La Justicia ordena a Legislatura evaluar el desafuero de Neme por una querella por “calumnias e injurias”
El Juzgado de Instrucción y Correccional Nº 3 de la Primera Circunscripción Judicial de la Provincia resolvió dar curso a una querella presentada por Néstor Raúl Acosta, Rubén Darío Gigena, Conde Nunilo Olmedo y Carlos Antonio Veloto contra la diputada provincial Gabriela Neme, por los presuntos delitos de “calumnias e injurias”.

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La medida fue comunicada formalmente este jueves por la secretaria del Juzgado, Dra. Sonia Mariel Cáceres, mediante una notificación emitida en la víspera y dirigida al querellante Carlos Veloto.
Según la resolución, el juez Enrique Javier Guillen dispuso tener por presentados a los querellantes, quienes formalizaron una querella penal contra Neme, “cumpliendo con los requisitos procesales exigidos: constitución de domicilio, presentación de pruebas preliminares y pago de tasas judiciales”.
Los querellantes denunciaron que Neme había acusado públicamente a la Asociación de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial y a sus miembros de participar “en actos de corrupción desplegados por el gobernador Gildo Insfrán”, de ser “corruptos, delincuentes y parte de una mafia”, y que incluso afirmó que “la Asociación estaba hecha para el choreo de Insfrán”.
También se la señala por haber dicho que la entidad “recibió tres mil millones de pesos en transferencias del Gobierno provincial” y que “tuvo influencia en el nombramiento de magistrados y funcionarios para proteger al Gobernador”.
Estas declaraciones, sostienen los querellantes, dañaron gravemente su honor y la imagen de la entidad, al atribuirles delitos concretos sin pruebas, por lo que iniciaron una querella ante la Justicia.
Desafuero
En este sentido, el punto más relevante del documento emitido por el juez Guillen indica que se deberá librar oficio a la Cámara de Diputados de la Provincia de Formosa para que se evalúe el desafuero de la diputada Gabriela Neme, conforme a lo previsto en los artículos 142 de la Constitución Provincial y 173 del Código Procesal Penal.
Se indicó que este paso es indispensable para que la legisladora pueda ser sometida a proceso penal.
El juez también rechazó a la acción privada iniciada por Neme, quien había planteado una acción privada contra los mismos querellantes. Sin embargo, el Juzgado declaró “inadmisible” esa presentación, por no cumplir con los requisitos formales para constituirse como acción penal.
El juez dispuso que el fiscal tome vista de lo actuado y que la querellada sea notificada formalmente del contenido de la resolución, incluyendo copia íntegra de las actuaciones.
Tras esta medida judicial, debe ser la Legislatura provincial quien determine si corresponde o no retirar los fueros parlamentarios a la diputada Neme para que avance la causa por calumnias e injurias en su contra.