Desde el TEP alertan que el fallo de la Corte representa “una interrupción muy profunda en todo el ordenamiento jurídico argentino”
Daniel Moreno, integrante del Tribunal, aseguró que la decisión de la CSJN sobre la Carta Magna de Formosa es “muy peligrosa”, y opinó que el voto de Carlos Rosenkrantz fue “golpista”
En los últimos días se conoció la decisión de la Corte Suprema de Justicia en respuesta a presentaciones efectuadas por abogados de la Unión Cívica Radical acerca de la legalidad del Artículo 132 de la Constitución de Formosa, que establece la reelección indefinida del gobernador y del vicegobernador. El máximo tribunal declaró la inconstitucionalidad de ese apartado de la Carta Magna provincial. También se difundió el voto en particular del ministro Carlos Rosenkrantz, quien sostuvo que Gildo Insfrán no debió haber sido habilitado por el Tribunal Electoral de Formosa para presentarse en las elecciones provinciales de 2023.
No obstante, Rosenkrantz concluyó que, con el objetivo de respetar la vida institucional de la provincia y el principio republicano, el Gobernador puede terminar su mandato. “Es por ello que en el presente caso se dispondrá que el actual gobernador podrá terminar el mandato que culminará el 10 de diciembre de 2027”, dijo.
En lo vinculado a estas cuestiones, el doctor Daniel Moreno, integrante del Tribunal Electoral Permanente, afirmó a La Mañana que el TEP es un órgano jurisdiccional-administrativo, y que es el Superior Tribunal de Justicia el que tiene competencia para determinar la constitucionalidad de una norma que pueda habilitar o no la candidatura de una persona. También, remarcó que el fallo en general y el voto en particular de Rosenkrantz “pueden marcar ‘un antes y un después’ para todas las provincias argentinas”, porque “se está creando un precedente”.
En otro orden, Moreno dijo que más allá del voto en particular de Rosenkrantz, este fallo “no es que irrumpe en los últimos 20 años en lo que es el ordenamiento jurídico de la Provincia de Formosa: es muy peligroso, porque está haciendo una interrupción muy profunda en todo el ordenamiento jurídico argentino”.
En este sentido, el juez precisó que “es la primera vez en la historia en que la Corte Suprema declara inconstitucional a un artículo de una Constitución Provincial”, y que más allá de ser “un avasallamiento a la autonomía, a la soberanía y al federalismo”, lo que “debe llamar la atención es que es la primera vez que lo hace la Corte”.
“Se ha avanzado sobre un tema que es resorte de las provincias. A muchos esto no les extraña, porque desde que el ministro Rosenkrantz fue nombrado por Mauricio Macri por Decreto, cada vez que tuvo oportunidad de emitir su voto en algunas cuestiones electorales-políticas, no solamente trató sobre lo que versaba la cuestión que se juzgaba, sino que iba un poco más allá”, explicó Moreno a este Diario.
“Cuando se trataron los casos referidos a Santiago del Estero, Río Negro, Tucumán y San Juan, querían crearlos como antecedentes de la Provincia de Formosa, pero no lo eran, porque en esas causas, no se tachó de inconstitucional ningún Artículo. Pero este ministro fue ‘corriendo la línea’, y este fallo era de esperarse”, agregó.
“Golpista”
A su vez, mencionó que el voto de Rosenkrantz fue “en minoría”, y que el voto mayoritario fue el de Maqueda-Rosatti. “Este fallo es peligroso para la República, y el voto de Rosenkrantz fue político si se quiere, o golpista”, aseveró.
En esta línea, advirtió que Rosenkrantz quiso “hacer cesar un gobierno elegido legítimamente por los formoseños”, aunque al cerrar su fallo, haya indicado que el mandatario provincial podía finalizar su mandato.
Al mismo tiempo, el integrante del TEP rescató que el fallo establece que es la Convención Constituyente la que debe resolver el problema existente con la Carta Magna provincial y que Formosa “ya tiene en marcha” el proceso de reforma constitucional, con un plazo para convocar por decreto a las elecciones de convencionales que finaliza en septiembre de 2025; y adelantó que la semana que viene serán publicados los padrones provisorios para la elección de intendente en la ciudad de Clorinda, que será el 13 de abril de 2025.
Para finalizar, Daniel Moreno aclaró el TEP recibe el Padrón Electoral por parte de la Cámara Nacional Electoral y que no manipula el contenido de ese registro, y especificó que en Formosa no se permite que fiscales de otras jurisdicciones fiscalicen en las elecciones locales debido a que, según el Código Electoral Nacional y el Código Electoral Provincial, los fiscales deben tener domicilio dentro del territorio donde se van a desempeñar. “En la Argentina, existe el Acompañante Cívico, que no está previsto por ley, pero que en Formosa se admite, para que puedan observar, sin intervenir”, manifestó.