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La Justicia suspendió los despidos y el cierre del INTA

La Justicia suspendió los despidos y el cierre del INTA

Lo hizo a través de una cautelar y suspendió la resolución 27/2026 firmada por el titular del organismo, Nicolás Bronzovich, un fallo que fue celebrado por ATE, que inició la demanda .

El Gobierno nacional dio marcha atrás de manera transitoria con los despidos en el Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA)

Fuente: https://www.diariopopular.com.ar/

La Justicia dictó una medida cautelar por seis meses a favor de una presentación realizada por la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE) y ordenó frenar con los despidos y supresiones de estructuras en el Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA).

El fallo judicial implica revés para el gobierno de Javier Milei en sus planes de desprendese de este organismo, como de otras dependencias estatales.

El juez Elpidio Portocarrero Tezanos Pinto, titular del Juzgado Federal en lo Civil y Comercial y Contencioso Administrativo N°2 de San Martín, dispuso la inmediata suspensión de la Resolución 20/2026, impulsada por el titular del organismo Nicolás Bronzovich, que disponía el cierre de la Estación Experimental Agropecuaria Área Metropolitana de Buenos Aires (EEA AMBA), nueve agencias y el traspaso de inmuebles a la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE).

La medida califica a las intenciones del Gobierno como «manifiestamente arbitraria e ilegítima, por carecer de motivación suficiente, fundarse en normativa presuntamente carente de vigencia, contrariar el régimen de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N° 19.549 y afectar derechos de raigambre constitucional y convencional vinculados con el acceso a la ciencia y la tecnología, la agricultura familiar, el derecho a la alimentación, el derecho al trabajo y la estabilidad del empleo público«.

Mientras que ordenó a las autoridades del INTA «abstenerse de ejecutar la supresión de funciones y unidades dependientes, movimientos de los trabajadores, pase a disponibilidad o desvinculaciones de técnicos de la administración pública, traslado de equipos, asignación de edificios y/o venta y subasta de propiedades».

El fallo fue celebrado por el titular de ATE, Rodolfo Aguiar, quien destacó que «otra vez la Justicia nos vuelve a dar la razón y deja en manifiesto la ilegalidad con la que actúa este Gobierno».

Después de repasar los alcances del fallo, el referente del gremio de estatales acusó al Gobierno de actuar «al margen de la ley» y aseguró que el gremio seguirá confrontándolos «en todos los planos». «Se van a ir esposados por la puerta de atrás de la Rosada. La motosierra se debilita. Les queda poco», cerró.

 

Fallo inédito en Córdoba: la Justicia atribuyó una muerte a un efecto adverso de la Sputnik V

Fallo inédito en Córdoba: la Justicia atribuyó una muerte a un efecto adverso de la Sputnik V

La víctima tenía 24 años y falleció dos semanas después de recibir la vacuna contra el Covid-19. La Cámara Federal ordenó indemnizar a la familia.

Melín Agustina Sartori tenía 24 años y murió dos semanas después de recibir la vacuna Sputnik V contra el Covid-19.

Fuente: https://www.diariopopular.com.ar/

Melín Agustina Sartori, una joven de 24 años oriunda de Córdoba, murió el 29 de julio de 2021 luego de haber recibido la primera dosis de la vacuna Sputnik V contra el Covid-19. Ahora, casi cinco años después, la Justicia Federal determinó que el fallecimiento estuvo relacionado con un efecto adverso provocado por el inmunizante y ordenó indemnizar a su familia.

La decisión fue tomada por la Sala A de la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba, que hizo lugar al reclamo presentado por la madre de la joven, María Virginia Ruiz, representada por el abogado Martín Barbará. El fallo es considerado inédito en Argentina, ya que reconoce de manera explícita el vínculo causal entre la vacuna rusa y la muerte de la paciente.

Según la resolución judicial, Sartori desarrolló un cuadro de trombocitopenia trombótica inducida por vacuna (VITT), un síndrome poco frecuente que combina la formación de coágulos sanguíneos con una disminución de plaquetas.

La joven había sido vacunada el 15 de julio de 2021 y, de acuerdo con el relato de sus allegados, comenzó a sufrir fuertes dolores de cabeza y vómitos apenas seis días después de la aplicación. El cuadro derivó en una internación y posteriormente en una trombosis severa con deterioro neurológico irreversible.

Uno de los puntos centrales para el fallo fue la intervención de la Comisión Nacional de Seguridad en Vacunas (CoNaSeVa), organismo que revisó el caso y terminó reconociendo el nexo causal entre la vacuna y el daño sufrido por la joven.

Durante el proceso judicial también se valoraron informes médicos y antecedentes científicos internacionales sobre casos similares registrados tras la aplicación de vacunas de vectores adenovirales.

El abogado de la familia sostuvo además que la Sputnik V “no tenía farmacovigilancia”, en referencia a la falta de seguimiento sistemático de posibles eventos adversos.

La trombocitopenia trombótica inducida por vacuna es un síndrome extremadamente infrecuente detectado por primera vez en 2021 tras las campañas de vacunación contra el Covid-19. La afección provoca la formación de coágulos en distintas partes del cuerpo -principalmente cerebro, pulmones y abdomen- junto con una marcada disminución de plaquetas.

Estudios científicos internacionales habían asociado previamente este síndrome con vacunas como AstraZeneca y Janssen. Sin embargo, hasta ahora no existían antecedentes judiciales en Argentina vinculados específicamente con la Sputnik V.

La Justicia frenó el cierre de más de 600 servicios del INTI

La Justicia frenó el cierre de más de 600 servicios del INTI

Un fallo federal dejó en pausa la reorganización impulsada por el Gobierno en el INTI, al timepo que suspendió despidos y cambios de funciones por seis meses.

La medida cautelar fue dictada por el Juzgado Federal N°2 de San Martín.

Fuente: https://www.diariopopular.com.ar/

La Justicia Federal suspendió parte de la reorganización del Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI) y frenó el cierre de más de 600 áreas y servicios que había dispuesto el Gobierno nacional mediante la Resolución 42/2026.

La medida fue tomada por el Juzgado Federal en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo N°2 de San Martín, a cargo del juez subrogante Elpidio Portocarrero Tezanos Pinto, tras una presentación realizada por la Asociación Trabajadores del Estado (ATE).

El fallo ordenó que el organismo no avance, por el momento, con despidos, traslados de funciones, modificaciones en la estructura laboral ni movimientos de equipamiento técnico vinculados al proceso de reorganización. La cautelar tendrá una vigencia inicial de seis meses mientras continúa el análisis judicial sobre el futuro del instituto.

Uno de los puntos centrales de la resolución es la protección de los puestos de trabajo. El magistrado dispuso que el INTI deberá garantizar la continuidad laboral de los trabajadores afectados, manteniendo categorías, salarios y condiciones vigentes al 14 de abril de 2026.

La decisión también sostiene la continuidad de programas de asistencia técnica, ensayos, certificaciones y transferencia tecnológica que presta el organismo a distintos sectores productivos.

Desde ATE celebraron el fallo y cuestionaron el alcance del plan oficial. El secretario general del gremio, Rodolfo Aguiar, afirmó: “La Justicia falla a favor de ATE y frena los despidos masivos en el INTI. También impide el desmantelamiento del organismo”.

La Resolución 42/2026 fue publicada el 16 de abril y planteaba eliminar servicios que, según el Gobierno, tenían baja demanda o podían ser cubiertos por el sector privado. Desde el Ejecutivo sostuvieron que la medida apuntaba a “optimizar recursos” y reorganizar el funcionamiento del instituto sin afectar áreas consideradas estratégicas.

Mientras la causa judicial sigue su curso, la aplicación de los cambios quedó parcialmente suspendida y el esquema de funcionamiento actual del INTI continuará vigente.

La justicia de Estados Unidos aceptó la declaración de culpabilidad de Fred Machado

La justicia de Estados Unidos aceptó la declaración de culpabilidad de Fred Machado

Quedó a la espera de que un juez federal de distrito de Texas dicte sentencia. El acusado contribuyó en la campaña del ex diputado José Luis Espert en 2019.

José Luis Espert y Fred Machado

Fuente: https://www.diariopopular.com.ar/

Federico Andrés “Fred” Machado, que prestó aviones de su flota para la campaña del exdiputado libertario José Luis Espert, se declaró culpable en la justicia federal de Estados Unidos de conspiración para lavar dinero y para cometer fraude por vía electrónica.

Realizó esta declaración a cambio de que se deje de lado la acusación de narcotráfico, que es más grave, según informa el portal del diario Clarín.

El documento se presentó el 13 de mayo en la Corte del Distrito Este de Texas y el magistrado deberá evaluarlo y más adelante dictar sentencia.

La declaración de Machado implica un giro en su estrategia, ya que antes se había declarado “no culpable” de todos los cargos y buscaba un juicio oral por jurado. En realidad, hizo una presentación que aún debe ser analizada por el juez para luego dictar sentencia.

El documento obtenido, firmado por el propio Machado y su abogada Jamie Solano, señala que el acusado “está cambiando su declaración a culpable”. Machado fue extraditado desde Argentina y está detenido en un penal de Oklahoma desde hace 6 meses.

La situación de José Luis Espert

José Luis Espert es investigado por la Justicia argentina por lavado de dinero, lo que significa haber introducido en el mercado legal fondos de origen ilícito. La declaración de Machado no exime los cargos en contra del economista.

N este contexto, el presidente Javier Milei salió el domingo a defender a Espert, que renunció a su candidatura por sus vínculos con Machado, aunque en su tuit no se refirió a la admisión de culpabilidad de cargos por lavado y fraude.

“A José Luis Espert le destruyeron su reputación, lo empujaron al ostracismo y quisieron convertirlo en un criminal mediante una OPERACION POLITICA Y MEDIATICA INFAME”, tuiteó el presidente, con varias mayúsculas. “Durante semanas lo ENSUCIARON, lo DIFAMARON y lo condenaron públicamente sin pruebas, solo porque defendía las ideas de la libertad y les resultaba incómodo”, agregó.

“Pero finalmente, la justicia de Estados Unidos aceptó la declaración de INOCENCIA respecto del narcotráfico del que se acusaba a la persona utilizada para golpear y ensuciar a Espert”.

 

«Le arrebataron la vida»: el pedido de justicia por el joven asesinado en Chascomús

«Le arrebataron la vida»: el pedido de justicia por el joven asesinado en Chascomús

La madre de Kevin Martínez, de 15 años, cuestionó el accionar policial y aseguró que el ataque quedó registrado en video.

Los padres de Kevin Martínez (Foto: TN).

Fuente: https://www.diariopopular.com.ar/

“Le arrebató la vida a mi hijo”. Con esa frase, la madre de Kevin Martínez describió el dolor que atraviesa tras la muerte del adolescente de 15 años en Chascomús. La mujer aseguró que las imágenes registradas por cámaras muestran cómo ocurrió el ataque y apuntó contra el accionar policial durante la secuencia.

“El video habla por sí solo. Se ve que pensó el momento exacto para golpear a mi hijo cuando estaba esposado y no podía defenderse”, afirmó en declaraciones televisivas mientras familiares y vecinos encabezaban una marcha para exigir justicia.

La madre del joven también puso en duda la actuación de los efectivos que estaban presentes en el lugar al momento de la agresión al afirmar que: “La policía estaba y no estaba. No hicieron nada. Era una sola persona arriba de mi hijo y no lo detuvieron”, sostuvo. Mientras avanza la investigación judicial, la familia espera el resultado final de la autopsia para determinar si la muerte fue consecuencia directa del accidente de tránsito o de la golpiza posterior que sufrió el adolescente.

El hecho ocurrió el viernes en la intersección de Jacarandá y Julián Quintana, cuando un Ford Ka conducido por María Antonella Saint Jean, de 25 años, chocó contra una moto Honda XR 150 en la que circulaban Kevin y otro adolescente de 17 años. Tras el impacto, uno de los vecinos de la zona atacó físicamente al menor en plena calle.

Toda la secuencia quedó registrada por cámaras de seguridad y el material ya fue incorporado al expediente judicial como una de las principales pruebas del caso.

Los resultados preliminares de la autopsia indicaron que Kevin murió como consecuencia de “politraumatismos” y “hemorragia interna, por lo que ahora los investigadores intentan establecer qué lesiones fueron provocadas por el choque y cuáles por la agresión posterior. La causa quedó caratulada como homicidio culposo y la fiscal Bertoletti Tramuja ordenó que la SubDDI de Chascomús continúe con las tareas investigativas y el análisis de las imágenes aportadas por familiares de la víctima.

En medio de la conmoción social que generó el caso, la Municipalidad de Chascomús difundió un comunicado en el que expresó sus condolencias a la familia y aseguró que el accionar policial deberá ser evaluado por los organismos competentes. “La Justicia está llevando adelante una investigación para determinar las responsabilidades que correspondan”, señalaron desde el municipio, mientras la comunidad volvió a movilizarse para reclamar avances en la causa y el esclarecimiento de lo ocurrido.

 

Pilagás reclaman justicia por la masacre de Rincón Bomba ante la Corte Suprema, que aún no se expide en la causa

Pilagás reclaman justicia por la masacre de Rincón Bomba ante la Corte Suprema, que aún no se expide en la causa

La causa enfrenta además una nueva situación, debido a que la Procuraduría General de la Nación emitió un dictamen que pone en duda la calificación de genocidio de la masacre, argumentando que la sentencia de 2019 no fundamentó suficientemente un “ataque generalizado o sistemático”

Pilagás reclaman justicia por la masacre de Rincón Bomba ante la Corte  Suprema, que aún no se expide en la causa - Diario La Mañana

Fuente: https_www.lamañanaonline.com.ar/
La causa por la masacre de Rincón Bomba, ocurrida en 1947 en Las Lomitas, sigue su curso en la órbita de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN). La abogada de la Fundación Pilagá, Dra. Paula Alvarado, confirmó a La Mañana que actualmente el expediente permanece sin modificaciones y que la causa continúa viva, tanto en el Juzgado Federal 1 de Formosa como en la Corte, donde se tramitan los reclamos de daños y perjuicios.

El 8 de octubre de 2025, una delegación de la Federación de Comunidades del Pueblo Pilagá fue recibida por el Dr. Sergio Napoli, secretario de la Secretaría N.º 4 de la Corte Suprema, en una audiencia en la que se escucharon los pedidos de justicia de la comunidad. La reunión, gestionada a través del amicus curiae SERPAJ, se desarrolló en un marco de respeto y diálogo intercultural.

Durante el encuentro, representantes de la Federación solicitaron una reparación histórica y justa, destacando que la causa lleva más de veinte años de lucha. Entre los oradores, Noole Cipriana Palomo, presidenta del Consejo de Mujeres de la Federación, y Doroteo Domínguez, consejero representante, enfatizaron la importancia de mantener viva la memoria de los sobrevivientes y el legado espiritual de los ancianos fallecidos.

César Zalazar, titular del Consejo de Ancianos, se dirigió a los funcionarios en lengua originaria, y el material documental de la causa fue entregado al secretario de la Corte como símbolo del reclamo. Desde la CSJN, se destacó que recibir a las comunidades es un derecho garantizado y que la decisión final corresponde a los ministros del máximo tribunal.

Genocidio

La causa enfrenta además una nueva situación, debido a que la Procuraduría General de la Nación emitió un dictamen que pone en duda la calificación de genocidio de la masacre, argumentando que la sentencia de 2019 no fundamentó suficientemente un “ataque generalizado o sistemático”. En esa resolución histórica, el juez federal Fernando Carbajal reconoció la masacre como crimen de lesa humanidad y ordenó reparaciones económicas y simbólicas para las comunidades. Posteriormente, en 2020, la Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia confirmó la existencia de genocidio.

“Para nuestra organización y los descendientes de los sobrevivientes, el dictamen es muy desfavorable. Desconoce los derechos humanos y todo el procedimiento judicial que culminó en la sentencia histórica”, señaló Palomo al respecto.

Consultada por La Mañana, la abogada de la Fundación Pilagá, la Dra. Paula Alvarado, dijo que la causa “sigue en la Corte, por el tema daños y perjuicios y la otra se encuentra en el Juzgado Federal Nº 1 de Formosa”.

Reveló que luego de la reunión del año pasado en la Corte, “todavía no hubo ninguna modificación en la causa. El expediente está igual, no hubo ningún movimiento hasta el momento”, remarcó, señalando que todas las semanas eleva notas ante el máximo tribunal para consultar posibles novedades.

ANDIS: la Justicia ordenó peritar la voz de Spagnuolo en los audios de la causa

ANDIS: la Justicia ordenó peritar la voz de Spagnuolo en los audios de la causa

El fiscal Picardi pidió que Diego Spagnuolo aporte material para determinar si las grabaciones fueron manipuladas o son auténticas.

La defensa de Spagnuolo había reclamado la nulidad de los audios.

Fuente: https://www.diariopopular.com.ar/

La causa por presunta corrupción en la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) sumó un nuevo capítulo luego de que el fiscal federal Franco Picardi solicitara que Diego Spagnuolo aporte material de voz para realizar una pericia sobre los audios que originaron el expediente. El pedido fue presentado ante el juez Ariel Lijo, quien días atrás había ordenado avanzar con el análisis técnico de las grabaciones en medio de cuestionamientos sobre su autenticidad y validez judicial.

En el escrito presentado por la fiscalía se pidió “convocar al imputado Diego Spagnuolo” para que entregue “material indubitado” que permita comparar su voz con la de los audios incorporados a la causa. Entre las alternativas planteadas aparece la posibilidad de que el acusado declare oralmente ante los tribunales o entregue registros grabados propios para ser sometidos al estudio pericial. El objetivo es establecer si las voces corresponden efectivamente al imputado y si los archivos presentan alteraciones o ediciones.

La investigación apunta a una presunta asociación ilícita que habría direccionado contrataciones públicas dentro del Programa Federal Incluir Salud mediante maniobras irregulares en la provisión de medicamentos e insumos. Según la acusación, se simulaban procesos competitivos para beneficiar a determinadas empresas a través del sistema SIIPFIS, implementado en junio de 2024. Entre los principales acusados aparecen Spagnuolo, Miguel Ángel Calvete y la droguería Suizo Argentina, además de exfuncionarios y empresarios vinculados al organismo.

La pericia estará a cargo de la Dirección Criminalística y Estudios Forenses de Gendarmería Nacional y podría contar también con la participación de la Dirección de Apoyo Tecnológico a la Investigación Penal (DATIP). Los especialistas deberán determinar si las grabaciones fueron manipuladas con inteligencia artificial, si presentan cortes o ediciones y si las voces atribuidas a Spagnuolo son compatibles con registros humanos reales. Las defensas sostienen que los audios fueron obtenidos de manera ilegal y reclaman la nulidad total del expediente bajo la doctrina del “fruto del árbol envenenado”.

La discusión sobre las grabaciones arrastra varios meses dentro de la causa. Los camaristas Martín Irurzun, Roberto Boico y Eduardo Farah ya habían solicitado una pericia para verificar el “origen y veracidad” de los audios antes de resolver los pedidos de nulidad, aunque esa medida nunca se concretó durante la etapa anterior del expediente. Con la llegada de Lijo al frente de la investigación, la Justicia decidió finalmente avanzar con el análisis técnico mientras continúan las indagatorias a funcionarios de ANDIS y empresarios acusados de integrar una estructura que habría direccionado contratos millonarios a cambio de coimas.

 

Caso Adorni: la Justicia levantó el secreto fiscal del jefe de Gabinete y su esposa

Caso Adorni: la Justicia levantó el secreto fiscal del jefe de Gabinete y su esposa

También dispuso analizar las comunicaciones de un empresario y productor vinculado al funcionario.

El caso Adorni: una turbulencia que no baja

Fuente: https://www.diariopopular.com.ar/

El juez federal Ariel Lijo ordenó levantar el secreto fiscal del jefe de Gabinete, Manuel Adorni, y de su esposa, Bettina Angeletti, en el marco de la investigación judicial que busca determinar el origen de los fondos utilizados para viajes al exterior, compra de propiedades y otros gastos realizados desde que el funcionario ingresó al Gobierno nacional.

La investigación también avanzó sobre el entorno del funcionario y por eso Lijo ordenó revisar las comunicaciones del periodista y productor Marcelo Grandio, amigo personal de Adorni, quien lo acompañó durante el último feriado de Carnaval en un vuelo privado hacia Punta del Este.

Según fuentes judiciales, la medida alcanza los contactos entre Grandio y Adorni, así como también las comunicaciones mantenidas con Horacio Silva, titular de la productora «ImHouse». La empresa cerró contratos con la Televisión Pública, área que depende de la Secretaría de Comunicación bajo la órbita de la Jefatura de Gabinete.

El análisis de teléfonos y registros será realizado por la Dirección de Asistencia Judicial en Delitos Complejos y Crimen Organizado (DAJUDECO). La Justicia investiga posibles delitos vinculados a dádivas y negociaciones incompatibles con la función pública.

La medida había sido dispuesta en marzo y apunta a establecer si existieron irregularidades patrimoniales, ya que, según la investigación, los gastos y deudas atribuidos a Adorni no coincidirían con los ingresos declarados durante su desempeño como vocero presidencial y luego como jefe de Gabinete.

De acuerdo con declaraciones incorporadas al expediente, distintas compras y viajes familiares se realizaron desde el inicio de su gestión en el Ejecutivo. Entre los bienes bajo análisis figuran propiedades ubicadas en el barrio porteño de Caballito y en el country Indio Cuá, en Exaltación de la Cruz.

Los testimonios que dejan mal parado a Adorni

En paralelo, el fiscal Gerardo Pollicita tomó declaración al empresario inmobiliario Leandro Miano, quien participó en la venta de un departamento ubicado en la calle Miró, en Caballito, adquirido por Adorni. Miano es hijo de una de las jubiladas que vendieron el inmueble y, según trascendió, el funcionario todavía adeudaría 200.000 dólares por esa operación.

También declaró el empresario Pablo Martín Feijoo, socio de Miano, quien aseguró que Adorni había acordado pagar U$S 65.000 adicionales por fuera de la escritura oficial de compraventa. Feijoo afirmó además que conocía al funcionario porque sus hijos asisten al mismo colegio.

La semana pasada prestó testimonio Matías Tabar, contratista encargado de las remodelaciones en la propiedad de Indio Cuá. Según declaró ante la fiscalía, las obras demandaron unos 245.000 dólares que habrían sido abonados en efectivo y sin factura.

La causa continúa en etapa de recolección de pruebas y declaraciones testimoniales. La Justicia busca reconstruir los movimientos patrimoniales y financieros del jefe de Gabinete y su entorno para determinar si existieron inconsistencias o maniobras incompatibles con el ejercicio de la función pública.

 

La Justicia desestimó la causa por el viaje de la esposa de Adorni en el avión presidencial

La Justicia desestimó la causa por el viaje de la esposa de Adorni en el avión presidencial

Javier Milei también se hizo eco de la noticia: expresó en X que “esto se empieza a poner lindo”.

Adorni y su esposa Bettina Angeletti;

Fuente: https://www.diariopopular.com.ar/

OTRO PREMIO PARA LA JUSTICIA

El juez federal Daniel Rafecas determinó este viernes, archivar la causa que investigaba al Jefe de Gabinete de Ministros, Manuel Adorni, por presunta malversación de caudales públicos al hacer participara a su esposa en un vuelo oficial a los Estados Unidos.

La decisión del magistrado se sustenta en la “ausencia de delito”, que fuera impulsada el jueves por la fiscal Alejandra Mangano. La denuncia apuntó a presunto uso indebido de recursos públicos, precisamente por el traslado de Bettina Angeletti junto a la comitiva oficial a comienzos de marzo.

Entre los argumentos se destacó que había lugares disponibles en la aeronave y que la presencia de la esposa del funcionario no alteró los costos del traslado.

Luego de que se conociera el fallo a través de voceros judiciales, el Jefe de Gabinete, Manuel Adorni, celebró en redes sociales el archivo de la causa que investigaba el viaje de su esposa en el avión presidencial.

“El tiempo es un juez tan sabio, que no sentencia de inmediato, pero al final da la razón a quien la tiene. Será Justicia. Fin”, escribió, en un mensaje que rápidamente generó repercusiones.

También el presidente Javier Milei se refirió al respecto al afirmar “esto empieza aponerse lindo”.

El mandatario adelantó el jueves, que el próximo miércoles está presente en la Cámara de Diputados, cuando Adorni tenga que hacer la presentación mensual de la gestión del Estado nacional.

 

La justicia frenó la eliminación de «Volver al Trabajo» y el Gobierno apelará la medida

La justicia frenó la eliminación de «Volver al Trabajo» y el Gobierno apelará la medida

La Justicia ordenó sostener el pago del programa social que alcanza a casi un millón de beneficiarios. El Ministerio de Capital Humano cuestionó el fallo y avanzará para revertirlo mientras mantiene las prestaciones.

Organizaciones sociales se movilizaron en distintos puntos del país contra la eliminación del programa.

Fuente: https://www.diariopopular.com.ar/

La decisión de un juez federal de Campana volvió a tensionar la relación entre el Poder Judicial y el Gobierno nacional. A través de una medida cautelar, el magistrado Adrián González Charvay ordenó suspender la eliminación del programa “Volver al Trabajo” y garantizar la continuidad del pago mensual a sus beneficiarios, al menos hasta que se resuelva el fondo de la causa.

El fallo obliga al Ministerio de Capital Humano, conducido por Sandra Pettovello, a mantener el esquema de transferencias económicas de $78.000 para unas 950 mil personas en todo el país. La resolución establece además un plazo de tres días para regularizar los pagos interrumpidos a comienzos de abril.

La medida judicial impacta de lleno en la estrategia oficial, que buscaba reemplazar este programa por un sistema de vouchers de capacitación laboral y redirigir parte de esos fondos a políticas educativas, como la extensión de la doble escolaridad en sectores vulnerables.

Desde el Gobierno interpretan la resolución como una intromisión en el diseño de la política pública, aunque aseguran que cumplirán con lo dispuesto mientras avanzan por la vía judicial. “Vamos a acatar el fallo, pero no estamos de acuerdo”, señalaron fuentes oficiales, que confirmaron la presentación de una apelación para revertir la cautelar.

El argumento central del magistrado se apoya en el principio de no regresividad de los derechos sociales. En su resolución, sostuvo que el reemplazo por vouchers no garantiza condiciones mínimas de subsistencia y citó el artículo 14 bis de la Constitución Nacional, que obliga al Estado a proteger a los sectores más vulnerables.

El programa “Volver al Trabajo” había sido planteado por el oficialismo como una herramienta transitoria, heredera de planes sociales anteriores. Sin embargo, con el tiempo se consolidó como una asistencia directa clave para personas desocupadas, más allá de su objetivo original de capacitación e inserción laboral.

La interrupción del beneficio generó reclamos y derivó en una acción colectiva impulsada por beneficiarios y organizaciones sociales, que terminó dando lugar al fallo judicial. Entre los argumentos presentados, se destacó el impacto inmediato que tendría la eliminación del ingreso en contextos de alta vulnerabilidad.

En paralelo, desde el Ministerio de Capital Humano sostienen que la continuidad del programa implica un fuerte costo fiscal, estimado en más de $70 mil millones mensuales, y condiciona otras políticas que el Gobierno considera prioritarias.

Mientras se tramita la apelación, el conflicto deja expuesto un debate de fondo: cómo debe estructurarse la política social. De un lado, la Justicia prioriza la continuidad de ingresos para garantizar condiciones básicas; del otro, el Ejecutivo intenta avanzar hacia un esquema centrado en la capacitación y la inserción laboral.

Por ahora, la cautelar mantiene vigente el programa y congela cualquier cambio. La definición final dependerá de lo que resuelvan las instancias superiores, en una disputa que combina urgencia social, restricciones presupuestarias y diferencias de enfoque sobre el rol del Estado.