exponer la ausencia de otros bloques y habilitar así la posibilidad de un nombramiento por decreto, finalmente todo cambió.

Es que los libertarios se encontraron este jueves con que no solo no contaban con la presencia de los senadores de Unión por la Patria, algo previsible, sino que los bloques dialoguistas tampoco iban a dar quórum, situación que los llevó a desistir de llamar a sesionar este viernes.

Entonces queda por saber si Javier Milei avanzará con la idea de nombrar a Lijo y a Manuel García Mansilla por decreto. Fuentes oficiales citadas por Infobae habían asegurado el miércoles que en principio el presidente no avanzaría por esa vía. Es más, nombraron a otros juristas como posibles candidatos para reemplazar las postulaciones vigentes.

A partir de ahora, el Ejecutivo tiene cinco días para tomar una decisión, ya que la norma establece que solamente se pueden nombrar a jueces de la Corte en comisión siempre y cuando el Congreso de la Nación esté en receso. Eso sucederá desde el 24 de febrero hasta el 1 de marzo.

El debate respecto de los candidatos a reemplazar a Elena Highton y Juan Carlos Maqueda está paralizado en la Cámara Alta. Tanto el que se refiere a Lijo que ya cuenta con dictamen como el de García-Mansilla quien todavía no consiguió las firmas necesarias para poder avanzar y llevar el nombramiento al recinto.

La llave para poder aprobar los pliegos está en manos de Unión por la Patria. “Hay entre 23 y 25 senadores nuestros que no acompañan el pliego” declaró una alta fuente K del Senado al mismo medio. “Si el planteo es discutir qué va a pasar con la Justicia y con la Corte, si vamos a tener una ampliación del número de miembros o no, si van a entrar mujeres, etc, nosotros vamos a estar en esa discusión”, agregó.

El conflicto que se le presenta al oficialismo es que no sólo no cuenta con el acompañamiento de buena parte del bloque de Unión por la Patria, sino que tampoco lo apoyan, por lo menos en el caso de Lijo, los bloques dialoguistas de la Cámara Alta. Desde el PRO ya habían anticipado que no votaban el nombramiento del juez para la Corte por lo que descuentan siete votos.

A esto se le suman entre tres y cinco radicales de un bloque de 13 y por último el ya conocido voto en contra del ex senador libertario Francisco Paoltroni. En la actual integración de la Corte Suprema de Justicia, conformada por Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, las decisiones deben ser unánimes, lo que elimina la posibilidad de disidencias, lo que está dificultando la toma de decisiones y la firma de fallos.

La Corte Suprema de Estados Unidos falló contra Argentina: podrán embargar activos

La Corte Suprema de Estados Unidos falló contra Argentina: podrán embargar activos

El tribunal rechazó la apelación que había hecho el gobierno de Javier Milei en diciembre. Los acreedores que no cobraron los bonos por la crisis de 2001 avanzarían sobre fondos nacionales depositados en Estados Unidos, Alemania y Suiza.

La Corte Suprema de los Estados Unidos rechazó este lunes la última apelación solicitada por el Ejecutivo nacional.

Fuente: https://www.diariopopular.com.ar/

La semana arrancó con malas noticias para la economía de Argentina: la Corte Suprema de los Estados Unidos rechazó este lunes la última apelación solicitada por el gobierno para evitar un fallo adverso que habilita a un grupo de acreedores a embargar activos soberanos por un monto estimado en 310 millones de dólares.

Se trata de activos que están depositados en una cuenta del Banco Central de la República Argentina (BCRA) en la Reserva Federal de Nueva York y están asociados a los bonos Brady, emitidos en la década de 1990 y vencidos en marzo de 2023.

Los acreedores pronto tomarán posesión de USD 310 millones depositados en cuentas de la Reserva Federal de Nueva York en los EE.UU., Alemania y Suiza. Esta es la segunda derrota de la República Argentina ante una Corte Suprema en los últimos 3 meses. En octubre, la Corte Suprema del Reino Unido falló en contra del país en el caso Cupón PBI”, explicó Sebastián Maril, de Latin Advisors y especialista en los juicios que la Argentina enfrenta en el exterior.

Luego, continuó: “Ahora los beneficiarios del fallo enviarán un pedido de embargo a la Jueza Loretta Preska para que ella lo autorice y esa autorización sea presentada en las mesas de entrada de la Reserva Federal de Nueva York, en las sucursales que tiene Nueva York, en la Alemania y no sé en qué parte de Suiza. Con eso ya tomarán posesión de los 310 millones de dólares, pero eso no cubre la totalidad del pago, que es cerca de 450 millones de dólares”.

Los fondos Attestor Master Value, Trinity Investments, White Hawthorne, Bison Bee LLC y Bybrook Capital Master compraron deuda argentina en default desde 2001 a tenedores que nunca ingresaron a ninguno de los tres canjes que emitió el país, en 2005 (bajo la gestión de Néstor Kirchner), 2010 (Cristina Kirchner) y 2016 (Mauricio Macri).

Como Argentina no pagó, en conjunto tienen 450 millones de dólares en demandas y en sentencias firmes. Habían pedido el embargo del colateral de los bonos Brady que Argentina aún tiene en la Reserva Federal de Nueva York, USD 250 millones; y en Basilea, unos 58 millones de euros.

La defensa argentina sostiene que estos activos son propiedad del Banco Central de la República Argentina y no del Estado, lo que los eximiría de ser utilizados para el pago de deudas soberanas, según la Ley de Inmunidades Soberanas Extranjeras de los Estados Unidos. Además, argumenta que los títulos en cuestión no pueden ser considerados como parte de una actividad comercial, otro elemento que, de acuerdo con la legislación internacional, debería garantizar su inmunidad frente a embargos.

La jueza Loretta Preska, de la Corte del Distrito Sur de Nueva York, sin embargo, rechazó estos argumentos. En su fallo de agosto de 2022, ratificado este año por la Corte de Apelaciones, sostuvo que los derechos de reversión asociados a los bonos Brady pertenecen al Estado argentino, no al BCRA.

Además, argumentó que estos activos se utilizaron previamente en actividades comerciales, invalidando el reclamo de inmunidad. “La Argentina ha utilizado los derechos de reversión en al menos dos oportunidades previas. Aunque el país afirma que no existió un uso comercial, esta afirmación carece de fundamento”, expresó la magistrada en su fallo.

Juan Carlos Maqueda dejó la Corte Suprema y el máximo tribunal tendrá tres integrantes

Juan Carlos Maqueda dejó la Corte Suprema y el máximo tribunal tendrá tres integrantes

El juez deja de integrar el cuerpo al llegar a los 75 años, la edad máxima establecida para el cargo. Tuvo una calurosa despedida junto a su familia y amigos.

La despedida de Maqueda. 

Fuente: https://www.diariopopular.com.ar/

La Corte Suprema de Justicia de la Nación que debería estar integrada por cinco miembros pasará a trabajar con tres jueces, después de que uno de los magistrados haya concluido su gestión este viernes por haber alcanzado la edad para jubilarse.

Juan Carlos Maqueda, juez del Supremo desde 2002, cumplió este viernes su último día en el Alto Tribunal, porque el lunes próximo cumple 75 años, y dejó el Palacio de Justicia ovacionado por los empleados y acompañado por familiares.

Acompañado por sus familiares, el magistrado bajó las escalinatas del Palacio de Justicia entre aplausos y apretones de manos de decenas de funcionarios, asesores y curiosos que se acercaron para compartir el momento con el juez oriundo de Río Tercero, Córdoba.

Una orquesta oficial musicalizó la salida de Maqueda, quien se mostró sonriente y muy solicitado por las cámaras que se concitaron en el lugar para retratar el acontecimiento histórico.

El magistrado cumplió de esta forma con el deber de retirarse antes de los 75 años, tal como establece el artículo 99 inciso cuarto de la Constitución Nacional.

Maqueda, ex diputado y senador nacional durante muchos años antes de ser juez, se despide de la función pública en medio de fuertes denuncias de quien fuera su colega, Ricardo Lorenzetti, por haber presuntamente realizado designaciones irregulares en su última semana de trabajo.

Quien fuera presidente del alto tribunal por más de una década le reprochó al cordobés no tener “ejemplaridad” y señaló que esa actitud “muestra una despedida con claudicaciones que sorprende”.

Un triste final”, sentenció Lorenzetti, quien también libra una guerra interna con el actual presidente de la Corte, Horacio Rosatti.

Una Corte SUprema de tres meimbros

La Corte Suprema estará integrada, a partir de ahora, por el presidente, Horacio Rosatti; el vicepresidente, Carlos Rosenkrantz, enfrentados políticamente con el juez Ricardo Lorenzetti, y deberá utilizar conjueces para poder alcanzar las mayorías necesarias para resolver las causas judiciales.

Desde 2006, la Corte Suprema de Justicia está integrada por cinco ministros.

La designación de los ministros de la Corte es una atribución que le corresponde al presidente de la Nación con acuerdo del Senado por dos tercios de sus miembros presentes.

El Ejecutivo , tanto el presidente Alberto Fernández como el actual mandatario, Javier Milei, no pudo reemplazar a Elena Highton de Nolasco, quien renunció en 2021 al cargo que ostentaba desde 2004.

El padrino de Ariel Lijo

Milei propuso al juez federal Ariel Lijo -apadrinado por Lorenzetti- para reemplazar a Highton de Nolasco, pero se trata de una postulación polémica, por la cantidad de impugnaciones de la sociedad civil, que no logró el aval del Senado, pese a las sospechas de negociaciones con el peronismo.

Para reemplazar a Maqueda, Milei propuso al profesor de Derecho Constitucional Manuel García-Mansilla, quien tampoco consiguió el aval del Senado.

Ante las dificultades para nombrar a los jueces del Supremo con acuerdo del Senado, Milei declaró que podría nombrarlos por decreto, pero el portavoz presidencial, Manuel Adorni, alejó esa posibilidad en la rueda de prensa que dio este jueves.

«El presidente (Milei) ya dijo que lo iba a hacer solo en condiciones, lo de nombrarlo por decreto, solo en condiciones donde la Justicia se empantane, donde se necesiten los miembros y el Senado no haya resuelto. Nosotros tenemos en claro que es una atribución que tiene el Senado y se debe resolver en ese ámbito», dijo Adorni.

«Mientras que no haya algún impedimento para que la Justicia avance, será un tema que resolverá el Senado y que nosotros no tenemos mucho para decir», insistió el vocero.

 

 

La Corte Suprema rechazó un planteo de Julio De Vido en la causa Odebrecht

La Corte Suprema rechazó un planteo de Julio De Vido en la causa Odebrecht

El exmnisro de Planificación Federal había impugado la participación de la UIF como querellante en el proceso penal. Podrían citar a dos lobistas.

Julio De Vido

Fuente: https://www.diariopopular.com.ar/

La Corte Suprema de Justicia de la Nación desestimó un recurso presentado por Julio De Vido en el marco de la investigación sobre supuestas irregularidades en el plan de ampliación de gasoductos, que incluyó un contrato con la constructora Odebrecht para la ampliación de dos gasoductos,

El la defensa del exministro de Planificación Federal hjabía impugnado la participación de la Unidad de Información Financiera (UIF) como querellante en el proceso penal.

La resolución, firmada por los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Juan Carlos Maqueda, se fundamentó en el incumplimiento de requisitos previstos en el artículo 7, inciso «c», de la Acordada 4/2007, ya que la defensa del ex ministro no presentó copia del escrito de contestación del traslado.

La causa, identificada como CFP 13404/2007, tomó relevancia luego de que en 2018 la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal aceptara el pedido de la Unidad de Información Financiera (UIF) de constituirse como querellante. Este fallo, apelado por la defensa de De Vido, quedó firme tras el rechazo de la Corte.

Se trata de la causa que analiza supuestas maniobras ilegales entre exfuncionarios pertenecientes al entonces Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios y directivos de la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico S.A. (CAMMESA) para favorecer a la constructora Norberto Odebrecht S.A., cuya casa matriz confesó haber pagado coimas en Argentina, y direccionar un trámite de contratación vinculado a obras de ampliación de la capacidad de transporte de gas, conocidas como TGS y TGN.

Participación de operadores

En ese conexto, fuentes judiciales no descartaron la probable citación de dos lobistas quienes habrían oficiado de nexo entre funcionarios de la Administraciòn kirschnerista y la empresa brasileña.

Según indicaron se trataría de un empresario dedicado a diversos negocios en Argentina, Italia y Uruguay, y de un operador judicial de fuertes conexiones con los apoderados de partidos políticos y empresarios de medios y de apuestas.

La intervenciòn de la UIF es importante para la causa debido a que -señalaron las fuentes-por sus herramientas de investigaciòn y su acceso a la información nacional e internacional, el organismo podria seguir la evolución patrimonial y financiera de los dos ex presuntos operadores de Julio de Vido y asi recolectar datos vitales para la causa.