Emotivo acto del candidato a intendente, Arturo Cabral
Cada 24 de marzo, Día de la Memoria, por la Verdad y la Justicia, reafirmo mi compromiso democrático, el respeto a la Constitución Nacional y la defensa irrenunciable de los derechos humanos.

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La jueza federal de Nueva York, Loretta Preska, rechazó este lunes una presentación realizada por una ONG para dejar sin efecto el fallo que obliga al país a pagar 16.000 millones de dólares por la nacionalización de la petrolera YPF realizada en 2012 durante el segundo mandato de Cristina Fernández de Kirchner.
Preska consideró que la presentación llegó fuera de tiempo y sostuvo que no respetó el plazo de un año que tenía para hacerlo.
La ONU Republican Action for Argentina (RA4ARG) había solicitado a la jueza estadounidense que anulara el fallo por el que condenó al Estado argentino a pagar 16.100 millones de dólares a las firmas Burford y Eton Park e investigue a los involucrados en la nacionalización de YPF.
En su resolución, Preska citó precedentes legales que respaldan su decisión. «La solicitud de intervención bajo la Regla 24 (a) o 24 (b) debe denegarse cuando el interviniente se mueve más de un año después de la presentación de la demanda», señaló la magistrada, refiriéndose al caso D’Amato v. Deutsche Bank.
El Estado argentino, representado por la Procuración del Tesoro, había apoyado el pedido de RA4ARG. Sin embargo, Burford Capital se opuso, al argumentar que la solicitud no era pertinente. La jueza Preska finalmente respaldó la posición del fondo de inversión y cerró la puerta a cualquier revisión del fallo en esta instancia.
El director de Research for Traders, Daríos Epstein, dijo que “aquellos que vendieron pescado podrido y embarraron la cancha diciendo que iban a la salvar U$S16.000 millones, tengan un poco de humildad y llámense a silencio”. Y agregó: «El tema es serio. No da que lo usen para operar políticamente».
En 2023, Preska condenó al Estado argentino por la decisión en 2012 de expropiar a la española Repsol el 51 % de las acciones en YPF sin hacer una oferta pública de adquisición de títulos a otros accionistas minoritarios de la mayor petrolera de Argentina.
El caso se inició en 2015, cuando la firma inglesa Burford Capital y la estadounidense Eton Park impulsaron la demanda tras adquirir los derechos de litigio de dos sociedades constituidas en España y que quebraron: Petersen Energía Inversora y Petersen Energía.
Esas dos sociedades antiguamente habían pertenecido al grupo argentino Petersen -de la familia Eskenazi-, que tenía una participación accionarial del 25 % en YPF al momento de la nacionalización y que no tomó parte del juicio en Nueva York.
Burford y Eton Park reclamaron en el juicio millonarias compensaciones, alegando que el Estado argentino debió lanzar una oferta pública de adquisición por el resto de las acciones que no pertenecían a Repsol.
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El juez federal Alejo Ramos Padilla dictó este martes una medida cautelar para suspender el decreto de transformación del Banco Nación en Sociedad Anónima.
“Al disponer la transformación del BNA en una sociedad anónima, el Decreto 116/2025 contradice flagrantemente la voluntad del Congreso, y supone una extralimitación de las facultades delegadas”, señaló la resolución del magistrado.
En consecuencia, le ordenó al Estado Nacional que “se abstenga de toda acción tendiente a su implementación”.
Asimismo requirió «a las autoridades públicas demandadas que, dentro del plazo de cinco (5) días, produzcan un informe que dé cuenta del interés público comprometido por la solicitud de medida cautelar efectuada por la actora en fecha 20/2/2025″.
El 20 de febrero pasado el Gobierno nacional firmó un decreto por el que disponía la conversión a Sociedad Anónima del Banco de la Nación Argentina, lo que se convierte en un paso previo a su proceso de privatización.
Cabe recordar que el Congreso Nacional quitó al Banco Nación de las empresas que el Gobierno nacional podía privatizar.
En fecha 25/04/2024, cuando se volvió a tratar en el Congreso de la Nación el proyecto de la Ley Bases y se firmó el dictamen que se imprimió en el OD 7 -24 se estableció en el Anexo I del proyecto (pág. 181) las empresas a privatizar y en él no se encontraba el Banco de la Nación Argentina.
Este resultado se alcanzó mediante un acuerdo entre el bloque oficialista y diversos bloques de la oposición durante las sesiones en plenario de las Comisiones de Presupuestos y Hacienda, Legislación General, y Asuntos Constitucionales, en las cuales se decidió eliminar al Banco de la Nación Argentina de la lista de empresas públicas susceptibles de privatización”, recordó Ramos Padilla en su resolución.
Sin embargo, el Poder Ejecutivo mantiene su propósito y con la transformación en sociedad anónima busca un atajo para alcanzar su objetivo.
El titular de La Bancaria, Sergio Palazzo, destacó el fallo: “Celebramos el fallo del Juez Alejo Ramos Padilla del Juzgado Federal de La Plata quien acaba de suspender el decreto Nro 116/25 que transformaba el Banco Nación en Sociedad Anónima”, publicó en su cuenta de “X”.
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La joven Morena Rial fue beneficiada con una excarcelación extraordinaria en el causa en la que se la investiga por el presunto robo a una casa de la localidad bonaerense de Villa Adelina, partido bonaerense de San isdro.
Acompañada por su nuevo defensor, Fernando Burlando, la hija del periodista Jorge Rial declaró frente al juez en el Tribunal en lo Criminal número siete de San Isidro, admitió su culpabilidad y mnifestó arrepentimiento.
Tras su declaración, el magistrado le ortorgó la excarcelación extraordinaria basado en su condición de un niño de solo cuatro meses y su actitud colaborativa frente a la Justcia.
Según declaró Burlando a los medios que lo esperaban frente al tribunal de San isidro, el juez dispuso que Morena Rial deberá residir en el domiclio de un familiar, comprometerse a no abandonar el país y presentarse personalmente cada 15 días ante el juzgado.
Según el defensor, el juez aprobó la excarcelación y resta que la fiscalía acepte la resolución. “No necesariamente va a ser excarcelada hoy, puede ser en el transcurso de cinco días”, aseguró el letrado.
Y agregó: “La Justicia valora su arrepentimiento y entiende que hay un bebé en periodo de lactancia”. Además, aseguró que la decisión del juez contempló que la mediática no cuenta con antecedentes penales.
Según informó el letrado, las medidas que dispuso el juez son que Morena se presente cada quince días en el juzgado, que no se ausente de su casa por más de 24 horas y que haga un tratamiento psiquiátrico y psicológico. Además, tiene terminantemente prohibido salir del país
Este miércoles, en horas del mediodía, Morena Rial llegó en un patrullero desde la comisaría 7a. de San Isidro y fue escoltada hacia la Unidad Funcional de Instrucción de Martínez por dos agentes de la Policía, y acompañada por su abogado Fernando Burlando.
La hija de Jorge Rial fue indagada por el fiscal Patricio Ferrari por el delito de robo agravado por efracción y escalamiento.
A su salida de la comisaría, Rial estaba encapuchada y fue escoltada por dos policías, quienes la ayudaron a subirse a la patrulla que la trasladará a la comisaría 7a. de San Isidro, donde actualmente continúa detenida.
Además de reconocer su culpabiliad, la acusada se mostró ante el juez “arrepentida, avergonzada y muy angustiada” y dirigiéndose directamente al fiscal Ferrari, expresó que su deseo es “volver a ver a su hijo de cuatro meses y amamantarlo”.
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Un numeroso grupo de vecinos marcharon para reclamar justicia por Cristian Velázquez, el kiosquero asesinado de un disparo en la cabeza en la ciudad de Mar del Plata.
La convocatoria de realizó en las inmediaciones del comercio de la víctima y pidieron por más seguridad en la zona a raíz de los reiterados hechos delictivos.
Hasta el momento, el intendente de General Pueyrredón, Guillermo Montenegro, no hizo ningún comentario sobre este asesinato, pero sube a sus redes distintos operativos de combate a los «trapitos» y persecuciòn de «forasteros».
Hombres, mujeres y niños colocaron una bandera argentina y flores en el local de la avenida Jacinto Peralta Ramos al 700, entre Irala y Ortiz de Zárate (donde fue asesindo el kioskero), a la vez que se mostraban con carteles y remeras que exigen: «Justicia, condena máxima para los delincuentes» y «Seguridad para Mar del Plata».
La cúpula de la Policía Bonaerense en Mar del Plata será desplazada tras el crimen de Cristian Velázquez, el kiosquero que fue asesinado durante un intento de robo.
Según informaron fuentes policiales , la medida removerá del cargo al comisario mayor Luis Senra, titular de la Jefatura Departamental, y a toda la estructura de «seguridad» de la ciudad balnearia.
Sin embargo, el funcionario que seguirá en el cargo es el titular de la DDI, comisario mayor Juan Lucero, a la vez que Edgard Vulcano sería quien suceda a Senra.
Cristian Velázquez fue asesinado de un disparo durante un intento de robo cometido por dos ladrones en su comercio del barrio Peralta Ramos Oeste.
El kiosquero había sido víctima entre cuatro y seis ocasiones y esta vez, según a los primeros datos obtenidos por los investigadores, dos delincuentes entraron al negocio donde trabajaba y le dispararon en la cabeza, después de que el hombre intentó resistirse con gas pimienta, como había hecho en abril del año pasado.
Momentos después, los asaltantes se escaparon sin consumar el robo, a bordo de una motocicleta de baja cilindrada y, de acuerdo a las imágenes que tomaron las cámaras de seguridad, fugaron por la avenida Peralta Ramos y doblaron en Irala, pero luego se habría perdido el rastro.
Por el hecho, un hombre, apodado «Nacho», fue arrestado en en la puerta de su domicilio en la calle Cuba al 3000 del barrio Pueyrredón, mientras que hay otro sospechoso identificado sobre el que pesa un pedido de captura y que sería conocido como «El Guachín».
Velázquez había sufrido entre cuatro y seis asaltos y esta vez, según a los primeros datos obtenidos por los investigadores, dos delincuentes entraron al negocio donde trabajaba y le dispararon en la cabeza, después de que el hombre intentó resistirse con gas pimienta, como había hecho en abril del año pasado.
Momentos después, los asaltantes se escaparon sin consumar el robo, a bordo de una motocicleta de baja cilindrada y, de acuerdo a las imágenes que tomaron las cámaras de seguridad, fugaron por la avenida Peralta Ramos y doblaron en Irala, pero luego se habría perdido el rastro.
La víctima había afirmado al diario La Capital de Mar del Plata la última vez que fue asaltado: «Sentí que me podían haber matado. Me salvaron los paquetes de chicles».
Velázquez sostuvo que los vecinos «se acostumbraban a que pasen los robos a cada rato» y añadió que «se sienten solos»: «No hay seguridad».
La jueza de Instrucción realizó una inspección ocular en la vivienda y dispuso posteriormente la detención de la madre de ambos. El niño de 3 años fue entregado en carácter de guarda tutelar a su tía.
El hecho que conmocionó a toda la segunda ciudad se inició alrededor de las 20.00 horas del miércoles, cuando personal del Destacamento El Porteño tomó conocimiento sobre el ingreso del chico de 7 años a la guardia de urgencias del hospital local, quien conforme manifestaciones de la pediatra, ya se encontraba sin signos vitales.
Inmediatamente los efectivos concurrieron al lugar, donde dialogaron con la madre y el padrastro, quienes relataron que, a la tarde de ese día, su hijo comenzó a sentir fuertes dolores en la zona abdominal y al no cesar esa molestia lo alzaron en el vehículo de una vecina y lo llevaron al hospital, donde “ingresó desvanecido”.
En el nosocomio le realizaron tareas de reanimación, pero no pudieron salvarle la vida. La madre, una mujer de 30 años, detalló que el martes por la mañana viajó a la ciudad de Formosa con su hijo más pequeño, debido a que tenía turno médico, quedando el mayor con el padrastro.
Agregó que, al regresar al mediodía del miércoles, su pareja le comentó que el día anterior, Natanael había subido a un árbol y se cayó, sufriendo heridas. La mujer le preguntó a su hijo cómo se sentía, y que éste le había dicho que estaba bien y que sólo tenía una molestia en la panza. Horas más tarde, comenzó a quejarse por los fuertes dolores que sentía y es en ese momento que lo llevaron en el auto de una vecina hasta el hospital.
La autopsia del cuerpo del niño fue llevada a cabo por la forense judicial quien informó sobre la causa del deceso: “paro cardiorespiratorio en investigación judicial”, tomándose muestras de varios órganos para el estudio correspondiente.
La jueza de turno, junto al personal de Policía Científica y del Destacamento El Porteño, realizó la inspección ocular en el domicilio, notando ciertas diferencias muy notorias entre lo que había comentado el padrastro y el lugar del hecho, disponiendo la inmediata detención del hombre por el delito de “Homicidio Simple”. Fue notificado de su situación legal y alojado en sede policial a disposición del juzgado interviniente.
A todo esto, el abuelo del niño (padre de la mujer), informó a la policía que alrededor de las 10.00 horas de la mañana del jueves, durante el velatorio de su nieto, la tía de su otro nieto, de 3 años –hermano de la víctima-, al estar cambiándole las ropas, notó marcas de golpes en sus glúteos. Al preguntarle qué le había pasado, el chico contó que su padre le había pegado.
Esto fue puesto en conocimiento de la jueza y tras el informe médico realizado por la forense judicial, dispuso la detención de la madre, medida que fue realizada una vez concluida la inhumación de su hijo de 7 años. Fue trasladada a sede policial por el delito de Lesiones Leves Agravadas por el Vínculo y Lesiones Leves”, notificándole su situación legal y alojada en la Unidad Penitenciaria Provincial N° 4 de esta ciudad a disposición del juzgado interviniente, en tanto que el pequeño de 3 años fue entregado en carácter de guarda tutelar a su tía.
Por dicha causa también fue notificado situación legal el hombre antes detenido. Se realizó una segunda inspección ocular en la vivienda de la pareja donde se secuestraron varios elementos vinculados a la investigación, siendo todo trasladado a sede policial a disposición de la magistrada de turno.
Los demandantes alegaban que el incremento tarifario carecía de justificación y que no se había cumplido con el procedimiento de audiencia pública previa, “vulnerando los derechos de los consumidores”. Además, solicitaban una medida cautelar para la suspensión inmediata del aumento desde septiembre del año 2024 hasta que se resolviera la acción de amparo.
Sin embargo, la jueza Claudia Fabiola Pérez Grepo consideró que la acción de amparo es un mecanismo de carácter excepcional y que los demandantes no acreditaron suficientemente la existencia de una lesión actual e inminente a sus derechos. Además, señaló que no se había agotado la vía administrativa antes de recurrir a la Justicia ni se había aportado documentación que demostrara que se habían solicitado informes o presentado reclamos formales ante las entidades demandadas.
En su resolución, la magistrada destacó que la audiencia pública no es un requisito obligatorio para la fijación de tarifas y que los ciudadanos tienen la posibilidad de solicitarla, acompañando propuestas concretas sobre el tema. En este caso, determinó que los demandantes no habían realizado ninguna gestión previa ante los organismos pertinentes ni habían presentado argumentos fundados sobre la supuesta arbitrariedad del aumento.
El fallo también señaló que la acción de amparo no es la vía idónea para discutir cuestiones complejas que requieren producción de pruebas y amplio debate. En este sentido, el tribunal citó jurisprudencia previa que establece que el amparo sólo procede cuando existe una violación manifiesta de derechos fundamentales, y cuando no hay otras vías judiciales más adecuadas para tratar el reclamo.
Consultados por La Mañana, el concejal Diego Herrera y la diputada Ana Costa Ankenbrand coincidieron en que no les sorprende la decisión de la Justicia provincial, al tiempo que confirmaron que apelarán.
“No me sorprende, es lo que siempre hace la justicia militante del modelo. Obviamente que vamos a apelar; nosotros no vamos a desistir, vamos a seguir defendiendo los derechos de los formoseños”, dijo la legisladora provincial.
Afirmó que “es inconcebible que con los salarios tan bajos que tenemos en Formosa, las facturas de luz vengan con esos costos. Es expropiante. Por eso exigimos que se cumpla con los procedimientos establecidos por ley”, aunque señaló que “al Gobierno no le conviene la transparencia”.
Diego Herrera también inició sus declaraciones a este Diario diciendo no estar sorprendido “para nada”, porque “cada vez que nosotros presentamos amparo de esta naturaleza, nos encontramos con esto. La Justicia te rechaza y no atiende el fondo de la cuestión”.
“Esto es una consecuencia de un modelo de 30 años, donde todos los jueces son militantes. Entonces, cuando vos planteás una acción de esta naturaleza ante el Gobierno, te la rechazan. Pero la jueza nunca entra a analizar los fundamentos, fallo, ni los derechos de usuario de saber de antemano cualquier aumento y el costo. Por supuesto que no analizó la obligación del EROSP de reglamentar, esto está en la Ley N° 1121, artículos 40 al 50. No estamos inventando nada”, añadió.
Herrera reiteró que apelarán el fallo y presentarán una medida autónoma. Ya no como amparo, sino como una acción común.
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La Justicia de Morón dictó una medida precautelar que impide a las empresas prestatarias de servicios públicos interrumpir el suministro de energía eléctrica, gas y agua por falta de pago, luego de una presentación realizada por el Municipio a cargo del intendente Lucas Ghi, en articulación con la Asociación Civil sin Fines de Lucro Unión de Comerciantes Agüero.
La resolución, dispuesta por el Juzgado Contencioso Administrativo, ordenó a las empresas proveedoras de esos servicios esenciales que se abstengan de realizar cortes hasta que se resuelva el fondo de la cuestión. La demanda presentada por la Municipalidad de Morón busca que se declare la inconstitucionalidad del decreto del Ejecutivo Nacional 465/24 y de diversas resoluciones del ENARGAS (Ente Nacional Regulador del Gas), ENRE (Ente Nacional Regulador de la Electricidad), la Secretaría de Energía y el ERAS (Ente Regulador de Agua y Saneamiento), que han establecido incrementos que afectan severamente a los hogares y comercios locales.
Además, el planteo judicial solicita la implementación de un régimen tarifario razonable y acorde a la capacidad económica de los usuarios residenciales y comerciales. Asimismo, exige que se detenga el cobro de sumas de dinero derivadas de las normativas impugnadas y que, en caso de pagos ya efectuados, el excedente sea tomado como crédito a favor de los usuarios.
Sobre la decisión judicial, Lucas Ghi detalló: “Decidimos presentar una medida ante la justicia, quien nos hizo lugar y nos dio la razón a la presentación que hicimos para proteger la economía familiar de todos los vecinos de Morón. El Gobierno Nacional decide ir por otro camino, quitando impuestos a bienes de alta gama y beneficiando a un sector muy reducido de la sociedad. Nosotros queremos estar al lado del conjunto de las familias de Morón que la pelean todos los días, que cuidan peso a peso y en este caso están sufriendo este aumento desmesurado en las tarifas. Por eso celebramos esta decisión judicial”.
Desde la comuna se señaló que «el jefe comunal reafirma su compromiso de seguir defendiendo los derechos de la comunidad de Morón y acompañar a cada vecino y vecina en esta lucha». El fondo de la cuestión será resuelto por la Justicia Federal de San Martín, según dispuso el Juzgado Contencioso Administrativo de Morón.
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El Tribunal Superior de Justicia (STJ) de Entre Ríos ordenó este miércoles la liberación del exgobernador entrerriano Sergio Urribarri que estaba cumpliendo con prisión efectiva desde noviembre pasado, luego de ser condenado por corrupiòn y peculado.
La medida dejó sin efecto una decisión anterior de la Cámara de Casación, que había negado la liberación de Urribarri y de su cuñado Juan Pablo Aguilera, condenado en la misma causa, por considerar que existía peligro de fuga.
El STJ desestimó esta última posibilidad y dispuso que Urribarri y Aguilera sigan en libertad hasta que su condena a ocho años quede firme, ya que se encuentra apelada ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Urribarri fue gobernador de Entre Ríos representando al justicialismo en dos mandatos consecutivos, entre 2007 y 2015, y ocupó además cargos partidarios a nivel provincial y nacional y se desempeñó como embajador durante el Gobierno de Alberto Fernández, cargo al que renunció al ser condenado en 2022.
Pese que rige la feria judicial, en un fallo que se conoció hoy, los jueces del STJ Leonardo Portela y Germán Carlomagno consideraron que no está acreditado el riesgo de fuga, mientras el tercer miembro del cuerpo, Miguel Giorgio, votó en disidencia por el cumplimiento efectivo de la prisión preventiva.
El voto de la mayoría consideró que la aplicación de la prisión efectiva era una medida “desproporcionada”, al no haber en la causa una sentencia firme y no existir tampoco riesgo de entorpecimiento por parte de los condenados, ya que la etapa de investigación ya quedó clausurada y solo resta que se expida la Corte Suprema de la Nación.
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El juez de primera instancia en lo Penal, Contravencional y de Faltas de la Ciudad de Buenos Aires, Christian Brandoni Nonell, prohibió este lunes a Fabiola Yañez contactar al expresidente Alberto Fernández por 90 días, por ningún motivo que no esté estrictamente vinculado al hijo de ambos.
Fernández radicó en ese juzgado una denuncia por presunto hostigamiento de la exprimera dama hacia su persona desde España, a la vez que también informó que revocaba la autorización para que el hijo de ambos resida en España y exigió la vuelta del menor a la Argentina, informaron fuentes judiciales.
La denuncia por hostigamiento se basa en un audio de una llamada de Yañez a Fernández, que este último grabó y además sostiene que no habría podido contactar a su hijo durante las fiestas de Fin de Año. Brandoni Nonell estableció la medida por 90 días corridos y además prohibió a ambas partes difundir detalles de la causa judicial que tramita.
Fabiola y Alberto sólo podrán comunicarse por cuestiones que hagan a la «patria potestad del hijo en común», estableció el juez de la Ciudad de Buenos Aires.
Esta denuncia tramita de manera independiente a la que se le sigue por violencia de género a Fernández en los tribunales federales de Retiro y en el marco de la cual está citado a declaración indagatoria por el juez federal Julián Ercolini para el 4 de febrero próximo.
Además, está pendiente de resolución un planteo del Gobierno para retirarle la custodia a Yañez en Madrid, mientras que la ex primera dama presentó un escrito en el cual renunciaba a contar con la misma y ahora debe decidir el juez.