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La Justicia condenó a prisión perpetua a Sergio Galván, el policía que mató a su expareja, Teresita López

La Justicia condenó a prisión perpetua a Sergio Galván, el policía que mató a su expareja, Teresita López

Los jueces que dictaron el fallo encuadraron la conducta del acusado en la figura legal de homicidio triplemente agravado: por el vínculo, por mediar violencia de género (femicidio) y por haber utilizado un arma de fuego para consumar el crimen

La Justicia condenó a prisión perpetua a Sergio Galván, el policía que mató  a su expareja, Teresita López - Diario La Mañana

Fuente: ttps_www.lamañanaonline.com.ar
La Cámara Segunda en lo Criminal de la provincia condenó este jueves a la pena de prisión perpetua al policía que mató a balazos a su expareja Luciana Teresita López, el 18 de septiembre de 2023 en un centro de estética donde ella trabajaba, en la ciudad de Formosa.

La sentencia alcanza a Sergio Patricio Galván, un cabo primero de la Policía provincial, quien luego de consumar el crimen intentó suicidarse disparándose con la misma arma, sufriendo heridas leves. Estuvo internado varios días, pudo recuperarse y finalmente fue dado de alta.

El fallo que condena al femicida, que fue leído este jueves en horas del mediodía en el sexto piso de los Tribunales de Formosa, está en línea con el pedido realizado en su alegato por la fiscal Norma Zaracho y por la querella, quienes habían solicitado la pena máxima para Galván.

En la extensa y fundada sentencia, el juez Ricardo Rojas, la jueza María de los Ángeles Nicora Buryaile y el juez Ramón Sala, coincidieron en señalar a Sergio Galván como único autor penalmente responsable de la muerte de su exnovia, Luciana Teresita López, encuadrando su conducta en la figura legal de homicidio triplemente agravado: por el vínculo, por mediar violencia de género (femicidio) y por haber utilizado un arma de fuego para consumar el crimen; tipificación que prevé como pena única la máxima prevista en el Código Penal Argentino.

La sentencia está fundada en una serie de pruebas obtenidas a lo largo de la investigación y de la instancia de juicio oral, siendo una de la más relevantes para determinar de manera indiscutible la autoría material del hecho, la declaración que hicieron dos pacientes que esa fatídica mañana estuvieron dentro del centro de estética y vieron la llegada de Galván al lugar, la discusión que mantuvo con la víctima, la manera en que la tomó del cuello para luego levantarla y apoyarle el caño del arma de fuego debajo del mentón de la indefensa mujer.

 

Lo que vino después fue el disparo y la caída de Teresita al suelo donde murió en el acto por el tiro que recibió en la cabeza. Los testigos dijeron que después escucharon otra detonación, que fue el que volvió a efectuar Galván, pero esta vez para intentar suicidarse.

Los hechos ocurrieron alrededor de las 9 de la mañana del 18 de septiembre de 2023, cuando Galván, quien trabajaba en la Asesoría Letrada de la Policía de Formosa, irrumpió con su arma reglamentaria en el consultorio dermatológico y centro de estética ubicado en Yrigoyen al 400, en pleno centro de esta ciudad, y protagonizó este violento femicidio en perjuicio de su expareja, quien trabajaba como secretaria en ese lugar.

La víctima y el femicida habían mantenido una relación sentimental pero un mes antes cortaron el vínculo, habiendo quedado probado que en el marco de esa vinculación, que la mujer fue víctima de un sistemático hostigamiento y violencia física y psicológica por parte de Galván, a tal punto que justo el día del asesinato Teresita iba a ir a denunciarlo cuando salía de su trabajo, cansada de soportar tanta violencia.

La defensa de Galván había solicitado su absolución por falta de pruebas directas y científicas y también por ser inimputable debido a su estado de salud mental. Ambos planteos fueron rechazados de manera categórica por el Tribunal de juicio, por contrastar con las pruebas que indicaron que fue Galván el autor del alevoso crimen y que no padece ningún tipo de patología psiquiátrica, sino por el contrario, comprende claramente la criminalidad de sus actos y sus consecuencias y dirige con nitidez sus acciones sin trastornos de ninguna naturaleza.

El condenado escuchó la sentencia imperturbable, sin mostrar emoción alguna, sentado de brazos cruzados junto a sus abogados defensores, mientras familiares y amigos de Teresita López presentes en la audiencia rompieron en aplausos y expresiones de satisfacción por el pronunciamiento de la Cámara Segunda en lo Criminal.

Ante la reacción que generó el fallo en los familiares y amigos de la víctima de femicidio, los jueces de la cámara pidieron a los presentes guardar silencio hasta que finalice la lectura de la sentencia.

La Justicia Federal desestimó las denuncias de Javier Milei contra dos periodistas

La Justicia Federal desestimó las denuncias de Javier Milei contra dos periodistas

El juez Rafecas desestimó las denuncias contra Carlos Pagni y Ari Lijalad por inexistencia de delito, defendiendo la libertad de prensa y el debate político.

La Justicia Federal desestimó las denuncias de Javier Milei contra Carlos Pagni y Ari Lijalad

Fuente: https://www.diariopopular.com.ar/

El juez federal Daniel Rafecas desestimó este miércoles sendas denuncias penales presentadas por el presidente Javier Milei contra los periodistas Carlos Pagni y Ari Lijalad, al considerar que sus expresiones están amparadas por el derecho a la libertad de prensa y no constituyen delito alguno.

En el caso de Pagni, la presentación del Presidente había sido motivada por comentarios realizados el 28 de abril en su programa “Odisea Argentina”, que se emite en el canal LN+, donde el periodista trazó un análisis histórico que, según el Milei, insinuaba un paralelismo entre su ascenso al poder y el de Adolf Hitler en Alemania.

Para presentar su denuncia, el mandatario consideró que tales afirmaciones expresadas por el periodista afectaban su honor y reputación.

De todos modos, Rafecas concluyó que las expresiones de Pagni se encuadran dentro del debate político y no representan una imputación concreta ni una injuria personal. “No se atribuyó delito alguno ni se deshonró intencionalmente al denunciante”, sostuvo el magistrado, subrayando que las críticas se emitieron en el marco del ejercicio legítimo de la libertad de expresión.

El fallo detalla fundamentos constitucionales e internacionales sobre libertad de prensa, y remite al precedente “Kimel vs. Argentina” de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, donde se sostiene que los funcionarios públicos deben tolerar un mayor grado de crítica. Rafecas advirtió que perseguir penalmente opiniones periodísticas podría lesionar el debate democrático.

En igual sentido, y también en la misma jornada, el juez desestimó otra denuncia de Milei contra el periodista Ari Lijalad, quien había publicado el 4 de mayo pasado una columna en el portal “El Destape” titulada “Milei, entre el odio a la información y el discurso nazi”.

De esta forma, finalmente ambos expedientes fueron archivados por la Justicia por inexistencia de delito.

 

Gerardo Milman se presentó en la Justicia por el intento de atentado a Cristina Kirchner

Gerardo Milman se presentó en la Justicia por el intento de atentado a Cristina Kirchner

El diputado del PRO prestó “declaración espontánea”, durante la que dio su versión respecto de por qué piensa que buscan incriminarlo como supuesto «autor intelectual» del atentado a la expresidenta. No denunció un autoatentado de Cristina.

Finalmente

Fuente: https://www.diariopopular.com.ar/

El diputado del PRO Gerardo Milman se presentó este miércoles de manera espontánea para declarar en la causa que investiga el intento de asesinato contra la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner y dio su versión respecto de por qué piensa que buscan incriminarlo como supuesto «autor intelectual» de ese hecho.

Milman llegó a Comodoro Py 2002 poco antes de las 10 e ingresó a juzgado de María Eugenia Capuchetti para exponer lo que definió como una «cronología de hechos» vinculados a lo ocurrido» que la magistrada «no conoce», explicó a la prensa poco antes de comenzar a declarar.

El legislador aseguró que considera que buscan incriminarlo al atribuirle haber dicho la frase «cuando la maten voy a estar en la costa».

«Sólo poniendo la cronología de los hechos que sucedieron aquellos días uno puede ir a buscar si existió un autor intelectual. Si existió o no es responsabilidad de la búsqueda de la Justicia», señaló Milman, que el martes previo había hecho circular la versión de que denunciaría a la ex presidenta por “autoatentado”.

El legislador anticipó que «puede haber más medidas de prueba, siempre se puede hacer alguna más, y estoy dispuesto porque yo me autoimputé. Vine solo al juzgado a través de mis abogados a presentarme para que me investigaran y ahora, otra vez, me presento por voluntad propia».

Milman quedó involucrado en la investigación por el intento de asesinato de Fernández de Kirchner cuando el asesor del Congreso Jorge Abello declaró que el 30 de agosto de 2022 escuchó a Milman en el bar Casablanca, frente al Congreso, decir a dos asesoras, Carolina Mónaco e Ivana Bohdziewicz, la frase «cuando la maten voy a estar en la costa».

Ambas negaron haber escuchado esa frase al ser citadas a declarar y la investigación sigue desde entonces en el juzgado de Capuchetti, pese a que la parte del caso con los detenidos como autores materiales, Fernando Sabag Montiel, Brenda Uliarte y Gabriel Carrizo, ya se envió a juicio y los tres son juzgados en un debate oral que entrará en la etapa final de alegatos desde el 13 de agosto próximo.

 

La Justicia dispuso medidas urgentes ante un video falso de Mauricio Macri perjudicial para el PRO

La Justicia dispuso medidas urgentes ante un video falso de Mauricio Macri perjudicial para el PRO

La agencia Noticias Argentinas verificó que el video viral era falso y forma parte de una maniobra denunciada por el PRO que postula a Silvia Lospennato.

Fue difundido un video falso de Mauricio Macri que afecta al PRO 

Fuente: https://www.diariopopular.com.ar/

En tiempos de veda electoral y a menos de 24 horas de las elecciones legislativas de la Ciudad de Buenos Aires, fue ampliamente difundido un video falso, realizado con inteligencia artificial, que simula al expresidente Mauricio Macri con un mensaje que genera confusión, lo cual hace sospechar de una campaña digital sucia.

El video fue denunciado formalmente ante el Tribunal Electoral porteño por el apoderado de la alianza Buenos Aires Primero, Ezequiel Jarvis, quien consideró que el material viola el Código Electoral Nacional y atenta contra la integridad del proceso democrático.

La maniobra: un deepfake que favorece a Adorni

El video, claramente manipulado, simula a Macri bajando la candidatura de Silvia Lospennato y llamando a votar por el vocero presidencial Manuel Adorni, candidato de La Libertad Avanza (LLA). La pieza fue difundida por cuentas libertarias como @GordoDan_, @TommyShelby_30, @TalibanMilei y @ElTrumpista, entre otros usuarios habituales en la militancia digital oficialista.

La denuncia ante la Justicia

La presentación judicial quedó registrada bajo el número J-01-00078728-7/2025 e incluye un pedido de medidas cautelares urgentes para remover el contenido de las plataformas, preservar la evidencia y ordenar allanamientos que permitan identificar a los responsables.

En el documento, Jarvis advierte que la maniobra pretende “favorecer a la lista encabezada por Adorni en desmedro de nuestra lista, encabezada por Silvia Lospennato” y solicita que se intime a La Libertad Avanza a no convalidar ni beneficiarse con el contenido.

También se pide al Instituto de Gestión Electoral y al propio Tribunal que emitan un comunicado oficial aclarando que ninguna candidatura fue retirada, para evitar que el video genere confusión en el electorado en las últimas horas de la veda.

 

Nuevo golpe a Donald Trump: la Justicia mantiene el bloqueo que le impide usar una ley de guerra para deportar a venezolanos

Nuevo golpe a Donald Trump: la Justicia mantiene el bloqueo que le impide usar una ley de guerra para deportar a venezolanos

«¡La Corte Suprema no nos permitirá sacar a los criminales de nuestro país!», criticó el líder republicano en sus redes sociales.

Deportaciones de inmigrantes venezolanos vinculados al Tren de Aragua. Foto: Reuters

Fuente: https://www.canal26.com/

El Tribunal Supremo de Estados Unidos decidió mantener el bloqueo que le impide al presidente Donald Trump utilizar la Ley de Enemigos Extranjeros, legislación usada en tiempos de guerra, para deportar a migrantes venezolanos a los que acusa de ser criminales.

El alto tribunal estipuló que el bloqueo permanecerá vigente mientras un tribunal inferior, la Corte de Apelaciones del Quinto Circuito, examina los argumentos presentados por migrantes y defensores de los derechos humanos.

El martes, la Administración de Trump le pidió al Supremo que le permita reanudar la expulsión de más de 200 migrantes venezolanos que están retenidos en un centro de detención de Texas y a quienes acusa de ser miembros de la banda criminal del Tren de Aragua.

El Gobierno republicano intentó invocar la Ley de Enemigos Extranjeros de 1798, diseñada para tiempos de guerra, y así acelerar los procesos de deportación, argumentando que Estados Unidos sufre una «invasión». Pese a ello, se desató una disputa legal al respecto.

El pasado 19 de abril, el Supremo ya frenó la deportación de un grupo de migrantes que Trump pretendía expulsar en virtud de esa ley.

El acuerdo de EEUU con El Salvador
Estados Unidos tiene un acuerdo con el Gobierno de El Salvador para utilizar la cárcel de máxima seguridad del país centroamericano, el Cecot, para encarcelar allí a migrantes detenidos en territorio estadounidense.

El Gobierno de Trump envió esta cárcel a más de 200 migrantes, en su mayoría venezolanos, acusándolos de pertenecer al Tren de Aragua, pero según sus familias y análisis independientes, la gran mayoría no tiene antecedentes penales.

 

Jubilaciones: la Justicia declaró inconstitucional la fórmula de movilidad de 2020

Jubilaciones: la Justicia declaró inconstitucional la fórmula de movilidad de 2020

Así lo dispuso un fallo de la Cámara Federal de Mar del Plata. También ordenó recalcular los haberes de la demandante según la inflación que mide el Indec.

Desde mayo próximo

Fuente: https://www.diariopopular.com.ar/

La Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata declaró este lunes «la inconstitucionalidad e inaplicabilidad» de la ley de movilidad jubilatoria que rigió entre enero de 2021 y marzo de 2024. Además, ordenó a la Anses recalcular el haber mensual de la persona demandante, ajustando los montos según el Índice de Precios al Consumidor (IPC) del Indec del período en que rigió la modalidad de cálculo ya derogada.

De acuerdo con el fallo firmado por los jueces Eduardo Pablo Jiménez y Alejandro Tazza, en el tiempo en que rigió la fórmula de la ley 27.609, propuesta por el gobierno de Alberto Fernández, los haberes jubilatorios tuvieron una pérdida de poder adquisitivo del 50,3%. La sentencia resolvió el caso de una jubilada que percibía un haber superior al mínimo y no fue alcanzada por los bonos extraordinarios otorgados en los últimos años.

“No obstante la solución aquí dispuesta, sólo se aplicará si el cálculo supone una mejora en la prestación que percibió la Sra. G, debiendo estar a las disposiciones de la ley 27.609 en aquel período que eventualmente ésta resulte más favorable al haber de la actora”, aclaró la Cámara.

La sentencia citó precedentes en casos similares, aunque remarcó que, «transcurridos ya más de cuatro años desde la entrada en vigencia de la ley y frente al proceso inflacionario que azotó a la economía de nuestro país en estos últimos años, es que cabe examinar nuevamente el planteo ya sí, en esta instancia del proceso”.

En ese sentido, advirtió que el gobierno de Javier Milei reconoció en el decreto 274 que «la fórmula de movilidad vigente ha arrojado resultados desastrosos para los jubilados y pensionados del país, quienes han sufrido una notoria pérdida del poder adquisitivo”. El decreto, según el fallo, admitió que «la pérdida del poder adquisitivo de las jubilaciones como consecuencia del flagelo de la inflación y la vigencia de una fórmula de actualización de los haberes deficiente e injusta constituyen un problema ineludible y urgente que no puede ser postergado”.

En marzo de 2024, la administración de La Libertad emitió el DNU 274, que puso fin a la modalidad trimestral de actualizaciones en los haberes jubilatorios y la reemplazó por los reajustes mensuales regidos por la variación del IPC del Indec. A partir de este mecanismo, los jubilados tendrán en mayo próximo un aumento del 3,73%, en línea con el dato inflacionario del tercer mes de este año.

El haber mínimo pasará a ser de $307.431,93, mientras que el máximo ascenderá a $1.995.041,46. También se mantendrá el bono extraordinario de $70.000 para quienes cobran la jubilación mínima.

El fallo de la Cámara Federal de Mar del Plata, que es sólo para la persona demandante, sin efectos generales, llegará en los próximos días a la Corte Suprema de Justicia de la Nación y se espera que sea apelado por la Anses. De este modo, no tendría un efecto práctico inmediato.

 

Emotivo acto del candidato a intendente, Arturo Cabral

Emotivo acto del candidato a intendente, Arturo Cabral

Cada 24 de marzo, Día de la Memoria, por la Verdad y la Justicia, reafirmo mi compromiso democrático, el respeto a la Constitución Nacional y la defensa irrenunciable de los derechos humanos.

Nunca más deben producirse en nuestro país los abusos, atropellos, persecuciones, torturas, desapariciones, muertes y robos de recién nacidos, como ocurriera durante la última dictadura militar.
Debemos todos, la sociedad en su conjunto, defender la vida en democracia.
Fortaleciendo la democracia, logramos una sociedad más justa y un país mejor para nuestras futuras generaciones de argentinos.
en su discurso, precedido por el hermano de Pancho Bogarin, Juan José (Bogarin, no San Martín) se recordó a todos los desaparecidos de nuestra hasta ese entonces tranquila ciudad y que afectó, una gran cantidad de familias de esta pacifica ciudad.
Gracias a los discursos, una gran cantidad de jóvenes, tomaron conocimiento de lo que significa el 24 de Marzo en la historia del pueblo argentino
La Justicia de Nueva York rechazó el pedido de anular el fallo sobre YPF

La Justicia de Nueva York rechazó el pedido de anular el fallo sobre YPF

La jueza Loretta Preska desestimó la presentación de la ONG Republican Action for Argentina. El fallo obliga al país a pagar U$S16.000 millones por la nacionalización de la petrolera.

La petrolera YPF fue nacionalizada durante el segundo mandato de Cristina Fernández de Kirchner.

Fuente: https://www.diariopopular.com.ar/

La jueza federal de Nueva York, Loretta Preska, rechazó este lunes una presentación realizada por una ONG para dejar sin efecto el fallo que obliga al país a pagar 16.000 millones de dólares por la nacionalización de la petrolera YPF realizada en 2012 durante el segundo mandato de Cristina Fernández de Kirchner.

Preska consideró que la presentación llegó fuera de tiempo y sostuvo que no respetó el plazo de un año que tenía para hacerlo.

La ONU Republican Action for Argentina (RA4ARG) había solicitado a la jueza estadounidense que anulara el fallo por el que condenó al Estado argentino a pagar 16.100 millones de dólares a las firmas Burford y Eton Park e investigue a los involucrados en la nacionalización de YPF.

En su resolución, Preska citó precedentes legales que respaldan su decisión. «La solicitud de intervención bajo la Regla 24 (a) o 24 (b) debe denegarse cuando el interviniente se mueve más de un año después de la presentación de la demanda», señaló la magistrada, refiriéndose al caso D’Amato v. Deutsche Bank.

El Estado argentino, representado por la Procuración del Tesoro, había apoyado el pedido de RA4ARG. Sin embargo, Burford Capital se opuso, al argumentar que la solicitud no era pertinente. La jueza Preska finalmente respaldó la posición del fondo de inversión y cerró la puerta a cualquier revisión del fallo en esta instancia.

El director de Research for Traders, Daríos Epstein, dijo que “aquellos que vendieron pescado podrido y embarraron la cancha diciendo que iban a la salvar U$S16.000 millones, tengan un poco de humildad y llámense a silencio”. Y agregó: «El tema es serio. No da que lo usen para operar políticamente».

El juicio por la nacionalización de YPF

En 2023, Preska condenó al Estado argentino por la decisión en 2012 de expropiar a la española Repsol el 51 % de las acciones en YPF sin hacer una oferta pública de adquisición de títulos a otros accionistas minoritarios de la mayor petrolera de Argentina.

El caso se inició en 2015, cuando la firma inglesa Burford Capital y la estadounidense Eton Park impulsaron la demanda tras adquirir los derechos de litigio de dos sociedades constituidas en España y que quebraron: Petersen Energía Inversora y Petersen Energía.

Esas dos sociedades antiguamente habían pertenecido al grupo argentino Petersen -de la familia Eskenazi-, que tenía una participación accionarial del 25 % en YPF al momento de la nacionalización y que no tomó parte del juicio en Nueva York.

Burford y Eton Park reclamaron en el juicio millonarias compensaciones, alegando que el Estado argentino debió lanzar una oferta pública de adquisición por el resto de las acciones que no pertenecían a Repsol.

 

 

La Justicia frenó el cambió del Banco Nación a Sociedad Anónima

La Justicia frenó el cambió del Banco Nación a Sociedad Anónima

El juez federal Alejo Ramos Padilla suspendió el decreto del presidente javier Milie que modificaba el status jurídico societario del Banco Nación.

La justicia frenó el cambió del Banco Nación a Sociedad Anónima

Fuente: https://www.diariopopular.com.ar/

El juez federal Alejo Ramos Padilla dictó este martes una medida cautelar para suspender el decreto de transformación del Banco Nación en Sociedad Anónima.

“Al disponer la transformación del BNA en una sociedad anónima, el Decreto 116/2025 contradice flagrantemente la voluntad del Congreso, y supone una extralimitación de las facultades delegadas”, señaló la resolución del magistrado.

En consecuencia, le ordenó al Estado Nacional que “se abstenga de toda acción tendiente a su implementación”.

Asimismo requirió «a las autoridades públicas demandadas que, dentro del plazo de cinco (5) días, produzcan un informe que dé cuenta del interés público comprometido por la solicitud de medida cautelar efectuada por la actora en fecha 20/2/2025″.

La privatización del Nación

El 20 de febrero pasado el Gobierno nacional firmó un decreto por el que disponía la conversión a Sociedad Anónima del Banco de la Nación Argentina, lo que se convierte en un paso previo a su proceso de privatización.

Cabe recordar que el Congreso Nacional quitó al Banco Nación de las empresas que el Gobierno nacional podía privatizar.

En fecha 25/04/2024, cuando se volvió a tratar en el Congreso de la Nación el proyecto de la Ley Bases y se firmó el dictamen que se imprimió en el OD 7 -24 se estableció en el Anexo I del proyecto (pág. 181) las empresas a privatizar y en él no se encontraba el Banco de la Nación Argentina.

Este resultado se alcanzó mediante un acuerdo entre el bloque oficialista y diversos bloques de la oposición durante las sesiones en plenario de las Comisiones de Presupuestos y Hacienda, Legislación General, y Asuntos Constitucionales, en las cuales se decidió eliminar al Banco de la Nación Argentina de la lista de empresas públicas susceptibles de privatización”, recordó Ramos Padilla en su resolución.

Sin embargo, el Poder Ejecutivo mantiene su propósito y con la transformación en sociedad anónima busca un atajo para alcanzar su objetivo.

La Bancaria celebra el fallo de Ramos Padilla

El titular de La BancariaSergio Palazzo, destacó el fallo: “Celebramos el fallo del Juez Alejo Ramos Padilla del Juzgado Federal de La Plata quien acaba de suspender el decreto Nro 116/25 que transformaba el Banco Nación en Sociedad Anónima”, publicó en su cuenta de “X”.

 

La Justicia otorgó la excarcelación extraordinaria a Morena Rial

La Justicia otorgó la excarcelación extraordinaria a Morena Rial

El Juzgado de Garantías N.º 3 de San Isidro concedió el benefcio a la hija de Jorge Rial. Falta que el fiscal de la causa apruebe la medida para que se haga efectiva. Tiene cinco días.

Morena Rial detenida acusada de integrar una banda que concretó un escruche en Villa Adelina el pasado 18 de enero

Fuente: https://www.diariopopular.com.ar/

La joven Morena Rial fue beneficiada con una excarcelación extraordinaria en el causa en la que se la investiga por el presunto robo a una casa de la localidad bonaerense de Villa Adelina, partido bonaerense de San isdro.

Acompañada por su nuevo defensor, Fernando Burlando, la hija del periodista Jorge Rial declaró frente al juez en el Tribunal en lo Criminal número siete de San Isidro, admitió su culpabilidad y mnifestó arrepentimiento.

Tras su declaración, el magistrado le ortorgó la excarcelación extraordinaria basado en su condición de un niño de solo cuatro meses y su actitud colaborativa frente a la Justcia.

Según declaró Burlando a los medios que lo esperaban frente al tribunal de San isidro, el juez dispuso que Morena Rial deberá residir en el domiclio de un familiar, comprometerse a no abandonar el país y presentarse personalmente cada 15 días ante el juzgado.

Según el defensor, el juez aprobó la excarcelación y resta que la fiscalía acepte la resolución. “No necesariamente va a ser excarcelada hoy, puede ser en el transcurso de cinco días”, aseguró el letrado.

Y agregó: “La Justicia valora su arrepentimiento y entiende que hay un bebé en periodo de lactancia”. Además, aseguró que la decisión del juez contempló que la mediática no cuenta con antecedentes penales.

Según informó el letrado, las medidas que dispuso el juez son que Morena se presente cada quince días en el juzgado, que no se ausente de su casa por más de 24 horas y que haga un tratamiento psiquiátrico y psicológico. Además, tiene terminantemente prohibido salir del país

Morena Rial declaró en la fiscalía

Este miércoles, en horas del mediodía, Morena Rial llegó en un patrullero desde la comisaría 7a. de San Isidro y fue escoltada hacia la Unidad Funcional de Instrucción de Martínez por dos agentes de la Policía, y acompañada por su abogado Fernando Burlando.

La hija de Jorge Rial fue indagada por el fiscal Patricio Ferrari por el delito de robo agravado por efracción y escalamiento.

A su salida de la comisaría, Rial estaba encapuchada y fue escoltada por dos policías, quienes la ayudaron a subirse a la patrulla que la trasladará a la comisaría 7a. de San Isidro, donde actualmente continúa detenida.

Además de reconocer su culpabiliad, la acusada se mostró ante el juez “arrepentida, avergonzada y muy angustiada” y dirigiéndose directamente al fiscal Ferrari, expresó que su deseo es “volver a ver a su hijo de cuatro meses y amamantarlo”.