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La Corte Suprema rechazó el decreto de Trump para restringir la ciudadanía por nacimiento

La Corte Suprema rechazó el decreto de Trump para restringir la ciudadanía por nacimiento

El máximo tribunal anuló el decreto del presidente mandatario alegando que viola la Decimocuarta Enmienda de la Constitución.

Donald Trump firmó el acuerdo en Francia.

Fuente: https://www.diariopopular.com.ar/

La Corte Supremo de los Estados Unidos anuló este martes el decreto del presidente Donald Trump para poner fin a la ciudadanía por derecho de nacimiento, un golpe a una medida emitida en el primer día de su segundo mandato

La Corte dictaminó de este modo, después de que seis de sus miembros, frente a tres, hayan considerado ilegal la orden del mandatario, cinco de ellos alegando que viola la Decimocuarta Enmienda de la Constitución, mientras que el sexto magistrado por violar la ley federal y no así la Carta Magna.

«La ciudadanía, tanto entonces como ahora, era el derecho a tener derechos: a participar libremente en nuestra comunidad política. Los redactores de la Decimocuarta Enmienda ampliaron esa promesa a ‘toda persona nacida libre en esta tierra’. Hoy mantenemos esa promesa», dijo la Corte Suprema en un escrito.

La directiva de Trump buscaba negar la ciudadanía estadounidense a los menores nacidos de madres que estén en el país en situación irregular o con visados temporales, y cuyos padres no sean ciudadanos ni residentes legales, lo que, de llevarse a cabo, podría afectar a unos 250.000 bebés nacidos en el país cada año, de acuerdo a los datos del Instituto de Políticas Migratorias (MPI, por sus siglas en inglés) y el Instituto de Investigación Demográfica de la Universidad de Pensilvania.

La Corte consideró además que había «escasas pruebas» a favor de la reinterpretación que la Administración Trump hacía de una norma –la Decimocuarta Enmienda– que estipula que «todas las personas nacidas o naturalizadas en Estados Unidos y sujetas a su jurisdicción son ciudadanos de Estados Unidos».

La reacción de Trump

Trump señaló en sus redes sociales que la sentencia de la Corte Suprema «es una lástima» para el país, al tiempo que ha hecho un llamamiento al Congreso para que elimine la ciudadanía por derecho de nacimiento.

«¡No hace falta ninguna enmienda constitucional larga y engorrosa! El Congreso debería empezar hoy mismo a trabajar para poner fin a la ciudadanía por nacimiento, que resulta costosa e injusta para nuestro país. ¡Contarán con mi apoyo total y absoluto!», aseguró.

 

Categórico rechazo de JuFeJus al decreto que modifica los mecanismos de selección de jueces

Categórico rechazo de JuFeJus al decreto que modifica los mecanismos de selección de jueces

En un contundente comunicado publicado este viernes, la Junta Federal de Cortes y Superiores Tribunales de Justicia de las Provincias Argentinas y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Categórico rechazo de JuFeJus al decreto que modifica los mecanismos de  selección de jueces - Diario La Mañana

Fuente: https://www.xn--lamaanaonline-lkb.com.ar/

 Manifestó su profunda preocupación y rechazo al Decreto N° 467/2026, que introduce cambios en los mecanismos de selección de magistrados y magistradas de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y de los tribunales inferiores, advirtiendo que la letra de esta norma administrativa constituye un claro retroceso institucional.

El organismo, que reúne a las máximas autoridades judiciales provinciales y locales, ratificó las expresiones vertidas en su declaración previa del 22 de marzo de 2024 y advirtió sobre el impacto negativo que supone la nueva normativa para la institucionalidad y pluralidad del Poder Judicial argentino.

Según la Junta Federal, la modificación de los procedimientos de designación vulnera principios fundamentales consagrados en la Constitución Nacional y compromisos internacionales asumidos por la Argentina. En particular, destacan que para estos cargos de alta relevancia se deben garantizar no sólo la idoneidad técnica y la especialización profesional, sino también la paridad de género y la representación federal de manera armónica e indivisible.

“La integración de la Corte Suprema y de los tribunales inferiores debe respetar los principios de idoneidad, paridad de género, representación federal y especialidad jurídica, no siendo parámetros meramente políticos, sino exigencias constitucionales y federales”, subraya el comunicado firmado por Emilia María Valle, Sergio Vittar y Adriana García Nieto, presidenta, vicepresidente y secretaria, respectivamente.

Otro punto de preocupación manifestado por la Junta es la derogación de los artículos 3° y 6° del Decreto 222/2003, lo que constituye, según el organismo federal, un grave retroceso institucional. Esta medida, argumentan, restringe la participación ciudadana en el proceso, debilitando mecanismos esenciales de transparencia, publicidad y control democrático. En consecuencia, se pone en riesgo la confianza pública en las instituciones judiciales, un pilar imprescindible para una Justicia plural, inclusiva y representativa de la diversidad territorial y social del país.

Desde la Junta se advirtió que esta reforma legislativa contradice el principio constitucional de progresividad de los derechos y vulnera garantías democráticas esenciales que aseguran la transparencia en la selección de magistrados y magistradas.

La Junta Federal finalizó su declaración enfatizando que cualquier modificación que prescinda o debilite estos criterios implica un retroceso institucional incompatible con los objetivos de una Justicia auténticamente federal y democrática.

Durante el debate que se dio en el seno de la JuFeJus con relación a este tema, el ministro Ariel Gustavo Coll, como integrante de la Junta y representando al Poder Judicial de Formosa, dejó constancia ante sus pares de las demás jurisdicciones, que la nueva Constitución de Formosa contempló y establece la paridad de género para la designación de los integrantes del STJ.

 

El gobierno de La Rioja decretó asueto tras el triunfo de la Selección

El gobierno de La Rioja decretó asueto tras el triunfo de la Selección

Según informó la administración que encabeza Ricardo Quintela, el objetivo es permitir que los riojanos puedan compartir “un momento de felicidad colectiva que une a todo el país” tras el triunfo del equipo dirigido por Lionel Scaloni.

Ricardo Quintela decretó asueto administrativo en la Rioja tras el triunfo de la Selección.

Fuente: https://www.diariopopular.com.ar/

El Gobierno de La Rioja decretó un asueto administrativo para la administración pública provincial durante la mañana de este miércoles, luego de la victoria de la Selección Argentina ante Argelia en su debut en el Mundial 2026.

La medida también alcanza a las instituciones educativas dependientes del Estado provincial y fue anunciada pocas horas después del encuentro disputado el martes por la noche en el Arrowhead Stadium de Kansas City.

Según informó la administración que encabeza Ricardo Quintela, el objetivo es permitir que los riojanos puedan compartir “un momento de felicidad colectiva que une a todo el país” tras el triunfo del equipo dirigido por Lionel Scaloni.

A través de un comunicado difundido en redes sociales, el Gobierno provincial sostuvo que “la alegría de nuestro pueblo merece ser celebrada” y destacó que el fútbol forma parte de la identidad y la cultura popular argentina.

El asueto tendrá vigencia únicamente durante la mañana y no implicará una paralización total de la actividad estatal.

El antecedente más reciente fue el feriado nacional decretado en 2022, cuando la selección argentina obtuvo la Copa del Mundo en Qatar.

El Gobierno nacional, en ese momento a cargo de Alberto Fernández, decretó día libre para que los argentinos pudieran salir a festejar el título mundial obtenido y la medida se formalizó a través de un decreto de necesidad y urgencia (DNU) y abarcó a todo el territorio nacional, pese a que los festejos tuvieron lugar exclusivamente en la ciudad de Buenos Aires.

“Declárase feriado nacional el día 20 de diciembre de 2022 con el fin de que el pueblo argentino pueda festejar y compartir con la SELECCIÓN MASCULINA ARGENTINA DE FÚTBOL el título de Campeones Mundiales de Fútbol obtenido en la ‘Copa Mundial de la FIFA CATAR 2022′″, sostenía el texto firmado por Alberto Fernández, en aquel entonces presidente.

Desde el predio de Ezeiza partió una caravana el 20 de diciembre que colapsó el Obelisco, la Plaza de Mayo y la AU 25 de Mayo. Más de 4 millones de personas salieron a la calle para ver pasar el micro de los campeones del mundo.

 

La Justicia decretó la quiebra de Garbarino

La Justicia decretó la quiebra de Garbarino

La decisión la tomó el juez Fernando D’Alessandro, tras haber fracasado el concurso preventivo iniciado en 2021. Sólo quedaban abiertos tres locales.

En su momento de esplendor

Fuente: https://www.diariopopular.com.ar/

El Juzgado Nacional en lo Comercial N.º 7 decretó la quiebra de Garbarino, la histórica cadena de electrodomésticos, y ordenó la liquidación completa de la empresa de la que sólo quedaban operativos tres locales en la Ciudad de Buenos Aires con una veintena de empleados.

La decisión fue firmada por el juez Fernando D’Alessandro, quien argumentó su decisión por el hecho de que ya no había alternativa para salvar a la empresa, dado que no logró reunir las mayorías para aprobar un acuerdo de pago; la cadena de electrodomésticos había declarado el concurso preventivo en 2021.

De esta manera, Garbarino pierde el control sobre sus bienes y patrimonio, los que pasarán a estar en manos de la sindicatura designada por la Justicia.

El fallo también inhabilitó a Carlos Rosales (presidente), María Marta Facio (vicepresidenta) y Gabriel Rosales (director) para ejercer el comercio y no podrán salir del país hasta octubre de 2026, cuando la sindicatura presente su informe.

Los locales ubicados sobre Avenida Cabildo, la calle Uruguay y en el barrio de Almagro fueron clausurados y se ordenó, además, su inspección.

No solo Garbarino, sino que la decisión de quiebra alcanzará a las firmas Tecnosur y Digital Fueguina, ambas de Tierra del Fuego, ya que son empresas que poseen participaciones societarias.

Una cadena fundada en 1951

De esta manera, desaparece la emblemática compañía, tras varios intentos fallidos por reactivar la que llegó a ser la principal casa de venta de electrodomésticos y electrónica del país, fundada por los hermanos Daniel y Omar Garbarino en 1951 y que desde junio de 2020 pertenece al empresario Carlos Rosales, en ese entonces dueño de la aseguradora Prof, y protesorero del club de fútbol San Lorenzo. También ese año compró Radio Continental, que vendió a comienzos de 2025.

Garbarino llegó a tener más de 200 sucursales y 4.500 empleados. Ahora, con apenas 20 trabajadores, solo tenía operativos tres locales: el de la Avenida Cabildo, casi llegando a Juramento en el barrio porteño de Belgrano; el de la calle Uruguay, frente a Tribunales; y un outlet en Almagro. En los últimos días, liquidaron parte del stock que les quedó.

 

España aprobará un decreto para regular la situación de los inmigrantes ilegales: cómo impacta a los argentinos

España aprobará un decreto para regular la situación de los inmigrantes ilegales: cómo impacta a los argentinos

La admisión al trámite de la solicitud ya dará una autorización de residencia y trabajo por un año y suspenderá automáticamente los procedimientos de retorno o las órdenes de expulsión por motivos administrativos o por trabajar sin permiso que pesaran sobre la persona.

El gobierno de España aprobará un decreto para regular la situación de los inmigrantes ilegales.

Fuente: https://www.canal26.com/

El Consejo de Ministros español aprobará este martes el inicio de la tramitación de un real decreto para la regularización extraordinaria de personas extranjeras que ya se encuentran en España, una medida que se pactó con el partido izquierdista Podemos.

El Ejecutivo comunicó esa iniciativa después de que la secretaria política y eurodiputada de Podemos, Irene Montero, anunciara el acuerdo con el PSOE, partido gobernante en España, con el objetivo de regularizar en torno a medio millón de personas.

Según Montero, la medida implica “que tendrán papeles todas las personas que estuvieran en España antes del 31 de diciembre del año 2025 y que puedan demostrar al menos cinco meses de residencia”.

Podrán hacerlo con el empadronamiento municipal, pero también con otros medios como un informe médico, un contrato de suministro eléctrico o un certificado de envío de dinero, algo muy demandado por las entidades sociales debido a las dificultades que muchas veces enfrentan las personas en situación de irregularidad para acceder el padrón.

La admisión al trámite de la solicitud ya dará una autorización de residencia y trabajo por un año y suspenderá automáticamente los procedimientos de retorno o las órdenes de expulsión por motivos administrativos o por trabajar sin permiso que pesaran sobre la persona.

Al término de ese año podrá solicitarse una autorización ordinaria conforme al reglamento de extranjería. Fuentes del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones precisan que este real decreto tiene como objetivo garantizar derechos y dar seguridad jurídica a una realidad social existente.

Al tramitarse como un real decreto, el Ejecutivo español no requiere de su convalidación parlamentaria y puede esquivar así la falta de apoyos que los socios de Gobierno encontraron en materia migratoria.

Gobiernos liderados tanto por el PSOE como por el conservador Partido Popular (PP) aprobaron desde los años ochenta hasta ocho procesos extraordinarios de regularización de inmigrantes con los que intentaron reducir las crecientes bolsas de ciudadanos extranjeros sin derechos y luchar también contra la economía sumergida.

¿Cuántos inmigrantes argentinos hay en España?

El centro de análisis Fundación de las Cajas de Ahorros (Funcas) informó este lunes que la cifra de migrantes que viven en España en situación administrativa irregular sigue creciendo y ya se sitúa en 840.000 personas.

Según datos oficiales, unos 415.000 argentinos residen en España de forma legal. El 44% de ellos tiene doble nacionalidad, pero se desconoce cuántos viven en ese país sin documentos, aunque son una minoría con relación a otras nacionalidades latinoamericanas.

Por ejemplo, Colombia encabeza la lista de inmigrantes ilegales en España con 290.000 personas; Perú 110.000 y Honduras 90.000. Las nacionalidades africanas (50.000), asiáticas (15.000) y europeas (14.000) se encuentran a bastante distancia.

Los datos son anteriores a la última reforma del reglamento de extranjería español, que entró en vigor en mayo de 2025 e introduce cambios para flexibilizar el acceso a la regularización por arraigo.

 

El presidente de Cuba, Miguel Díaz-Canel decretó luto por los cubanos caídos que custodiaban a Maduro

El presidente de Cuba, Miguel Díaz-Canel decretó luto por los cubanos caídos que custodiaban a Maduro

Los efectivos de las fuerzas cubanas que murieron durante la captura de Nicolás Maduro fueron 32. Desde el Ministerio del Interior señalaron que cumplieron su deber de manera “digna y heroica”.

Ofrendaron su vida cumpliendo su deber

Fuente: https://www.diariopopular.com.ar/

El presidente de Cuba, Miguel Díaz-Canel, decretó dos días de duelo por la muerte de 32 efectivos de las fuerzas mientras defendían al mandatario.

El jefe de Estado emitió un comunicado a través de sus redes sociales, específicamente mediante X, donde explicó que los militares “cumplían misiones” en Caracas, a solicitud de “órganos homólogos de ese país”.

El mensaje fue contundente:

“Honor y gloria a los bravos combatientes cubanos que cayeron enfrentando a terroristas en uniforme imperial, que secuestraron y sacaron ilegalmente de su país al presidente de Venezuela y a su esposa, cuyas vidas ayudaban a proteger los nuestros por solicitud de esa hermana nación”.

Además, expresó su intención de compartir el “dolor e indignación” con el pueblo cubano y, especialmente, con “los seres queridos” de los “valerosos compañeros”. “Al abrazar a sus familiares y amigos, en esta hora infausta, reitero mi gran afecto, admiración y orgullo por ellos y su heroico comportamiento”, fue el cierre de su discurso.

Los fallecidos cumplían misiones en representación de las Fuerzas Armadas Revolucionarias y del Ministerio del Interior, a solicitud de órganos homólogos del país sudamericano. Estas personas, explicó Díaz-Canel, realizaban su labor “digna y heroicamente” y cayeron “tras férrea resistencia, en combate directo contra los atacantes o como resultado de los bombardeos a las instalaciones”.

Por su parte, Venezuela confirmó que los efectivos cumplían “tareas de protección y defensa institucional”. En un comunicado emitido este domingo, el Ejecutivo chavista ratificó que los militares fallecidos actuaban en el marco de la “cooperación entre Estados soberanos” y se encontraban “cumpliendo tareas de protección y defensa institucional”.

Las banderas cubanas permanecerán a media asta desde las 6:00 a. m. del 5 de enero (hora local) hasta el final de la jornada del 6 de enero.

La Justicia suspendió el decreto de Javier Milei que disuelve Vialidad Nacional

La Justicia suspendió el decreto de Javier Milei que disuelve Vialidad Nacional

Una jueza federal de San Martín aceptó el planteo de los trabajadores del sector, al considerar que se ponía en riesgo la estabilidad laboral de los empleados.

Vialidad; revés para el Gobierno. 

Fuente: https://www.diariopopular.com.ar/

Martina Forns, jueza en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo Federal de San Martín, suspendió el decreto 461 que el presidente Javier Milei dictó el 8 de julio pasado y por cual disolvió la Dirección Nacional de Vialidad. La magistrada dictó una medida cautelar en una causa que inició el Sindicato de Empleados de Vialidad Nacional Casa Central de la provincia de Buenos Aires (SEVINA).

De esta forma, estableció en seis meses la vigencia de la suspensión del decreto presidencial. De todos modos, el Gobierno nacional puede apelar el fallo para que sea revisado por la Cámara Federal de San Martín.

La magistrada le ordenó al Poder Ejecutivo “abstenerse de ejecutar cualquier acto administrativo, que derive del decreto mencionado, incluyendo reubicaciones, traslados, cesantías, suspensiones, pases a disponibilidad de personal o supresión de estructuras vinculadas a la Dirección Nacional de Vialidad“.

“Dentro del limitado marco de conocimiento que admite el presente pronunciamiento cautelar, considero que se encuentran reunidos los presupuestos de admisibilidad previstos en las normas procesales para la procedencia de la medida de no innovar peticionada”, consideró la jueza.

Forns explicó que Vialidad Nacional “es una entidad autárquica de derecho público, con personalidad para actuar privada y públicamente conforme a las disposiciones” de su decreto de creación y a las leyes que dictó el Congreso de la Nación. También que la relación laboral de sus empleados se rige por la ley de contrato de trabajo y por el régimen de los trabajadores de la Dirección Nacional de Vialidad.

“Sobre tales bases, no puedo dejar de señalar que, y tal como lo refiere la actora (Nda: el gremio que inició la causa), toda disposición administrativa que altere o desnaturalice tal garantía convencional que rige esta actividad, constituye una afectación directa al principio de irrenunciabilidad de derechos consagrado en el artículo 12 de la Ley de Contrato de Trabajo, siendo nula de nulidad absoluta conforme lo establece el artículo 7 del mismo cuerpo normativo”, continuó.

La jueza explicó que el decreto que disuelve Vialidad establece que el personal pasará a otras áreas del estado y que la estabilidad laboral se dará “hasta tanto se adecúen la conformación y estructura organizativa correspondiente” y con así “se vulneran las normas y garantías laborales vigentes que fueron detalladas en los párrafos precedentes”.

“Asimismo, resulta indudable que el artículo 33 del Decreto citado, al establecer que ‘todo movimiento de personal que se origine en la Comisión y en los organismos alcanzados por las disposiciones de los artículos 1°, 2° y 20 del presente decreto, ya sea con destino dentro de la jurisdicción o fuera de ella, independientemente de su figura de contratación o régimen de empleo, deberá contar con la aprobación previa de la Secretaría de Transformación del Estado y Función Pública del Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado’, conlleva la subordinación de las decisiones relativas al personal de la Dirección Nacional de Vialidad a la exclusiva discrecionalidad de dicha Secretaría.” (en resaltado no corresponde al original)“, sostuvo en otro tramo de su resolución.

Y agregó: “Dicha disposición vulnera de forma manifiesta el principio de estabilidad, así como los derechos laborales y sindicales reconocidos a los trabajadores estatales, al sustraerlos del ámbito de protección de las Convenciones Colectivas de Trabajo vigentes y al interferir arbitrariamente en cuestiones que, por su naturaleza, deben resolverse en el marco de la negociación colectiva y de los regímenes estatutarios respectivos”.

De esta forma, para la jueza esta situación laboral genera “un temor a sufrir un daño inminente, derivado de un acontecimiento natural o humano, que amenaza gravemente con sacrificar un interés tutelado por el derecho”.

“Cabe señalar que la urgencia y temor de daño son las condiciones de procedencia del peligro en la demora. La falta de una protección jurisdiccional inmediata ante el riesgo cierto de un daño inminente e irreparable puede derivar en un perjuicio efectivo, frustrando el objeto del proceso y tornándolo ilusorio”, concluyó para suspender la vigencia del decreto.

 

Presentan un proyecto para derogar el decreto de Bullrich que reforma la Policía Federal

Presentan un proyecto para derogar el decreto de Bullrich que reforma la Policía Federal

La iniciativa fue presentada por el bloque de diputados nacionales de Democracia para Siempre, el espacio de Facundo Manes, para dejar sin efecto el decreto 383.

Facundo Manes contra el decreto de reforma de la Policía Federal

Fuente: https://www.diariopopular.com.ar/

Según argumentan, la iniciativa del Poder Ejecutivo lanzada la semana pasada es “violatoria de derechos constitucionales y excede las facultades delegadas de la Ley N° 27.742” de Bases, ya que en ésta “no se delegaron facultades legislativas en materia de seguridad”.

«El Congreso sólo habilitó la colegislación a efectos de reorganizar o reestructurar órganos de la administración central, pero bajo ningún punto de vista autorizó al PEN a dictar normas generales restrictivas de los derechos de las personas», indicaron los autores del proyecto.

Para Democracia para Siempre, “el Poder Ejecutivo está utilizando a la Ley Bases como ventana de oportunidad forzada ya que entre las facultades delegadas al Poder Ejecutivo no están las de seguridad”.

“Entonces, lo que hace es fundamentar esta decisión vinculándola a una mayor eficacia y modernización del Estado”, cuestionaron.

Aclararon, en este sentido, que “la reforma planteada no implica un plan de eficacia de la administración de la Policía Federal Argentina, sino que modifica las funciones y el sentido de su intervención”.

En los fundamentos, sostuvieron que “el decreto en sí no organiza con claridad de qué se va a tratar ese perfilamiento vinculado a la investigación criminal”, y agregaron que «pareciera más bien una expansión encubierta de las facultades de inteligencia que invade competencias de la Agencia Federal de Inteligencia (Ley 25.520)».

“No hay información precisa sobre la especialización en la investigación de la ruta del dinero, en la connivencia con otras instituciones estatales, en la prevención de la violencia. Lo que vemos es que persisten algunas atribuciones extraordinarias para la policía y aparecen algunas nuevas”, observaron.

En esa línea, afirmaron que “es imposible evitar detectar múltiples riesgos en estos cambios, que parecen más guiados por la urgencia política que por un debate democrático serio sobre el rol que le corresponde a esta fuerza”.

«Uno de los puntos que más inquietud despierta es la falta de claridad en las nuevas facultades de la PFA. El decreto deja sin precisar conceptos como ‘amenaza a la seguridad del Estado’ o ‘alteración del orden público’, lo que habilita una peligrosa zona gris», advirtieron.

Al respecto, alertaron que “en otros contextos, lagunas normativas similares han resultado en el uso discrecional de fuerzas de seguridad, permitiendo prácticas como la persecución de la protesta, el ciberpatrullaje de opositores, la criminalización de organizaciones sociales, o el avasallamiento a la libertad de expresión, frecuentemente justificadas bajo interpretaciones amplias”.

“El acceso de la policía a mayores poderes sin orden judicial -como detenciones, vigilancia de redes sociales y requisas en los denominados ‘operativos de prevención’- vulnera garantías fundamentales como el derecho al debido proceso, la protección contra detenciones arbitrarias (artículo 7 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, interpretado por la Corte IDH) y la inviolabilidad del domicilio (artículo 18 de la Constitución Nacional)”, resaltaron.

«Por otra parte, la disposición consagra una figura similar a los ‘arrestos por averiguación de antecedentes’, ya declarados inconstitucionales por jurisprudencia reiterada por ser arbitrarios y discrecionales», agregaron.

A propósito de esto, sostuvieron que “la sospecha que funda las detenciones sin orden judicial de la policía, por lo general, descansa en un sesgo discriminatorio”.

“Esta noción fue utilizada para hacer controles poblacionales, para extorsionar a la gente, hacer la llamada estadística policial, y puede ser utilizada también para controles masivos”, enfatizaron.

El proyecto de derogación del decreto 383/25 lleva las firmas del presidente del bloque de Democracia para Siempre, Pablo Juliano, y de sus pares Facundo Manes, Danya Tavela, Mariela Coletta, Carla Carrizo y Fernando Carbajal.

 

El Gobierno limita el derecho a huelga mediante un DNU

El Gobierno limita el derecho a huelga mediante un DNU

Un decreto de necesidad y urgencia amplió el listado de las actividades esenciales, que deberán garantizar de manera un funcionamiento de entre el 50 y 75%.

Se limita el derecho a huelga mediante un DNU.

Fuente: https://www.diariopopular.com.ar/

EL CAMINO A LA DICTADUA,

GARROTE A LAS PROTESTAS Y LIMITES A LOS DERECHOS

Por medio del decreto de necesidad y urgencia (DNU) 340/2025, el gobierno de Javier Milei limitó el derecho constitucional a huelga al ampliar las actividades consideradas esenciales que deberán garantizar de manera obligatoria un funcionamiento de entre 50% y 75% en caso de estar en medio de un conflicto sindical.

«Los conflictos colectivos que pudieren afectar la normal prestación de servicios esenciales o actividades de importancia trascendental quedan sujetos a las siguientes garantías de prestación de servicios mínimos», afirmó el artículo 3 de la normativa publicada este miércoles en el Boletín Oficial.

Y agregó que «en lo que respecta a la prestación de servicios mínimos, en el caso de los servicios esenciales, en ningún caso se podrá negociar o imponer a las partes una cobertura menor al 75% de la prestación normal del servicio de que se tratare». Mientras que «en el caso de las actividades o servicios de importancia trascendental, en ningún caso se podrá negociar o imponer a las partes una cobertura menor al 50%».

La resolución, que forma parte de una serie de medidas de desregulación en el sector de la marina mercante, fue firmada por el presidente Javier Milei y los ministros Gerardo Werthein (Relaciones Exteriores), Luis Petri (Defensa), Luis Caputo (Economía), Mariano Cúneo Libarona (Justicia), Patricia Bullrich (Seguridad), Mario Iván Lugones (Salud), Sandra Pettovello (Capital Humano) y Federico Sturzenegger (Desregulación del Estado).

El nuevo listado de actividades esenciales

El nuevo decreto del Gobierno amplió el listado de servicios considerados esenciales que, hasta ahora, sólo reconocía como tal a los servicios sanitarios y hospitalarios, la producción y distribución de agua potable y energía eléctrica, los servicios telefónicos y el control del tráfico aéreo.

A diferencia de lo que regía hasta ahora, la normativa incorporó actividades clave en sectores estratégicos como la salud, el transporte, la educación y las telecomunicaciones. Se incluyeron como servicios esenciales: Los servicios sanitarios y hospitalarios; el transporte y distribución de medicamentos e insumos hospitalarios; los servicios farmacéuticos; y la producción, transporte, distribución y comercialización de agua potable, gas, otros combustibles y energía eléctrica.

También, los servicios de telecomunicaciones, incluidos Internet y comunicaciones satelitales; y la aeronáutica comercial y el control del tráfico aéreo y portuario, incluyendo balizamiento, dragado, amarre, estiba, desestiba, remolque de buques y demás servicios portuarios.

Lo mismo para los servicios aduaneros y migratorios, y otros vinculados al comercio exterior; el cuidado de menores y la educación en los niveles de guardería, preescolar, primaria, secundaria y educación especial; y el transporte marítimo y fluvial de personas, mercaderías y carga, junto a los servicios conexos y operaciones costa afuera.

La decisión del Gobierno tomó por sorpresa a los gremios y centrales sindicales, como la CGT, que interpretaron que el decreto «directamente prohíbe el derecho a huelga«. «Es tan abierto el criterio (establecido en el decreto) que casi todo podrá considerarse esencial o trascendental, con lo que pierde todo efecto la huelga», advirtió Matías Cremonte, titular de la Asociación de Abogados Laboralistas,

Uno de los primeros representantes del sector sindical que salió a repudiar la medida fue el titular de la CTA Autónoma, Hugo «Cachorro» Godoy, quien lamentó que el Gobierno «intenta nuevamente avanzar con lo establecido en el DNU 70/23 que ya ha sido declarado inconstitucional en dos instancias por la cámara laboral».

«Esta nueva ofensiva autoritaria, llevada adelante mediante un DNU, representa un ataque directo a derechos consagrados en la Constitución Nacional. No lo vamos a permitir», agregó en su cuenta de X.

 

El senador nacional José Mayans aseveró que “nombrar jueces por decreto es inconstitucional”

El senador nacional José Mayans aseveró que “nombrar jueces por decreto es inconstitucional”

El jefe del interbloque de Unión por la Patria en el Senado de la Nación, José Mayans, señaló que “nombrar jueces por decreto es inconstitucional” y afirmó que “el señor García Mansilla está usurpando el puesto”.

 

Fuente: https_www.lamañanaonline.com.ar/

En el mismo sentido, opinó que “más vale que García Mansilla presente la renuncia porque el delito que está cometiendo no prescribe”, al indicar la compleja situación en que quedó el abogado al ser rechazado su pliego por la Cámara Alta y haber aceptado jurar como integrante del máximo tribunal sin el aval parlamentario.

El Senado rechazó este jueves los pliegos de los abogados Manuel García Mansilla y Ariel Lijo para ser designados como jueces de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Entre los argumentos en contra se señaló que ambos letrados aceptaron ser nombrados en comisión por vía de decreto presidencial, en violación al procedimiento establecido por la Constitución Nacional, algo que ya había advertido el interbloque de Unión por la Patria. El pliego de Lijo fue rechazado por 43 votos contra 27 afirmativos del oficialismo y aliados, y una abstención. Mientras García Mansilla fue resistido por 51 senadores y senadoras, más de los dos tercios de los legisladores presentes.

 

Asimismo, se recordó que Mayans había denunciado que hubo presiones desde el Gobierno y sus representantes en el Congreso para suspender la sesión de hoy. Y el senador reflexionó que “la antipolítica destruyó el país y lo debe arreglar la política”, al fundamentar el rechazo de su bancada a la jugada del Gobierno de incluir en la Corte jueces por decreto y afectar así la calidad de la democracia y la institucionalidad en la Argentina.

Tras reseñar las decisiones de la Corte de restituir leyes derogadas por el Parlamento como la norma que regula el Consejo de la Magistratura e incluso aceptar la jura del ahora rechazado García Masilla, el senador formoseño señaló: “Les decimos desde la política: señores de la Corte, dejen de violar la Constitución, están violando la Constitución de forma permanente”.