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Caso Ángel López: dictan la prisión preventiva por seis meses para la madre y el padrastro

Caso Ángel López: dictan la prisión preventiva por seis meses para la madre y el padrastro

La medida fue dispuesta ante los peligros de fuga y de entorpecimiento de la investigación.Durante la audiencia, ambos manifestaron ser “inocentes”.

Caso Ángel López: dictan la prisión preventiva por seis meses para la madre y el padrastro

Fuente: https://www.diariopopular.com.ar/

El juez Alejandro Solís dictó en la audiencia de control de detención seis meses de prisión preventiva para Mariela Altamirano y Michel González por el homicidio de Ángel López en Comodoro Rivadavia. Dicha medida fue dispuesta ante los peligros de fuga de la madre y del padrastro del niño y de entorpecimiento de la investigación.

El hombre hizo uso del derecho a hablar y aseguró que en el ámbito familiar a Ángel “se lo corregía o se le daba un coscorrón como a cualquier nene, pero esas barbaridad que dicen de golpes y maltrato y agua fría no».

Además de «correctivos», mencionó «coscorrones». Mientras González hablaba, Altamirano comenzó a llorar. La mujer, muy afectada, optó por no declarar.

El hombre cuestionó que con su pareja no pudieron ir al velorio a despedir a Ángel. Llamativamente, a lo largo de la declaración nunca lo nombró: siempre se refirió a él como «el bebé».

Luego de dos horas de audiencia, el magistrado sostuvo que se puede “afirmar con la certeza que requiere esta instancia, que estos golpes no han sido producto de una situación accidental y que a cargo del cuidado estaban González y Altamirano”.

Durante la audiencia, González declaró y dijo que él y Mariela son “inocentes” y que “también queremos saber qué pasó”.

Finalmente se indicó que el padrastro fue acusado del delito de homicidio simple, mientras que la mujer, por homicidio agravado por la condición de madre y omisión.

Facundo Oribones, fiscal a cargo de la causa, habló con la prensa luego de la audiencia y allí contó un extracto de la polémica testimonial de la defensora de los acusados: “Mencionó que los 20 golpes en la cabeza eran compatibles con coscorrones”.

Se indicó que se trata de determinar si es verídico que, según los primeros testimonios, González practicaba artes marciales. “Tenemos el objetivo de culminar la investigación en estos seis meses de plazo que impuso el juez”, señaló Oribones.

En el cierre, Luis López, padre de Ángel, les gritó a los detenidos que eran “asesinos”.

 

Bebote Álvarez salió de la cárcel y cumple prisión domiciliaria

Bebote Álvarez salió de la cárcel y cumple prisión domiciliaria

El ex líder de la barra brava de Independiente dejó la cárcel y permanece bajo control judicial con tobillera electrónica mientras avanza la causa en su contra.

El ex jefe de la barra brava de Independiente

Fuente: https://www.diariopopular.com.ar/

Pablo “Bebote” Álvarez, ex jefe de la barra brava de Independiente, comenzó a cumplir prisión domiciliaria en un country del Conurbano bonaerense, según confirmaron fuentes judiciales. La decisión fue tomada esta semana y le permite continuar detenido fuera de la unidad penitenciaria, aunque bajo monitoreo constante con tobillera electrónica, que controla en tiempo real sus movimientos y garantiza el cumplimiento de las condiciones impuestas por la Justicia.

Álvarez estaba detenido desde noviembre del año pasado, tras un operativo de gran escala en el que también fueron demoradas cerca de 200 personas vinculadas a distintas facciones de la barra. La intervención fue preventiva, en la previa de un partido entre Independiente y Rosario Central, luego de que circularan advertencias en redes sociales sobre posibles enfrentamientos entre los grupos liderados por Álvarez, conocidos como “Los Diablos Rojos”.

El traslado a prisión domiciliaria no modifica la situación legal de Álvarez, quien sigue imputado en la causa que se sigue en su contra. La medida redefine únicamente el lugar de detención, bajo un esquema que incluye restricciones de circulación y la obligación de permanecer en el domicilio autorizado. Cualquier incumplimiento puede derivar en la revocación del beneficio y su regreso a la cárcel.

Fuentes judiciales indicaron que Álvarez eligió un country como domicilio para cumplir la medida. La Justicia mantiene un seguimiento constante de su cumplimiento mediante la tobillera electrónica, asegurando que se respeten las condiciones establecidas.

El procedimiento que derivó en su detención se considera uno de los operativos más amplios contra barras bravas en los últimos años, debido a la participación de múltiples facciones y al contexto de posibles enfrentamientos en los estadios. La investigación judicial continúa en trámite, y el desarrollo de la causa dependerá de la recolección de pruebas y de las resoluciones que adopte el tribunal.

Dictan prisión preventiva a uno de los acusados de tirar bombas molotov frente al Congreso

Dictan prisión preventiva a uno de los acusados de tirar bombas molotov frente al Congreso

Había sido detenido el último jueves en General Rodríguez. Según los investigadores, llevaba puesto un casco y una máscara en el momento de lanzar la bomba molotov. Ya son cinco los arrestados en esta causa.

El acusado de lanzar bombas molotov fue detenido en General Rodríguez.

Fuente: https://www.diariopopular.com.ar/

Uno de los acusados de haber tirado bombas molotov frente al Congreso, el pasado 11 de febrero durante un enfrentamiento con efectivos en el marco del debate por la reforma laboralpermanecerá en prisión preventiva. El hombre había sido detenido el jueves pasado en el distrito bonaerense de General Rodríguez, tras una investigación llevada adelante por la Unidad Fiscal de Flagrancia Este de la Ciudad.

La decisión fue tomada por el Juzgado PCyF N°6, a cargo del juez Gonzalo Rúa. El magistrado consideró el peligro de fuga y entorpecimiento en el proceso, ya que el acusado tiene una condena anterior por robo. Al momento de tirar las bombas molotov utilizó elementos para obstaculizar su identificación: llevaba puesto un casco y una máscara.

En el momento de su detención en General Rodríguez, el hombre llevaba consigo una mochila con un bidón de líquido combustible, parte de la ropa que habría usado durante los ataques, dos celulares y gran cantidad de panfletos políticos.

A continuación, se dispuso el allanamiento de su domicilio , donde se encontraron bidones con líquido inflamable, celulares, elementos de almacenamiento, parte de la ropa usada en el momento de los hechos, un casco , carteles usados en las marchas y computadoras, entre otros elementos de interés para la investigación.

El sospechoso, según fuentes cercanas a la investigación, habría actuado junto a un grupo organizado, en el que cada miembro cumplía un rol específico en la logística, ejecución y encubrimiento de los ataques. El resto de los integrantes es buscado de manera activa.

Por el mismo hecho, un quinto imputado fue detenido, tras la investigación de los auxiliares fiscales Malena Mercuriali y Mariano Camblong de la Unidad Fiscal de Flagrancia Este de CABA. Las cinco personas están presas por fabricación, tenencia y uso de material explosivo e inflamable, intimidación pública y atentado contra la autoridad agravado.

Piden 15 años de prisión para Felipe Pettinato por la muerte de su neurólogo

Piden 15 años de prisión para Felipe Pettinato por la muerte de su neurólogo

Así lo hizo la querella en una nueva audiencia del juicio. Consideró que el hijo del músico y conductor televisivo «no prestó ningún tipo de auxilio, válido o idóneo» en el incendio que provocó la muerte de Melchor Rodrigo.

Felipe Pettinato está acusado del delito de estrago doloso seguido de muerte.

Fuente: https://www.diariopopular.com.ar/

La querella en el juicio contra Felipe Pettinato por la muerte de su neurólogo Melchor Rodrigo pidió 15 años de prisión para el mediático, que se encuentra acusado del delito de estrago doloso seguido de muerte, lo que prevé una pena de ocho a 20 años de cárcel si es hallado culpable.

Los alegatos de cierre se iniciaron este lunes y, de esta manera, el debate oral comienza a llegar a su fin. La querella fue la primera que expuso frente a los jueces Enrique Gamboa, Gabriel Vega y Gustavo Valle. En el argumento, se tomó como agravante la condena anterior por abuso sexual y que en el incendio que ocasionó la muerte de Rodrigo “no prestó ningún tipo de auxilio, válido o idóneo”.

“Pettinato generó un peligro jurídicamente desaprobado. Prendió fuego un living, no prendió fuego en una parrilla o en una cocina, lo hizo sobre el sillón y la ropa de Melchor, que dormía tranquilamente”, sostuvo el abogado Alejandro Drago. A su vez, expuso que el hijo del músico y conductor televisivo “sabía lo que provocaba y lo siguió haciendo con indiferencia” y añadió: “Esto no fue un accidente, es un fuego prendido sobre las piernas de Melchor Rodrigo”.

El lunes 30 de marzo será el turno de los alegatos de la fiscalía, mientras que la defensa expondrá el lunes 6 de abril y se estima que ese día se conocerá también el veredicto del Tribunal N°14. Por el momento, el acusado no declaró, aunque sí lo hicieron 15 testigos y se espera saber si hará lugar a las últimas palabras en el debate.

A fines de febrero se dio inicio al juicio contra Pettinato por la muerte de Rodrigo, ocurrida el 16 de mayo de 2022, tras un incendio dentro del departamento del mediático, ubicado en el piso 22 “F” de un edificio en Aguilar al 2300, en el barrio porteño de Belgrano. Pasadas las 23.00 se desató el fuego en el interior del departamento, motivo por el que Felipe salió al pasillo y pidió auxilio para sofocar las llamas y para que rescataran a su amigo.

A pesar de que un vecino intentó ayudar, cuando los bomberos llegaron al edificio constataron que en el living del departamento yacía el cuerpo sin vida del médico, quien presentaba gravísimas quemaduras en la parte inferior de sus piernas. Este dato fue de suma importancia, debido a que luego la autopsia reveló que Melchor murió por “quemaduras críticas del 90% de la superficie corporal”, así como también por “congestión, edema y hemorragia pulmonar”.

 

La Plata: condenaron a 23 años y 4 meses de prisión al adolescente acusado de matar a Kim Gómez

La Plata: condenaron a 23 años y 4 meses de prisión al adolescente acusado de matar a Kim Gómez

El fallo fue dictado por el Tribunal de Responsabilidad Penal Juvenil N°1 de La Plata tras un juicio a puertas cerradas y establece una de las penas más altas aplicadas en el fuero juvenil.

Menor detenido por el asesinato de Kim Gómez. Fotos: NA.

Fuente: https://www.canal26.com/

En un fallo poco antes visto en la Justicia argentina, la misma condenó a 23 años y cuatro meses de prisión al adolescente de 17 años que atropelló, arrastró y mató a Kim Gómez durante un violento asalto en Altos de San Lorenzo.

El Tribunal de Responsabilidad Penal Juvenil N°1 de La Plata dictó la primera condena en el caso que conmocionó a la ciudad y reabrió el debate sobre la imputabilidad de los adolescentes en Argentina. La decisión se tomó bajo el régimen penal juvenil, aplicable al momento del hecho, ocurrido el 25 de febrero de 2025, cuando el acusado tenía 17 años.

El juicio se desarrolló a puertas cerradas en la sede del fuero penal juvenil en Tolosa, tal como exige la legislación para procesos que involucran a menores. Durante varias jornadas, la Fiscalía presentó pruebas contundentes, incluyendo registros de cámaras de seguridad, testimonios de vecinos y pericias que reconstruyeron el recorrido del vehículo robado.

Uno de los momentos más emotivos del debate fue la declaración de Florencia Barboza, madre de Kim, quien relató cómo su hija quedó atrapada en la secuencia que terminó en tragedia. Además, peritos, investigadores y testigos aportaron detalles sobre la mecánica del robo y la posterior huida de los adolescentes.

Según la defensa, no hubo intención de matarla

La defensa del condenado, representada por Raquel Ponzinibio, sostuvo que el joven no advirtió que la nena había quedado enganchada al vehículo y que no tuvo intención de matarla, planteando que la tragedia fue un desenlace no previsto durante el escape. También remarcó que el acusado se entregó a la Justicia, lo que facilitó la investigación y el desarrollo del juicio. Sin embargo, los jueces consideraron probada su responsabilidad penal y dictaron la severa condena.

Un segundo adolescente, de 14 años al momento del hecho, fue declarado no punible por la legislación vigente y permanecerá dos años en un instituto de régimen cerrado y máxima seguridad bajo seguimiento interdisciplinario. La defensa argumentó que no participó directamente en la muerte de Kim, postura que también generó debate público.

La muerte de Kim Gómez provocó una ola de indignación en La Plata y a nivel nacional. La niña viajaba en el asiento trasero del auto de su madre cuando los adolescentes robaron el vehículo; en la huida, quedó enganchada con el cinturón de seguridad y fue arrastrada varias cuadras, sufriendo lesiones que le provocaron la muerte. El hecho reavivó el debate sobre la edad de imputabilidad, actualmente fijada en 16 años, con sectores que piden reformas y otros que defienden políticas de prevención y contención juvenil.

Para los padres de Kim, la sentencia representa un paso en la búsqueda de justicia, aunque el recuerdo de la tragedia sigue siendo uno de los episodios más dolorosos de la historia reciente de La Plata.

 

Dictaron la prisión preventiva para una mujer que incendió intencionalmente la casa de su vecino

Dictaron la prisión preventiva para una mujer que incendió intencionalmente la casa de su vecino

Una mujer acusada de haber provocado un principio de incendio en la casa de su vecino en el barrio “Fray Salvador Gurrieri” fue procesada por la Justicia provincial y seguirá detenida hasta la instancia del juicio oral.

Quedó ratificada la prisión preventiva para una mujer por un voraz incendio

Fuente: https_www.lamañanaonline.com.ar

La mujer, de 21 años, está acusada de los delitos de amenazas de extrema violencia e incendio intencional, en perjuicio de la vivienda de su vecino, durante un incidente ocurrido en la madrugada del 20 de setiembre del año pasado.

La investigación penal llevada a cabo por la Justicia de Formosa logró determinar que la joven despertó a sus vecinos, un matrimonio residente en la Manzana 72, mediante gritos, profiriendo amenazas contra la vida de los moradores, declarando: “Ya compré nafta, le voy a prender fuego a su casa y cuando salgan los voy a matar a uno por uno”.

Tras escuchar las intimidaciones, los vecinos se levantaron y constataron la ejecución parcial de la amenaza: un principio de incendio en la entrada de su domicilio. Los elementos consumidos por las llamas fueron un sofá, una lona, una frazada, dos sillas y una mesita, confirmando un acto deliberado de vandalismo.

El juez Guillermo Omar Caballero, quien dirigió la investigación y este miércoles dictó el procesamiento con prisión preventiva, concluyó que el caudal de evidencias incorporadas válidamente a la causa es suficiente para acreditar la responsabilidad penal de la imputada en la comisión de los hechos.

La reconstrucción probatoria se basa en una convergencia de elementos documentales y testimoniales: Intervención Policial: El acta de constatación inicial refleja la rápida respuesta de la Policía tras la activación del sistema de emergencia 911, confirmando el foco de incendio.

Denuncia y Declaración Judicial: El vecino afectado formalizó su denuncia, ratificando en sede judicial tanto la existencia del incendio como la identidad de la autora, mencionando las amenazas previas. Testimonios Cruzados: La declaración de la vecina damnificada, al igual que la de otro testigo presencial, fue ratificada ante el juez, aportando detalles cruciales sobre el momento del suceso, que ocurrió mientras todos dormían. Peritaje Técnico: El informe técnico respaldado por fotografías, certificó la naturaleza intencional del fuego provocado.

Pese a la solidez de las pruebas en su contra, la mujer imputada negó haber participado en los hechos y pretendió deslindar su responsabilidad, presentando una coartada alegando haber estado en compañía de otras dos personas durante la mañana del día del incidente.

Sin embargo, la versión de la Defensa se vio seriamente comprometida por las incongruencias detectadas en las declaraciones: Los testigos de descargo ofrecieron versiones contradictorias sobre la hora en que la imputada se retiró. Una versión inicial situaba su partida a media mañana, mientras que, bajo juramento judicial, modificaron el horario a horas de la tarde, generando una contradicción horaria significativa que mina la credibilidad del intento de cobertura.

Además la contradicción referida a la ubicación, ya que un tercer testigo presencial, que declaró en sede Penal, afirmó que la imputada estaba en la casa de otras dos personas en el momento del hecho, lo cual contradice directamente el relato de los testigos de descargo presentados por la propia imputada.

Esta disparidad en las versiones ofrecidas por el círculo de apoyo de la acusada resultó fundamental para que el juez desvirtuara su versión, fortaleciéndose así la hipótesis de la fiscal de la causa.

Calificación Legal

A la luz de estos elementos objetivos, las características personales de la imputada y el espíritu de la ley, el juez Caballero consideró acreditado el tipo objetivo en el marco del artículo 80º, inciso 5, del Código Penal Argentino.

En este contexto, la naturaleza de las amenazas («matar a uno por uno») y el medio utilizado (incendio) apuntan a figuras penales muy graves, como la tentativa de homicidio agravado por la multiplicidad de víctimas potenciales y la utilización de un medio idóneo para causar un daño masivo.

Piden nueve años de prisión para consejera escolar que denunció falsa violación

Piden nueve años de prisión para consejera escolar que denunció falsa violación

Fiorella Damiani fue detenida el 10 de abril de 2025, y el tribunal informó que la sentencia se dará a conocer el próximo miércoles 4 de marzo.

La fiscalía y la querella solicitaron nueve años de prisión para Damiani

Fuente: https://www.diariopopular.com.ar/

La fiscalía y la querella solicitaron nueve años de prisión para Fiorella Damiani, consejera escolar de La Libertad Avanza en Bahía Blanca, acusada de falso testimonio agravado por denunciar en 2017 una violación que nunca ocurrió, y que provocó la detención de los acusados del supuesto crimen Joaquín Álvarez y Fernando Pereyra, en la localidad de Punta Alta.

Durante los alegatos finales, el fiscal Mauricio Del Cero y el abogado querellante Juan Vitalini pidieron la máxima pena, mientras que el defensor de Damiani, Sebastián Martínez, solicitó su absolución o, subsidiariamente, que se le aplique el mínimo previsto por el Código Penal, que va de 1 a 10 años.

Los hechos

La causa se originó en 2017, cuando Damiani denunció que había sido obligada a mantener relaciones sexuales con dos jóvenes durante una fiesta en Punta Alta. Según su versión, la situación habría ocurrido contra su voluntad, lo que motivó la detención de Álvarez y Pereyra por el delito de abuso sexual gravemente ultrajante con acceso carnal agravado.

Sin embargo, la investigación posterior reveló que la acusación era falsa, ya que los propios jóvenes presentaron cinco videos cortos que registraban la noche de los hechos, donde se observaba claramente que la relación fue consentida por todas las partes.

La fiscalía confirmó que los archivos no habían sido editados y que constituían prueba válida de que no existió delito.

Además, durante la noche del encuentro, Damiani intentó apropiarse del celular de uno de los jóvenes para borrar evidencia, sin saber que otra copia de los videos estaba guardada en la nube del segundo involucrado. Hasta su detención, la consejera había declarado cuatro veces: una en la comisaría y tres ante la fiscalía, siempre manteniendo la versión de que fue obligada a tener sexo con ambos.

La acumulación de pruebas permitió que Álvarez y Pereyra recuperaran la libertad, y posteriormente iniciaran demandas civiles y penales contra Damiani, que finalmente derivaron en su detención el 10 de abril de 2025.

Damiani afronta cargos por infracción al artículo 275 del Código Penal, que prevé penas de 1 a 10 años de prisión si el falso testimonio se comete en una causa criminal en perjuicio de los acusados. Actualmente, la consejera se encuentra en libertad mientras espera el fallo, que el Tribunal en lo Criminal Nº 1, a cargo del juez Ricardo Gutiérrez, dará a conocer el miércoles 4 de marzo a las 12.00

Procesaron con prisión preventiva a uno de los hombres que golpeó brutalmente a un adolescente en Deán Funes y José Uriburu

Procesaron con prisión preventiva a uno de los hombres que golpeó brutalmente a un adolescente en Deán Funes y José Uriburu

Se aclaró que la otra persona implicada está prófuga desde el día del ataque y tiene pedido de captura internacional

Procesaron con prisión preventiva a uno de los hombres que golpeó  brutalmente a un adolescente en Deán Funes y José Uriburu - Diario La Mañana

Fuente: https_www.lamañanaonline.com.ar/
El juez de Instrucción y Correccional Nº 6, Guillermo Omar Caballero, dispuso el procesamiento con prisión preventiva por el delito de tentativa de homicidio de un hombre de 44 años que en el mes de diciembre atacó brutalmente en la esquina de Deán Funes y José María Uriburu de nuestra ciudad a un adolescente de 14 dejándolo inconsciente, después de perseguirlo durante varias cuadras.

La resolución judicial fue dictada el viernes pasado y aún no se encuentra firme, estando vigente el plazo para una eventual apelación por parte del abogado defensor del procesado.

Los hechoe desencadenaron durante la madrugada del 19 de diciembre pasado, cuando un grupo de amigos estaba compartiendo una reunión en una casa ubicada en pleno centro de la ciudad. En un momento determinado, escucharon ruidos que provenían de la vereda y al salir a ver qué estaba pasando, observaron a un grupo de adolescentes apostados en las inmediaciones, quienes -según sostuvieron- habrían pateado el portón de la casa.

Esto desató la dispersión del grupo, corridas y una intensa persecución a pie que concluyó en la esquina de José María Uriburu y Deán Funes, donde uno de los adolescentes fue alcanzado y sometido a una brutal paliza que lo dejó inconsciente en el suelo.

Los autores de la descomunal golpiza fueron identificados y uno de ellos detenidos, mientras que el otro está prófugo desde aquel día; en tanto otros dos amigos que llegaron minutos después y fueron inicialmente imputados, luego fueron liberados y sobreseídos de la causa, al comprobarse que no tuvieron ninguna participación en la agresión.

Persecución, ataque e indefensión total

La cronología del ataque, basada en las constancias y videos de cámaras de seguridad analizados, es contundente. El incidente comenzó con la persecución por calles del centro de la ciudad y una vez reducido el adolescente, la violencia se desató.

Uno de los perseguidores inició la agresión física con un golpe de puño en el rostro, arrojando al joven hacia el espacio verde del cordón. De inmediato, se unió su amigo y ambos propinaron golpes reiterados. El momento más grave se produjo cuando el primero de ellos, tras un breve alejamiento, regresó y le propinó una patada, provocando que el adolescente cayera y quedara en estado de inconsciencia.

En un acto de extrema crueldad, el hombre tomó el teléfono celular de la víctima inconsciente, le sacó una fotografía y la remitió a la madre del adolescente con el mensaje: “Estábamos pateando portones y nos agarraron”.

Después, llegaron al lugar otros dos amigos de los agresores que se encontraron con la terrible escena y sólo se limitaron a preguntar qué había pasado, posteriormente, uno de ellos llamó por teléfono a la Policía.

El episodio culminó con la llegada de efectivos policiales, momento en el que, increíblemente, el mismo hombre volvió a agredir al adolescente con una patada mientras era instado a retirarse por los agentes.

El análisis probatorio resultó en una clara distinción entre los involucrados. La resolución del juez Caballero determinó el sobreseimiento definitivo para dos de ellos, incluso se determinó que uno de ellos llamó a la Policía y que con su accionar impidió la continuación de la agresión y previno un resultado “aún más trágico”.

En contraste, la conducta del otro hombre fue considerada plenamente ajustada a la imputación de tentativa de homicidio, respaldando el juez Caballero esta calificación en la objetiva idoneidad del ataque para causar la muerte: golpes reiterados dirigidos a la cabeza; el impacto de la patada mientras la víctima estaba reducida e inconsciente, la vulnerabilidad del agredido (menor de 14 años) y la superioridad numérica de los atacantes (dos contra uno en el momento central).

Respecto a la intención, la decisión judicial infiere la voluntad homicida a partir de la intensidad y reiteración de los ataques dirigidos al adolescente. Si bien el resultado fatal no se concretó, fue únicamente por la pronta intervención policial y médica, elementos ajenos a la voluntad de los agresores.

Respecto al otro implicado, que sigue prófugo de la Justicia, el juez Caballero libró orden de captura nacional e internacional.

Femicidio de María Clara Urdangaray: 18 años de prisión para el acusado de tirarla al vacío

Femicidio de María Clara Urdangaray: 18 años de prisión para el acusado de tirarla al vacío

Endrit Nika fue hallado culpable de tirar a la joven argentina desde un sexto piso tras una discusión en Kosovo. «Hoy Clarita puede descansar en paz», dijeron sus padres.

La justicia de Kosovo determinó que el hombre fue el responsable de la muerte de María Clara Urdangaray al arrojarla desde un balcón.

Fuente: https://www.diariopopular.com.ar/

La Justicia de Kosovo condenó a 18 años de prisión al ciudadano suizo Endrit Nika, hallado culpable del femicidio de María Clara Urdangaray, la joven platense de 27 años que murió tras caer de un sexto piso en agosto de 2023.

La sentencia llega tras un proceso judicial que conmovió tanto a la comunidad local como a la Argentina, marcando el cierre de una dolorosa búsqueda de justicia por parte de su familia.

El crimen ocurrió la madrugada del 1 de agosto de 2023 en un hotel de Pristina. La pareja, que se había conocido cuatro meses antes en Barcelona, había viajado a la región para asistir al casamiento del hermano de Nika. Según logró reconstruir la investigación, tras regresar de la fiesta se desató una violenta discusión en la habitación que terminó de la peor manera: el hombre empujó a María Clara por el balcón, provocándole heridas fatales al caer al vacío.

Durante el juicio, el fiscal Armend Hamiti fue tajante al describir el vínculo como una “historia de violencia, control y tragedia personal”. En su alegato, el funcionario judicial sostuvo que, si bien el veredicto no devuelve la vida de la víctima, sí sirve para rechazar la violencia y dar un mensaje claro a la sociedad. Por su parte, los padres de la joven, Magdalena Delmonte y Facundo Urdangaray, viajaron desde La Plata para estar presentes en cada jornada del debate oral.

Con el fallo en la mano, la familia expresó su alivio ante los medios platenses: “Hoy Clarita puede descansar en paz”, manifestaron al diario El Día. Para ellos, la condena de 18 años representa un paso fundamental tras meses de incertidumbre y lucha en un país extranjero, logrando que el nombre de Endrit Nika quede asociado legalmente a la responsabilidad total por la muerte de la joven argentina.

Venezuela: murió en prisión un exgobernador opositor a Nicolás Maduro

Venezuela: murió en prisión un exgobernador opositor a Nicolás Maduro

Se trata de Alfredo Díaz, que se encontraba El Helicoide, tras ser procesado por «terrorismo» e «instigación al odio». Ya son siete los opositores al gobierno de Maduro fallecidos en prisión desde 2024. El mensaje de Corina Machado.

Alfredo Díaz estaba detenido en El Helicoide.

Fuente: https://www.diariopopular.com.ar/

La oposición venezolana denunció en las últimas horas la muerte del exgobernador del estado de Nueva Esparta, Alfredo Díaz, que estaba detenido en El Helicoide, la principal sede del Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional (SEBIN) en Caracas, tras ser procesado por «terrorismo» e «instigación al odio». Ya son siete los opositores al gobierno de Nicolás Maduro fallecidos en prisión desde 2024.

Díaz, de 55 años, había sido detenido en medio de la crisis poselectoral desatada tras la reelección de Maduro, en la que la oposición denunció fraude y reivindicó el triunfo del candidato Edmundo González Urrutia, que después se exilió en España. Llevaba un año preso y «aislado, y sólo le habían permitido una visita de su hija, según contó Alfredo Romero, director de la ONG Foro Penal, que se dedica a defender a detenidos por razones políticas.

«Muere en prisión nuestro compañero de lucha Alfredo Díaz, una nueva víctima del régimen criminal de Maduro. Nuestra fuerza y oraciones para sus familiares y amigos. Venezuela los acompaña en su profundo dolor», expresó la dirigente María Corina Machado, que en los próximos días viajará a Noruega para recibir el Premio Nobel de la Paz.

«Acabamos de enterarnos de la muerte del ex gobernador y preso político Alfredito Díaz en el centro de torturas de El Helicoide. Otro inocente asesinado lentamente por esta narcotiranía criminal», publicó la activista y exembajadora venezolana en la Argentina, Elisa Trotta. «Esta barbarie debe parar. Los más de 1.000 presos políticos deben ser liberados, como libre debe ser Venezuela. Tanto dolor no puede seguir aumentando. Mi abrazo a la familia de Alfredito. Que su alma sea bendita y que haya justicia», agregó.

El dirigente fallecido fue concejal, alcalde del municipio Mariño y exgobernador del estado Nueva Esparta. “Se encontraba injustamente detenido en el Helicoide desde hacía más de un año”, manifestó el partido Acción Democrática en un comunicado.

Qué dijo el gobierno de Nicolás Maduro

En medio de las denuncias de la oposición, el gobierno venezolano aseguró que la causa del fallecimiento de Díaz fue un infarto y defendió que su proceso penal se estaba llevando a cabo «con plena garantía de sus derechos, de acuerdo al ordenamiento jurídico y al respeto de los Derechos Humanos y su defensa jurídica».

Así lo notificó el Ministerio del Poder Popular para el Servicio Penitenciario (MPPSP), «en cumplimiento con el principio de transparencia y con el deber de informar a la ciudadanía».

El día sábado 6 de diciembre de 2025, aproximadamente a las 06:33 horas (hora local), el ciudadano Alfredo Javier Díaz manifestó síntomas compatibles con un infarto del miocardio; siendo auxiliado por sus compañeros de recinto, e inmediatamente fue atendida la emergencia por el emergenciólogo y el paramédico de guardia de dicha unidad, quienes le prestaron la atención médica primaria y en virtud de su condición de salud, fue trasladado al Hospital Clínico Universitario; donde ingresó y al tratar de estabilizarlo, lamentablemente falleció minutos después», señaló un comunicado compartido por el MPPSP en redes sociales.

El Ejecutivo de Caracas concluyó su breve nota transmitiendo sus condolencias por este «lamentable hecho» a los familiares y allegados del exgobernador, que exigieron al gobierno de Maduro explicaciones inmediatas sobre las circunstancias de su fallecimiento tras conocer la noticia.